Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Viernes de Abril de
2014 – R. O. No. 219

SUMARIO

Ministerio de Electricidad y Energía Renovable:

Ejecutivo:

Acuerdos

223 Encárganse las funciones de Ministro al ingeniero
Medardo Cadena Mosquera, Viceministro de Energía

Ministerio del Interior:

3965 Subróganse las funciones del señor Ministro al señor
Javier Córdova Unda, Viceministro de Seguridad Interna

3967 Legalízanse las comisiones de servicios en el exterior
de las siguientes personas:

Señor Luis Varese Scotto, Asesor 5 del Despacho Ministerial

3968 Señora Elisa Martínez Espinoza, Servidora Pública 2 de
la Dirección de Género y otros

3969 Subte. Cristian Darwin Illescas Viscarra, Servidor
Policial de Interpol y otro

3970 Deléganse atribuciones y funciones al Teniente Coronel
de Policía Rommy Vallejo Vallejo, Director General de Inteligencia (Acc)

3971 Deléganse funciones al/la Director/a Técnico/a de Área
de Administración de Talento Humano

Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación:

2014-021 Deléganse atribuciones al señor Nicolás Fabián
Trujillo Newlin, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante
la República de Corea

2014-023 Refórmase la Codificación del Reglamento para el
otorgamiento de becas para programas de estudios de cuarto nivel de formación
académica en el exterior

2014-025 Deléganse atribuciones a la doctora Rina Catalina
Pazos Padilla, funcionaria responsable de la coordinación institucional

2014-026 Refórmase el Acuerdo No. 2014-001 de 2 de enero de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 176 de 4 de febrero de 2014

Ministerio del Ambiente:

Resoluciones

005 Apruébase el Estudio de Impacto y Plan de Manejo
Ambiental del proyecto ?Concesión para Materiales de Construcción Chuquipata
Código 3032?, ubicado en el cantón Azogues, provincia del Cañar y otórgase
licencia ambiental a dicho proyecto

Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría de
Comercio y Servicios:

14 130 Otórgase el registro de empresa reencauchadora a las
siguientes compañías:

MAXXICAUCHO, con domicilio en la ciudad de Cuenca

14 131 REAMERIMPORSA, Repuestos Americanos Importadora S.A.
(Reencauche Seguro), con domicilio en la ciudad de Latacunga

Dirección General de Aviación Civil:

082/2014 Expídese el Reglamento para el funcionamiento de
aeropuertos en el Ecuador

083/2014 Refórmase la Resolución No. 046/2013 de 26 de
noviembre de 2013

Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

007-2013 SG-IEPI Deléganse funciones y facultades a los
siguientes servidores:

Ab. Gabriela Altamirano

009-2013 SG-IEPI Ab. Félix Wladimir Zamora Córdova

012-2013-DNDAyDC-IEPI Ab. Viviana Hidrobo Sabando, Experta
Principal en Sociedades de Gestión Colectiva, subrogante

CONTENIDO


No. 223

Esteban
Albornoz Vintimilla

MINISTRO DE
ELECTRICIDAD Y ENERGÍA

RENOVABLE

Considerando:

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 475 de 9 de julio de 2007, publicado en el Registro Oficial No.132 de 23 de julio de
2007
, el señor Presidente de la República escindió el Ministerio de
Energía y Minas, en los Ministerios de Minas y Petróleos, y de Electricidad y
Energía Renovable;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 638 de 31 de enero de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 384 de 14 de febrero
de 2011
, el señor Presidente Constitucional de la República nombró como
Ministro de Electricidad y Energía Renovable al señor Doctor Esteban Albornoz Vintimilla;

Que, el
artículo 5 del precitado Decreto Ejecutivo No. 475 manifiesta: ?Las facultades
y deberes que correspondan al Ministerio de Energía y Minas ante cualquier
organismo del Estado o entidad pública o privada, para asuntos relacionados con
electricidad y energía renovable, así como las delegaciones ante directorios, comités, comisiones, cuerpos
colegiados, corresponden a partir de la expedición del presente decreto
ejecutivo al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable?;

Que, el
numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador
preceptúa: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión?;

Que, el inciso
segundo del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva establece: ?Los Ministros de Estado, dentro de la esfera
de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario
inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión
de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las
delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de
acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de 2013, el señor Presidente
Constitucional de la República, ratificó los nombramientos y designaciones conferidas a todos
los ministros, Secretarios, Delegados ante los diferentes cuerpos colegiados de
las diversas entidades públicas, autoridades militares y de policía, y demás funcionarios
cuya designación se haya dispuesto mediante Decreto Ejecutivo;

Que, con
Solicitud de Viaje al Exterior No 33365 de 13 de marzo del 2014, autorizada por
parte del Ministerio Coordinador de Sectores Estratégicos y remitida de manera electrónica
a la Secretaria Nacional de la Administración Pública, con la finalidad de que
se realice el trámite correspondiente para la obtención de la autorización del viaje
a la ciudad de Tokyo-Japón, al Doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de
Electricidad y Energía Renovable, a fin de mantener reuniones de trabajo y
tratar asuntos relacionados con el Proyecto Hidroeléctrico: La Merced de
Jondachi y el Proyecto Geotérmico Chacana. Adicionalmente se programará una
reunión con ?Japan International Cooperation Agency? sobre el Proyecto Geotérmico
Chachimbiro, y una visita a la Planta de turbinas Geotérmicas ?Keihin Products
Operation?;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 464 de 20 de marzo del 2014, la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, autorizó el viaje y declara en comisión de servicios
al Doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía
Renovable, para su desplazamiento a la ciudad de Tokyo-Japón del lunes 24 al
jueves 27 de marzo del 2014, a fin de llevar adelante las reuniones de trabajo
descritas en el considerando anterior; y,

Que, el Doctor
Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable,
conforme a lo señalado anteriormente, se ausentará del país, por lo que
requiere encargar la dirección de esta Cartera de Estado.

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el Art. 154 numeral 1) de la Constitución
de la República del Ecuador, el Art. 35 de la Ley de Modernización del Estado Privatizaciones
y Prestaciones de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, en
concordancia con el Art. 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva;

Acuerda:

Art. 1.- Encargar
el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable al ingeniero Medardo Cadena
Mosquera, Viceministro de Energía, durante el período comprendido desde el 24
al 27 de marzo del 2014, con todas las atribuciones y obligaciones que el cargo
conlleva, tiempo en el cual el señor Ministro titular se encontrará cumpliendo
actividades oficiales fuera del país.

Art. 2.- En
cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, el presente Acuerdo
Ministerial póngase en conocimiento del señor Secretario General de la Administración
Pública.

Art. 3.- De la
ejecución del presente Acuerdo Ministerial
encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera.

El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
Publíquese.

Dado en la
ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano a, 20 de marzo de
2014.

f.) Esteban
Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable.

No. 3965

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIO

Considerando:

Que, conforme
a lo dispuesto por la letra g) del artículo 23 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, es derecho irrenunciable de las servidoras y servidores públicos gozar
de vacaciones, licencias, comisiones y permisos de acuerdo a lo prescrito por
dicha Ley;

Que, el
artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con el
artículo 270 de su Reglamento General establece que la subrogación procede por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, cuando una
servidora o servidor público deba subrogar en el ejercicio de un puesto del
nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el numeral I del artículo 154 de la
Constitución de la República y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva;

Acuerda:

Artículo 1.- Disponer
al señor Javier Córdova Unda, Viceministro de Seguridad Interna, subrogue las
funciones del cargo de Ministro del Interior el 27 y 28 de febrero de 2014 por
ausencia del Titular debido a la visita oficial a la Presidencia de la
República de Nicaragua, a efectuarse en acompañamiento al señor Presidente de
la República del Ecuador; y, a su vez disponer a la doctora Diana Lucía
Espinoza Valdez subrogue dichas funciones desde el 29 de febrero hasta el 03 de
marzo de 2014 por licencia con cargo a vacaciones.

Artículo 2.- El
presente Acuerdo Ministerial, póngase en conocimiento de la Secretaria Nacional
de la Administración Pública, mismo que entrará en vigencia a partir de la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a
26 de febrero del 2014. f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Ministerio del
Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 27 de febrero del 2014.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 3967

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, según el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del
2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana
convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de
una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir
a la seguridad humana;

Que, con
memorando No. 000386-DMI del 05 de septiembre de 2013, dirigido a la
Coordinación General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado,
autorizó la comisión de servicios al exterior, del señor Luis Varese Scotto,
Asesor 5, del Despacho Ministerial, para el desplazamiento a la República de Nicaragua
– Managua, con la finalidad de continuar en las coordinaciones sobre
cooperación en materia de disminución de los índices delincuenciales, del 08 al
11 de septiembre de 2013;

Que, la
Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No.
DATH-2013-064 del 12 de septiembre de 2013, emite dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del
citado funcionario público;

Que, la
Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria con memorando No.
1306 del 17 de septiembre del 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de
la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de
los gastos de desplazamiento del funcionario;

Que, mediante
oficio No. SNAP-SCGP-2014-000597-O del 10 de febrero de 2014, la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, legaliza la autorización de viaje al exterior
del funcionario mencionado;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la
Constitución de la República,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del
señor Luis Varese Scotto, Asesor 5, del Despacho Ministerial, quien se encargó
de continuar en las coordinaciones sobre
cooperación en materia de disminución de los índices delincuenciales,
efectuadas en Managua – República de Nicaragua, del 08 al 11 de septiembre de
2013.

Art. 2.- El
funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y
específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información
para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este
Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio pe su
publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 27 de febrero del 2014.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Ministerio del
Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 27 de febrero del 2014.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 3968

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, según el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del
2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana
convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de
una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir
a la seguridad humana;

Que, con
memorando No. 13-SGD-UCTPTM-MDI-2013 del 15 de noviembre de 2013, dirigido a la
Coordinación General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de
Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, de la señora Elisa
Martínez Espinoza, Servidor Público 2, de la Dirección de Género; Ing. María
Fernanda Revelo Benavides, Servidor Público 5, de la Dirección de Protección de
Derechos, y señor Carlos Eduardo Boada Santana, Conductor, para que asistan a
la Reunión Binacional Ecuador-Colombia de la mesa de Desarrollo Social,
realizada en la ciudad de Ipiales Colombia, los días 19 y 20 de noviembre del
2013;

Que, la
Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No.
DATH-2014-002 del 03 de enero de 2014, emite dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los
citados servidores públicos;

Que, la
Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria con memorando No.
DF-UP-013 del 07 de enero de 2014, de existencia y disponibilidad de fondos de
la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para el pago de
los gastos de desplazamiento de los servidores;

Que, mediante
oficio No. SNAP-SCGP-2014-000080-O del 07 de enero de 2014, la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, legaliza la autorización de viaje al
exterior de los servidores mencionados;

Que, de
conformidad a lo establecido en Decreto Ejecutivo No. 1522 del 17 de mayo de
2013, el personal que viene prestando servicios en las Direcciones de Género y
Protección de Derechos, aún no ha sido objeto del proceso de evaluación,
selección y racionalización del talento humano, por parte del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, institución a la cual pasarán a formar
parte según lo dispuesto;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la
Constitución de la República,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la
señora Elisa Martínez Espinoza, Servidor Público 2, de la Dirección de Género;
Ing. María Fernando Revelo Benavides, Servidor Público 5, de la Dirección de
Protección de Derechos, y señor Carlos Eduardo Boada Santana, Conductor,
quienes asistieron a la Reunión Binacional Ecuador Colombia de la mesa de
Desarrollo Social, efectuada en la ciudad de Ipiales Colombia, los días 19 y 20
de noviembre del 2013.

Art. 2.- Los
servidores indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y
específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información
para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este
Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 27 de febrero del 2014.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior. Ministerio del Interior.- Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la
Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso
necesario.- Quito a, 27 de febrero del 2014.- f.) Ilegible, Secretaría General.

No. 3969

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, según el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del
2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana
convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de
una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir
a la seguridad humana;

Que, en oficio
No. 0057-CG-2014 del 10 de enero de 2014, suscrito por el General Superior
Rodrigo M. Suárez Salgado, Comandante General de la Policía Nacional, el
titular de esta Cartera de Estado autorizó el trámite de comisión de servicios
al exterior de los servidores policiales Subte. Cristian Darwin Illescas
Viscarra y Cbop. Wuillan Germán Calvopiña Pazmiño, para que efectúen la
extradición del ciudadano de nacionalidad Pakistaní Aslam Nadeem, desde
Guayanas Francesas-Cayena, en calidad de custodios, diligencia realizada del 08
al 17 de enero de 2014;

Que, la
Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No.
DATH-2014-004 del 16 de enero de 2014, emite dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los
citados servidores públicos;

Que, la
Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 79 y 87
del 21 y 23 de enero de 2014, respectivamente, de existencia y disponibilidad
de fondos de la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior,
para el pago de los gastos de desplazamiento de los servidores;

Que, mediante
oficio No. SNAP-SCGP-2014-000426-O del 27 de enero de 2014, la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, legaliza la autorización de viaje al
exterior de los servidores mencionados;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la
Constitución de la República,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de los
servidores policiales de Interpol Subte. Cristian Darwin Illescas Viscarra y
Cbop. Wuillan Germán Calvopiña Pazmiño, quienes llevaron a cabo la extradición
del ciudadano de nacionalidad Pakistaní Aslam Nadeem, desde Cayena – Guayanas
Francesas, en calidad de custodios, del 08 al 17 de enero de 2014.

Art. 2.- Los
servidores indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y
específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información
para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB
de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este
Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 27 de febrero del 2014.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Ministerio del
Interior.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 27 de febrero del 2014.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 3970

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, el
artículo 163 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la
Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica,
jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión
es atender la seguridad ciudadana, el orden público, y proteger el libre ejercicio
de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional y
que sus miembros tendrán una formación basada en derechos humanos,
investigación, prevención del delito y utilización de medios de disuasión y
conciliación como alternativas al uso de la fuerza;

Que, el
numeral 16 del artículo 326 de la Constitución de la República del Ecuador, que
en las instituciones del Estado y en las entidades de derecho privado en las
que haya participación mayoritaria de recursos públicos, quienes cumplan
actividades de representación, directivas, administrativas o profesionales, se
sujetarán a las leyes que regulan la administración pública;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero del 2011, publicado en el Registro
Oficial No. 372 de 27 de enero de 2011, el Presidente Constitucional de la
República, economista Rafael Correa Delgado, dispuso la reorganización de la
Policía Nacional estableciendo que su representación legal, judicial y extra
judicial sea asumida por el Ministerio del Interior;

Que, de
acuerdo con lo previsto en los artículos 35 de la Ley de Modernización del
Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la
Iniciativa Privada; y 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva; los Ministros de Estado están
autorizados para delegar sus atribuciones a los funcionarios de la institución
que representan cuando lo estimen necesario;

Que, es
necesario racionalizar y desconcentrar la gestión administrativa del Despacho
del Ministro del Interior, a fin de dar mayor agilidad a su gestión, inclusive
en lo atinente a la aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
Reglamento de aplicación y normas conexas, por lo que es pertinente la
delegación de funcione manera que facilite su gestión en este ámbito; y,

En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el numeral primero del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador y los artículos 17 y 55 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva:

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
al Teniente Coronel de Policía Rommy Vallejo Vallejo, en su calidad de Director
General de Inteligencia (Acc.), para que a nombre y representación del Ministro
del Interior, ejerza de conformidad con la Ley, las siguientes funciones y
atribuciones:

Suscriba el
memorando de ?colaboración entre el Centro de Inteligencia contra el Crimen
Organizado (CICO) y la Dirección General de Inteligencia de la Policía Nacional
del Ecuador, para el intercambio de información e inteligencia sobre el crimen
Organizado?; y,

Autorice y
efectúe todos los procedimientos administrativos necesarios para el efectivo
cumplimiento del Memorando de Colaboración, entre la Dirección General de
Inteligencia de la Policía Nacional; y el Centro de Inteligencia contra el
Crimen Organizado (CICO).

Artículo 2.- El
Director General de Inteligencia (Acc.), Teniente Coronel de Policía Rommy
Vallejo Vallejo, informará al Ministro del Interior, de las acciones tomadas en
ejercicio de la presente delegación.

Artículo 3.- El
presente Acuerdo Ministerial se pondrá en conocimiento de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública y entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE: Dado
en Quito, Distrito Metropolitano, a 27 de febrero del 2014.

f.) José
Serrano Ricardo Salgado, Ministro del Interior. Ministerio del Interior.-
Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el
archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me
remito en caso necesario.- Quito a, 28 de febrero del 2014.- f.) Ilegible,
Secretaría General.

No. 3971

José Serrano
Salgado

MINISTERIO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador en su artículo 326 numeral 16
determina que en las instituciones del Estado y en las entidades de derecho
privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos, quienes
cumplan actividades de representación, directivas, administrativas o
profesionales, se sujetarán a las leyes que regulan la Administración Pública y
aquellos que no se incluyen en esta categorización estarán amparados por el
Código del Trabajo;

Que, el inciso
tercero del artículo 229 de la Constitución de la República del Ecuador señala
que las obreras y obreros del sector público estarán sujetos al Código del
Trabajo;

Que, de
acuerdo con lo previsto en los artículos 35 de la Ley de Modernización del
Estado, Privatizaciones y Prestaciones de Servicios Públicos por parte de la
Iniciativa Privada; 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva; el Ministro del Interior está autorizado para delegar
sus atribuciones a los funcionarios de la institución que representa cuando
estime necesario;

Que, el
artículo 224 del Código del Trabajo instituye que transcurrido el plazo de
quince días a partir de dicha notificación, las partes deberán iniciar la
negociación que concluirá en el plazo máximo de treinta días, salvo que éstas
de común acuerdo comuniquen al inspector del trabajo la necesidad de un plazo
determinado adicional para concluir la negociación;

Que, mediante
providencia de fecha 17 de enero de 2014, a las 16h30, el señor Inspector del
Trabajo de Pichincha, notifica al Ministro del Interior con el contenido del
Proyecto de Contrato Colectivo Indefinido de Trabajo presentado por los señores
trabajadores del Comité Único del Sindicato de los trabajadores de servicios
del Ministerio del Interior, para los fines previstos en el artículo 221, 222 y
siguientes del Código del Trabajo; y,