MARZO DE 2006

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Miércoles, 29 de marzo de 2006 – R. O. No. 239
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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DR. RUBÉN DARIO ESPINOZA DIAZ
DIRECTOR

FUNCIÓN LEGISLATIVA
EXTRACTOS:

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27-1036 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Defensa Profesional de Tripulantes Aéreos del Ecuador.

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27-1037 Proyecto de Ley de Creación de la Universidad Intercontinental.

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27-1038 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestres.

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27-1039 Proyecto de Ley Orgánica de Creación del Banco del Afiliado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

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27-1042 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público que Involucra al Banco Nacional de Fomento.

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27-1043 Proyecto de Ley Orgánica del Sistema Ecuatoriano de Calidad.

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27-1044 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Caminos.

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FUNCIÓN EJECUTIVA
DECRETOS:

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1222 Asciéndese al grado de subtenientes de Policía de Línea a varios cadetes de Policía..

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1223 Confiérese la condecoración «Al Mérito Profesional» en el grado de «Caballero» al Subteniente de Policía de Línea Oscar Xavier Cifuentes Escobar.

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1224 Confiérese la condecoración «Al Mérito Profesional» en el grado de «Caballero» al Mayor de Policía Oscar Roberto López Guerrón..

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1225 Dase de baja de las filas de la institución policial al Subteniente de Policía de Línea Pablo Aníbal Robalino Palacios.

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1226 Confiérese la condecoración «Al Mérito Profesional» en el grado de «Caballero» a la Subteniente de Policía de Servicios de Justicia Gladis Margot Proaño Reyes.

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1227 Confiérese la condecoración «Al Mérito Profesional» en el grado de «Caballero» al Subteniente de Policía de Servicios de Administración Víctor Hugo Carrera Lasso.

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ACUERDOS:
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL:

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0295 Refórmase el presupuesto del Cuerpo de Bomberos de Chone, provincia de Manabí

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0296 Refórmase el presupuesto del Cuerpo de Bomberos de Ventanas, provincia de Los Ríos.

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0302 Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica al Comité Promejoras del Barrio Núñez, con domicilio en la parroquia Llano Chico, cantón Quito, provincia de Pichincha.

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0303 Refórmase el presupuesto del Cuerpo de Bomberos de Shushufíndi, provincia de Sucumbíos.

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0304 Agradécese al señor Oscar Manosalvas Sangurima y encárgase al señor Fernando Patricio Garcés León, las funciones de Jefe del Cuerpo de Bomberos de Macas, provincia de Morona Santiago.

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0305 Desígnase al Comandante (B) doctor José Ignacio de Jesús Olmedo Avila, Jefe del Cuerpo de Bomberos de Huaquillas, provincia de El Oro.

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0306 Desígnase al ingeniero Elias Rodrigo Durazno Vásquez, Jefe del Cuerpo de Bomberos de Ponce Enríquez, provincia de Azuay..

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0307 Declárase disuelta y liquidada a la Asociación de Funcionarios y Empleados de la Subsecretaría de Desarrollo Rural, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha..

n

0311 Apruébase el presupuesto del Cuerpo de Bomberos de Baños, provincia de Tungurahua.

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN:

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0431 Apruébanse las reformas del Estatuto del Centro Nacional de Investigaciones Sociales y Educativas – CENAISE, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha.

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0781 Apruébase el Estatuto de la Corporación «Una Oportunidad de Superación», con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha.

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0093 Desígnase a la licenciada Martha Rivadeneira Naranjo, Directora Nacional de Educación Inicial, delegada ante el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia.

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0099 Ratifícase a la Dirección Nacional de Planeamiento de la Educación la organización y funcionamiento de la Secretaría Técnica de Educación para Todos.

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0100 Refórmase el Acuerdo Ministerial No 2255 de 19 de abril del 2005.

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RESOLUCIONES:
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS:

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Califícanse a varias personas para que puedan ejercer diferentes cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

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SBS-INJ-2006-151 Ingeniero civil Miguel Ángel Amancha Vega.

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SBS-INJ-2006-152 Arquitecto Edison Fernando Puente Santacruz

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SBS-INJ-2006-153 Ingeniero civil Jorge Ramiro Vásquez Quintana.

n

SBS-INJ-2006-154 Capitán Marco Francisco Leiva Cordón

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SBS-INJ-2006-0160 Doctora en contabilidad y auditoría Liliana del Rocío Pérez Salazar.

n

SBS-INJ-2006-0162 Contador público autorizado Jorge Oswaldo Herrera Rosales.

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ORDENANZAS MUNICIPALES:

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– Cantón San Pedro de Alausí: Que regula la determinación, administración y recaudación .del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2006-2007.

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– Cantón San Pedro de Alausí: Que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios rurales para el bienio 2006-2007..

n

– Cantón San Pedro de Alausí: De cobro mediante la acción o jurisdicción coactiva de créditos tributarios y no tributarios que se adeudan a la Municipalidad.

n

– Gobierno Municipal de Pangua: Que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2006-2007.

n

– Cantón Centinela del Cóndor: Que establece la tasa del 5% de servicios, fiscalización y supervisión de obras.

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CONGRESO NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

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NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn PE DEFENSA PROFESIONAL
n DE TRIPULANTES AÉREOS DEL ECUADOR».

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CÓDIGO: 27-1036.

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AUSPICIO H. CESAR CARMIGNIANI GARCES.

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COMISIÓN: DE LO LABORAL Y SOCIAL.

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FECHA DE
n INGRESO: 16-02-2006.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 20-02-2006.

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FUNDAMENTOS:

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Es obligación del Congreso Nacional, velar por el bienestarn de los ecuatorianos a través de la expedición on reformas a las leyes, para garantizar los derechos que consagran la Constitución Política de la República,n en beneficio de la colectividad.

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OBJETIVOS BÁSICOS:
n La Ley de Defensa Profesional de Tripulantes Aéreos deln Ecuador, fue expedida hace casi tres décadas, en circunstanciasn en las que la industria de la aéreo transportaciónn respondía a realidades bastante diferentes a las actuales,n en todos los órdenes. Razón fundamental para quen sea indispensable introducir reformas que pongan a tono estan legislación con los actuales requerimientos de esa actividad,n sobretodo, ajustando sus disposiciones al nuevo marco constitucional,n leyes vigentes y las disposiciones de la Organizaciónn de Aviación Civil Internacional, respetando la libertadn de asociación y el derecho al trabajo.

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CRITERIOS:

nn

No solamente se han dado cambios en el marco constitucional,n sino que, además, los adelantos tecnológicos den la aeronáutica han exigido del elemento humano mejor formaciónn y capacitación profesional tanto para quien tripula lasn naves, como en lo técnico y la prestación de serviciosn a bordo.

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f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.
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nn nn

C ONGRESO NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

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NOMBRE: «DE CREACIÓN DEn LA UNIVERSIDAD INTERCONTINENTAL».

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CÓDIGO: 27-1037.

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AUSPICIO: H. MYRIAM GARCES DAVILA.

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COMISIÓN: DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 16-02-2006.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 22-02-2006.

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FUNDAMENTOS:

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El Congreso Nacional aprobó, en segundo y definitivon debate, el 29 de julio de 1998 la Ley de Creación de lan Universidad Intercontinental y la remitió al Ejecutivon para su promulgación en el Registro Oficial; sin embargo,n el 3 de septiembre del mismo año, el entonces Presidenten de la República vetó en forma total la ley, aduciendon que la universidad no tenía el informe del ex CONUEP.n Actualmente, se cuenta con el informe favorable del CONESUP,n emitido mediante Resolución RCP-S13-173- 02-17-07,2002.

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OBJETIVOS BÁSICOS:

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La existencia de la universidad en mención, contribuyen al desarrollo humano y progreso socioeconómico del país,n no interfiere en las acciones de los demás entes de educaciónn superior, dedicando su mayor esfuerzo y compromiso a vincularsen con la colectividad y el fortalecimiento de la integraciónn docente-asistencial-investigativa.

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CRITERIOS:

nn

El proyecto Universidad Intercontinental aporta solucionesn educativas de alto nivel para el siglo XXI, bajo los siguientesn ejes temáticos: formación profesional masiva den talentos humanos para la vida, investigación científican y tecnológica, vinculación a la colectividad, cooperaciónn internacional, etc.

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f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

nn nn

CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn DE TRANSITO Y TRANSPORTE
n TERRESTRES».

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CÓDIGO: 27-1038.

nn

AUSPICIO: H. CESAR CARMIGNIANI GARCES.

nn

COMISIÓN: DE LO CIVIL Y PENAL.

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FECHA DE
n INGRESO: 17-02-2006.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 22-02-2006.

nn

FUNDAMENTOS:

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El Congreso Nacional es el llamado constitucional y legalmenten a revisar y actualizar la legislación, al ser públicon y notorio que existe un crecimiento del parque automotor importanten en el territorio nacional, y por ende, un aumento de conductoresn profesionales y no profesionales, un incremento de accidentesn de tránsito en las carreteras con las consiguientes víctimasn mortales, que es la segunda causa de muerte en el paísn o provocando que se aumente el índice de minusvalidez.

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OBJETIVOS BÁSICOS:

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Son suficientes razones para iniciar un proceso de reformasn legales a fin de disminuir sustancialmente y a corto plazo estosn nefastos resultados estadísticos por accidentes de tránsito,n que van de la mano de la impericia, imprudencia e inobservancian de la ley, por parte de los conductores que se hacen acreedoresn de una licencia de conducir sin tener claras las responsabilidadesn y obligaciones que conlleva el ser un conductor «idóneo».n También los accidentes son provocados por peatones irresponsablesn que quedan libres de culpa por no existir una norma concreta.

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CRITERIOS:

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Se sugiere que a parte de las contravenciones existentes,n es necesario crear una sanción a la licencia de conducirn a través del sistema de puntos; orientada a una suspensiónn provisional o definitiva del documento; un aumento en las multasn ya que por lo ínfimo de ellas, es más fáciln cancelar la multa que dejar de infringir la norma.

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f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

nn nn

CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

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NOMBRE: «ORGÁNICA DE CREACIÓNn DEL BANCO DEL AFILIADO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDADn SOCIAL».

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CÓDIGO: 27-1039.

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AUSPICIO: H. CARMEN OCAMPO DE AUQUILLA.

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COMISIÓN: DE LO TRIBUTARIO, FISCAL Y BANCARIO.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 17-02-2006.
n FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 22-02-2006.

nn

FUNDAMENTOS:

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La Ley de Seguridad Social, en el artículo 61 determinan la obligación del IESS de efectuar todas las inversionesn y operaciones financieras a través del mercado financiero,n con sujeción a los principios de eficiencia, seguridad,n rentabilidad, oportunidad y liquidez. El IESS mantiene una carteran de inversiones dispersa tanto en instituciones públicasn como privadas, con rentabilidades bajas, perjudicando a un amplion sector de la población ecuatoriana, afiliada al seguron social.

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OBJETIVOS BÁSICOS:

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Es imperativo proveer al Instituto Ecuatoriano de Seguridadn Social, IESS, de una institución financiera de apoyo paran administrar en forma eficiente los recursos financieros e inversionesn que permitan rentabilidad económica adecuada y sobre todon servicios financieros de calidad y oportunos a los afiliadosn en todo el país, bajo las sanas normas de eficiencia operativa,n financiera y administrativa de las instituciones reguladas porn la Superintendencia de Bancos.

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CRITERIOS:

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Los afiliados activos no reciben un justo servicio de salud,n menos los jubilados que deben mendigar para alcanzar este servicio,n cuando deberían ser ellos, la población másn directamente beneficiada, por cuanto por muchos años entregaronn sus aportes económicos y su concurso para el progreson del país y que lo están recibiendo por una injustan distribución de la renta y la riqueza.

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f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

nn nn

CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn DE SERVICIO CIVIL Y CARRERA ADMINISTRATIVA Y DE UNIFICACIÓNn Y HOMOLOGACIÓN DE LAS REMUNERACIONES DEL SECTOR PUBLICO,n QUE INVOLUCRA AL BANCO NACIONAL DE FOMENTO».

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CÓDIGO: 27-1042.

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AUSPICIO: H. SEGUNDO SERRANO SERRANO.

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COMISIÓN: DE LO LABORAL Y SOCIAL.

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FECHA DE
n INGRESO: 21-02-2006.

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FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 23-02-2006.

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FUNDAMENTOS:

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La Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativan y de Unificación y Homologación de las Remuneracionesn del Sector Público, define la aplicación obligatorian de esta ley en las instituciones, entidades y organismos deln sector público. Identifica también a las instituciones,n organismos y entidades del sector público, cuyo personaln se exceptúa de su aplicación por razones de quen están regidas por sus propias leyes.

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OBJETIVOS BÁSICOS:
n El Banco Nacional de Fomento, a pesar de su situaciónn de entidad autónoma, expresada en su propia ley orgánica,n no se encuentra entre las entidades de excepción, quen le otorgaría mayor capacidad de gestión y cumplimienton de sus metas. Es necesario que el Estado proteja a esta entidadn y a su personal, para que al amparo de la ley, ejerza una oportunan y eficaz actividad crediticia a favor de los sectores productivos,n especialmente de los pequeños productores.

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CRITERIOS:

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El Banco Nacional de Fomento, de conformidad con su ley orgánica,n es una entidad financiera de desarrollo autónoma, de derechon privado y finalidad social y pública, cuyo principal objetivon es promover el desarrollo socioeconómico del país,n especialmente de los pequeños productores de bienes yn servicios, a través de una eficaz actividad creditician en coordinación con organismos gubernamentales y privados.

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f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

nn nn

CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «ORGÁNICA DEL SISTEMAn ECUATORIANO DE CALIDAD».

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CÓDIGO: 27-1043.

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AUSPICIO: DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO, EL PRODUCTORn Y EL CONTRIBUYENTE.

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COMISIÓN: EJECUTIVO – VÍA ORDINARIA.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 21-02-2006.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 24-02-2006.

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FUNDAMENTOS:

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La Constitución Política de la República,n impone al Estado la obligación de reconocer y garantizarn a las personas el derecho fundamental a disponer de bienes yn servicios, públicos y privados, de óptima calidad;n dispone, además, que la ley establecerá mecanismosn de control de calidad; y, determina como objetivo permanenten de la economía la participación competitiva y diversificadan de la producción ecuatoriana en el mercado nacional.

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OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

El proyecto tiene como propósito establecer el marcon jurídico organizacional; definir política y principiosn para las actividades vinculadas con la evaluación de lan conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisosn internacionales y garantice el efectivo cumplimiento de los derechosn ciudadanos, la preservación del medio ambiente, protecciónn del consumidor contra prácticas engañosas y, promovern e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de lan competitividad en toda la sociedad ecuatoriana.

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CRITERIOS:

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Es indispensable armonizar el ordenamiento jurídicon con los convenios internacionales de los cuales la Repúblican del Ecuador es parte.

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f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

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CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn DE CAMINOS».

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CÓDIGO: 27-1044.

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AUSPICIO: EJECUTIVO – VÍA ORDINARIA.

nn

COMISIÓN: DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO, ELn PRODUCTOR Y EL CONTRIBUYENTE.

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FECHA DE
n INGRESO: 21-02-2006.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 24-02-2006.

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FUNDAMENTOS:

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La construcción, ensanchamiento, mejoramiento o rectificación,n conservación, rehabilitación y mantenimiento den las vías en óptimas condiciones, constituye objetivon primordial tanto a nivel interno, cuanto en lo que conciernen al ámbito de la Subregión Andina, puesto que lasn normas que emanan de sus órganos legislativos obliga an sus países miembros a contar con un sistema adecuado den carreteras, para el flujo normal de bienes y personas.

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OBJETIVOS BÁSICOS:

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Para lograr estos objetivos es imprescindible la modificaciónn y actualización de la Ley de Caminos, especialmente an lo que atañe a las sanciones con multa a los usuariosn de las vías que incumplan las normas técnicas vehiculares,n generando el deterioro y daño de carreteras, ya que, an pesar de las disposiciones de la ley vigente, en lo que a multasn se refiere, apenas prevé un monto ínfimo de diezn a cinco mil sucres, cuando se halla vigente la dolarización,n razón por la cual se producen frecuentes infraccionesn y el consecuente daño de los caminos y vías públicas.

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CRITERIOS:
n En consecuencia de lo anterior, es necesario establecer normasn adecuadas a la realidad nacional, que permitan sancionar conn mayor rigor las infracciones a fin de que se observen las disposicionesn legales atinentes a la conservación vial.

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f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

nn nn

No 1222

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Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

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La Resolución del H. Consejo Superior de la Policían Nacional No. 2006-087-CS-PN de febrero 8 del 2006;

nn

El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,n formulado mediante oficio No. 2006-3 51-SPN de febrero 22 deln 2006, previa solicitud del General Inspector Abg. Josén Antonio Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policían Nacional, con oficio No. 0210/DGP/PN de febrero 21 del 2006,

nn

De conformidad con los Arts. 6 y 22 de la Ley de Personaln de la Policía Nacional y de acuerdo con el Art. 358 deln Reglamento Interno de la Escuela Superior de Policía «Generaln Alberto Enríquez Gallo»; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de lan Ley Orgánica de la Policía Nacional,

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Decreta:

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Art. 1.- Ascender con fecha 2 de marzo del 2006, al gradon de subtenientes de Policía de Línea, a los señoresn cadetes de policía pertenecientes a la sexagésiman séptima promoción de oficiales de línea,n a los siguientes cadetes:

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Cédula Apellidos y nombres Antigüedad

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1002556502 Cifuentes Escobar Oscar Xavier 1
n 1002599320 Andrade Ruiz Santiago David 2
n 1600419483 Velasteguí Silva Paolo Andre 3
n 1103016737 Dalgo Aguilar Jorge Steve 4
n 1715376180 Vallejo Palacios Henry Xavier 5
n 1002585469 Benavides Castillo Jairo Femando 6
n 0201473147 Carvajal Gaibor Jessica Rosaelina 7
n 1715957757 Rúales Novillo Juan Daniel 8
n 1711781219 Muñoz Acuña Darwin Patricio 9
n 1713120572 Ochoa Real Gabriel Andrés 10
n 1716247976 Herrera Flores William Enrique 11
n 1716413610 Vinueza Cahuasqui Pablo Alejandro 12
n 1719372276 Carrera Pacheco Karen Viviana 13
n 1715629075 Centeno Barros Gabriela Fernanda 14
n 0801505835 Aguirre Ortega Andrés Santiago 15
n 1718333873 Benítez Irúa Diego Andrés 16
n 1709440950 Rodríguez Rodríguez Johann Alexis 17
n 0704195395 Salinas Carranza José Luis 18
n 1002632253 Villalba Andrade Julio César 19
n 1716662083 Moreno Suárez Maler Santiago 20
n 1713802948 Flores Pazmiño Miguel Javier 21
n 1716772486 Flores Martínez Luis Sebastián 22
n 1002379947 Guevara Pinto Jorge Andrés 23
n 1718457508 Quisilema Guaytarilla Graciela Alexandra 24
n 1803888641 Real Escobar Mario Paúl 25
n 1714574868 Salazar Viten William Adrián 26
n 1803813763 Ureña Paredes Víctor Hugo 27
n 0603118373 Alvarez Portilla Fausto Rene 28
n 1710212745 Arcos López Carlos Bolívar 29
n 1714824875 Morocho Hermosa Carlos Eduardo 30
n 1717679078 Navas Jaramillo Christian Javier 31
n 1002048609 Alvarez Martínez Ornar Santiago 32
n 1713225256 Rueda Espinoza Santiago Patricio 33
n 1002771788 Puente Ponce Diego Marcelo 34
n 1715528533 Castillo Live Carla Alexandra 35
n 1717757981 Luzuriaga Paz Enrique Femando 36
n 1714227079 González Puma Juan Carlos 37
n 1715191621 Luzuriaga Mera Rubén Mauricio 38
n 0401170162 Guerrero Sánchez Wiison Rene 39
n 1715065312 Ramos Bermeo Juan Carlos 40
n 1719154385 Merlo Ruiz David Patricio 41
n 1713705497 Huertas Noboa Oswaldo Xavier 42
n 0401347448 Ibujes Valverde Jonathan Alejandro 43
n 1718484924 Padilla Salgado Femando Gabriel 44
n 1600369886 Cedeño Arévalo Daniel Alejandro 45
n 1002558524 Esparza Narváez Juan Francisco 46
n 0502955776 Zambonino Arroyo Luis Femando 47
n 0502459969 Romero Cruz Reyner Paúl 48
n 1714404025 Cáceres Moreno Pedro Alejandro 49
n 1002832036 Cano Mina Xavier Esteban 50
n 0502385263 Coello Rosas Jorge Lisandro 51
n 07.03341065 Tibanlombo Narváez Israel Fabián 52
n 1803382512 Mantilla Terán Francisco Sebastián 53n
n 1717273419 Soria Moncayo Marco Vinicio 54
n 1714757398 Zambrano Herrera Freddy Eduardo 55
n 1716667447 Gallegos León Roosveit Israel 56
n 0603001124 Santillán Casteló Edison Federico 57
n 1714592506 Jiménez Espín Beatriz Alexandra 58
n 1715215008 Méndez Castro Fabián Hornero 59
n 1103858252 Espinoza Jaramillo Cristian Andrés 60
n 1803056082 Pauker Cueva José Alexander 61
n 1715031330 Herrera Tapia Javier Eduardo 62
n 0502659089 Villalva Barriga William Danilo 63
n 0502812043 Salguero Rodríguez Oscar Francisco 64
n 1001599446 Benavides Gaicano Marcos Aurelio 65
n 1803582327 Ortega Carrillo Edita Jacqueline 66
n 1715303846 Rodríguez Erazo Gladys Fabiola 67
n 1714655022 Almeida Mogro Carlos Marcelo 68
n 1803803020 Vásquez Urvina Milton Paúl 69
n 1713802971 Flores Osorio Hamilton Gerardo 70
n 1204114753 Tóala Rodríguez Milton Gregorio 71
n 1003296819 Páez Chávez Christian Israel 72
n 0602738080 Arguello Arellano Enrique Efraín 73
n 1803214020 Paredes Padilla Andrés Santiago 74
n 1717582868 Guevara Vinueza Oswaldo David 75
n 0918691163 Pepinos Sevilla David Ricardo 76
n 0603225731 Freiré Chávez Washington Javier 77
n 1002857330 Pantoj a Unda Christian Andrés 78
n 1713467692 Sandoval Arcos Luis Enrique 79
n 1717652638 Pruna Guachamín Ezequiel Rene 80
n 0704081900 Encamación Torres Fabricio Orlando 81
n 0602988974 Suárez Jácome Luz Mariela 82
n 0604016279 Guevara Chérrez Marco Antonio 83
n 1803497930 Villegas Guevara Ángel Gabriel 84
n 0502044530 Orquera Silva Washington Wilfrido 85
n 1710970078 Ocaña Masaquiza Christian Rolando 86
n 1803597523 Sánchez Naranjo Rovinson Noé 87
n 1714834213 Vera Estupiñán Christian Reinaldo 88
n 0603206632 Pazmiño Villacrés Manuel Mesíasn 89
n 0400973244 Sánchez Gordón Diego Femando 90
n 0201511318 Gaybor Quingatuña Hólger Napoleónn 91
n 1900398122 Aguirre Izquierdo Eduardo Patricio 92
n 1002597407 Portilla Quiroz Oscar Patricio 93
n 1002345906 Guevara Mantilla Francis Paolo 94
n 1713288239 Tipán López Hugo Patricio 95
n 1710906981 Puebla Viteri Oscar Vladimir 96
n 1002696365 Ruiz Flores Julio César 97
n 0201557642 Aguilar Colina Carla Johann 98
n 1717494924 Meneses Chalcualán Henry Vicente 99
n 1002875431 Reinoso Gómez Edgar Oswaldo 100
n 1002856670 Medina Aguirre Guillermo Paúl 101
n 1803307808 Rodríguez Cruz Luis Alberto 102
n 0401450093 Rosero Portilla Cynthia Nabila 103
n 1717537433 Llerena Mora Jackson Hernán 104
n 0502049885 Cando Carrillo Milton Fabián 105
n 1002500898 Cueva Vallejos Pablo Bolívar 106
n 1715296297 Inga Ortiz Daniel Carlos 107
n 1803789187 Peña Lescano Adrián Gonzalo 108
n 1003112156 Várela Guzmán Jeferson Hernando 109
n 1803787223 Núñez Cáceres Héctor Gustavon 110
n 1714580469 Carrasco Espinoza Paúl Andrés 111
n 1714416268 Marcillo Acosta Orlando Gerardo 112
n 1001813987 Fuentes Aguirre Fausto Alfredo 113
n 1716231491 Vaca Mora Christian Ornar 114
n 1719703876 Caicedo Chávez Pablo Aníbal 115
n 1002548392 Arciniega Espinoza Jimmy Fabricio 116
n 1717200081 Cueva Asimbaya Diego Armando 117
n 1715065692 Carrillo Cobo Alex Paúl 118
n 1714065172 Flores Suárez Jhonatan Marcelo 119
n 1002844668 Sánchez Flores Jorge Ricardo 120
n 0603894080 Santillán Arévalo Mariela de Jesúsn 121
n 0603309089 Herrera Urquizo Marcelo Heriberto 122
n 0401572920 Cadena Regalado Edison Lenin 123
n 1714742697 Vera Cepeda José Patricio 124
n 1803214772 Mayorga Zurita José Luis 125
n 1717115982 Córdova Beltrán Jorge Ignacio 126
n 1600360844 Alvarez Benalcázar Luis Hornero 127
n 1714259197 Delgado Proaño Mauricio Renán 128
n 1713589479 Palma Guerrero Christian Patricio 129
n 1500571573 Zambrano Pérez Sergio Jairo 130
n 1718901695 Naranjo Valencia Favio Renato 131
n 1803736725 Salgado Morales Cristhian Ricardo 132
n 0603566563 Samaniego Loza Manuel Enrique 133
n 0502505555 Alay Romero Walter Mauricio 134
n 1716854763 Ortiz Arcentales Gabriela Elizabeth 135
n 1716222763 Cruz Ramírez Paúl Femando 136
n 1715887152 Andrade León Byron Daniel 137
n 0603223280 Merino Salazar Luis Alfonso 138
n 1002855813 Meza Cartagena Luis Fernando 139
n 1711331098 Robles Jiménez Jorge Rolando 140
n 1719925305 Tobar Quevedo Daniela Bernarda 141
n 1719322255 Cumbal Muñoz José Luis 142
n 1003016100 Hermosa Almeida Edison Gonzalo 143
n 1715303036 Flores Rivadeneira Jerson Celiano 144
n 0502777626 Quintana Enríquez Oscar Vinicio 145
n 1715196372 Iza Villena Schubert Alejandro 146
n 1714942388 Morales Bahamontes David Fernando 147
n 0704162262 Silva Arévalo José Medardo 148
n 0103770079 Solano León Andrés Esteban 149
n 1716576598 Loaiza Balcázar Jorge Arturo 150
n 1204020364 Zamora Bonilla Cristian Roberto 151
n 1711582138 Carrión Jumbo Paúl Femando 152
n 1715642987 Carrera Játiva Fausto Giovanny 153
n 1712479888 Diguay Luisa Edwin Rolando 154
n 1002280632 Peñafiel Padilla Edgar Vicente 155
n 0917225310 Brito López Leonardo Lenin 156
n 1715198329 Andrade Molina Wilmer Geovanny 157
n 0401287123 Velasco Cárdenas Jorge Darío 158
n 0602900722 Orna Torres Julio César 159
n 1104265911 Narváez Guzmán Juan Carlos 160
n 1715382998 Flores González María Alejandra 161
n 1711397768 Hinojosa Madril Cristian Santiago 162
n 1715695837 Recalde Flores Jorge Raúl 163
n 1715861942 Montoya Narváez Diana Rafaela 164
n 1713037073 Benítez Baño Geovanny Fabricio 165
n 0502665516 Gómez Peñaherrera Rafael Enrique 166n
n 1714475058 Tapia Hidalgo Paúl Adrián 167
n 1714322516 López Núñez Cristian Lenin 168
n 1002418711 Merlo Rivadeneira Andrés Edmundo 169
n 1104015886 Montero Martínez Edison Geovanny 170
n 0602631988 Aldaz Jaramillo Cristian Gabriel 171
n 1719968081 Flores Bejarano Rony Samuel 172
n 0603206111 Carrillo Vallejo Edwin Marcelo 173
n (Í603083825 Córdova Fuentes Marco Jhofre 174
n 1713333977 Puetate Murillo Daisy Cristina 175
n 1719089441 Gallardo Inga Mariela Vanesa 176
n 0703339994 Narváez Guaicha Wilson Daniel 177
n 0915812283 Ruiz Suárez Irene del Rosario 178
n 0603608100 Barragán Salazar José Elias 179
n 1714518212 Viera Morillo José Luis 180
n 1713027207 Núñez Rosero Edison Orlando 181
n 1717790131 Mancero Gallegos Andrés Raúl 182
n 1713330056 Cevallos Aviles César Alejandro 183
n 1718882978 Cuello Parrales Javier Gregorio 184
n 1718319260 Puga Vega Alfredo Xavier 185
n 0603023706 Pilco González Sandro Mauricio 186
n 1802963916 Cajas Guerra Isidro Benjamín 187
n 0921507679 Bustamante Moncayo José Gregorio 188
n 1714566526 Castro Angos Ricardo Manuel 189
n 1718859950 Huertas Pinto Edwin Amilcar 190
n 1803707056 Silva Ortega Sebastián Ricardo 191
n 1002517168 Chuquín Chávez Fernando Mauricio 192
n 0502832751 Garzón Masapanta Guillermo Santiago 193
n 1002439048 Rubio Mantilla Luis Alberto 194
n 1803521911 Paredes Castillo Daniel Darío 195
n 1714491246 Estrella Tapia Carlos Eduardo 196
n 1714253646 Coba Sandoval Cristian David 197
n 1003172929 Ruiz Guerrero Cristian Germánico 198
n 0603781618 Silva Jara Carlos Roberto 199
n 0603333618 Ramón Lapo Víctor Alejandro 200
n 1802078350 Paredes Aldaz Marco Alejandro 201
n 1715041636 Bedón Correa Juan Xavier 202
n 1718266115 Garzón Pérez Juan Francisco 203
n 1719365650 Saavedra Paredes Jaira Mabel 204
n 1002456810 Quintana Cifuentes Julio Andrés 205
n 1715209712 Muñoz Rivera Edgar Orlando 206
n 1803642725 Díaz Flores Hugo Alexis 207
n 0401175831 Rivas Rosero Cristian Santiago 208
n 2000049490 Gil Ortega Dafín Efraín 209
n 1002532263 Córdova Martínez Andrés Felipen 210
n 1714550181 Muñoz Medina Andrea Vanesa 211
n 0603476730 Ruiz Torres César Eudófílo 212
n 1205087974 Balcázar Alvarez Carlos Francisco 213
n 1600442105 Arroba Rodríguez Washington Paúl 214
n 1715089999 Arroyo Játiva Wilson Patricio 215
n 0603224494 Silva Célleri Medardo Ángel 216
n 1713478764 Ron Espinosa Diego Mauricio 217
n 0802359257 Armijo Modrovejo Adrián Abdón 218
n 0603117789 Guadalupe Valladares Ángel Humberto 219
n 0201658754 Camacho Verdezoto Alfonso Femando 220
n 0603337247 Ulloa Peñafiel Vicente Leonardo 221
n 1718011743 Haro Asimbaya Sixto Wladimir 222
n 0401150925 Escobar García Edwin Efraín 223
n 1104014004 Piedra Constante Jorge Luis 224
n 0502124373 Marcalla Chacha Diego Armando 225
n 1713066353 Naranjo Alarcón Rodny Ornar 226
n 1716028830 Venegas Robalino Giovanny Ismael 227
n 1803098019 Romero Castillo Byron Aníbal 228
n 0603236076 Oleas Fernández Santiago David 229
n 1711389542 Zambrano Izurieta Carlos Hernán 230
n 1802999977 López Cantos Alex Xavier 231
n 0502272370 Martínez Samaniego José Luis 232
n 1713789756 Tapia Luna Christian Raúl 233
n 1600446056 Tamayo López Joer Edison 234
n 0603149048 Guerrero Barreno Santiago Pericles 235
n Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encargúesen el Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 15 de de marzo deln 2006.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

f.) Alfredo Castillo Bujase, Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de lan Administración Pública.

nn nn

No 1223

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el H. Consejo Superior de la Policía Nacional,n mediante Resolución No. 2006-088-CS-PN de febrero 8 deln 2006, solicita al señor Comandante General de la Policían Nacional, se digne alcanzar el correspondiente decreto ejecutivon mediante el cual se confiera la condecoración «ALn MÉRITO PROFESIONAL», en el grado de «CABALLERO»,n a favor del señor Subteniente de Policía de Línean Cifuentes Escobar Oscar Xavier, perteneciente a la sexagésiman séptima promoción de oficiales de línea,n por haber obtenido la Primera Antigüedad;

nn

Que mediante oficio No. 0217-DGP-PN de 21 de febrero del 2006,n suscrito por el señor General Inspector Abg. Josén Antonio Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policían Nacional, solicita al señor Ministro de Gobierno, se dignen alcanzar el decreto ejecutivo, mediante el cual se confiera dichan condecoración;

nn

Que el señor Ministro de Gobierno con oficio No. 2006-n 362-SPN de febrero 24 del 2006, solicita dar el trámiten legal para alcanzar del señor Presidente de la Repúblican el correspondiente decreto ejecutivo; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere los Arts. 4 y 17n inciso segundo del Reglamento de Condecoraciones de la Policían Nacional; y el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policían Nacional,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Conferir la condecoración «AL MÉRITOn PROFESIONAL», en el grado de «CABALLERO», al señorn Subteniente de Policía de Línea Cifuentes Escobar

nn

Oscar Xavier, perteneciente a la sexagésima séptiman promoción de oficiales de línea, por haber obtenidon la Primera Antigüedad.

nn

Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encargúesen el Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Dado en el Palacio Nacional, Quito, a 15 de marzo del 2006.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

f.) Alfredo Castillo Bujase, Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de lan Administración Pública.

nn nn nn

No 1224

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

La Resolución del H. Consejo de Generales de la Policían Nacional No. 2006-117-CsG-PN de febrero 6 del 2006;

nn

El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,n formulado mediante oficio No. 2006-364-SPN de febrero 24 deln 2006, previa solicitud del señor General Inspector Abg.n José Antonio Vinueza Jarrín, Comandante Generaln de la Policía Nacional, con oficio No. 0220-DGP-PN den 21 de febrero del 2006;

nn

De conformidad con los Arts. 4 inciso primero y 17 incison tercero del Reglamento de condecoraciones de la Policían Nacional; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de lan Ley Orgánica de la Policía Nacional,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Conferir la condecoración «AL MÉRITOn PROFESIONAL», en el grado de «CABALLERO», al señorn Mayor de Policía Oscar Roberto López Guerrón,n por haber ejercido la docencia en las escuelas de formaciónn policial, durante cuatro años acumulativos con un totaln de 774 horas de clases dictadas y ha obtenido la calificaciónn de sobresaliente otorgada por el Consejo Directivo.

nn

Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encargúesen el Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 15 de marzo del 2006.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

f.) Alfredo Castillo Bujase, Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de lan Administración Pública.

nn nn

No 1225

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

La Resolución del H. Consejo Superior de la Policían Nacional No. 2006-089-CS-PN de febrero 8 del 2006;

nn

El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,n formulado mediante oficio No. 2006-365-SPN de febrero 24 deln 2006, previa solicitud del señor General Inspector Abg.n José Antonio Vinueza Jarrín, Comandante Generaln de la Policía Nacional, con oficio No. 0223-DGP-PN den 21 de febrero del 2006;

nn

De conformidad con los Arts. 65 y 66 literal b) de la Leyn de Personal de la Policía Nacional; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de lan Ley Orgánica de la Policía Nacional,
n Decreta:

nn

Art. 1.- Dar de baja de las filas de la instituciónn policial, con fecha 5 de noviembre del 2005, al señorn Subteniente de Policía de Línea Robalino Palaciosn Pablo Aníbal, por fallecimiento.

nn

Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encargúesen el Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 15 de de marzo deln 2006.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

f.) Alfredo Castillo Bujase, Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de lan Administración Pública.

nn nn

No 1226

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

La Resolución del H. Consejo Superior de la Policían Nacional No. 2006-062-CS-PN de enero 25 del 2006;

nn

El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,n formulado mediante oficio No. 2006-366-SPN de febrero 24 deln 2006, previa solicitud del señor General Inspector Abg.n José Antonio Vinueza Jarrín, Comandante Generaln de la Policía Nacional, con oficio No. 0231-DGP-PN den 22 de febrero del 2006;

nn

De conformidad con los Arts. 4 y 17 reformado, inciso terceron primera parte del Reglamento de condecoraciones de la Policían Nacional; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de lan Ley Orgánica de la Policía Nacional,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Conferir la condecoración «AL MÉRITOn PROFESIONAL», en el grado de «CABALLERO», a lan señora Subteniente de Policía de Servicios de Justician Proaño Reyes Gladis Margot, por haber ejercido el profesoradon en las escuelas de educación policial.

nn

Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encargúesen el Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 15 de marzo del 2006.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

f.) Alfredo Castillo Bujase, Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de lan Administración Pública.

nn nn

N o 1227

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

La Resolución del H. Consejo Superior de la Policían Nacional No. 2006-063-CS-PN de enero 25 del 2006;

nn

El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,n formulado mediante oficio No. 2006-367-SPN de febrero 24 deln 2006, previa solicitud del señor General Inspector Abg.n José Antonio Vinueza Jarrín, Comandante Generaln de la Policía Nacional, con oficio No. 0232-DGP-PN den 22 de febrero del 2006;

nn

De conformidad con los Arts. 4 y 17 reformado, inciso terceron primera parte del Reglamento de Condecoraciones de la Policían Nacional; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de lan Ley Orgánica de la Policía Nacional,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Conferir la condecoración «AL MÉRITOn PROFESIONAL», en el grado de «CABALLERO», al señorn Subteniente de Policía de Servicios de Administraciónn Carrera Lasso Víctor Hugo, por haber ejercido el profesoradon en las Escuelas de Educación Policial.

nn

Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encargúesen el Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 15 de marzo del 2006.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

f.) Alfredo Castillo Bujase, Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Es fiel copia del original.» Lo certifico.

nn

f.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de lan Administración Pública.

nn nn

No.295

nn

EL MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

nn

Considerando:

nn

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 5034 de 4 de abril deln 2005, se aprobó el presupuesto del Cuerpo de Bomberosn de Chone, provincia de Manabí;

nn

Que, mediante oficio No. 122-CCBB CHONE de 25 de julio deln 2005, el Jefe de dicha unidad solicita la reforma al presupueston de dicha institución;

nn

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 0082 de 6 de julio deln 2005, el señor Ministro de Bienestar Social, delega aln señor Subsecretario de Desarrollo Social, Rural y Urbanon Marginal, para que coordine el Programa de defensa contra incendios,n según la normativa vigente y los demás subprocesosn contemplados en el diagrama cadena de valor (artículon primero, literal q); y,

nn

De conformidad con el artículo 2, numeral 3 de la Leyn de Defensa Contra Incendios,

nn

Acuerda:

nn

ARTICULO ÚNICO: Aprobar la reforma al presupuesto deln Cuerpo de Bomberos de Chone, provincia de Manabí, en losn siguientes términos:

nn

EGRESOS:

nn

No Concepto Incremento Reducción
n Partida

nn

51.02.12 Otros servicios generales 3.600,00
n 53.06.03 Capacitación 3.600,00
n 53.04.02 Manten, y Consev. Inmuebles 500,00
n 53.08.05 Herramientas menores 1.000,00
n 57.02.06 Gastos judiciales 1.500,00
n Total Egresos 5.100,00 5.100,00

nn

Comuniqúese.- Dado en Quito, 21 de septiembre del 2005.

nn

f.) Dr. Carlos Cevallos Meló, Subsecretario de Desarrollon Social, Rural y Urbano Marginal.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f) Jefe de Archivo.-n 17 de octubre del 2005.

nn nn

No.296

nn

EL MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
n Considerando:

nn

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 5109 de 19 de abriln del 2005, se aprobó el presupuesto del Cuerpo de Bomberosn de Ventanas, provincia de Los Ríos;

nn

Que, mediante oficio No. 160-CBV-2005-MBA de 2 de julio deln 2005, el Jefe de dicha unidad solicita la reforma al presupueston de dicha institución;

nn

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 0082 de 6 de julio deln 2005, el señor Ministro de Bienestar Social, delega aln señor Subsecretario de Desarrollo Social, Rural y Urbanon Marginal, para que coordine el Programa de defensa contra incendios,n según la normativa vigente y los demás subprocesosn contemplados en el diagrama cadena de valor (artículon primero, literal q); y,

nn

De conformidad con el artículo 2, numeral 3 de la Leyn de Defensa Contra Incendios,

nn

Acuerda:

nn

ARTICULO ÚNICO: Aprobar la reforma al presupuesto deln Cuerpo de Bomberos de Ventanas, provincia de Los Ríos,n en los siguientes términos:

nn

INGRESOS:

nn

Partida Concepto Incremento

nn

14.03.05 Adicional energía eléctrica 12.200,00
n 18.01.01 Transferencia del Gobierno Central 4.000,00
n Total Ingresos US $ 16.200,00

nn

EGRESOS:

nn

No Concepto Incremento Reducción
n Partida

nn

51.02.12 Bono aniversario 400,00
n 51.02.13 Aguinaldo navideño 200,00
n 51.02.06 Refrigerio, rancho 200,00
n 51.04.99 Otros subsidios 200,00
n 51.05.10 Servicios personales por contrato 200,00
n 53.03.02 Fletes 200,00
n 53.02.04 Imp. Reprod. Pubic. Y emisión Espec. 150,00
n 52.02.07 Difusión información y publicidad 400,00n
n 53.03.03 Viáticos y subsistencia país 1.000,00
n 53.04.05 Manten, y Conserv. vehículos 3.500,00
n 53.06.03 Capacitación 500,00
n 53.08.02 Vestuario y prendas protección 500,00
n 53.08.03 Combustible y lubricantes 800,00
n 53.08.07 Material Imp. foto y Rep. y Publ. 200,00
n 53.08.99 Otros de uso y consumo corriente 400,00
n 57.02.06 Gastos judiciales 250,00
n 57.02.99 Otros gastos financieros 1.450,00
n 84.01.03 Mobiliario de oficina 500,00
n 84.01.04 Maq. y equipo (equipo DCI y Ofic.) 3.000,00
n 84.01.08 Bienes artísticos y culturales 150,00
n 84.01.11 Partes y repuestos 2.500,00

nn

Total Egresos 16.450,00 250,00

nn

+ Ingresos 16.200,00

nn

Total US$ 16.450,00 16.450,00

nn

Comuniqúese.- Dado en Quito, 21 de septiembre del 2005.

nn

f.) Dr. Carlos Cevallos Meló, Subsecretario de Desarrollon Social, Rural y Urbano Marginal.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Jefe de Archivo.-n 17 de octubre del 2005.

nn nn

No.302

nn

Ab. Miguel Martínez Dávalos
n SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO
n INSTITUCIONAL

nn

Considerando:

nn

Que, de conformidad con lo prescrito en el numeral 19 deln Art. 23 de la Constitución Política de la República,n el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos eln derecho a la libre asociación con fines pacíficos;

nn

Que, según los Arts. 565 y 567