Administración del Señor Sr. Lcdo. Lenín Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Miércoles, 21 de Junio de 2017 (R. O. 19, 21-junio-2017)

SUMARIO

Secretaría
Nacional de la Administración Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

2025

Autorícense y
legalícense los viajes al exterior de las siguientes personas:

María Verónica
Espinosa Serrano, Ministra de Salud Pública

2026

Ledy Andrea
Zúñiga Rocha, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

2027

Andrés David
Arauz Galarza, Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano

2028

Carlos Andrés
Bernal Alvarado, Secretario Técnico del Comité para la Reconstrucción y
Reactivación Productiva

2029

Fernando
Alvarado Espinel, Ministro de Turismo

2030

Fernando
Alvarado Espinel, Ministro de Turismo

2031

Guillaume Long,
Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

2032

Guillaume Long,
Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

2033

Guillaume Long,
Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

1553

Deléguense
funciones al/la Viceministro/a

1554

Exprécese un
especial agradecimiento y confiérese un reconocimiento al Servicio Aeropolicial
de la Policía Nacional del Ecuador

1555

Expídese el
Código de Ética

1556

Apruébese el
estatuto y otórguese personalidad jurídica a la Fundación por la Mediación
Ecuador Pacífico, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

1557

Deléguense
facultades al abogado José Andrés Francisco Tinajero Mullo, Viceministro

Ministerio del
Ambiente: Dirección Provincial de Manabí:

Resoluciones

039-2015

Apruébense la
declaración de impacto ambiental, plan de manejo ambiental, informe del proceso
de participación social y licencia ambiental de los siguientes proyectos:

Lotización
Alturas de Ayampe, ubicado en el cantón Puerto López, provincia de Manabí

040-2015

Estación de
Servicios Marflor, ubicado en la ciudad de Portoviejo, provincia de Manabí

041-2015

Relleno
Sanitario, Planta de Lombricultura y Planta de Reciclaje en Manta, domiciliado
en el cantón Manta

042-2015

Operación de la
Estación Aeronaval de Manta (ESANMA) (Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas),
ubicado en el cantón Manta, provincia de Manabí

043-2015

Intervención
Integral Hospital Verdi Cevallos Balda, ubicado en el cantón Portoviejo,
provincia de Manabí

Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

006-2017-DE-IEPI

Deléguense
funciones al Experto Principal en Documentación y Archivo

Servicio
Ecuatoriano de Normalización:

2017-010

Expídese el
procedimiento para la certificación de conformidad con sello de calidad INEN
para productos fabricados en la República del Perú

CONTENIDO


No. 2025

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva,
es atribución de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme
a la ley y el Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo
No. 998 de 23 de diciembre de 2014,
publicado en el (Registro Oficial No.
422, de 22 de enero de 2015) R. O. (3SP) enero 22 No. 422 de 2015
y reformado mediante Acuerdo Ministerial
Nro. 1084 publicado en el Registro Oficial
Suplemento 507 de 25 de mayo de 2015, el Secretario Nacional de la Administración
Pública, previo aval del Ministerio
Coordinador autorizará los viajes de los
Miembros del Gabinete Ampliado y toda autoridad que pertenezca al Nivel Jerárquico Superior Grado,
8;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 57149 de 16 de mayo de 2017, María Verónica Espinosa
Serrano, Ministra de Salud Pública
solicitó a la Secretaría Nacional de la
Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se
autorice su desplazamiento a la ciudad
de Ginebra-Suiza, desde el 20 hasta el
23 de mayo de 2017, con la finalidad de representar
al Ecuador en el marco de la 70 Asamblea Mundial de la Salud;

Que, el 16 de mayo de 2017, María Gabriela Rosero Moncayo, Ministra de Coordinación de
Desarrollo Social, avala el
desplazamiento de María Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud Pública;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 16 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.-Autorizar el viaje al exterior de María Verónica Espinosa Serrano, Ministra
de Salud Pública, ingresado a esta
Secretaría de Estado a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 57149, con la finalidad de representar
al Ecuador en el marco de la 70 Asamblea
Mundial de la Salud, en la ciudad de
Ginebra-Suiza, desde el 20 hasta el 23 de mayo de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede
serán cubiertos con recursos del
Ministerio de Salud Pública, de conformidad con la documentación ingresada a través del sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a María Verónica Espinoza Serrano, Ministra
de Salud Pública.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los dieciséis (16) días del
mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 23 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 2026

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
ele enero ele 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad
deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior,
solicitando el ingreso extemporáneo del
viaje con la debida justificación de la emergencia
o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje a l exterior No. 56991 de 05 de mayo de 2017, Ledy Andrea Zúñiga Rocha,
Ministra de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos solicitó a la Secretaría Nacional
de la Administración Pública que, a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de su
desplazamiento a la ciudad de
Ginebra-Suiza, desde el 28 de abril hasta el 04 de mayo de 2017, viaje en el que
participó en el Examen Periódico
Universal (EPU); Que, el 17 de mayo de 2017, César Antonio Navas Vera, Ministro Coordinador de Seguridad, avala
el desplazamiento de Ledy Andrea Zúñiga
Rocha, Ministra de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 17 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR
-SNADP- 2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
ingresado a esta Secretaría ele Estado a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 56991, viaje en el que
participó en el Examen Periódico
Universal (EPU), en la ciudad de Ginebra-Suiza,
desde el 28 de abril hasta el 04 de mayo de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede
fueron cubiertos con Recursos del Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de conformidad con la documentación ingresada a
través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a Ledy Andrea Zúñiga Rocha, Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M.,
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, a los diecisiete (17) días del mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.- Quito, 23 de mayo de 2017.- f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría Nacional
de la Administración Pública.

No. 2027

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de s u competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante
Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible
con la anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 57174 de 17 de mayo de 2017, Andrés David
Arauz Galarza, Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano solicitó
a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de
su desplazamiento a las ciudades de La Paz y Santa Cruz- Bolivia, desde el 12
hasta el 14 de abril de 2017, viaje en el que participó en la Conferencia
Internacional ?Hacia una diversificación de la matriz productiva para Bolivia y
Ecuador, desafíos y perspectivas ante un nuevo contexto regional y global?;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 17 de mayo de 2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el
Oficio No. PR-SNADP-201 3-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente
su autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Andrés David Arauz Galarza,
Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano, ingresado a esta Secretaría
de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con
número 57174, viaje en el que participó en la Conferencia Internacional ?Hacia una
diversificación de la matriz productiva para Bolivia y Ecuador, desafíos y
perspectivas ante un nuevo contexto regional y global?, en las ciudades de La
Paz y Santa Cruz -Bolivia, desde el 12 hasta el 14 de abril de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.-
Los gastos de desplazamiento desde La Paz a Santa Cruz del 13 de abril de 2017
y los viáticos relacionados con el viaje autorizado en el artículo que precede
fueron cubiertos con Recursos del Ministerio de Coordinación de Conocimiento y Talento
Humano, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Andrés David Arauz Galarza, Ministro de
Coordinación de Conocimiento y Talento Humano.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los diecisiete (17) días del mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.- Quito, 23 de mayo de 2017.- f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría Nacional
de la Administración Pública.

No. 2028

Luisa Magdalena González Alcívar

SECRETARIA NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, es atribución
de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme
a la ley y el Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo
No. 998 de 23 de diciembre de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 422
de 22 de enero de 2015 y reformado mediante
Acuerdo Ministerial Nro. 1084 publicado en el Registro Oficial Suplemento 507 de 25 de mayo
de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública, previo aval del
Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Miembros del Gabinete Ampliado y toda
autoridad que pertenezca al Nivel
Jerárquico Superior Grado, 8;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 57167 de 16 de mayo de 2017, Carlos Andrés Bernal
Alvarado, Secretario Técnico del Comité
para la Reconstrucción y Reactivación
Productiva solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, se autorice su desplazamiento
a la ciudad de Bruselas-Bélgica, desde el
04 hasta el 09 de junio de 2017, con la finalidad de participar en la Tercera Conferencia Mundial
de la Reconstrucción;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 18 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP- 2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Carlos Andrés Bernal Alvarado, Secretario
Técnico del Comité para la
Reconstrucción y Reactivación Productiva, ingresado a esta Secretaría de Estado a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior, con número 57167, con la finalidad
de participar en la Tercera Conferencia Mundial
de la Reconstrucción, en la ciudad de Bruselas Bélgica, desde el 04 hasta el 09
de junio de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede
serán cubiertos con recursos de la Vicepresidencia
de la República, de conformidad con la documentación
ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a Carlos Andrés Bernal Alvarado, Secretario
Técnico del Comité para la
Reconstrucción y Reactivación Productiva.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración
Pública, a los dieciocho (18) días del mes
de mayo del 2017.

f.) Luisa Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 23 de mayo de 2017.

f.) Ab. Delia Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría Nacional de la
Administración Pública.

No. 2029

Luisa Magdalena González Alcívar

SECRETARIA NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, es atribución
de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme
a la ley y el Estatuto del Régimen
jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo
No. 998 de 23 de diciembre de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 422
de 22 de enero de 2015 y reformado mediante
Acuerdo Ministerial Nro. 1084 publicado en el Registro Oficial Suplemento 507 de 25 de mayo
de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública, previo aval del
Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Miembros del Gabinete Ampliado y toda
autoridad que pertenezca al Nivel
Jerárquico Superior Grado, 8;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 57183 de 17 de mayo de 2017, Fernando Alvarado
Espinel, Ministro de Turismo solicitó a
la Secretaría Nacional de la Administración
Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice su
desplazamiento a la ciudad Miami-Estados
Unidos, desde el 21 hasta el 23 de mayo
de 2017, con la finalidad de participar en la Inauguración del Evento ARDA WORLD, The Global
Times Share Event;

Que, el 18 de mayo de 2017, Juan Sebastián Viteri Guillén, Delegado del Ministro Coordinador de la
Producción, Empleo y Competitividad,
avala el desplazamiento de Fernando
Alvarado Espinel, Ministro de Turismo;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 18 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP- 2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y.

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Fernando Alvarado Espinel, Ministro de
Turismo, ingresado a esta Secretaría de
Estado a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, con número 57183, con la finalidad de participar en la Inauguración
del Evento ARDA WORLD, The Global Times
Share Event, en la ciudad de
Miami-Estados Unidos, desde el 21 hasta el
23 de mayo de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede
serán cubiertos con recursos del
Ministerio de Turismo, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a Fernando Alvarado Espinel, Ministro de
Turismo.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración
Pública, a los dieciocho (18) días del mes
de mayo de 2017.

f.) Luisa Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 23 de mayo de 2017.

f.) Ab. Delia Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría Nacional de la
Administración Pública.

No. 2030

Luisa Magdalena González Alcívar

SECRETARIA NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, es atribución
de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme
a la ley y el Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo
No, 998 de 23 de diciembre de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 422
de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad
deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior,
solicitando el ingreso extemporáneo del
viaje con la debida justificación de la emergencia
o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 57180 de 17 de mayo de 2017, Fernando Alvarado
Espinel, Ministro de Turismo solicitó a
la Secretaria Nacional de la
Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior se
regularice el ingreso extemporáneo de su
desplazamiento a las ciudades de Bogotá-Colombia
y Lima-Perú, desde el 08 hasta el 09 de
mayo de 2017, viaje en el que cumplió agenda con el Presidente electo Lenin Moreno por motivo de
transición;

Que, el 17 de mayo de 2017, Juan Sebastián Viteri Guillén, Delegado del Ministro Coordinador de la
Producción, Empleo y Competitividad
avala el desplazamiento de Fernando
Alvarado Espinel, Ministro de Turismo;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 17 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Fernando Alvarado Espinel, Ministro de
Turismo, ingresado a esta Secretaria de
Estado a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, con número 57180, viaje en el que cumplió agenda con el
Presidente electo Lenin Moreno por
motivo de transición, en las ciudades de
Bogotá-Colombia y Lima-Perú, desde el 08 hasta el 09 de mayo de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de viáticos fueron cubiertos con recursos del
Ministerio de Turismo, de conformidad
con la documentación ingresada a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a Fernando Alvarado Espinel, Ministro de
Turismo.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración
Pública, a los veintidós (22) días del
mes de mayo de 2017.

f.) Luisa Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 24 de mayo de 2017.

f.) Ab. Delia Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría Nacional de la
Administración Pública.

No. 2031

Luisa Magdalena González Alcívar

SECRETARIA NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, es atribución
de la Secretaria Nacional de la
Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme
a la ley y el Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo
No. 998 de 23 de diciembre de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 422
de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad
deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior,
solicitando el ingreso extemporáneo del
viaje con la debida justificación de la emergencia
o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 57204 de 18 de mayo de 2017, Guillaume Long,
Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior se regularice el ingreso
extemporáneo de su desplazamiento a la
ciudad de Nueva York – Estados Unidos, desde el 10 hasta el 12 de mayo de 2017, viaje en el que
participó en el II Taller sobre
Tributación Internacional organizado por el Ecuador como Presidente del Grupo de los 77

Que, el 22 de mayo de 2017, César Antonio Navas Vera, Ministro de Coordinación de Seguridad
avala el desplazamiento de Guillaume
Long, Ministro de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 22 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP- 2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Guillaume Long, Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, ingresado
a esta Secretaría de Estado a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 57204, viaje en el que participó en
el II Taller sobre Tributación
Internacional organizado por el Ecuador como
Presidente del Grupo de los 77, en la ciudad de Nueva York – Estados Unidos, desde el 10 hasta
el 12 de mayo de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede
fueron cubiertos con recursos del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de conformidad con la documentación ingresada
a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a Guillaume Long. Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Oficial. Dado y firmado en
la ciudad de San Francisco de Quito,
D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los
veintidós (22) días del mes de mayo de
2017.

f.) Luisa Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 24 de mayo de 2017.

f.) Ab. Delia Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría Nacional de la
Administración Pública.

No. 2032

Luisa Magdalena González Alcívar

SECRETARIA NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, es atribución
de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme
a la ley y el Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo
No. 998 de 23 de diciembre de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 422
de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad
deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior,
solicitando el ingreso extemporáneo del
viaje con la debida justificación de la emergencia
o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 57203 de 18 de mayo de 2017, Guillaume Long,
Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior se regularice el ingreso
extemporáneo de su desplazamiento a la
ciudad de Lima – Perú, desde el 08 hasta el 09 de mayo de 2017, viaje en el que participó en la
Cuadragésima Reunión del Consejo Andino
de Ministros de Relaciones Exteriores en
forma ampliada con los representantes titulares
ante la Comisión de la Comunidad Andina;

Que, el 19 de mayo de 2017, César Antonio Navas Vera, Ministro de Coordinación de Seguridad avala
el desplazamiento de Guillaume Long,
Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 19 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Guillaume Long, Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, ingresado
a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, con número 57203, viaje en el que participó en la
Cuadragésima Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores
en forma ampliada con los representante titulares ante la Comisión de la Comunidad
Andina, en la ciudad de Lima – Perú, desde el 08 ha 09 de mayo de 2017.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Guillaume Long, Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los veintidós (22) días del mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 24 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 2033

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo
No. 998 de 23 de diciembre de 2014,
publicado en el Registro Oficial No. 422
de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad
deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior,
solicitando el ingreso extemporáneo del
viaje con la debida justificación de la emergencia
o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 57207 de 19 de mayo de 2017, Guillaume Long,
Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior se regularice el ingreso
extemporáneo de su desplazamiento a la
ciudad de Ginebra-Suiza, desde el 28 de abril hasta el 02 de mayo de 2017, viaje en el que
participó en el Examen Periódico
Universal EPU;

Que, el 19 de mayo de 2017, César Antonio Navas Vera, Ministro de Coordinación de Seguridad
avala el desplazamiento de Guillaume
Long, Ministro de Relaciones Exteriores
y Movilidad Humana;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue
recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 19 de mayo de
2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Guillaume Long, Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, ingresado
a esta Secretaría de Estado a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 57207, viaje en el que participó en
el Examen Periódico Universal EPU, en la
ciudad de Ginebra-Suiza, desde el 28 de
abril hasta el 02 de mayo de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede
fueron cubiertos con recursos del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de conformidad con la documentación ingresada
a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a Guillaume Long, Ministro de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los veintidós (22) días del mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 24 de mayo
de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1553

Abg. Karla
Gabriela Benítez Izurieta

MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

Y CULTOS,
SUBROGANTE

Considerando:

Que el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que:
?A las ministras y ministros de Estado además de las atribuciones establecidas
en la Ley, les corresponde: 1.- Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y sus resoluciones administrativas que
requiera su gestión (…)?;

Que el
artículo 226 de la Norma Constitucional señala que: ?Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley tendrán el deber
de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución?;

Que el
artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que: ?La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación?;

Que el
artículo 331, inciso segundo de la Carta Magna determina: ?Se prohíbe toda
forma de discriminación, acoso o acto de violencia de cualquier índole, sea
directa o indirecta, que afecte a las mujeres en el trabajo.?.

Que el
artículo 341 de la Constitución de la República del Ecuador establece: ?El
Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a
lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la
Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no
discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieren
consideración especial por la persistencia de desigualdades, exclusión, discriminación
o violencia, o en virtud de su condición etaria, de salud o de
discapacidad.(?)?;

Que el
artículo 393 de la Constitución ibídem determina: ?El Estado garantizará la
seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia
pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de
violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación
y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los
diferentes niveles de gobierno?;

Que la
Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 18 de octubre de 1979
y suscrita por el Ecuador el 17 de julio de 1980, obliga a los Estados a
adoptar leyes, políticas y programas orientados a erradicar la discriminación
contra la mujer;

Que la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra la Mujer, suscrito por el Ecuador el 01 de octubre de 1995, en el artículo
8, literales a) y d) establece lo siguiente: ?a.) fomentar el conocimiento y la
observancia del derecho de la mujer a una vida libre de violencia, y el derecho
de la mujer a que se respeten y protejan sus derechos humanos, d.) suministrar
los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer
objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive
refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea del caso, y
cuidado y custodia de los menores afectados (?)?;

Que el numeral
125, letra a) de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijín determina lo
siguiente: ?Medidas que han de adoptar los gobiernos, incluidos los gobiernos locales,
las organizaciones populares, las organizaciones no gubernamentales, las
instituciones de enseñanza, los sectores público y privado, en particular las
empresas, y los medios de información, según proceda: a) Establecer centros de
acogida y servicios de apoyo dotados de los recursos necesarios para auxiliar a
las niñas y mujeres víctimas de la violencia y prestarles servicios médicos, psicológicos
y de asesoramiento, así como asesoramiento letrado a título gratuito o de bajo
costo, cuando sea necesario, además de la asistencia que corresponda para ayudarles
a encontrar medios de vida suficientes?;

Que la Ley
Contra la Violencia a la Mujer y la Familia en el artículo 1 determina: ?La
presente Ley tiene por objeto proteger la integridad física, psíquica y la
libertad sexual de la mujer y los miembros de su familia, mediante la prevención
y la sanción de la violencia intrafamiliar y los demás atentados contra sus
derechos y los de su familia. Sus normas deben orientar las políticas del
Estado y la comunidad sobre la materia?;

Que el
artículo 24, numeral 2 de la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia
como parte la de política del Estado, dispone: ?(?) 2. Establecer albergues
temporales, casas refugios, centros de reeducación o rehabilitación del agresor
y de los miembros de familia afectados. Tales establecimientos podrán crearse
(?) mediante convenios, contrato o financiamiento de organismos
internacionales, del Estado, seccionales, organizaciones religiosas, educativas,
organizaciones no gubernamentales y cualquier otra clase de personas naturales
o jurídicas debidamente calificadas. (?)?;

Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 748 de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro Oficial,
Suplemento No. 220 de 27 de noviembre de 2007, el señor Presidente
Constitucional de la República del Ecuador creó el Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos;

Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 410 de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235 de 14 de julio de
2010
, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador,
cambió la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?, por la
de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que el inciso segundo
del artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nro. 1522 de 17 de mayo de 2013 emitido
por el Presidente Constitucional de la República del Ecuador dispuso: ?Las
competencias, atribuciones, programas y propuestas que hasta el momento ejercía
el Viceministerio de Gobernabilidad del Ministerio del Interior, también serán
transferidas a la Secretaría Nacional de Gestión de la Política, con excepción
de aquellos relativos a la promoción de las garantías democráticas, justicia y derechos
humanos, que se transferirán y por tanto serán ejercidas y ejecutadas por el
Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos?, en este contexto, se determinó
que los programas y propuestas que venía ejecutando la Dirección de Genero del
Ministerio del Interior migrarán hacia el Ministerio de Justicia Derechos Humanos
y Cultos (?)?;

Que mediante
de la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto ibídem se dispuso: ??las
competencias, atribuciones, programas y propuestas relativos a la promoción de
las garantías democráticas, justicia y derechos humanos que actualmente se
ejercen a través de las Gobernaciones Provinciales, se transferirán al Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos. Estas competencias se ejercerán a
través de la estructura desconcentrada que corresponda, para lo cual deberán implementarse
las reformas necesarias?;

Que mediante
el artículo 1 del Acuerdo Interministerial Nro. 3971 de 28 de febrero de 2014
los Ministerios del Interior y de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, acordaron:
??transferir al Ministerio de Justicia Derechos humanos y Cultos, la
Administración y ejecución del ?Propuesta de Fortalecimiento de Centros de
Atención y Protección a niños, Niñas, Adolescentes y Mujeres Víctimas de
Violencia Intrafamiliar y/o Sexual en el Ecuador?, así como su administración y
ejecución a través del Viceministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que el
artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nro. 438 de 27 de agosto de 2014 expedidio por
el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador (reformatorio del
Decreto 1522 de 17 de mayo de 2013) determina lo siguiente: ?Respecto de la
violencia de género en contra de mujeres, niñez y adolescencia, el Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos definirá y coordinará la ejecución de la
política pública en el marco de la garantía de derechos humanos; y el
Ministerio del Interior ejercerá las facultades de gestión y control en el
ámbito de la seguridad ciudadana?;

Que el inciso
segundo del artículo 3 del Decreto Ibídem, establece: ?? En función de lo
dispuesto en el presente Decreto Ejecutivo, el Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos presidirá y coordinará interinstitucionalmente la ejecución
del Plan Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Niñez, Adolescencia
y Mujeres?;

Que mediante
Acción de Personal No. 000520 de 08 de octubre de 2015, la doctora Ledy Zúñiga
Rocha, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, nombró a la abogada
Karla Gabriela Benítez Izurieta como Viceministra de Atención a

Persona
Privadas de Libertad, de conformidad con el artículo 17 literal c) de la Ley Orgánica
de Servicio Público;

Que la Agenda
Nacional de las Mujeres y la Igualdad de Género 2014-2017, en el segundo eje
reconoce: ?Una vida libre de violencia, persigue profundizar y mejorar el
acceso a la justicia, la transformación de los patrones socioculturales y el
fortalecimiento de bienes y servicios, para prevención y erradicación de la
violencia de género en todas sus formas, y garantizar a las mujeres y personas LGBTI
una vida libre de violencia (?)?;

Que mediante
Acuerdo Ministerial No. 1462 de 24 de febrero del 2017, la abogada Delia
Alexandra Jaramillo González, Viceministra de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, por delegación de la máxima autoridad del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, emitió el Instructivo para la convocatoria pública
nacional 2017 de fondos concursables para la transferencia de recursos a
personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro para el
fortalecimiento de la atención integral a víctimas de violencia de género en el
Ecuador que brindan los Centros de Atención Integral y Casas de Acogida;

Que a través
de la página web del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, se
publicó el Instructivo mencionado en el
numeral anterior, la Convocatoria Pública y la Guía Técnica para que las
personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro presenten sus posturas
en el concurso público de fondos concursables para la transferencia de recursos
para el fortalecimiento de la atención integral a víctimas de violencia de
género en el Ecuador que brindan los Centros de Atención Integral y Casas de
Acogida, de conformidad con el cronograma establecido en dicha convocatoria.

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su
artículo 17 señala que ?Los Ministros de Estado son competentes para el
despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de
autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales. Los Ministros de Estado, dentro de
la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al
funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios (?)?;

Que el
artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, menciona que ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y
autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán
delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que
se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación será publicada en
el Registro Oficial?;

Que el
artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva señala: ?Cuando las resoluciones administrativas se adopten por
delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán
dictados por la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que
actúa.?;

Que de acuerdo
con el numeral 2.1. letra a) del Estatuto Ibídem, el Viceministerio de
Justicia, Derechos y Humanos tiene como misión promover políticas transversales
que garanticen la plena vigencia de los Derechos Humanos; el literal b)
establece como una de las at