MES DE DICIEMBRE DELn 2005

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Martes, 13 de diciembre de 2005 – R. O. No. 164
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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DR. RUBÉN DARIO ESPINOZA DIAZ
DIRECTOR
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FUNCION LEGISLATIVA
EXTRACTOS:

26-921 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Patrimonio Cultural.

26-922 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Compañías.

26-925 Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.n
26-926 Proyecto de Ley Reformatoria del Código Penal que Sanciona la Utilización de Drogas o Sustancias Psicotrópicas para Cometer el Delito de Robo.

26-927 Proyecto de Ley de Reforma a la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal.n

26-928 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Sobre Discapacidades.

26-929 Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

RESOLUCION:

R-26-087 Apruébase la moción de censura y destitución del ingeniero Alejandro Maldonado García, en su calidad de Superintendente de Bancos y Seguros.

FUNCION EJECUTIVA
DECRETOS:

873 Confiérese las condecoraciones «Al Mérito Profesional» en el grado de «Gran Oficial»; y, «Policía Nacional» de «Primera y Segunda Categoría», a varios clases.

879 Promuévese al inmediato grado superior a varios oficiales superiores de la Fuerza Terrestre.n

881 Nómbrase al Capitán de Navío-EM. Freddy García Calle, Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en España.

882 Confiérese la condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el grado de Gran Cruz, al Excelentísimo señor Ignacio Walker Prieto, Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Chile.

ACUERDOS:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS:

310-2005 Delégase al economista Patricio R. Rivera Yánez, Subsecretario de Política Económica (E), represente a la Ministra en la sesión ordinaria del Consejo Nacional de Zonas Francas, CONAZOFRA.

311-2005 Delégase al economista Fausto Herrera, Subsecretario General de Economía (E), represente a la Ministra en la sesión ordinaria del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI).

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS:

043 Desígnanse a varios funcionarios de la Unidad Ambiental Minera, delegados principales y suplentes ante la Comisión Especial para Concesiones Mineras en Areas del Patrimonio Forestal del Estado y Bosques y Vegetación Protectores.

MINISTERIO DE GOBIERNO:

0220 Ordénase el registro y otórgase personalidad jurídica a la Iglesia Bíblica Bautista «Castillo Fuerte», con domicilio en la ciudad de Santo Domingo de los Colorados.

0245 Ordénase la inscripción del estatuto y se otorga personería jurídica a la «Asociación Misionera la Viña de Jehová», domiciliada en la ciudad de Guayaquil.

0248 Ordénase el registro del estatuto constitutivo y aprobación presentado por la Iglesia Indígena Evangélica Nueva Esperanza, con domicilio en San Antonio de Cebadas, parroquia rural Cebadas del cantón Guamote, provincia de Chimborazo.

0259 Sanciónase la Ordenanza para la supresión de la contribución especial de mejoras y baja de los títulos de crédito que por este concepto se emitieron y que no han sido pagados, expedida por el H. Consejo Provincial de Pichincha.

0265 Ordénase el registro e inscripción del estatuto constitutivo presentado por la Congregación Religiosa «Iglesia Buenas Nuevas Quito», domiciliada en el cantón Quito.

RESOLUCIONES:
CONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES:

337 Autorízase la nacionalización de varios equipos camineros, agrícolas, sus componentes y accesorios usados.

338 Emítese dictamen favorable para el diferimiento arancelario a cero por ciento (0%) ad-valórem para la subpartida NANDINA 8514.30.10 (Decisión 570), correspondiente a «Los demás hornos de arco».

CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD:

DE-05-021 Otórgase la licencia ambiental N° 007/05, para la construcción y operación de la Línea de Transmisión Calope-S/E Quevedo, a ubicarse en las provincias de Cotopaxi y Los Ríos, cantones: La Maná, Valencia y Quevedo solicitada por la Empresa ENERMAX S. A.

SECRETARIA NACIONAL TECNICA DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Y REMUNERACIONES DEL SECTOR PUBLICO:

SENRES-2005-0100 Expídense las normas que regulan el pago de honorarios a servidores del sector público que por sus conocimientos y experiencia sean llamados a participar como organizadores, profesores, instructores o facilitadores en eventos de capacitación.

ORDENANZAS MUNICIPALES:

– Gobierno Municipal de Antonio Ante: Que regula la declaratoria de propiedad horizontal.

– Cantón General Antonio Elizalde (Bucay): Que reglamenta el pago de viáticos, subsistencias, alimentación, gastos de transporte a los funcionarios y servidores.

– Gobierno Municipal del Canton Logroño: Que reglamenta la legalización de los lotes de terreno, de las doce manzanas ubicadas en el centro urbano de la ciudad.n

– Gobierno Municipal del Cantón Sucumbíos: Reformatoria a la constitutiva y funcional del Patronato Municipal de Amparo Social.

– Gobierno Municipal del Cantón Montalvo: Que establece el cobro de tasas por servicios administrativos.n

– Cantón Sucumbíos: Constitutiva de la Dirección Municipal de Desarrollo Sustentable.

– Cantón San Juan Bosco: Que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos.

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CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCION POLITICA

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NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn DE PATRIMONIO CULTURAL».

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CODIGO: 26-921.
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AUSPICIO: H. SEGUNDO SERRANO SERRANO.

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COMISION: DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES.

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FECHA DE
n INGRESO: 08-11-2005.

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FECHA DE ENVIO
n A COMISION: 11-11-2005.

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FUNDAMENTOS:

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En la actualidad el Ecuador cuenta con una variedad de bienesn que son considerados como patrimoniales, lugares que hacen quen nuestro territorio ofrezca importantes atractivos turísticos,n aspecto que hoy en día se ha convertido en una fuenten considerable de divisas para el Estado, particular que lo debemosn aprovechar al máximo.

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OBJETIVOS BASICOS:

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Es necesario elevar la categoría de la Ley de Patrimonion Cultural, de ordinaria a orgánica, con el sano propósiton de que este cuerpo legal sea una garantía de protecciónn y defensa de los bienes patrimoniales, así como de cumplimienton de sus disposiciones, lo que incluso permitirá al Estado,n las entidades públicas y privadas, asuman la obligaciónn de establecer políticas reales que busquen restaurar,n recuperar, preservar, etc., y promover la difusión den los bienes del patrimonio cultural.

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CRITERIOS:

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Tal es la importancia de los bienes considerados como patrimonion cultural que el Gobierno Nacional, los diferentes organismosn e instituciones y la misma ley, deben comprometer todo su apoyon para restaurar u recuperar las estructuras y vestigios arqueológicos,n que por el paso del tiempo han sufrido deterioros o destrucciones,n así como garantizar la aplicación de las normasn jurídicas que protegen y defienden el patrimonio culturaln de la nación.

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f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General deln Congreso Nacional.

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CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCION POLITICA

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NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn DE COMPAÑIAS».

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CODIGO: 26-922.

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AUSPICIO: H. ALBERTO ANDRADE.

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COMISION: DE LO ECONOMICO, AGRARIO,n INDUSTRIAL Y COMERCIAL.

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FECHA DE
n INGRESO: 09-11-2005.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISION: 14-11-2005.

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FUNDAMENTOS:

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Constituye una realidad evidente el fenómeno de lan globalización en todas la regiones del mundo, lo cualn ha incidido tanto en las actividades económicas como enn otras, que debe considerarse inevitablemente para no mantenern conceptos estáticos ajenos a los cambios producidos an nivel internacional como nacional.

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OBJETIVOS BASICOS:

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Es necesario reformar algunas disposiciones de la Ley de Compañíasn en orden a conseguir menores costos en la constituciónn de compañías, mayor agilidad en el despacho administrativon de diferentes trámites y alcanzar la efectividad del capitaln de las compañías anónimas.

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CRITERIOS:

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En la economía social de mercado, el Estado tiene eln deber de garantizar el desarrollo de las actividades económicasn y empresariales en los sectores público y privado, a travésn de un orden jurídico adecuado que asegure la igualdadn de tratamiento a las inversiones nacionales y a las extranjeras,n a la vez que regule y controle esas actividades.

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f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General deln Congreso Nacional.
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CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCION POLITICA

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NOMBRE: «ORGANICA REFORMATORIAn DE LA LEY ORGANICA DE DEFENSA
n DEL CONSUMIDOR».

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CODIGO: 26-925.

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AUSPICIO: H. CYNTHIA VITERI DE VILLAMAR.

nn

COMISION: DE DEFENSA DEL CONSU-MIDOR,n DEL PRODUCTOR Y EL
n CONTRIBUYENTE.

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FECHA DE
n INGRESO: 09-11-2005.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISION: 14-11-2005.

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FUNDAMENTOS:

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En relación a las normas técnicas, el incison primero del artículo 66 de la Ley Orgánica de Defensan del Consumidor establece que «el control de cantidad y calidadn se realizará de conformidad con las normas técnicasn establecidas por el Instituto Ecuatoriano de Normalizaciónn – INEN, entidad que también se encargará de sun control, sin perjuicio de la participación de los demásn organismos gubernamentales competentes». La misma norman señala que «de comprobarse técnicamente unan defectuosa calidad de dichos bienes y servicios, el INEN no permitirán su comercialización…».

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OBJETIVOS BASICOS:

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Al ser el INEN una entidad de carácter técnicon no cabe que, a la vez de fijar las normas técnicas y realizarn controles de cantidad y calidad, sea la autoridad responsablen de no permitir la comercialización de los bienes y serviciosn cuya defectuosa calidad haya comprobado técnicamente.

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CRITERIOS:

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El numeral 7 del artículo 23 de la Constituciónn Política del Estado, reconoce y garantiza a las personasn el derecho «a disponer de bienes y servicios públicosn y privados de óptima calidad; a elegirlos con libertad,n así como a recibir información adecuada y verazn sobre su contenido y características».

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f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General deln Congreso Nacional.

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CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCION POLITICA

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NOMBRE: «REFORMATORIA DEL CODIGOn PENAL QUE SANCIONA LA
n UTILIZACION DE DROGAS O SUSTANCIAS PSICOTROPICAS PARA COMETERn EL DELITO DE ROBO».

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CODIGO: 26-926.
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n AUSPICIO: H. CYNTHIA VITERI DE VILLAMAR.
n COMISION: DE DEFENSA DEL CONSU-MIDOR, DEL PRODUCTOR Y EL
n CONTRIBUYENTE

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FECHA DE
n INGRESO: 09-11-2005.

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FECHA DE ENVIO
n A COMISION: 14-11-2005.

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FUNDAMENTOS:

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El artículo 552 del Código Penal establece quen el máximo de la pena dispuesta en el artículo 551,n será aplicada al responsable del delito en el caso den verificarse determinadas circunstancias, entre las que se destacan la referida en su numeral 2 que dice: «si el robo se han ejecutado con armas o por la noche, o en despoblado, o en pandilla,n o en camino o vías públicas».

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OBJETIVOS BASICOS:

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Sin embargo, el numeral referido no hace mención an la posibilidad de que el responsable del delito utilice drogasn o sustancias estupefacientes para someter a la víctiman y llevar a cabo el acto ilícito. La utilizaciónn de drogas y sustancias psicotrópicas para cometer el deliton de robo, puede provocar, a más de nefastas consecuenciasn económicas en contra de la víctima, graves afectacionesn físicas y psicológicas. De allí la importancian de reformar el numeral 2 del artículo 552 del Códigon Penal.

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CRITERIOS:

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Esta reforma posibilitaría, además, que losn responsables de robo que utilicen drogas o sustancias psicotrópicasn para someter a sus víctimas y cometer el ilícito,n puedan ser sancionados con la agravación de penas previstasn en los tres incisos finales del propio artículo 552 deln Código Penal.

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f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General deln Congreso Nacional.

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CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCION POLITICA

nn

NOMBRE: «DE REFORMA A LA LEY ORGANICAn REFORMATORIA A LA LEY
n ORGANICA DE RESPONSABILIDAD, ESTABILI-ZACION Y TRANSPARENCIAn FISCAL».

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CODIGO: 26-927.

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AUSPICIO: H. RAMIRO MAZORRA RIVANEIRA.

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COMISION: DE LO TRIBUTARIO, FISCALn Y BANCARIO.

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FECHA DE
n INGRESO: 09-11-2005.

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FECHA DE ENVIO
n A COMISION: 14-11-2005.

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FUNDAMENTOS:

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Conforme la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Responsabilidad,n Estabilización y Transparencia Fiscal, en el segundo artículon innumerado, numeral 2, al tratar la distribución de losn fondos, se establece que el 30% para proyectos de inversiónn social sean distribuidos el 15% en el sector de educaciónn y cultura y el 15% restante, para inversión en salud,n saneamiento ambiental, siendo las carteras de estados las únicasn facultades para manejar tales fondos.

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OBJETIVOS BASICOS:

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El objetivo es que los recursos que se asignen para inversiónn en los sectores de educación y cultura, salud y saneamienton ambiental, sean remitidos de manera directa a los respectivosn ministerios, para su utilización inmediata, respondiendon previamente a la planificación de tales carteras de Estado,n aclarando que estos recursos no deben ser utilizados en el gaston corriente.

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CRITERIOS:

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La distribución de los recursos económicos aprobadosn en el Presupuesto General del Estado, han venido soslayando irresponsablementen la inversión en los campos de la educación y lan salud. Año a año, previo el período de iniciaciónn de clases, es evidente el deterioro progresivo de la infraestructuran educativa, la falta de equipo y dotación de materialesn y recursos, al igual que el deterioro de la infraestructura deln área de salud.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General deln Congreso Nacional.

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CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCION POLITICA

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NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn SOBRE DISCAPACIDADES».

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CODIGO: 26-928.

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AUSPICIO: H. HUGO IBARRA PARRA.

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COMISION: DE SALUD, MEDIO AMBIENTEn Y PROTECCION ECOLOGICA.

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FECHA DE
n INGRESO: 16-11-2005.

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FECHA DE ENVIO
n A COMISION: 23-11-2005.

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FUNDAMENTOS:

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Una vez que en el Ecuador se han implementado una serie den instituciones y propuestas de protección de los derechosn de los discapacitados, se han podido establecer estadísticasn que superan ampliamente la idea que comúnmente se tienen sobre la incidencia de las discapacidades en nuestro medio.

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OBJETIVOS BASICOS:

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Por todo ello, se vuelve imperativo plantear reformas quen garanticen los derechos laborales inherentes a los discapacitados,n estableciendo como una forma de evitar el perjuicio o la relegaciónn de los discapacitados, la obligación de los empleadoresn para mantener un porcentaje, aunque sea mínimo de trabajadoresn con algún grado de discapacidad.

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CRITERIOS:

nn

También se propone establecer la obligatoriedad den que el Conseja Nacional de Discapacidades esté administradon y dirigido, en lo posible, por personas con discapacidad, quen previo al cumplimiento de las exigencias que requieren esas funciones,n puedan establecer verdaderas políticas de desarrollo yn protección de los derechos de las personas con discapacidad.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General deln Congreso Nacional.

nn nn

CONGRESOn NACIONAL

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EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCION POLITICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn ORGANICA DE LA FUNCION
n LEGISLATIVA».

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CODIGO: 26-929.

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AUSPICIO: H. SEGUNDO SERRANO SERRANO.

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COMISION: DE LO CIVIL Y PENAL.

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FECHA DE
n INGRESO: 16-11-2005.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISION: 23-11-2005.

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FUNDAMENTOS:

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Es de resaltar que las normas de la Ley Orgánica den la Función Legislativa se acomodaban a las disposicionesn legales de la Constitución Política anterior, porn lo que la Asamblea Nacional Constituyente al crear una nuevan Constitución Política, que fue aprobada el 5 den junio de 1998, derogó tácitamente varios artículosn de la norma legal de la Función Legislativa.

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OBJETIVOS BASICOS:

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Pese a que dicha derogatoria se dio el año de aprobaciónn de la Constitución Política del 98, la Ley Orgánican de la Función Legislativa hasta la presente fecha no han sido reformada acorde al lineamiento de la Carta Fundamentaln actual, la cual, hoy en día resulta no solo una exigencian sino una necesidad imperiosa, debido a los múltiples cambiosn y transformaciones de la ley como de las instituciones en general.

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CRITERIOS:

nn

La idea es reformar y actualizar los preceptos jurídicosn de la Ley Orgánica de la Función Legislativa yn de esta forma armonizados con los principios constitucionales,n con el fin de este cuerpo legal guarde coherencia y afinidadn con la Carta Magna.

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f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General deln Congreso Nacional.

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No.n R-26-087

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EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,n establecidas en los artículos 130, numeral 9 de la Constituciónn Política de la República y 96 de la Ley Orgánican de la Función Legislativa,

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Resuelve:

nn

Aprobar la moción de censura y destitución deln ingeniero Alejandro Maldonado García, en su calidad den Superintendente de Bancos y Seguros, dentro del juicio políticon planteado por el señor Carlos González Albornoz,n Diputado por la provincia del Azuay; y, remitir toda la documentaciónn que consta en el proceso del juicio político, incluson el acta de la sesión de enjuiciamiento político,n al Ministerio Público, para la indagación penaln correspondiente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn treinta días del mes de noviembre del año dos miln cinco.

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f.) Lcdo. Jorge Guamán, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesántez, Secretario General.

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No.n 873

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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Considerando:

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La Resolución N° 2005-1060-CCP-PN, de octubre 18n del 2005, del H. Consejo de Clases y Policías de la Policían Nacional;

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El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía-Enc.,n formulado mediante oficio N° 2005-2174-SPN de noviembre 7n del 2005, previa solicitud del señor General Inspectorn Abg. José Antonio Vinueza Jarrín, Comandante Generaln de la Policía Nacional, con oficio N° 1364-DGP-PNn de octubre 31 del 2005;

nn

De conformidad con los Arts. 15 y 19 del Reglamento de Condecoracionesn de la Policía Nacional; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de lan Ley Orgánica de la Policía Nacional,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.¬- Conferir las condecoraciones «Al Mériton Profesional» en el grado de «Gran Oficial»; y,n «Policía Nacional» de «Primera y Segundan Categoría», a los siguientes señores Clases:

nn

«AL MERITO PROFESIONAL» EN EL GRADO DE «GRANn OFICIAL».

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1 SBOS Escalante Escalante Juan Francisco
n 2 SBOS Guingla Guamán Carlos Alberto
n 3 SBOS Ochoa Carrión Leonso Rafael
n 4 SBOS Poma Rogel Gonzalo Alfredo

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«POLICIA NACIONAL» «PRIMERA CATEGORIA»

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1 SGOP Angulo Saquinaula Wilmer Enrique
n 2 SGOP Avila Rojas José Vicente
n 3 SGOP Cedeño García Pedro Gonzalo
n 4 SGOP Chamba Alvarez José Domingo
n 5 SGOP Chato José Antonio
n 6 SGOP Cueva Calle José Antonio
n 7 SGOP Flores Buenaño Angel Gerardo
n 8 SGOP Gordillo González Jorge Fidel
n 9 SGOP Guacán Villarruel Luis Napoleón
n 10 SGOP Hidalgo Solano José Avelino
n 11 SGOP Hinojosa Rivera Luis Abelardo
n 12 SGOP Pérez Cedeño Carlos Alberto
n 13 SGOP Rueda Pardo José Cristóbal
n 14 SGOP Salvatierra Conrado Domingo Gumersindo
n 15 SGOP Samaniego Coloma Miguel Ariosto
n 16 SGOP Tenorio Quiñónez Luis Francisco
n 17 SGOP Troya Valencia Carlos Bolívar
n 18 SGOP Vélez Sánchez Galo Rodrigo
n 19 SGOP Yaguachi Córdova Presbítero Faijó
n 20 SGOP Zambrano Quintero Guillermo
n 21 SGOP Quiroga Chilla Luisa Amada
n 22 SGOP Agualongo Alemán Víctor Vicente
n 23 SGOP Alulema Farinango José Manuel
n 24 SGOP Amaya Calderón Hilde Cristóbal

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«POLICIA NACIONAL» «PRIMERA CATEGORIA»

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25 SGOP Añazco Romero Juan Porfirio
n 26 SGOP Auquilla Lemache Gustavo
n 27 SGOP Avila Caizachana Félix Marcelo
n 28 SGOP Chamba Ruiz Alberto
n 29 SGOP Chaquinga Tipantuña Julio Hernán
n 30 SGOP Chávez Guerrero Edgar Marcelo
n 31 SGOP Chicaiza Toaquiza Segundo Reinaldo
n 32 SGOP Chiluisa Pérez Segundo Aníbal
n 33 SGOP Chiluisa Toapanta José Hermenegildo
n 34 SGOP Chiriguaya Martínez Isidro Guillermo
n 35 SGOP Crespo González Miguel Benjamín
n 36 SGOP Crespo Ramos Luis Gerardo
n 37 SGOP Cuasquer Sarzosa Washington Daniel
n 38 SGOP Flores Flores Carlos Arturo
n 39 SGOP Freire Garcés Jorge Arturo
n 40 SGOP Guallpa Lliguisupa Víctor Gonzalo
n 41 SGOP Guanoluisa Guanoluisa Luis Américo
n 42 SGOP Herrera Paredes Angel Segundo
n 43 SGOP Imbaquingo Toapanta Manuel Antonio
n 44 SGOP Jaque Jaque Víctor Alonso
n 45 SGOP Jumbo Gaona Manuel Gilberto
n 46 SGOP Loján Rodríguez Norberto Polivio
n 47 SGOP Núñez David Oswaldo
n 48 SGOP Orozco Lara Angel Ruperto
n 49 SGOP Pazmiño Chacán Manuel Ellas
n 50 SGOP Recalde Romero Angel Ramiro
n 51 SGOP Ruiz Troya Jaime Gustavo
n 52 SGOP Salguero Rubio Angel Eloy
n 53 SGOP Sánchez Soria Segundo Andrés
n 54 SGOP Tates Aguilar Isidro Celiano
n 55 SGOP Tenepaguay Altamirano Luis Ariosto
n 56 SGOP Viteri Bautista Jorge Rubén
n 57 SGOP Zambonino Salguero Manuel Estuardo

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«POLICIA NACIONAL» «SEGUNDA CATEGORIA»

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1 SGOS Allauca Amaguaya Segundo
n 2 SGOS Alvarez Buenaño Willan Eliécer
n 3 SGOS Amagua Yagualoto Adán Elías
n 4 SGOS Analuisa García Carlos Enrique
n 5 SGOS Araque Cusín Segundo Gonzalo
n 6 SGOS Arciniegas Valencia Bairon Fernando
n 7 SGOS Armijos Chávez José Ramiro
n 8 SGOS Armijos Chávez Rodrigo Fabián
n 9 SGOS Arteaga Carranza Leita Ramona
n 10 SGOS Astudillo Barrionuevo Pascual
n 11 SGOS Avila Gallegos Jaime Alonso
n 12 SGOS Balseca Bonilla Oswaldo Germánico
n 13 SGOS Bosques Gaibor Filimón Adalberto
n 14 SGOS Cajamarca Hurtado Manuel Armando
n 15 SGOS Calvache Toapanta Bolívar Gilberto
n 16 SGOS Carpio Ramos Nelson Manuel
n 17 SGOS Casa Casa Segundo Tomas
n 18 SGOS Cedeño Cedeño Luis Gregorio
n 19 SGOS Chiluisa Toaquiza Luis Abelardo
n 20 SGOS Chuquimarca Ambuludi Marco Lucio
n 21 SGOS Cueva Briceño Hugo Benito
n 22 SGOS Dután Barreto Luis Benjamín
n 23 SGOS Elizalde Robles Manuel Lino
n 24 SGOS Erazo Verdezoto Carlos Alcíbar
n 25 SGOS Farias Honores Eufremio Efrén
n 26 SGOS García Gallegos José Trajano
n 27 SGOS García Macías Henrry Modesto
n 28 SGOS García Villacís Manuel Emilio
n 29 SGOS Garzón Molina René Wladimir

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«POLICIA NACIONAL» «SEGUNDA CATEGORIA»

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30 SGOS Gilces Ureta Miguel Efraín
n 31 SGOS González Verdugo Segundo Oswaldo
n 32 SGOS Guzmán Andrade Manuel Eduardo
n 33 SGOS Iglesias Díaz Sergio Filemón
n 34 SGOS Jaramillo Vivanco Walter Aníval
n 35 SGOS León Alvarado Mauricio Alcalde
n 36 SGOS León Calza Mario Mesías
n 37 SGOS León Guerra Juan José
n 38 SGOS López Suárez Edison Estuardo
n 39 SGOS Mendoza Peñafiel Tomas Agustín
n 40 SGOS Moncayo Alarcón Nelson José
n 41 SGOS Murillo Gilces Javier Andrés
n 42 SGOS Muyulema Sailema Luis Javier
n 43 SGOS Naranjo Ramón Félix Martín
n 44 SGOS Navarrete Delgado José Leonardo
n 45 SGOS Olvera Ruiz Freddy Borge
n 46 SGOS Orozco Dávila Santos Cristóbal
n 47 SGOS Orozco Pinza Kléver Francisco
n 48 SGOS Ortiz Mora Luis Alberto
n 49 SGOS Ortiz Reinoso Angel Rubén
n 50 SGOS Ovando Gallardo Pedro Leonardo
n 51 SGOS Paladines Criollo Marco Rodrigo
n 52 SGOS Pilozo Lucas Mariano Esteban
n 53 SGOS Ponce Tapia Marco Gerardo
n 54 SGOS Preciado Aguilar Fredy Rogelio
n 55 SGOS Quel Preciado Luis Eugenio
n 56 SGOS Quirós Castro Manuel Mesías
n 57 SGOS Quishpe Velesaca Luis Alfonso
n 58 SGOS Riofrío Herrera Iván Ramiro
n 59 SGOS Riofrío Vargas Adolfo Antonio
n 60 SGOS Rivadeneira Suárez Jesús Amable
n 61 SGOS Rodríguez Fausto Nelson
n 62 SGOS Rodríguez Camacho Amilcar
n 63 SGOS Rodríguez Reyes Eleno Nicolay
n 64 SGOS Román Quishpe Milton Aníbal
n 65 SGOS Romero Ludisaca Saúl Rolando
n 66 SGOS Ronquillo Masabanda Juan José
n 67 SGOS Rosado Checa Wilson Yonny
n 68 SGOS Salazar Ponce Alberto Hugo
n 69 SGOS Sánchez Chasiquiza Luis Antonio
n 70 SGOS Santamaría Leiva Luis Jorge
n 71 SGOS Sarabia Chiluiza Miguel Angel
n 72 SGOS Sarango Malla Santos Mario
n 73 SGOS Sarmiento Peñafiel Jubenal
n 74 SGOS Sevillano Jaramillo Segundo Octavio
n 75 SGOS Taco Tanquino Angel Rimael
n 76 SGOS Valencia Cerezo Jacinto Narciso
n 77 SGOS Vega Averos Nelson Salomón
n 78 SGOS Villegas Guido Israel
n 79 SGOS Villegas Briones Stefano Efraín
n 80 SGOS Vizuete José Fidel
n 81 SGOS Yasig Curicho César Alberto
n 82 SGOS Yumi Paredes Carlos Vinicio
n 83 SGOS Zacarías Sandoval José Miguel
n 84 SGOS Aguilar Parrales Víctor Aurelio
n 85 SGOS Alvarez Malla Byron Vicente
n 86 SGOS Amaya Calderón Jaime Naun
n 87 SGOS Apina Trávez José Luis
n 88 SGOS Aules de la Cruz Benjamín Patricio
n 89 SGOS Calle Calle Luis Vicente
n 90 SGOS Camacho Arias Jorge Abdón
n 91 SGOS Campoverde Analuisa José Teodoro
n 92 SGOS Candelario Quinto Walter Oswaldo
n 93 SGOS Cango Segundo Edgar
n 94 SGOS Carrera Cruz Jorge Washington

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«POLICIA NACIONAL» «SEGUNDA CATEGORIA»

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95 SGOS Castillo Valdiviezo Angel Iván
n 96 SGOS Champan Guale Ramón Emilio
n 97 SGOS Chanatasig Lasluisa Juan Manuel
n 98 SGOS Chasiloa Muylema Edgar Gonzalo
n 99 SGOS Chuqui Yamasqui Luis Humberto
n 100 SGOS Chuquimarca Malla Alberto
n 101 SGOS Claudio Claudio Guillermo Rubén
n 102 SGOS Contreras Montalván Miguel Alfredo
n 103 SGOS Correa Franco Efrén
n 104 SGOS Cupuerán Almeida Pablo Manuel
n 105 SGOS Curay Rey Marcelino Exequiel
n 106 SGOS Dávila Jaramillo Santos Iraldo
n 107 SGOS Díaz Tandazo Franco Guillermo
n 108 SGOS Encalada Merizalde Amable Arquímedes
n 109 SGOS Enríquez Villarreal José Efraín
n 110 SGOS Erazo Pacheco Oswaldo Vicente
n 111 SGOS Espinosa Vaca David Rodrigo
n 112 SGOS Espinoza Galeano Raúl de Jesús
n 113 SGOS Fernández Torres Juan Pedro
n 114 SGOS Gaibor Sánchez Luis Jorge
n 115 SGOS Gálvez Vera Wilman Wilson
n 116 SGOS García Roca Arice Alcides
n 117 SGOS González Avila Luis Florencio
n 118 SGOS González Castillo Lidio Matía
n 119 SGOS González González Jorge Antonio
n 120 SGOS González González Víctor José
n 121 SGOS González González Iván Patricio
n 122 SGOS Gordillo Quiguango Galo Moisés
n 123 SGOS Granda Romero Olger Hernán
n 124 SGOS Heredia León Antolín Esulfo
n 125 SGOS Herrera Macias Cristóbal Colón
n 126 SGOS Jaramillo Ramírez Vinicio Efraín
n 127 SGOS Jiménez Sánchez René Patricio
n 128 SGOS Jumbo Chuquimarca Narciso Misael
n 129 SGOS Jumbo Prado José Ceverino
n 130 SGOS León Castillo Simón Bolívar
n 131 SGOS León Mora Máximo Manuel
n 132 SGOS Llumiquinga Casa Iván Patricio
n 133 SGOS Lozada Toasa Juan Alfredo
n 134 SGOS Luzuriaga Martínez Querubín Emiliano
n 135 SGOS Mayanquer Pozo Luis Aníbal
n 136 SGOS Miranda Quijije Eduardo Euclides
n 137 SGOS Miranda Romero Napo Enrique
n 138 SGOS Mora Herrera Adalid Fausto
n 139 SGOS Moreta Chauca Juan Alberto
n 140 SGOS Mullo Hidalgo Luis Alberto
n 141 SGOS Nieve Arboleda Modesto Paterson
n 142 SGOS Obaco Balcázar Santos Llovardo
n 143 SGOS Ochoa Ramón Manuel de Jesús
n 144 SGOS Ochoa Ramón Gilton Vicente
n 145 SGOS Ortega Guallpa Manuel Angel
n 146 SGOS Paucar Romero Luis Alberto
n 147 SGOS Pazmiño Estrada Manuel Baltazar
n 148 SGOS Pérez Isaac Guira
n 149 SGOS Pérez García Carlos Miguel
n 150 SGOS Pérez Rocano Manuel Jesús
n 151 SGOS Poaquiza Díaz Angel Wilfrido
n 152 SGOS Pozo Javier Federico
n 153 SGOS Pozo Guerrero Ernesto Alfonso
n 154 SGOS Pozo Pozo Jorge Ricardo
n 155 SGOS Quiguango Remache Pablo Germán
n 156 SGOS Quiñónez Navarro Elger Riblen
n 157 SGOS Ramírez Díaz Edwin Augusto
n 158 SGOS Ramón Cárdenas Héctor Monfilio
n 159 SGOS Ríos Shunta Kléber Iván

nn

«POLICIA NACIONAL» «SEGUNDA CATEGORIA»

nn

160 SGOS Rocafuerte Ortiz Benito Andrés
n 161 SGOS Rodríguez Torres Angel Tancredo
n 162 SGOS Romero Flores Carlos
n 163 SGOS Romero Valencia Luis Ambrocio
n 164 SGOS Rueda Granda Segundo Eulogio
n 165 SGOS Ruiz Serrano Washington Ramón
n 166 SGOS Sánchez Seis Luis Alberto
n 167 SGOS Sarango Imaicela Segundo Ignacio
n 168 SGOS Satama Llanes Alonso Vicente
n 169 SGOS Sevilla Zea Marco Antonio
n 170 SGOS Soto Aldaz Segundo Abrahán
n 171 SGOS Tene Londo Segundo Aurelio
n 172 SGOS Tibanlombo Salazar Angel Desiderio
n 173 SGOS Tigse Quinaucho Mario Enrique
n 174 SGOS Toalombo Yansahuano Luis Fermín
n 175 SGOS Torres Herrera Edgar
n 176 SGOS Torres Tapia José Marcelo
n 177 SGOS Valverde Cedillo Vicente Matías
n 178 SGOS Vargas Vargas José Abraham
n 179 SGOS Véliz Elizondo Benhur Joselito
n 180 SGOS Veloz Camacho Efrén Gonzalo
n 181 SGOS Verdezoto Ramírez José Miguel
n 182 SGOS Verdezoto Rodríguez Luis Alfredo
n 183 SGOS Verdugo González José Francisco
n 184 SGOS Villalobos Maji Marcos Gustavo
n 185 SGOS Villegas Sánchez Johnny Boris
n 186 SGOS Yaguachi Loaiza Luis Antonio
n 187 SGOS Yaguana Camacho Servio Vicente
n 188 SGOS Yunga Saquinaula Luis Eduardo
n 189 SGOS Zapata Edison
n 190 SGOS Zapata Balcázar José Vicente

nn

Art. 2.¬- De la ejecución del presente decreton encárguese el Ministro de Gobierno y Policía.

nn

Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 24 de noviembre deln 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

f.) Galo Chiriboga Zambrano, Ministro de Gobierno y Policían (E).
n Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

nn

No.n 879

nn

Dr. Alfredo Palacio G.
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

En uso de las atribuciones que le conceden los artículosn 171, numeral 14 concordante con el numeral 2 del 179 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador en vigencian y el artículo 102, lit. a) de la Ley de Personal de lasn Fuerzas Armadas, y a solicitud del señor Ministro de Defensan Nacional, previa resolución del Consejo de Oficiales Superioresn de la Fuerza Terrestre, constante en oficio No. 2005-164-E-1¬KO-s-COSFTn del 1 de noviembre del 2005,

nn

Decreta:

nn

Art. 1ro.- Por haber cumplido con los requisitos determinadosn en los artículos 117, 122 y 125 de la Ley de Personaln de las Fuerzas Armadas, y por existir las vacantes respectivas,n PROMUEVASE al INMEDIATO GRADO SUPERIOR, con derecho a la bonificaciónn correspondiente, a los siguientes señores oficiales superiores:

nn

LISTA DE PROMOCION DEFINITIVA DE OFICIALES SUPERIORES DE ARMAn DE LA FUERZA TERRESTRE, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2005

nn

MAYORES PERTENECIENTES A LA PROMOCION
n No. 84 DE ARMA

nn

Promoción del 10 de agosto 1999
n Con fecha 10 de agosto del 2005

nn

1706741764 E.M. Armendáriz Sáenz Francisco Javier
n 1101998522 E.M. Ramírez Sandoya Ronier Bladimir
n 1001543493 E.M. Quintana Cifuentes Marco Vinicio
n 1707373625 E.M. Jadán Rodríguez Jorge Eduardo
n 1706747365 E.M. Almeida Cañizares Pablo Estuardo
n 1707435192 IM Tapia Calvopiña Marco Raúl
n 1704909892 E.M. Hernández Guijarro Manolo Gerardo
n 1001352259 E.M. Gómez Pozo Hugo Alfonso
n 1708036676 ART Naranjo Toledo Edison Emilio
n 0300879665 E.M. Neira Palomeque Jaime Bolívar
n 1001514932 E.M. Calderón Estévez Angel
n 1001298957 E.M. Andrade Proaño Juan Arturo
n 1708216179 ART Morales Gordón Edgar Antonio
n 0601860414 E.M. Chafla Martínez Franklin Marcelo
n 1001412665 COM Ortiz Cifuentes Jorge Aníbal
n 1707708267 COM Benítez Sumba Washington Freddy
n 1707040836 E.M. Duque Navarrete Wilson Fabián
n 0501291181 E.M. Pozo Yépez Marcelo Patricio
n 1708183056 E.M. Paredes Escobar Julio César
n 1707369235 INF Benítez Arauz Milton Armando
n 0400715207 COM Aldás Rocha Oswaldo Fernando
n 1801925072 ART Urbina Cepeda Ricardo Octavio
n 0300853959 INF Rodríguez Jara Jhon Diego
n 0501218887 COM Bravo Cruz Byron Horacio
n 0400635058 COM Terán Varela Edgar Mauricio
n 1707136527 CB Ponce Mendizabal Patricio Fidel
n 1706730544 INF López Urdiales Efrén Aquiles
n 1707783872 AE Larriva Dueñas Juan Carlos
n 1706683891 E.M. Gudiño Cabrera Carlos Fabián
n 1801930239 ART Vallejo Aguirre Jorge Vinicio
n 1102033329 INF Chamba Benavidez Marco Binicio
n 1706362546 INF Carrera Reascos Hernán Ramiro
n 1706747258 COM Bravo Polo Carlos Humberto
n 0601666589 COM Vallejo López Mesías De David
n 1900156587 ART Izquierdo Carrián Hartman Fernando
n 1708058696 INF Alarcón Cruz Pablo Rubén
n 1707207906 INF Muñoz Pólit Oscar Ramiro
n 1706363676 IM Jácome Guadalupe Guillermo Fernando
n 1706685300 ART Hernández Aráuz Rubén Oswaldo
n 1001405024 CB Carvajal Carranco Edison Stalin
n 0101943314 INF Serpa García Jaime Armando
n 1705296141 INF Hidalgo Obando José Ricardo
n 1707457816 INF Rueda Fierro Miguel Aureliano
n 0701794471 CB Espinosa Abendaño Daniel Emiliano
n 1707256150 INF Villavicencio Almeida Marco Vinicio

nn

Para fines de antigüedad constarán en ese orden,n a continuación del Sr. TCRN. E.M. Salazar Zúñigan Vicente Magdoil.

nn

MAYORES PERTENECIENTES A LA PROMOCION No. 84 ESPECIALISTAS

nn

Promoción del 10 de agosto 1999
n Con fecha 10 de agosto del 2005

nn

1706791892 CSM Pazmiño Orellana Edgar Ramiro
n 0101822649 CSM Castro Saquicela Vicente Efraín

nn

Para fines de antigüedad constarán en ese orden,n a continuación del Sr. TCRN. E.M.S. CARRILLO CABRERA GUIDOn PABLO.

nn

Art. 2do. El señor Ministro de Defensa Nacional quedan encargado de la ejecución del presente decreto.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito D. M., a 24 de noviembren del 2005.

nn

f.) Dr. Alfredo Palacio G., Presidente Constitucional de lan República.

nn

f.) Grad. (r) Oswaldo Jarrín Román, Ministron de Defensa Nacional.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

nn

No.n 881

nn

Dr. Alfredo Palacio G.
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

En ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículosn 171, numeral 14 concordante con el 179, numeral 2 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador y el artículon 41, de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitudn del señor Ministro de Defensa Nacional, previo requerimienton de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a travésn del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Nombrar con fecha 6 de febrero del 2006, al señorn Capitán de Navío-EM. GARCIA CALLE FREDDY, Agregadon Naval a la Embajada del Ecuador en España, por el lapson de 18 meses, quien percibirá las asignaciones económicasn determinadas en el reglamento respectivo, con cargo al Presupueston del Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Naval.

nn

Art. 2.- Los señores ministros de Defensa Nacionaln y Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecuciónn del presente decreto.

nn

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 24 de noviembren del 2005.

nn

f.) Dr. Alfredo Palacio G., Presidente Constitucional de lan República.

nn

f.) Grad. (r) Oswaldo Jarrín Román, Ministron de Defensa Nacional.

nn

f.) Dr. Francisco Carrión Mena, Embajador, Ministron de Relaciones Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

nn

No.n 882

nn

Alfredo Palacio
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el Excelentísimo Señor Ignacio Walker Prieto,n Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Chile,n durante el ejercicio de sus altas funciones, ha tenido una activan y personal participación en los comunes propósitosn de profundizar y ampliar los vínculos que fraternalmenten unen a nuestros pueblos y gobiernos, habiendo demostrado unan franca y cordial disposición hacia el Ecuador;

nn

Que es deber del Gobierno Nacional reconocer los méritosn del Excelentísimo señor Ignacio Walker Prieto,n Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Chile,n por haber contribuido al afianzamiento de las relaciones de amistadn entre el Ecuador y Chile; y,

nn

En virtud de las disposiciones que le confiere el artículon 6 del Decreto número 3109 de 17 de septiembre del 2002,n publicado en el Registro Oficial 671 de 26 de los mismos mesn y año, mediante el cual se reglamenta la concesiónn de la Medalla de la Orden Nacional «Al Mérito»,n creada por Ley de 8 de octubre de 1921,
n Decreta:

nn

Art. 1° Confiérase la condecoración de lan Orden Nacional «Al Mérito», en el Grado de Grann Cruz, al Excelentísimo señor Ignacio Walker Prieto,n Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Chile.

nn

Art. 2° Encárguese de la ejecución del presenten decreto, el señor Ministros de Relaciones Exteriores.

nn

Dado en Quito, en el Palacio Nacional, a 25 de noviembre deln 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio, Presidente Constitucional de la República.n

nn

f.) Francisco Carrión Mena, Ministro de Relacionesn Exteriores.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

nn

No.n 310-2005

nn

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y FINANZAS (E)

nn

En uso de las atribuciones que le concede el Art. 25 de lan Ley Orgánica de Administración Financiera y Control,

nn

Acuerda:

nn

ARTICULO UNICO.- Delegar al señor Econ. Patricio R.n Rivera Yánez, Subsecretario de Política Económican (E), para que me represente en la sesión ordinaria deln Consejo Nacional de Zonas Francas, CONAZOFRA, a realizarse eln día miércoles 30 de noviembre del 2005.

nn

Comuníquese.- Quito, Distrito Metropolitano, 29 den noviembre del 2005.

nn

f.) Econ. Olga Núñez Sánchez, Ministran de Economía y Finanzas (E).

nn

Ministerio de Economía y Finanzas.- Certifico, es fieln copia del documento original que reposa en el archivo de la Secretarían General.- f.) Marco A. Guerrero N., Líder del Archivon General.- 30 de noviembre del 2005.

nn

nn

No.n 311-2005

nn

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y FINANZAS (E)

nn

En uso de las atribuciones que le concede el Art. 25 de lan Ley Orgánica de Administración Financiera y Control,
n Acuerda:

nn

ARTICULO UNICO.- Delegar al Econ. Fausto Herrera, Subsecretarion General de Economía (E), para que me represente en lan sesión ordinaria del Consejo de Comercio Exterior e Inversionesn (COMEXI), a realizarse el día miércoles 30 de noviembren del 2005.

nn

Comuníquese.- Quito, Distrito Metropolitano, 29 den noviembre del 2005.

nn

f.) Econ. Olga Núñez Sánchez, Ministran de Economía y Finanzas (E).

nn

Ministerio de Economía y Finanzas.- Certifico, es fieln copia del documento original que reposa en el archivo de la Secretarían General.- f.) Marco A. Guerrero N., Líder del Archivon General.- 30 de noviembre del 2005.

nn nn

No.n 043

nn

EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS

nn

Considerando:

nn

Que el artículo 71, inciso segundo del Reglamento Generaln Sustitutivo del Reglamento General de la Ley de Minería,n establece que se podrán otorgar concesiones mineras enn áreas del Patrimonio Forestal del Estado y de Bosquesn y Vegetación Protectores, previa autorización deln Ministerio del Ambiente y éste a través de la Comisiónn Especial de Autorización Minera, señalado en eln Reglamento Ambiental para Actividades Mineras en la Repúblican del Ecuador;

nn

Que mediante Acuerdo Interministerial N° 039, publicadon en el Registro Oficial N° 571 de 8 de mayo del 2002, se expiden el Reglamento de la Comisión Especial para Concesionesn Mineras en Areas del Patrimonio Forestal del Estado y Bosquesn y Vegetación Protectores;

nn

Que el artículo 1 del citado acuerdo ministerial, determinan a conformación de la comisión, la misma que están integrada por dos representantes del Ministerio de Energían y Minas, cada miembro principal contará con su respectivon suplente;

nn

Que el artículo 55 del Estatuto del Régimenn Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,n establece la delegación de atribuciones en autoridadesn u órganos de inferior jerarquía, excepto las quen se encuentren prohibidas por ley o decreto, dicha delegaciónn será publicada en el Registro Oficial; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículon 179, numeral 6 de la Constitución Política de lan República del Ecuador, referente a la expediciónn de acuerdos ministeriales que requiera la gestión ministerial,n y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimenn Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1. Designar a los señores ingenieros Milton Carrascon Jácome y Kléber Guevara Salinas funcionarios den la Unidad Ambiental Minera como delegados principales; y, a lan señora Edith Barrera Caiza, técnica ambiental en ingeniero José Antonio Rojas, como delegados suplentesn respectivamente de esta Secretaría de Estado, ante lan Comisión Especial para Concesiones Mineras en Áreasn del Patrimonio Forestal del Estado y Bosques y Vegetaciónn Protectores.

nn

Art. 2. Los representantes designados, informarán periódicamenten al Despacho Ministerial, sobre las resoluciones y actividadesn cumplidas en la citada comisión.

nn

Comuníquese y publíquese.

nn

Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, D. M., a 24 den noviembre del 2005.

nn

f.) Ing. Iván Rodríguez Ramos, Ministro de Energían y Minas.

nn

Ministerio de Energía y Minas.- Es fiel copia del original.-n Lo certifico.- Quito, a 24 de noviembre del 2005.- f.) Susanan Valencia D., Gestión y Custodia de Documentación.

nn

nn

No.n 0220

nn

Dr. Galo Chiriboga Zambrano
n MINISTRO DE GOBIERNO Y POLICIA (E)

nn

Considerando:

nn

Que la Iglesia Bíblica Bautista «Castillo Fuerte»,n con domicilio en la ciudad de Santo Domingo de los Colorados,n provincia de Pichincha, a través de su representante solicitan al Ministro de Gobierno, la aprobación de su estatuton constitutivo, para lo cual presenta los documentos necesariosn con los cuales justifica de que se trata de una entidad de caráctern religiosa;

nn

Que según informe N° 2005-0549-AJU-GGV de 18 den octubre del 2005, emitido por la Dirección de Asesorían Jurídica, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en eln Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937, publicado en el R.n O. N° 547 de 23 de los mismos mes y año, asín como con el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en eln Registro Oficial N° 365 de 20 de enero del 2000;

nn

Que el artículo 23, numeral 11 de la Constituciónn Política de la República, reconoce y garantizan la libertad de religión, expresada en forma individualn o colectiva en público o privado; y,

nn

En ejercicio de la facultad consagrada en la Constituciónn Política de la República, Ley de Cultos y su reglamenton de aplicación,

nn

Acuerda:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Ordenar el registro y otorgar personerían jurídica a la Iglesia Bíblica Bautista «Castillon Fuerte», con domicilio en la ciudad de Santo Domingo den los Colorados.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Los miembros de la Iglesia Bíblican Bautista «Castillo Fuerte», practicarán librementen el culto que según su estatuto profesen, con las únicasn limitaciones que la Constitución, la ley y reglamentosn prescriban para proteger y respetar la diversidad, pluralidad,n la seguridad y los derechos de los demás.

nn

ARTICULO TERCERO.- Es obligación del representanten legal, comunicar al Registrador de la Propiedad y a este Ministerio,n de la designación de los nuevos personeros, asín como el ingreso o salida de miembros de la organizaciónn religiosa pa