AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiƩrcoles, 26 de Junio de 2018 (R. O. 270, 26-junio -2018) Primer Suplemento

SUMARIO:

PƔgs.

FUNCIƓN EJECUTIVA

RESOLUCIƓN:

COMITƉ DE COMERCIO EXTERIOR:

009-2018 DifiĆ©rese temporalmente a 0% la tarifa arancelaria ad-valĆ³rem para la importaciĆ³n de contingentes anuales de Ā«algodĆ³n sin cardar ni peinar

GOBIERNOS AUTƓNOMOS DESCENTRALIZADOS

ORDENANZA MUNICIPAL:

04………. CantĆ³n MĆ”chala: Que reforma a la Ordenanza para la aprobaciĆ³n de la actualizaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial

No. 009-2018

EL PLENO DEL COMITƉ DE COMERCIO EXTERIOR

Considerando:

Que, el numeral 5 del artĆ­culo 261 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica dispone que las polĆ­ticas econĆ³mica, tributaria, aduanera, arancelaria, de comercio exterior, entre otras, son competencia exclusiva del Estado central;

Que, el numeral 2 del artĆ­culo 276 ibĆ­dem determina que uno de los objetivos del rĆ©gimen de desarrollo del Ecuador es construir un sistema econĆ³mico, justo, democrĆ”tico, productivo, solidario y sostenible;

Que el artĆ­culo 305 de la Carta Magna, establece que: Ā«La creaciĆ³n de aranceles y fijaciĆ³n de sus niveles son competencia exclusiva de la FunciĆ³n EjecutivaĀ»;

Que, el segundo inciso del artĆ­culo 306 de la Norma Suprema seƱala que: Ā«El Estado propiciarĆ” las importaciones necesarias para los objetivos del desarrollo y desincentivarĆ” aquellas que afecten negativamente a la producciĆ³n nacional, a la poblaciĆ³n y ala naturalezaĀ»;

Que, mediante el artĆ­culo 71 del CĆ³digo OrgĆ”nico de la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones (COPCI), publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 de 29 de diciembre de 2010, fue creado el ComitĆ© de Comercio Exterior (COMEX), como el organismo encargado de aprobar las polĆ­ticas pĆŗblicas nacionales en materia de polĆ­tica comercial, siendo, por tanto, competente para reformarlas;

Que, los literales c), e); y, q) del artĆ­culo 72 del COPCI consagran como competencias del COMEX: Ā«Crear, modificar o suprimir las tarifas arancelariasĀ»; Ā«Regular, facilitar o restringir la exportaciĆ³n, importaciĆ³n, circulaciĆ³n y trĆ”nsito de mercancĆ­as no nacionales ni nacionalizadas, en los casos previstos en este CĆ³digo y en los acuerdos internacionales debidamente ratificados por el Estado ecuatorianoĀ»; y, Ā«Diferir, de manera temporal, la aplicaciĆ³n de las tarifas arancelarias generales, o por sectores especĆ­ficos de la economĆ­a, segĆŗn convenga a la producciĆ³n nacional o las necesidades econĆ³micas del Estado Ā«;

Que, el Reglamento de AplicaciĆ³n del Libro IV del COPCI, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 733 y publicado en el Registro oficial No. 435 de 27 de abril de 2011, estableciĆ³ en el CapĆ­tulo I, SecciĆ³n I, artĆ­culo 16: Ā«De las Decisiones del COMEX en materia arancelaria.- Las decisiones que adopte el COMEX en materia arancelaria podrĆ”n ser iniciadas de oficio o a peticiĆ³n de parte, cuando exista una solicitud presentada motivadamente por alguna instituciĆ³n pĆŗblica, o a peticiĆ³n motivada de parte interesada, cuyo requerimiento implique la creaciĆ³n, modificaciĆ³n o supresiĆ³n de las tarifas arancelariasĀ»;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 25, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 19 de 20 de junio de 2013, fue creado el Ministerio de Comercio Exterior (MCE) y, a travĆ©s de su DisposiciĆ³n Reformatoria Tercera se designĆ³ a dicha Cartera de Estado para que presida el ComitĆ© de Comercio Exterior;

Que, la DisposiciĆ³n General Cuarta del Decreto Ejecutivo No. 252 de22 de diciembre de 2017, establece: Ā«En todas las normas legales en las que se haga referencia al Ā«Ministerio de Comercio ExteriorĀ», cĆ”mbiese su denominaciĆ³n a Ā«Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones Ā«;

Que, mediante ResoluciĆ³n No. 97, adoptada por el Pleno del COMEX de 19 de diciembre de 2012, se autorizĆ³ un diferimiento arancelario a 0% para la importaciĆ³n de un contingente anual de 18.690 TM de Ā«algodĆ³n sin cardar ni peinarĀ» clasificado en las subpartidas 5201.00.10.00, 5201.00.20.00, 5201.00.30.00 y 5201.00.90.00, hasta el 31 de diciembre de 2014;

Que, en sesiĆ³n del Pleno del COMEX llevada a cabo el 17 de diciembre de 2014, fue adoptada la ResoluciĆ³n No. 029-2014, la cual difiriĆ³ temporalmente a 0% la tarifa arancelaria ad valorem para la importaciĆ³n de algodĆ³n sin cardar ni peinar clasificado en las subpartidas arancelarias 5201.00.10.00; 5201.00.20.00, 5201.00.30.00 y 5201.00.90.00, para un contingente de 17.220 TM para el aƱo 2015 y 17,330TM para el aƱo 2016 para las empresas afiliadas a la AsociaciĆ³n de Industriales Textiles del Ecuador; y, 600 TM para los no afiliados a dicho gremio. El cupo concebido para el aƱo 2016 mantuvo una extensiĆ³n de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017;

Que, el Pleno del ComitĆ© de Comercio Exterior, en sesiĆ³n de 15 de junio de 2017, adoptĆ³ la ResoluciĆ³n No. 020-2017, a travĆ©s de la cual, resolviĆ³ reformar Ć­ntegramente el Arancel del Ecuador, expedido con ResoluciĆ³n No. 59, adoptada por el Pleno del COMEX el 17 de mayo de 2012, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 859 de 28 de diciembre de 2012;

Que, al amparo de lo dispuesto en el numeral 15 del artĆ­culo 74 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas (COPFP), con oficio No. MEF-MTNFTN-2018-0445-O de 08 de junio de 2018, la MĆ”xima Autoridad del Ministerio de EconomĆ­a y Finanzas (MEF), emitiĆ³ Dictamen favorable respecto a aplicaciĆ³n de diferimiento arancelario para la importaciĆ³n de algodĆ³n mediante contingentes arancelarios;

Que, en sesiĆ³n de 14 de junio de 2018, el Pleno del COMEX conociĆ³ y aprobĆ³ el Informe TĆ©cnico No. MCE-SPCE-CPI-0002-2018 de 27 de marzo de 2018, presentado por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones (MCEI) y el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), a travĆ©s del cual, recomienda: Ā«(…) diferir temporalmente a 0% la tarifa ad valorem para la importaciĆ³n de algodĆ³n sin cardar ni peinar clasificado en las subpartidas arancelarias5201.00.10.00, 5201.00.20.00, 5201.00.30.00, y 5201.00.90.00, para un contingente de 13.000 TM para las empresas afiliadas a la AsociaciĆ³n de Industriales Textiles del Ecuador y 1000 TM para los no afiliados a dicho gremio por cada aƱo (2018,2019 y 2020) (…) Ā«;

Que, a travĆ©s de Acuerdo No. MCE-DM-2015-0002 de 18 de junio de 2015, el Ministro de Comercio Exterior designĆ³ al Viceministro de Negociaciones, IntegraciĆ³n y Defensa Comercial para que actĆŗe como Presidente del Pleno del ComitĆ© de Comercio Exterior en su ausencia;

Que, mediante AcciĆ³n de Personal No. 293 de 18 de mayo de 2018, el licenciado Diego Caicedo Pinoargote, Coordinador COMEX del Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones (MCEI) fue designado como Viceministro de Negociaciones, IntegraciĆ³n y Defensa Comercial, Encargado;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 014-2018 de 01 de junio de 2018, el magĆ­ster Pablo Campana, Ministro de Comercio Exterior e Inversiones designĆ³ al abogado Jorge VillamarĆ­n Molina, Coordinador COMEX, Subrogante, como Secretario TĆ©cnico del COMEX;

Registro Oficial NĀ° 270 – Suplemento Martes 26 de junio de 2018 – 3

En ejercicio de las facultades conferidas en el artĆ­culo 70 del Reglamento de Funcionamiento del COMEX, expedido mediante ResoluciĆ³n No. 001-2014 de 14 de enero de 2014, en concordancia con las demĆ”s normas aplicables.

Resuelve:

ArtĆ­culo 1.- Diferir temporalmente a 0% la tarifa arancelaria ad-valorem para la importaciĆ³n de contingentes

anuales de Ā«algodĆ³n sin cardar ni peinarĀ» clasificados en las subpartidas arancelarias 5201.00.10.00, 5201.00.20.00, 5201.00.30.00; y, 5201.00.90.00, de 13.000 TM para los afiliados a la AsociaciĆ³n de Industriales Textiles del Ecuador (AITE); y, de 1.000 TM para aquellas no afiliadas a dicho gremio.

Esta medida tendrĆ” una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020 y, se aplicarĆ” al tenor siguiente:

AƑO

AFILIADOS A AITE

NO AFILIADOS A AITE

2018

13.000 TM

1.000 TM

2019

13.000 TM

1.000 TM

2020

13.000 TM

1.000 TM

En caso de sobrepasar los contingentes anuales seƱalados en la tabla, los importadores pagarĆ”n la tarifa arancelaria ordinaria vigente, constante en el Arancel del Ecuador, expedido con ResoluciĆ³n No. 020-2017 de 15 de junio de 2017 y sus modificatorias.

ArtĆ­culo 2.- Encomendar al Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), la distribuciĆ³n del contingente a los beneficiarios, emitir los requisitos y disposiciones que fuesen necesarias para la ejecuciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n de lo dispuesto en el presente instrumento.

ArtĆ­culo 3.- El Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), remitirĆ” al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) el listado de las empresas beneficiarĆ­as del contingente con RUC, nombre de la empresa y volumen asignado, especificando si es o no afiliado a la AITE.

Artƭculo 4.- Disponer al Ministerio de Agricultura y Ganaderƭa (MAG) presentar al Pleno del COMEX un informe anual sobre la productividad del sector algodonero hasta el 30 de noviembre de cada aƱo.

ArtĆ­culo 5.- Disponer al Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), presentar un informe anual al Pleno del COMEX sobre la distribuciĆ³n y uso del contingente.

ArtĆ­culo 6.- Encomendar al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), la ejecuciĆ³n e implementaciĆ³n de la presente ResoluciĆ³n.

DISPOSICIƓN DEROGATORIA

ƚNICA: A partir de la entrada en vigencia del presente instrumento quedan derogadas las Resoluciones del COMEX Nos. 97 de 19 de diciembre de 2012; 029-2014 de 17 de diciembre de 2014; y, cualquier acto normativo de igual o menor jerarquĆ­a que se oponga a lo establecido en esta ResoluciĆ³n.

DISPOSICIƓN FINAL

La SecretarĆ­a TĆ©cnica del COMEX remitirĆ” esta ResoluciĆ³n al Registro Oficial para su publicaciĆ³n.

Esta ResoluciĆ³n fue adoptada en sesiĆ³n de 14 de junio de 2018 y, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

f.) Diego Caicedo Pinoargote, Presidente (E).

f.) Jorge VillamarĆ­n Molina, Secretario.

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo del COMEX.- f.) Secretario TĆ©cnico.

NĀ° 04

GOBIERNO AUTƓNOMO DESCENTRALIZADO

MUNICIPAL DEL CANTƓN

MƁCHALA

Considerando:

Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece los deberes primordiales del Estado entre los que se indica: Art. 3, Nro. 5, Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribuciĆ³n equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al Buen Vivir;

Que, dentro de las GarantĆ­as Constitucionales constantes en la Carta Magna, artĆ­culo 85, pĆ”rrafo final, se tiene que Ā«En la formulaciĆ³n, ejecuciĆ³n, evaluaciĆ³n y control de las polĆ­ticas pĆŗblicas y servicios pĆŗblicos, se garantizarĆ” la participaciĆ³n de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidadesĀ»;

Que, entre otros, los fundamentos de la democracia son: la garantĆ­a y ejercicio de los derechos constitucionales de las personas y la participaciĆ³n directa y protagĆ³nica en todos los asuntos pĆŗblicos y en la consecuciĆ³n del buen vivir,

4 – Martes 26 de junio de 2018 Suplemento – Registro Oficial NĀ° 270

conforme lo establecido en los ArtĆ­culos 95 y 100 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, respecto de los principios de la participaciĆ³n en los diferentes niveles de gobierno;

Que, de conformidad con el Art. 241 de la Carta Magna, la planificaciĆ³n garantizarĆ” el ordenamiento territorial y serĆ” obligatoria en todos los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados;

Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, en su Art. 264, Nro. 1, establece que los Gobiernos Municipales tienen como competencias exclusivas entre otras, la de Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada, con las distintas instancias territoriales, con el fin de regular el uso y la ocupaciĆ³n del suelo urbano y rural;

Que, el Art. 41 y siguientes del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, determina la necesidad de que los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados, tengan sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial y el contenido de los mismos;

Que, el CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n establece en su Art. 4 literal g) que entre los Fines de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados se encuentra Ā«El desarrollo planificado participativamente para transformar la realidad…Ā»,

Que, de conformidad con lo establecido por el CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, en su Art. 54, literal e) y 55 literal a) respecto de las funciones y competencias, respectivamente, de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados, estos planificarĆ”n, elaborarĆ”n y ejecutarĆ”n conjuntamente con otras instituciones del sector pĆŗblico y actores de la sociedad civil, el plan cantonal de desarrollo y de ordenamiento territorial y las polĆ­ticas pĆŗblicas en el Ć”mbito de sus competencias y en su circunscripciĆ³n territorial;

Que, el Art. 42 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas en concordancia con las disposiciones del CĆ³digo de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, determina el contenido de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados, contendrĆ”n al menos los siguientes componentes: a. diagnĆ³stico; b. propuesta; c. modelo de gestiĆ³n. Los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados considerando la propuesta de los planes de los niveles superiores e inferiores de gobierno, asĆ­ como el plan Nacional de Desarrollo VigenteĀ»;

Que, el ArtĆ­culo 49 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas establece que Ā«Los planes de Desarrollo y ordenamiento territorial serĆ”n referentes obligatorios para la elaboraciĆ³n de los planes de inversiĆ³n, presupuestos y demĆ”s instrumentos de gestiĆ³n de cada Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado;

Que, el Art. 10 del Reglamento del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas establece Ā«Una vez aprobado el Plan Nacional de Desarrollo, los consejos sectoriales y los consejos locales de planificaciĆ³n deberĆ”n actualizar su planificaciĆ³n a travĆ©s de las instancias correspondientes. Para el efecto la SecretarĆ­a Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo, emitirĆ” la norma y directrices metodolĆ³gicas correspondientes, definirĆ” los plazos a los cuales deben sujetarse las entidades pĆŗblicas y coordinarĆ” y acompaƱarĆ” a este procesoĀ»;

Que, el primer inciso del Art. 1 de la resoluciĆ³n Nro. 003 – 2017-CNP, de 22 de septiembre de 2017, el Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n resolviĆ³ lo siguiente: Ā«Aprobar la actualizaciĆ³n del Plan Nacional para el Buen Vivir 2017-2021, que incorpora los aportes ciudadanos de actores sociales e institucionales, generados en el proceso participativo realizado por la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y desarrollo, asĆ­ como en el marco del diĆ”logo Nacional promovido por la Presidencia de la RepĆŗblica, a propuesta del Presidente del Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n, en su integralidad y contenidos, incorporando las observaciones realizadas por los miembros del ConsejoĀ»;

Que, mediante Acuerdo Nro. SNP-065- 2017 de fecha 04 de diciembre de 2017, la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo EmitiĆ³ las Directrices para la AlienaciĆ³n de los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados al nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2017- 2021;

Que, conforme lo establecido en el CĆ³digo de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas en sus artĆ­culos 28 y 29, respecto de la conformaciĆ³n y funciones del Consejo de PlanificaciĆ³n de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados, este se encuentra conformado y en funciones, de acuerdo a lo establecido en la ORDENANZA QUE CREA Y REGULA EL SISTEMA DE PARTICIPACIƓN CIUDADANA DE LA I. MUNICIPALIDAD DE MƁCHALA;

Que, el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del CantĆ³n MĆ”chala fue aprobado por el I. Concejo Municipal MĆ”chala el 19 de Agosto del 2013, Mediante la Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del CantĆ³n MĆ”chala y publicado en el Registro Oficial Nro. 97 de fecha martes 8 de Octubre 2013;

Que, con fecha 30 de Julio 2015 se expide la Ordenanza para la AprobaciĆ³n de la ActualizaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del CantĆ³n MĆ”chala publicada en la EdiciĆ³n Especial del Registro Oficial Nro. 388 de fecha jueves 5 de Noviembre 2015;

Que, el Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal del CantĆ³n MĆ”chala, ha cumplido, a travĆ©s de la DirecciĆ³n de PlanificaciĆ³n, con los procedimientos tĆ©cnicos establecidos por la SecretarĆ­a Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo para la elaboraciĆ³n a la alineaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del CantĆ³n MĆ”chala;

Registro Oficial NĀ° 270 – Suplemento Martes 26 de junio de 2018 – 5

Que, el Consejo Cantonal de PlanificaciĆ³n, el 26 de enero de 2018, mediante resoluciĆ³n Nro. 006 – CCP-GADMC-2018, resolviĆ³: – Ā«DISPONER que la DirecciĆ³n de PlanificaciĆ³n del GAD Municipal de MĆ”chala, inicie el proceso de alineaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial al Plan Nacional de Desarrollo 2017- 2021, para lo cual se le faculta al Director Departamental que conforme el equipo Multidisciplinario que estime conveniente para el cumplimiento de lo dispuestoĀ»;

Que, el Consejo Cantonal de PlanificaciĆ³n con fecha 16 de Marzo del 2018, mediante ResoluciĆ³n Nro. 010 – CP-GADMM-2018, aprobĆ³ con mayorĆ­a absoluta la alineaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del GAD Municipal de MĆ”chala al Plan Nacional de Desarrollo 2017- 2021, conforme lo establecido por la Ley;

Que, se hace imperiosa la necesidad de reformar la actual Ordenanza para la AprobaciĆ³n de la ActualizaciĆ³n y del Plan de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial del CantĆ³n MĆ”chala, de conformidad a lo establecido en la ResoluciĆ³n Nro. 002-2017-CNP del 13 de julio de 2017, ResoluciĆ³n Nro. 003-2017-CNP de fecha 22 de septiembre de 2017, y el acuerdo Nro. SNPD-065-2017 y a las exigencias de SENPLADES;

En ejercicio de la atribuciĆ³n que le confiere el artĆ­culo 240 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, los artĆ­culos 7, 57 letra a) del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n y 47 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas.

Expide:

La REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA

APROBACIƓN DE LA ACTUALIZACIƓN DEL

PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO

TERRITORIAL DEL CANTƓN MƁCHALA

ArtĆ­culo 1.- Aprobar la alineaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del CantĆ³n MĆ”chala al Plan Nacional de Desarrollo 2017- 2021 y ajuste de programas y proyectos y todos sus componentes, como instrumento de desarrollo, agregado como anexo a la presente Ordenanza y de conformidad con la RESOLUCIƓN Nro. 010- CCP-GADMM-2018 y acta del Consejo Cantonal de PlanificaciĆ³n de MĆ”chala.

ArtĆ­culo 2.- SustitĆŗyase el Art. 4 por el siguiente:

a. DIAGNƓSTICO: DiagnĆ³stico por componentes, socio cultural, asentamientos humanos, polĆ­tico institucional, biofĆ­sico, econĆ³mico productivo, movilidad, energĆ­a y conectividad

AnƔlisis EstratƩgico Territorial, problemƔticas, potencialidades y vocaciones del territorio.

b. PROPUESTA: En cumplimiento al Acuerdo Ministerial No. SNPD-065-2017 de la SecretarĆ­a Nacional de PlanificaciĆ³n, se actualiza los objetivos estratĆ©gicos, metas e indicadores; y se mantiene la visiĆ³n cantonal y categorĆ­as de ordenamiento del territorio COT

c. MODELO DE GESTIƓN: En cumplimiento al Acuerdo Ministerial No. SNPD-065-2017 de la SecretarĆ­a Nacional de PlanificaciĆ³n, se actualiza los datos especĆ­ficos de los programas y proyectos, cronogramas estimados y presupuestos, instancias responsables de la ejecuciĆ³n, sistema de monitoreo, evaluaciĆ³n y retroalimentaciĆ³n que faciliten la rendiciĆ³n de cuentas y el control social.

DISPOSICIƓN DEROGATORIA

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones legales creadas por el Ɠrgano legislativo del Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal del cantĆ³n MĆ”chala que se contraponen a la presente Reforma de la Ordenanza.

DISPOSICIƓN FINAL

La presente ordenanza de reforma entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en la Gaceta Oficial Municipal, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial y en el dominio Web de la instituciĆ³n.

Dada y firmada en la Sala de Sesiones del I. Concejo del Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal de MĆ”chala, a los veintinueve dĆ­as del mes de marzo del aƱo dos mil dieciocho.

MƔchala, marzo 29 del 2018.

f.) Ing. Carlos Falquez Aguilar, Alcalde de MƔchala.

f.) Dr. Jonny Zavala Pineda, Secretario General.

CERTIFICO.

Que, la presente Reforma a la Ordenanza para la AprobaciĆ³n de la ActualizaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del CantĆ³n MĆ”chala, fue discutida y aprobada en primer y segundo debate en las sesiones extraordinaria de 27 de marzo y en sesiĆ³n ordinaria del 29 de marzo del 2018, respectivamente.

MƔchala, marzo 29 del 2018.

f.) Dr. Jonny Zavala Pineda, Secretario General.

6 – Martes 26 de junio de 2018 Suplemento – Registro Oficial NĀ° 270

SECRETARIA GENERAL DEL I. CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTƓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MƁCHALA.

MƔchala, marzo 29 del 2018.

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 322 del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, remito al seƱor Alcalde, el original y las copias de la REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA APROBACIƓN DE LA ACTUALIZACIƓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTƓN MƁCHALA, para su respectiva sanciĆ³n y aprobaciĆ³n.

f.) Dr. Jonny Zavala Pineda, Secretario General.

Ing. Carlos Falquez Aguilar, ALCALDE DEL GOBIERNO AUTƓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MƁCHALA.

En uso de la facultad concedida en el artĆ­culo 322 del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, declaro sancionada la REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA APROBACIƓN DE LA ACTUALIZACIƓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTƓN MƁCHALA, y ordeno su promulgaciĆ³n en el Registro Oficial, Gaceta Municipal y pĆ”g. web institucional de conformidad a lo establecido en el artĆ­culo 324 ibĆ­dem, en vista de que se han cumplido y observado los trĆ”mites legales, y estĆ” de acuerdo con la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y las leyes.

MƔchala, marzo 29 del 2018.

f.) Ing. Carlos Falquez Aguilar, Alcalde de MƔchala.

CERTIFICO:

Que la presente REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA APROBACIƓN DE LA ACTUALIZACIƓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTƓN MƁCHALA, fue sancionada y ordenada su promulgaciĆ³n en el Registro Oficial, Gaceta Municipal y pĆ”g. web institucional de conformidad a lo establecido en el artĆ­culo 324 ibĆ­dem, por el Ing. Carlos Falquez Aguilar-Alcalde de MĆ”chala, a los veinte y nueve dĆ­as del mes de marzo del aƱo dos mil dieciocho.

MƔchala, marzo 29 del 2018.

f.) Dr. Jonny Zavala Pineda, Secretario General.

No. 010-CCP-GADMM-2018

Considerando:

Que, el artĆ­culo 100 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece que en los diferentes niveles de gobierno se conformarĆ”n instancias de participaciĆ³n ciudadana, cuyo objetivo, entre otros, es la elaboraciĆ³n de planes y polĆ­ticas nacionales, locales y sectoriales.

Que, el artĆ­culo 241 de la ConstituciĆ³n de la Carta Magna, prescribe, que Ā«la planificaciĆ³n garantizarĆ” el ordenamiento territorial y serĆ” obligatoria en todos los gobiernos autĆ³nomos descentralizadosĀ».

Que, el literal e) del Art. 57 del COOTAD establece como atribuciĆ³n del Concejo Municipal Ā«Aprobar el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados participativamente con la acciĆ³n del consejo cantonal de planificaciĆ³n y las instancias de participaciĆ³n ciudadana, asĆ­ como evaluar la ejecuciĆ³n de los mismosĀ»

Que, el ArtĆ­culo 300 del COOTAD norma Ā«Los consejos de planificaciĆ³n participativa de los gobiernos autĆ³nomos descentralizados participarĆ”n en el proceso de formulaciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n de sus planes y emitirĆ”n resoluciĆ³n favorable sobre las prioridades estratĆ©gicas de desarrollo como requisito indispensable para su aprobaciĆ³n ante el Ć³rgano legislativo correspondiente. Los consejos de planificaciĆ³n de los gobiernos autĆ³nomos descentralizados estarĆ”n presididos por sus mĆ”ximos representantes. Su conformaciĆ³n y atribuciones serĆ”n definidas por la leyĀ».

Que, el Art. 42 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas en concordancia con las disposiciones del CĆ³digo de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, determina el contenido de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados, contendrĆ”n al menos, los siguientes componentes: a. diagnostico; b. propuesta; c. modelo de gestiĆ³n. Los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados, considerando la propuesta de los planes de los niveles superiores e inferiores de gobierno, asĆ­ como el plan Nacional de Desarrollo VigenteĀ».

Que, el ArtĆ­culo 49 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas establece que Ā«Los planes de Desarrollo y ordenamiento territorial serĆ”n referentes obligatorios para la elaboraciĆ³n de los planes de inversiĆ³n, presupuestos y demĆ”s instrumentos de gestiĆ³n de cada Gobierno AutĆ³nomo Descecentralizado.

Que, el Art. 10 del Reglamento del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas establece. Ā«Una vez aprobado el Plan Nacional de Desarrollo, los consejos sectoriales y los consejos locales de planificaciĆ³n deberĆ”n actualizar su planificaciĆ³n a travĆ©s de las instancias correspondientes. Para el efecto la SecretarĆ­a Nacional de

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PlanificaciĆ³n y Desarrollo, emitirĆ” la norma y directrices metodolĆ³gicas correspondientes, definirĆ” los plazos a los cuales deben sujetarse las entidades pĆŗblicas y coordinarĆ” y acompaƱarĆ” a este procesoĀ».

Que, el primer inciso del artĆ­culo 1 de la resoluciĆ³n Nro. 003 – 2017-CNP, de 22 de septiembre de 2017, el Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n resolviĆ³ lo siguiente: Ā«Aprobar la actualizaciĆ³n del Plan Nacional para el Buen Vivir 2017-2021, que incorpora los aportes ciudadanos, de actores sociales e institucionales, generados en el proceso participativo realizado por la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y desarrollo, asĆ­ como en el Marco del DiĆ”logo Nacional promovido por la Presidencia de la RepĆŗblica, a propuesta del Presidente del Consejo Nacional de PlanificaciĆ³n, en su integralidad y contenidos, incorporando las observaciones realizadas por los miembros del ConsejoĀ»:

Que, mediante Acuerdo Nro. SNP-065-2017 de fecha 04 de diciembre de 2017, la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo emitiĆ³ las directrices para la AlienaciĆ³n de los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados al Nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2017- 2021.

Que, conforme lo establecido en el CĆ³digo de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas en sus artĆ­culos 28 y 29, respecto de la conformaciĆ³n y funciones del Consejo de PlanificaciĆ³n de los Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados, este se encuentra conformado y en funciones, de acuerdo a lo establecido en la ORDENANZA QUE CREA Y REGULA EL SISTEMA DE PARTICIPACIƓN CIUDADANA DE LA I. MUNICIPALIDAD DE MƁCHALA, cuerpo normativo que determina en su Art. 12 entre las atribuciones del Consejo de PlanificaciĆ³n las de revisar, aprobar el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y sus actualizaciones.

Que, el Consejo Cantonal de PlanificaciĆ³n, el 26 de Enero de 2018, mediante resoluciĆ³n Nro. 006-CCP-GADMM-2018, resolviĆ³: – Ā«DISPONER que la DirecciĆ³n de PlanificaciĆ³n del GAD Municipal de MĆ”chala, inicie el proceso de alineaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial al Plan Nacional de Desarrollo 2017- 2021, para lo cual se le faculta al Director Departamental, que conforme el equipo Multidisciplinario que estime conveniente para el cumplimiento de lo DispuestoĀ»

Que, una vez presentado el informe Memorando GADMM-DP-2018-082, mediante el cual se hace llegar el documento final de la AlineaciĆ³n del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial al Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021, por parte del equipo tĆ©cnico del GAD Municipal, donde se han analizado los contenidos sobre las prioridades estratĆ©gicas de desarrollo, programas y proyectos a realizarse en el territorio cantonal al Alcalde, quien sugiere al Consejo Cantonal de PlanificaciĆ³n del cantĆ³n MĆ”chala la aprobaciĆ³n de la alineaciĆ³n y ajuste del Plan de Desarrollo Cantonal y de Ordenamiento Territorial al Plan Nacional de Desarrollo

2017-2021, por cuanto se ha cumplido el principio de la participaciĆ³n ciudadana y observando los procedimientos administrativos correspondientes.

El Consejo de PlanificaciĆ³n del GAD Municipal de MĆ”chala en uso de las facultades que confiere a este consejo el Art. 300 del COOTAD en concordancia con el Art. 12 de la Ordenanza que Crea y Regula el Sistema de ParticipaciĆ³n Ciudadana de la I. Municipalidad de MĆ”chala y el Art. 5 del Acuerdo Nro. SNPD-065-2017,

Resuelve:

Art. 1.- EMITIR LA RESOLUCIƓN FAVORABLE a la propuesta de ajuste a la alineaciĆ³n de los objetivos estratĆ©gicos y metas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento del CantĆ³n MĆ”chala vigente con el nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 en todo su contenido, por cuanto se ha cumplido observando los procedimientos administrativos correspondientes.

Art. 2.- DISPONER que la presente resoluciĆ³n conjuntamente con el informe GADMM-DP-2018-082, presentado de parte del equipo tĆ©cnico del GAD Municipal de MĆ”chala, pase al I. Concejo Municipal de MĆ”chala para su conocimiento, anĆ”lisis y resoluciĆ³n.

Dado y firmado en el GAD Municipal, a los diez y seis dĆ­as de mes de Marzo del 2018.-

CUMPLASE Y NOTIFIQUE SE.

f.) Dr. Nelson RĆ­os, Delegado del Concejo Municipal, Presidente Encargado del Consejo de PlanificaciĆ³n.

f.) Arq. Dalton Minuche CĆ³rdova, Director de PlanificaciĆ³n.

Servidores PĆŗblicos, designados por el Sr. Alcalde:

f.) Arq. Johnny Eras, Director de Urbanismo.

f.) Ing. Carlos Valarezo, Director de Obras PĆŗblicas.

f.) Ing. Mariana Flores, Subdirectora de Desarrollo Institucional.

Delegados por las instancias de ParticipaciĆ³n Ciudadana:

f.) 1) Arq. Xavier Reyes, Colegio de Arquitectos de El Oro.

f.) 2) Ing. VĆ­ctor GĆ³mez, Colegio de Ingenieros Civiles de El Oro.

f.) 3) Ing. Freddy Montalvo, CƔmara de Comercio del El Oro.

f.) Ing. Humberto Pineda RamĆ³n, Presidente de la Junta Parroquial de El Retiro.

f.) Arq. Abel Sarie Palas, Secretario.

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