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Viernes, 26 de enero de 2007 – R. O. No. 09
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Dr. Vicente Napoleón Dávila García
DIRECTOR

FUNCION EJECUTIVA
DECRETOS:

n

2252 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al doctor Rubén Barberán Torres, Ministro de Bienestar Social.

n

2253 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al ingeniero Héctor Vélez, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda.

n

2254 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, a la señora María Isabel Salvador Crespo, Ministra de Turismo.

n

2255 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, a la abogada Ana Albán Mora, Ministra del Ambiente.

n

2256 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al doctor Rafael Parreño, Secretario General de la Administración.

n

2257 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al licenciado Gonzalo Ponce Leiva, Secretario General de Comunicación.

n

2258 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al economista Roosevelt Chica Zambrano, Secretario General de la Presidencia.

n

2259 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al doctor Diego García Carrión, Secretario General Jurídico.

n

2260 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al doctor Héctor Espinel, Secretario General de Planificación.

n

ACUERDOS:
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL:

n

0440 Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica al Comité Promejoras del Barrio Tepeyac del Camal Metropolitano «CPBTCM», con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.

n

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR:

n

Oficialízase con el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana de varios productos:

n

06 687 NTE INEN-ISO 10012:2006 (Sistemas de gestión de la medición – Requisitos para los procesos de medición y los equipos de medición).

n

06 688 NTE INEN-ISO 8601:2006 (Elementos de datos y formatos de intercambio – Intercambio de información – Representación de fechas y tiempos).

n

06 689 NTE INEN-ISO 6357:2006 (Documentación – Títulos sobre lomos de libros y otras publicaciones).

n

RESOLUCIONES:
MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n

101 Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto «Perforación Exploratoria del Pozo Apaika Sur 3D» del Bloque 31.

n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n

NAC-DNAR2006-0859 Declárase de utilidad pública urgente con fines de ocupación inmediata el bien inmueble de propiedad de la Empresa Socios y Tagua Cía. Ltda., ubicado en la urbanización Aníbal San Andrés, cantón Montecristi, provincia de Manabí.

n

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS:

n

SBS-2006-725 Apruébase el Estatuto del Fondo Privado de Cesantía de la Contraloría General del Estado, FCPC.

n

Califícanse a varias personas para que puedan ejercer diferentes cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

n

SBS-INJ-2006-728 Arquitecto Hugo Fernando Loaiza Vera.

n

SBS-INJ-2006-737 Ingeniero agrónomo Carlos Alexis Villacís Laínez.

n

SBS-INJ-2007-001 Compañía Palán Tamayo Consultores PATCO Cía. Ltda., para realizar estudios actuariales.

n

FUNCION JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
TERCERA SALA DE LO PENAL:

n

Recursos de casación en los juicios penales; colusorios y revisión seguidos en contra de las siguientes personas:

n

301-2005 Ingeniero Guillermo Esteban Aspiazu Cepeda en contra de Alex Adolfo Beltrán y otros.

n

308-2005 Gilber Ampudia Garzón en contra de Fanny Isabel Urresta Bucheli y otra.

n

320-2005 Agr. Benito Bolívar Valarezo Sedamanos por arrogación de funciones.

n

328 -2005 Oscar Remigio Flecher Zambrano y otro por el delito de abigeato en perjuicio de Jodoco García.

n

343-2005 Blanca Mirian Pantoja Morales y otros por el delito tipificado y reprimido en los artículos 188 y 189 inciso primero del Código Penal.

n

344-2005 Isabel Defaz Chica en contra de Abel Angélico Toscano y otros.

n

368-2005 Jaime Darío Ocaña Calderón y otro autores responsables del delito de plagio en contra de Paola Jara y otro.

n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n

– Cantón Pallatanga: Que expide la primera reforma de la Ordenanza que reglamenta la estabilidad y promoción del servidor público de la Municipalidad.

n

– Cantón Cuenca: Que regula y organiza el funcionamiento del Sistema de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.

n

– Gobierno Municipal de Tena: Que regula la actividad turística.

n

– Cantón Santa Rosa: Reformatoria a la Ordenanza que pone en vigencia el Plan de Desarrollo Estratégico Participativo del Cantón Santa Rosa.

n nn

No. 2252

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el señor doctor Rubénn Barberán Torres en el ejercicio de sus altas funcionesn como Ministro de Bienestar Social ha dado claras muestras den su capacidad y total entrega al servicio de la Naciónn y ha trabajado incansablemente por los más altos interesesn de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como eln señor doctor Rubén Barberán Torres, hann servido a la comunidad ecuatoriana con desinterés y eficacia;n y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1°.- Confiérasen la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, al señor doctor Rubénn Barberán Torres, Ministro de Bienestar Social.

nn

Art. 2º.- Encárguesen de la ejecución del presente decreto, el señorn Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2253

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el señor ingenieron Héctor Vélez en el ejercicio de sus altas funcionesn como Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda ha dado clarasn muestras de su capacidad y total entrega al servicio de la Naciónn y ha trabajado incansablemente por los más altos interesesn de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como eln señor ingeniero Héctor Vélez, han servidon a la comunidad ecuatoriana con desinterés y eficacia;n y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Confiérase lan condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, al señor ingeniero Héctorn Vélez, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda.

nn

Art. 2.- Encárguese den la ejecución del presente decreto, el señor Ministron de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2254

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que la señora Marían Isabel Salvador Crespo en el ejercicio de sus altas funcionesn como Ministra de Turismo ha dado claras muestras de su capacidadn y total entrega al servicio de la Nación y ha trabajadon incansablemente por los más altos intereses de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como lan señora María Isabel Salvador Crespo, han servidon a la comunidad ecuatoriana con desinterés y eficacia;n y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Confiérase lan condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, a la señora María Isabeln Salvador Crespo, Ministra de Turismo.

nn

Art. 2.- Encárguese den la ejecución del presente decreto, el señor Ministron de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2255

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que la señora abogadan Ana Albán Mora en el ejercicio de sus altas funcionesn como Ministra de Ambiente ha dado claras muestras de su capacidadn y total entrega al servicio de la Nación y ha trabajadon incansablemente por los más altos intereses de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como lan señora abogada Ana Albán Mora, han servido a lan comunidad ecuatoriana con desinterés y eficacia; y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Confiérase lan condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, a la señora abogada Ana Albánn Mora, Ministra de Ambiente.

nn

Art. 2.- Encárguese den la ejecución del presente decreto, el señor Ministron de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2256

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el señor doctor Rafaeln Parreño en el ejercicio de sus altas funciones como Secretarion General de la Administración ha dado claras muestras den su capacidad y total entrega al servicio de la naciónn y ha trabajado incansablemente por los más altos interesesn de la patria;
n Que es deber del Estado reconocer los méritos y relievarn las virtudes de quienes, como el señor doctor Rafael Parreño,n han servido a la comunidad ecuatoriana con desinterésn y eficacia; y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1º. Confiérasen la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, al señor doctor Rafael Parreño,n Secretario General de la Administración.

nn

Art. 2º. Encárguesen de la ejecución del presente decreto, el señorn Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2257

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el señor licenciadon Gonzalo Ponce Leiva en el ejercicio de sus altas funciones comon Secretario General de Comunicación ha dado claras muestrasn de su capacidad y total entrega al servicio de la Naciónn y ha trabajado incansablemente por los más altos interesesn de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como eln señor licenciado Gonzalo Ponce Leiva, han servido a lan comunidad ecuatoriana con desinterés y eficacia; y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,
n Decreta:

nn

Art. 1º. Confiérasen la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, al señor licenciado Gonzalon Ponce Leiva, Secretario General de Comunicación.

nn

Art. 2º. Encárguesen de la ejecución del presente decreto, el señorn Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2258

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el señor economistan Roosevelt Chica Zambrano en el ejercicio de sus altas funcionesn como Secretario General de la Presidencia ha dado claras muestrasn de su capacidad y total entrega al servicio de la Naciónn y ha trabajado incansablemente por los más altos interesesn de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como eln señor economista Roosevelt Chica Zambrano, han servidon a la comunidad ecuatoriana con desinterés y eficacia;n y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1º. Confiérasen la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, al señor economista Rooseveltn Chica Zambrano, Secretario General de la Presidencia.

nn

Art. 2º. Encárguesen de la ejecución del presente decreto, el señorn Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2259

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el señor doctor Diegon García Carrión en el ejercicio de sus altas funcionesn como Secretario General Jurídico ha dado claras muestrasn de su capacidad y total entrega al servicio de la Naciónn y ha trabajado incansablemente por los más altos interesesn de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como eln señor doctor Diego García Carrión, han servidon a la comunidad ecuatoriana con desinterés y eficacia;n y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1º. Confiérasen la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, al señor doctor Diego Garcían Carrión, Secretario General Jurídico.

nn

Art. 2º. Encárguesen de la ejecución del presente decreto, el señorn Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 2260

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el señor doctor Héctorn Espinel en el ejercicio de sus altas funciones como Secretarion General de Planificación ha dado claras muestras de sun capacidad y total entrega al servicio de la Nación y han trabajado incansablemente por los más altos interesesn de la Patria;

nn

Que es deber del Estado reconocern los méritos y relievar las virtudes de quienes, como eln señor doctor Héctor Espinel, han servido a la comunidadn ecuatoriana con desinterés y eficacia; y,

nn

En virtud de las disposicionesn que le confiere el artículo 6 del Decreto númeron 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficialn 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual sen reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacionaln «Al Mérito», creada por ley de 8 de octubren de 1921,

nn

Decreta:

nn

Art. 1º. Confiérasen la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito»,n en el grado de Gran Cruz, al señor doctor Héctorn Espinel, Secretario General de Planificación.

nn

Art. 2°. Encárguesen de la ejecución del presente decreto, el señorn Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacion Nacional, a 9 de enero del 2007.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidenten Constitucional de la República.

nn

f.) Francisco Carriónn Mena, Ministro de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

No. 0440

nn

Dr. Nicolás Naranjo Borja
n SUBSECRETARIO DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

nn

Considerando:

nn

Que, de conformidad con lo prescriton en el numeral 19 del Art. 23 de la Constitución Polítican de la República, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantizan a los ecuatorianos el derecho a la libre asociación conn fines pacíficos;

nn

Que, según el Arts. 565n y 567 de la Codificación del Código Civil, publicadon en el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de junio 24 deln 2005, corresponde al Presidente de la República aprobarn mediante la concesión de personería jurídica,n a las organizaciones de derecho privado, que se constituyan den conformidad con las normas del Título XXX, Libro I deln citado cuerpo legal;

nn

Que, mediante Decreto Ejecutivon No. 339 de noviembre 28 de 1998, publicado en el Registro Oficialn No. 77 de noviembre 30 del mismo año, el Presidente Constitucionaln de la República, delegó la facultad para que cadan Ministro de Estado, de acuerdo al ámbito de su competencia,n apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizacionesn pertinentes;

nn

Que, mediante Decreto Ejecutivon No. 1205 de marzo 8 del 2006, el señor Presidente Constitucionaln de la República, designó como Ministro de Bienestarn Social al Dr. Rubén Alberto Barberán Torres, Secretarion de Estado que, de conformidad con el Art. 17 del Estatuto deln Régimen Jurídico Administrativo de la Funciónn Ejecutiva, es competente para el despacho de los asuntos inherentesn a esta Cartera de Estado;

nn

Que, mediante Acuerdo Ministerialn No. 0239 de julio 27 del 2006, Art. 1 literal e), el Ministron de Bienestar Social, delegó al Subsecretario de Fortalecimienton Institucional, la facultad de otorgar personería jurídican a las organizaciones de derecho privado, sin fines de lucro,n sujetas a las disposiciones del Título XXX, Libro I den la Codificación del Código Civil, publicada enn el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de junio 24 del 2005;

nn

Que, la Dirección de Asesorían Legal del Ministerio de Bienestar Social, mediante oficio No.n 779-DTAL-PJ-GEC-2006 de agosto 29 del 2006, ha emitido informen favorable, para la aprobación del estatuto y concesiónn de personería jurídica a favor del Comitén Pro-Mejoras del Barrio Tepeyac del Camal Metropolitano «CPBTCM»,n con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincian de Pichincha, por cumplidos los requisitos establecidos en eln Decreto Ejecutivo No. 3054 de agosto 30 del 2002, publicado enn el Registro Oficial No. 660 de septiembre 11 del mismo añon y del Título XXX, Libro I de la Codificación deln Código Civil, publicado en el Suplemento del Registron Oficial No. 46 de junio 24 del 2005; y,

nn

En ejercicio de las facultadesn legales,
n Acuerda:

nn

Art. 1.- Aprobar el estatuton y conceder personería jurídica al Comitén Pro-Mejoras del Barrio Tepeyac del Camal Metropolitano «CPBTCM»,n con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincian de Pichincha, sin modificación alguna.

nn

Art. 2.- Registrar en calidadn de socios fundadores a las siguientes personas:

nn

Nombres apellidos Cédulan y/o Nacionalidad
n Pasap.

nn

Casa Casa Juan Manuel 170598169-2n Ecuatoriana
n Villacrés Hernández José Julio 170220568-1n Ecuatoriana
n Chicaiza Zumba Martha Lucinda 050026338-1 Ecuatoriana
n Vega Ilaquiche Gonzalo 171246904-6 Ecuatoriana
n Arrobo Armijos Mirella Judit 110252527-4 Ecuatoriana
n Toaquiza Vega Pedro 050036237-1 Ecuatoriana
n Zambrano Villanueva Tobías Facundo 130244584-4 Ecuatoriana
n Soto Cuenca José Wilson 170992550-5 Ecuatoriana
n Quelal Campaña Jacqueline Esperanza 171807039-2 Ecuatoriana
n Palomo Cajamarca María Dolores 171271253-5 Ecuatoriana
n Vargas Palomo José Humberto 050181582-3 Ecuatoriana
n Oyagata Torres Juan 100117109-7 Ecuatoriana
n Cunalata Quisphe Edgar Rodolfo 130670376-8 Ecuatoriana
n Monar Carlos Asdrúbal 170359153-5 Ecuatoriana
n Yaguana Díaz Carmen Diocelina 110191650-8 Ecuatoriana
n Vega Lisintuña Francisco 050045671-0 Ecuatoriana
n Torres Benítez Marco Oswaldo 170267524-8 Ecuatoriana
n Enríquez Yaguachi Jesús Alfredo 170960742-6 Ecuatoriana
n Ugsha Pastuña Segundo Antonio 050048220-3 Ecuatoriana
n Soto José Venidlo 110047292-5 Ecuatoriana
n Rojas Chicaiza Rosa Aurora 170386389-2 Ecuatoriana
n Vega Chusin Juan Manuel 050055404-3 Ecuatoriana
n Barahona Luis Antonio 060043335-3 Ecuatoriana
n Vega Cuenca Sonia Maribel 110328726-2 Ecuatoriana
n Singo Pila María Juana 170361115-0 Ecuatoriana
n Pichizaca Cungachi María Juana 010161855-1 Ecuatoriana
n Chiluisa Artieda Julio César 170189105-9 Ecuatoriana
n Terán Santacruz Rosa Guadalupe 170369032-9 Ecuatoriana
n Chiluisa Terán Margarita Elizabeth 171834341-9 Ecuatoriana
n Coral Paspuel Diego Edmundo 040089096-8 Ecuatoriana
n Caiza Paucar José Angel 170972881-8 Ecuatoriana
n Pantoja Pantoja Gloria María 100101182-2 Ecuatoriana
n Michilena Pantoja Narciza Dalila 171267643-4 Ecuatoriana
n Bedoya Andrade Jorge Enrique 170012551-9 Ecuatoriana
n Vega Toaquiza Lino 050009037-8 Ecuatoriana
n Vega Lisintuña César 050071926-5 Ecuatoriana
n Toaquiza Tigasi Purificación 050136420-2 Ecuatoriana
n Palomo Cajamarca José Rafael 050238436-5 Ecuatoriana
n Caillatasig Pilatasig María Dolores 050072222-8 Ecuatoriana
n Vega María Soledad 170809918-7 Ecuatoriana
n Torres Rodríguez Georgina Marina 110145358-5 Ecuatoriana
n Cuzco Paucar Marco Vinicio 171136894-2 Ecuatoriana
n Pereira Castillo Wilson Eduardo 171615375-2 Ecuatoriana
n Yanchapanta Villacís César Gonzalo 050186846-7n Ecuatoriana
n Saritama Fredy Manuel 110252010-1 Ecuatoriana
n Iza Yugcha Luis Ricardo 050220979-4 Ecuatoriana
n Jaramillo Aldean Omar Eduardo 171010513-9 Ecuatoriana
n Paredes Pazmiño Aída Fabiola 170352697-8 Ecuatoriana
n Jiménez Cuenca Carmen Lastenia 170642416-3 Ecuatoriana
n Vargas Palomo Maribel 050175190-3 Ecuatoriana
n Palomo Cajamarca Manuel Fernando 050178658-1 Ecuatoriana
n Ugsha Cayo Jorge 050214921-4 Ecuatoriana
n Agila Angel Benigno 110172540-4 Ecuatoriana
n Cayo Toaquiza José Manuel 050158421-3 Ecuatoriana
n Sánchez Lagos Raúl Gustavo 080081016-0 Ecuatoriana
n Rueda Coello Nixon Fabián 171125335-9 Ecuatoriana
n Flores Lascano Luis Aquilino 170282571-0 Ecuatoriana
n Lema Mullo Mariano 060104999-7 Ecuatoriana
n Cuenca Tinitana Gloria María 110160507-7 Ecuatoriana
n Esterilla Lara Leidis María 171009399-6 Ecuatoriana
n Vargas Palomo Julio 050201132-3 Ecuatoriana
n Vargas Padilla Blanca Piedad 171451497-1 Ecuatoriana
n Choto Quishpi María Susana 060228964-7 Ecuatoriana
n Toapaxi Bocancho María Rosa 170795354-1 Ecuatoriana
n Catota Guerrero Myriam Patricia 171381292-1 Ecuatoriana
n Chávez Caisaguano Olga Marina 171408376-1 Ecuatoriana
n Guamán Naula María Tránsito 170868135-6n Ecuatoriana
n Vega Sigcha Ricardo 050123457-9 Ecuatoriana
n Guevara Arias Vinolo Pablo 020066912-5 Ecuatoriana
n Vaca Tata Leonila Brumilda 170368206-0 Ecuatoriana
n Tonato Jácome Cristóbal 170269665-4 Ecuatoriana
n Pizarro Víctor Rolando 010195808-0 Ecuatoriana
n Panchi Sarabia Segundo Eliecer 050086725-4 Ecuatoriana
n Tulcanaza Alquedan Marco Tulio 040040353-1 Ecuatoriana
n Erazo Margot Guadalupe 170651099-5 Ecuatoriana
n Medina Medina Máximo Manuel 171114723-9 Ecuatoriana
n Padilla Caguana María Lucinda 060221379-5 Ecuatoriana
n Toapascig Bocancha María Josefina 170878069-5 Ecuatoriana
n Lagos Gallardo Francisco Raúl 170777286-7 Ecuatoriana
n Naunay Andrango Rosario del Consuelo 171046243-1 Ecuatoriana
n Guerra Lagos Zoila Silvana 171232842-4 Ecuatoriana
n Castillo Ballesteros Diego Ricardo 171138712-4 Ecuatoriana
n Agila Guamán Jaime Rodrigo 171136704-5 Ecuatoriana
n Cando Alquinga Luis Enrique 170115556-4 Ecuatoriana
n Cando Alquinga Rosario Beatriz 170534848-8 Ecuatoriana
n Cunuhay Pilalumbo María Josefina 050117275-3 Ecuatoriana
n Paredes Aguilar Flor del Rocío 171603551-2 Ecuatoriana
n Pereira Reyes Carlos Miguel 110216389-4 Ecuatoriana
n Díaz Pogo José Manuel 110240378-7 Ecuatoriana
n Huera José Telmo 100125174-1 Ecuatoriana
n Lagos Gallardo Laura Lili 170298751-0 Ecuatoriana
n Tipanluisa Arequipa Luis Alfonso 050189485-1 Ecuatoriana
n Ugsha Quishpe Luis Oswaldo 050190472-6 Ecuatoriana
n Lloacana Bonilla Delia María 170497724-6 Ecuatoriana
n Yugsha Vargas Marco Patricio 050242025-0 Ecuatoriana
n Yasig Bombón José Gustavo 050150631-5 Ecuatoriana
n Vimos Tene María Rosario 170456583-5 Ecuatoriana
n Chico Yánez Justo Aníbal 170003633-6 Ecuatoriana
n Chico Llumipanta Gladys Fabiola 170787702-1 Ecuatoriana
n Masabanda Quishpe Sandra de las Mercedes 170950697-4 Ecuatoriana
n Quimbita Chiluisa María Concepción 050047448-2n Ecuatoriana
n Palomo Cajamarca Juan Carlos 050254192-3 Ecuatoriana
n Ramírez Saca Celina María 170923117-7 Ecuatoriana
n Cayo Cayo Luis Humberto 050143197-7 Ecuatoriana

nn

Art. 3.- Disponer que el comité,n ponga en conocimiento del Ministerio de Bienestar Social, lan nómina de la directiva designada, una vez adquirida lan personería jurídica y las que se sucedan, en eln plazo de quince días posteriores a la fecha de elección,n para el registro respectivo de la documentación presentada.

nn

Art. 4.- Reconocer a la asamblean general de socios como la máxima autoridad y únicon organismo competente para resolver los problemas internos deln comité y al Presidente, como su representante legal.

nn

Art. 5.- La solución den los conflictos que se presentaren al interior del comitén y de éste con otras organizaciones o terceros, se someterán a las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación,n publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 145 de septiembren 4 de 1997.

nn

Publíquese de conformidadn con la ley.

nn

Dado en Quito, a 13 de septiembren del 2006.

nn

f.) Dr. Nicolás Naranjon Borja, Subsecretario de Fortalecimiento Institucional.

nn

Ministerio de Bienestar Social.-n Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Jefe de Archivo.

nn

27 de septiembre del 2006.

nn

nn

No. 06 687

nn

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR,n INDUSTRIALIZACION, PESCA Y COMPETITIVIDAD

nn

Considerando:

nn

Que, la Organización Internacionaln de Normalización, ISO, en el año 2003, publicón la Norma Internacional ISO 10012:2003(E) MEASUREMENT MANAGEMENTn SYSTEMS – REQUIREMENTS FOR MEASUREMENT PROCESSES AND MEASURINGn EQUIPMENT (First Edition);

nn

Que, el Instituto Ecuatorianon de Normalización, INEN, entidad adscrita a esta Secretarían de Estado ha adoptado la Norma Internacional ISO 10012:2003 (E)n como la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 10012:2006n SISTEMAS DE GESTION DE LA MEDICION – REQUISITOS PARA LOS PROCESOSn DE MEDICION Y LOS EQUIPOS DE MEDICION (Primera Edición);

nn

Que, en su elaboraciónn se ha seguido el trámite reglamentario y ha sido aprobadan por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Normalización,n INEN;

nn

Que, esta norma técnican representa un justo equilibrio de intereses entre productoresn y consumidores;

nn

Vista la recomendaciónn del Consejo Directivo del INEN, constante en el informe correspondiente,n en el sentido de que esta norma sea oficializada con el caráctern de voluntaria, en virtud del interés del país;n y,

nn

En uso de la facultad que len concede el Art. 8 del Decreto Supremo Nº 357 del 28 de agoston de 1970, promulgado en el Registro Oficial Nº 54 del 7 den septiembre de 1970,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1º Oficializar conn el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatorianan NTE INEN-ISO 10012:2006 (Sistemas de gestión de la mediciónn – requisitos para los procesos de medición y los equiposn de medición), que especifica requisitos genéricosn y proporciona consejos para la gestión de los procesosn de medición y para la confirmación metrológican del equipo de medición utilizado para apoyar y demostrarn el cumplimiento de requisitos metrológicos. Especifican los requisitos de gestión de la calidad de un sisteman de gestión de las mediciones que puede ser utilizado porn una organización que lleva a cabo mediciones como parten de su sistema de gestión global, y para asegurar que sen cumplen los requisitos metrológicos. Esta norma no están prevista para ser utilizada como requisito para demostrar conformidadn con las normas ISO 9000, ISO 14001 o cualquier otra norma. Lasn partes interesadas pueden acordar la utilización de estan norma como actividad para cumplir los requisitos del sisteman de gestión de las mediciones en actividades de certificación.n Esta norma no está prevista para ser un sustituto o unan adición de los requisitos de la norma INEN-ISO/IEC 17025.

nn

Comuníquese y publíquesen en el Registro Oficial.

nn

Dado en Quito, Distrito Metropolitano,n 28 de diciembre del 2006.

nn

f.) Ing. Tomás Peribonio,n Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pescan y Competitividad.

nn

MICIP.- Certifico.- Es fiel copian del original.- Archivo Central.- 8 de enero del 2007.- f.) Ilegible.

nn

nn

No. 06 688

nn

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR,n INDUSTRIALIZACION, PESCA Y COMPETITIVIDAD

nn

Considerando:

nn

Que, la Organización Internacionaln de Normalización, ISO, en el año 2004, publicón la Norma Internacional ISO 8601:2004(E) DATA ELEMENTS AND INTERCHANGEn FORMATS – INFORMATION INTERCHANGE -REPRESENTATION OF DATES ANDn TIMES (Third Edition);

nn

Que, el Instituto Ecuatorianon de Normalización, INEN, entidad adscrita a esta Secretarían de Estado ha adoptado la Norma Internacional ISO 8601:2004 (E)n como la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 8601:2006n ELEMENTOS DE DATOS Y FORMATOS DE INTERCAMBIO – INTERCAMBIO DEn INFOR-MACION – REPRESENTACION DE FECHAS Y TIEMPOS (Tercera Edición);

nn

Que, en su elaboraciónn se ha seguido el trámite reglamentario y ha sido aprobadan por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Normalización,n INEN;

nn

Que, esta norma técnican representa un justo equilibrio de intereses entre productoresn y consumidores;

nn

Vista la recomendaciónn del Consejo Directivo del INEN, constante en el informe correspondiente,n en el sentido de que esta norma sea oficializada con el caráctern de voluntaria, en virtud del interés del país;n y,

nn

En uso de la facultad que len concede el Art. 8 del Decreto Supremo Nº 357 del 28 de agoston de 1970, promulgado en el Registro Oficial Nº 54 del 7 den septiembre de 1970,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1º Oficializar conn el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatorianan NTE INEN-ISO 8601:2006 (Elementos de datos y formatos de intercambion – intercambio de información – representación den fechas y tiempos), que es aplicable siempre que la representaciónn de fechas en el calendario gregoriano, horas en el sistema deln control del tiempo de 24 horas, intervalos de horas e intervalosn de horas recurrentes o de los formatos de esas representacionesn están incluidas en el intercambio de información.n Esto incluye: Las fechas del calendario expresadas en términosn del año calendario, mes calendario y día calendarion del mes; las fechas ordinales, expresadas en términosn del año calendario y día calendario del año;n las fechas de semanas expresadas en términos del añon calendario, los números de las semanas calendario y losn números de los días calendario de la semana; lan hora local basada en el sistema de cronometraje de 24 horas;n hora universal coordinada del día; la hora local y lan diferencia de la hora universal coordinada; la combinaciónn de fecha y hora del día; períodos de tiempo; intervalosn de fechas recurrentes. Esta norma no cubre fechas y tiempos cuandon se usan palabras en la representación y fechas y tiemposn cuando no se usan caracteres en la representación. Estan norma no asigna ningún significado o interpretaciónn particular a un elemento que utilice representaciones de acuerdon con esta norma. Tal significado será determinado por eln contexto de la aplicación.

nn

Comuníquese y publíquesen en el Registro Oficial.

nn

Dado en Quito, Distrito Metropolitano,n 28 de diciembre del 2006.

nn

f.) Ing. Tomás Peribonio,n Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pescan y Competitividad.

nn

MICIP.- Certifico.- Es fiel copian del original.- Archivo Central.- 8 de enero del 2007.- f.) Ilegible.

nn

nn

No. 06 689

nn

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR,n INDUSTRIALIZACION, PESCA Y COMPETITIVIDAD

nn

Considerando:

nn

Que, la Organización Internacionaln de Normalización, ISO, en el año 1985, publicón la Norma Internacional ISO 6357:1985 (E) DOCUMENTATION – SPINEn TITLES ON BOOKS AND OTHER PUBLICATIONS (First Edition);

nn

Que, el Instituto Ecuatorianon de Normalización, INEN, entidad adscrita a esta Secretarían de Estado ha adoptado la Norma Internacional ISO 6357:1985 (E)n como la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 6357:2006n DOCUMENTACION – TITULOS SOBRE LOMOS DE LIBROS Y OTRAS PUBLICACIONESn – (Primera Edición);

nn

Que, en su elaboraciónn se ha seguido el trámite reglamentario y ha sido aprobadan por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Normalización,n INEN;

nn

Que, esta norma técnican representa un justo equilibrio de intereses entre productoresn y consumidores;

nn

Vista la recomendaciónn del Consejo Directivo del INEN, constante en el informe correspondiente,n en el sentido de que esta norma sea oficializada con el caráctern de voluntaria, en virtud del interés del país;n y,

nn

En uso de la facultad que len concede el Art. 8 del Decreto Supremo Nº 357 del 28 de agoston de 1970, promulgado en el Registro Oficial Nº 54 del 7 den septiembre de 1970.

nn

Acuerda:

nn

Art. 1º Oficializar conn el carácter de VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatorianan NTE INEN-ISO 6357:2006 (Documentación – títulosn sobre lomos de libros y otras publicaciones), que establece reglasn para el diseño general (posición y orientación)n y uso de títulos de lomo correspondiente al texto usadon en libros, publicaciones en serie, periódicos, reportesn y otras formas de documentación tales como cajas, cajonesn e ítems relacionados entendidos para la ubicaciónn en estantes. Esto es aplicable únicamente para textosn con caracteres romanos, riegos o cirílicos. Esto incluyen reglas para ubicación de un espacio en el lomo de un libro,n para ser utilizado con el propósito de identificaciónn de biblioteca, y reglas para el uso de títulos del borde.

nn

Comuníquese y publíquesen en el Registro Oficial.

nn

Dado en Quito, Distrito Metropolitano,n 28 de diciembre del 2006.

nn

f.) Ing. Tomás Peribonio,n Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pescan y Competitividad.

nn

MICIP.- Certifico.- Es fiel copian del original.- Archivo Central.- 8 de enero del 2007.- f.) Ilegible.

nn

nn

No. 101

nn

Anita Albán Mora
n MINISTRA DEL AMBIENTE

nn

Considerando:

nn

Que el primer inciso del artículon 86 de la Constitución de la República del Ecuadorn obliga al Estado a proteger el derecho de la poblaciónn a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado,n garantizando un desarrollo sustentable y a velar para que esten derecho no sea afectado y a garantizar la preservaciónn de la naturaleza;

nn

Que de conformidad con lo establecidon en el artículo 19 de la Codificación de Ley den Gestión Ambiental, las obras públicas, privadasn o mixtas y los proyectos de inversión públicosn o privados que puedan causar impactos ambientales, deben sern calificados previamente a su ejecución, por los organismosn descentralizados de control, conforme el Sistema Unico de Manejon Ambiental;

nn

Que para el inicio de cualquiern actividad que suponga riesgo ambiental, debe contarse con lan licencia ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente,n conforme lo determina el artículo 20 de la Codificaciónn de la Ley de Gestión Ambiental;

nn

Que de conformidad con lo establecidon en el artículo 78 de la Ley Forestal y de Conservaciónn de Areas Naturales y Vida Silvestre, se prohíbe contaminarn el medio ambiente terrestre, acuático o aé