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Mi̩rcoles, 10 de enero de 2007 РR. O. No. 434
n
SUPLEMENTO
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Dr. Vicente Napoleón Dávila García
DIRECTOR

FUNCION EJECUTIVA
DECRETO:

n

2155-A Concédese al ingeniero agrónomo Pablo Rizzo Pástor, Ministro de Agricultura y Ganadería, licencia médica por treinta días y encárgase el despacho ministerial al señor Viceministro de Agricultura y Ganadería, ingeniero Jorge Hernán Chiriboga Pareja.

n

RESOLUCIONES:
MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n

105 Otórgase la Licencia Ambiental a la Empresa ADELCA C. A. para el Proyecto Ampliación del Area de Fundición de la Planta Industrial Aloag, ubicada en la parroquia de Aloag del cantón Mejía.

n

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA:
UNIDAD EJECUTORA DE MATERNIDAD
GRATUITA Y ATENCION A LA INFANCIA:

n

– Expídese el Estatuto de la Unidad de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

n

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
RESOLUCIONES:

n

0245-2005-RA Confírmase la resolución adoptada por la Jueza de instancia y declárase sin lugar la acción de amparo presentada por Hernán Alberto Alvarez Pérez.

n

0688-2006-RA Revócase lo resuelto en primer nivel y niégase el amparo constitucional planteado por el abogado Luis Muñoz Pasquel, por improcedente.

n

PRIMERA SALA

n

0923-2005-RA Revócase la resolución de primer nivel y concédese el amparo constitucional interpuesto por María Mercedes Carrera Núñez y otros.

n

0017-06-AI Confírmase parcialmente la resolución venida en grado y acéptase el recurso interpuesto por el señor Francisco Vivanco Riofrío.

n

0081-06-HC Confírmase la resolución expedida por la Segunda Vicepresidenta del Concejo del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y niégase la acción de hábeas corpus presentada por el doctor Iván Durazno, en beneficio de la ciudadana Dolly Ocampo Posada.

n

0084-2006-HC Confírmase la resolución expedida por la Alcaldía del cantón Lago Agrio y niégase el recurso de hábeas corpus interpuesto por el señor Manuel Mesías Rodríguez Ordóñez y otro.

n

0131-06-RA Confírmase la resolución pronunciada por el Juez Tercero de lo Civil de Guayaquil e inadmítese el amparo propuesto por el exSuboficial 2do. de la Policía Nacional Clímaco Eduardo Coello Martillo.

n

0199-06-RA Revócase la resolución del Juez de instancia constitucional y niégase el amparo solicitado por el ciudadano Xavier Marcelo Ramírez Baquero, Gerente General de la Agencia Marítima Global S. A., MARGLOBAL.

n

0221-06-RA Confírmase la resolución del Juez de instancia y concédese el amparo constitucional propuesto por la señora Roxana Ivon Benítes Cañizares.

n

0230-06-RA Revócase la resolución del Juez de instancia constitucional y niégase el amparo propuesto por María de los Angeles Feraud Stagg y otros.

n

0237-06-RA Revócase la resolución venida en grado y acéptase la acción de amparo presentada por Mirian Alexandra Dávila Caballero y otros.

n

0246-06-RA Revócase la resolución venida en grado y acéptase la acción de amparo presentada por Fernando Elías Burgos Moreira.

n nn

No.n 2155-A

nn

Alfredo Palacion González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

nn

En ejercicio de la facultad quen le confiere el artículo 171 numeral 9 de la Constituciónn Política de la República,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Conceder aln señor Ing. Agr. Pablo Rizzo Pástor, Ministro den Agricultura y Ganadería, licencia médica por treintan días, a partir del 14 de diciembre del 2006.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Encargar eln despacho ministerial en las referidas fechas, al señorn Viceministro de Agricultura y Ganadería, ingeniero Jorgen Hernán Chiriboga Pareja.

nn

ARTICULO TERCERO.- Este decreton entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sinn perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional enn Quito, a 14 de diciembre del 2006.

nn

f.) Alfredo Palacio González,n Presidente Constitucional de la República.

nn

Es fiel copia del original.-n Lo certifico.

nn

f.) Dr. Diego Regalado Almeida,n Subsecretario General de la Administración Pública.

nn

nn

Non 105

nn

Anita Albánn Mora
n MINISTRA DEL AMBIENTE

nn

Considerando:

nn

Que, el primer inciso, del artículon 86 de la Constitución de la República del Ecuador,n obliga al Estado a proteger el derecho de la poblaciónn a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado,n garantizando un desarrollo sustentable y a velar para que esten derecho no sea afectado y a garantizar la preservaciónn de la naturaleza;

nn

Que, de conformidad con lo establecidon en el artículo 19 de la Ley de Gestión Ambiental,n las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectosn de inversión públicos o privados que pueden causarn impactos ambientales, deben previamente a su ejecuciónn ser calificados, por los organismos descentralizados de control,n conforme el Sistema Unico de Manejo Ambiental;

nn

Que, para el inicio de cualquiern actividad que suponga riesgo ambiental, debe contarse con lan Licencia Ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente,n conforme así lo determina el artículo 20 de lan Ley de Gestión Ambiental;

nn

Que, de acuerdo a lo establecidon al artículo 28 de la Ley de Gestión Ambiental,n toda persona natural o jurídica tiene derecho a participarn en la gestión ambiental a través de los mecanismosn de participación social, entre los cuales se incluiránn consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestasn o cualquier forma de asociación;

nn

Que, de acuerdo a lo establecidon al artículo 29 de la Ley de Gestión Ambiental,n toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informadan sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado quen puedan producir impactos ambientales;

nn

Que, de acuerdo al artículon 20 del Sistema Unico de Manejo Ambiental, del Texto Unificadon de Legislación Ambiental Secundaria, la participaciónn ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidadn considerar e incorporar los criterios y las observaciones den la ciudadanía, especialmente la población directamenten afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientalesn relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejon ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamenten viable, para que las actividades o proyectos que puedan causarn impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizandon y/o compensando estos impactos ambientales a fin de mejorar lasn condiciones ambientales para la realización de la actividadn o proyecto propuesto en todas sus fases;

nn

Que, la Empresa ADELCA C. A.,n mediante oficio No. 098-GG-06 del 18 de mayo del 2006 solicitan al Ministerio del Ambiente la emisión del Certificadon de Intersección del Proyecto Ampliación del Arean de Fundición de la Planta Industrial Aloag, con el Sisteman Nacional de Areas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonion Forestal del Estado, el mismo que está ubicado en la Parroquian Aloag cantón Mejía;

nn

Que, con fecha 19 de mayo deln 2006 la Empresa ADELCA C. A. realiza la presentación públican de los términos de referencia para la elaboraciónn del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental deln Proyecto Ampliación del Area de Fundición de lan Planta Industrial Aloag, con la presencia de un delegado deln Ministerio del Ambiente, delegados del I. Municipio del Cantónn Mejía, de la Junta Parroquial de Aloag y la comunidadn del área de influencia del proyecto;

nn

Que, con fecha 9 de junio deln 2006 el Ministerio del Ambiente emite el respectivo Certificadon de No Intersección del Proyecto Ampliación deln Area de Fundición de la Planta Industrial Aloag, de lan Empresa ALDECA C. A., con el Sistema Nacional de Areas Protegidas,n Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado;

nn

Que, mediante oficio sin númeron de fecha 21 de junio del 2006 la Empresa ADELCA C. A. presentan al Ministerio del Ambiente los términos de referencian para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental yn Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Ampliación del Arean de Fundición de la Planta Industrial Aloag, al mismo quen adjunta la documentación de soporte al proceso de consultan y participación ciudadana;

nn

Que, el Subproceso de Evaluaciónn de Impactos Ambientales elabora el Informe Técnico No.n 128-UIEA-DPCC de fecha 11 de julio del 2006, en el cual recomiendan la aprobación de los términos de referencia deln Proyecto Ampliación del Area de Fundición de lan Planta Industrial Aloag;

nn

Que, el Ministerio del Ambienten con oficio No. 4591-DPCC-SCA-MA del 11 de julio del 2006 comunican a la Empresa ADELCA C. A. la aprobación de los términosn de referencia para la elaboración del Estudio de Impacton Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Ampliaciónn del Area de Fundición de la Planta Industrial Aloag;

nn

Que, el proceso de consulta yn participación ciudadana se realizó el 28 de julion del 2006 con la presentación pública del borradorn del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental.n Además el 23 y 24 de julio del 2006 el proponente informón en la prensa la apertura de un Centro de Información Públican (CIP) en las oficinas de la fábrica ADELCA ubicada enn el Km. 1_ de la vía Aloag – Santo Domingo de los Colorados,n donde estaría a disposición de la Comunidad eln borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambientaln desde el 26 de julio del 2006. En la Audiencia Públican realizada se informó a la comunidad que este Centro den Información estaría abierto hasta el 8 de agoston del 2006, lugar donde se receptarían comentarios y observacionesn al Estudio; la existencia de este Centro de Informaciónn Pública fue constatada ante el Notario Dr. Luis Auguston Gallegos Zapata el 28 de julio del 2006;

nn

Que, mediante oficio sin númeron del 22 de septiembre del 2006 la Empresa ADELCA C. A. presentan al Ministerio del Ambiente el Estudio de Impacto Ambiental yn Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Ampliación del Arean de Fundición de la Planta Industrial Aloag;

nn

Que, mediante oficio No. 6230-DPCC-SCA-MAn el Ministerio del Ambiente en cumplimiento del Art. 18 del SUMA,n remite al I. Municipio de Mejía el Estudio de Impacton Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Ampliaciónn del Area de Fundición de la Planta Industrial Aloag, paran su análisis y revisión como Autoridad Ambientaln cooperante;

nn

Que, con fecha 6 de octubre deln 2006 el Ministerio del Ambiente mediante anuncio de prensa, comunican a la ciudadanía que el Estudio de Impacto Ambiental yn Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Ampliación del Arean de Fundición de la Planta Industrial Aloag, estarán disponible por un espacio de 15 días a partir de esa fechan en la página electrónica del Ministerio del Ambienten y pone a disposición de los interesados el correo electrónicon [email protected] para recepción de comentarios;

nn

Que, mediante oficio 2006-257-DIR._SS.PP.n del 16 de octubre del 2006 el Municipio del Cantón Mejían remite al Ministerio del Ambiente sus observaciones al Estudion de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecton Ampliación del Area de Fundición de la Planta Industrialn Aloag;
n Que, mediante oficio 2006-330-DISPLADES del 16 de octubre deln 2006 el Municipio del Cantón Mejía, ante solicitudn del Ministerio del Ambiente comunica que en el cantónn Mejía no existe un Plan de Ordenamiento Territorial, quen a la fecha el Municipio cuenta con el Plan de Desarrollo Estratégicon Mejía 2015 el mismo que se llevó a cabo en el 2003n y que posee una regulación urbana de las parroquias den Machachi y Aloasí. Que la Dirección de Planificaciónn se encuentra estableciendo los parámetros necesarios paran elaborar un Plan de Ordenamiento Territorial, y de esta maneran regular el uso del suelo en toda la jurisdicción cantonaln y establecer las ordenanzas correspondientes;

nn

Que, mediante memorando No. 12740n UC-MA del 20 de octubre del 2006 la Unidad de Comunicaciónn presenta el informe con las observaciones recibidas en el correon electrónico [email protected];

nn

Que, el Subproceso de Evaluaciónn de Impactos Ambientales con memorando No. 12894 DPCC-SCA presentan el Informe Técnico No. 223-UEIA-DPCC del 24 de octubren del 2006, en el cual se indica las observaciones de la Unidad,n las observaciones del Municipio del Cantón Mejían y las observaciones pertinentes de la Comunidad, las mismas quen fueron analizadas previamente en el marco del Art. 20 del SUMAn y se recomienda solicitar al proponente del proyecto la presentaciónn de un alcance con las respuestas a las observaciones realizadas;

nn

Que, el Ministerio del Ambienten mediante oficio No. 6670-DPCC-SCA-MA del 24 de octubre del 2006n da a conocer a la Empresa ADELCA C. A. las observaciones al Estudion de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecton Ampliación del Area de Fundición de la Planta Industrialn Aloag;

nn

Que, mediante oficio sin númeron del 30 de octubre del 2006 la Empresa ADELCA C. A. presenta aln Ministerio del Ambiente las respuestas a las observaciones requeridasn mediante oficio No. 6670-DPCC-SCA-MA;

nn

Que, con fecha 31 de octubren del 2006 el Ministerio del Ambiente se reúne con el Subsecretarion de Coordinación Política del Ministerio de Gobierno,n autoridades de la Junta Parroquial de Aloag y personas de lan Comunidad que se oponen al proyecto y aceptando la solicitud,n amplía hasta el 10 de noviembre del 2006, el plazo paran recepción de comentarios al Estudio de Impacto Ambientaln y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Ampliación deln Area de Fundición de la Planta Industrial Aloag;

nn

Que, mediante oficio No. 6850-DPCC-SCA-MAn del 1 de noviembre del 2006 el Ministerio del Ambiente remiten al Municipio del cantón Mejía para su conocimiento,n las respuestas presentadas por el proponente a la observacionesn al Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental deln Proyecto Ampliación del Area de Fundición de lan Planta Industrial Aloag;

nn

Que, con oficio No. 2006-280.DIR-SS.PPn del 8 de noviembre del 2006 el Municipio de Mejía responden que sus observaciones han sido acogidas satisfactoriamente;

nn

Que, con fecha 10 de noviembren del 2006 la Comunidad del Area de influencia del proyecto presentan sus comentarios al Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejon Ambiental del Proyecto Ampliación del Area de Fundiciónn de la Planta Industrial Aloag;

nn

Que, el Subproceso de Evaluaciónn de Impactos Ambientales presenta el memorando No. 13721 UEIA-DPCC-SCAn del 14 de noviembre con el Informe Técnico No. 249-UEIA-DPCC,n sobre el análisis en el marco del Art. 20 del SUMA den las observaciones presentadas por la comunidad y recomienda aln Ministerio del Ambiente solicitar al proponente un Alcance aln Estudio con las observaciones pertinentes que cumplen con eln mencionado Art. 20;

nn

Que, mediante oficio No. 7003n DPCC-SCA-MA del 14 de noviembre del 2006 el Ministerio del Ambienten solicita al proponente presentar un alcance con las respuestasn a las observaciones pertinentes de la comunidad del árean de influencia, resultantes del análisis del Art. 20 deln SUMA;

nn

Que, mediante oficio sin númeron del 16 de noviembre del 2006 ADELCA C. A presenta al Ministerion del Ambiente las respuestas a las observaciones realizadas enn el oficio No. 7003 DPCC-SCA-MA;

nn

Que, con fecha 22 de noviembren del 2006, mediante oficios No. 7231-DPCC-SCA-MA y 7216-DPCC-SCA-MAn el Ministerio del Ambiente remite a la Comunidad del Area den Influencia las respuestas a las observaciones pertinentes enn el marco del Art. 20 del SUMA;

nn

Que, el Subproceso de Evaluaciónn de Impactos Ambientales con memorando No. 14178-UIEA-DPCC-SCAn del 23 de noviembre del 2006 presenta el Informe Técnicon No. 255-UEIA-DPCC del análisis a las respuestas presentadasn por el proponente tanto a las observaciones realizadas en losn oficios No. 6670-DPCC-SCA-MA del 24 de octubre y No. 7003 DPCC-SCA-MAn del 14 de noviembre del 2006, en el cual recomienda al Ministerion del Ambiente aprobar el Estudio de Impacto Ambiental y Plan den Manejo Ambiental del Proyecto Ampliación del Area de Fundiciónn de la Planta Industrial Aloag;

nn

Que, mediante oficio No. 7301-DPCC-SCA-MAn del 23 de noviembre del 2006 el Ministerio del Ambiente remiten al proponente la aprobación del Estudio de Impacto Ambientaln y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Ampliación deln Area de Fundición de la Planta Industrial Aloag y comunican los pagos que deberán ser cancelados por emisiónn de la Licencia Ambiental, seguimiento y monitoreo, asín como la presentación de la garantía de fiel cumplimienton del Plan de Manejo Ambiental y Póliza de Responsabilidadn Civil;

nn

Que, mediante oficio sin númeron del 27 de noviembre del 2006 la Empresa ADELCA C. A. remite aln Ministerio del Ambiente los comprobantes de depósito deln uno por mil del valor del proyecto y el comprobante de depósiton por concepto del seguimiento y monitoreo para el primer añon de ejecución del proyecto; así como la una pólizan de fiel cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental correspondienten al valor del mismo y una póliza por daños responsabilidadn civil equivalente al 20% del costo total del proyecto; y,

nn

En ejercicio de sus facultadesn legales,

nn

Resuelve:

nn

Art. 1. Otorgar la Licencia Ambientaln a la Empresa ADELCA C. A. para el Proyecto Ampliaciónn del Area de Fundición de la Planta Industrial Aloag, ubicadon en la parroquia de Aloag del cantón Mejía, de conformidadn con la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y Plann de Manejo Ambiental, realizada por la Subsecretaría den Calidad Ambiental mediante oficio No. 7301-DPCC-SCA-MA del 23n de noviembre del 2006.

nn

Art. 2. Los documentos que sen presentaren para reforzar el Plan de Manejo Ambiental, pasaránn a constituir parte integrante del Estudio.

nn

Art. 3. La presente resoluciónn notifíquese a la Empresa ADELCA C. A. Por ser de interésn público se dispone su publicación en el Registron Oficial y su ejecución se encarga a la Subsecretarían de Calidad Ambiental de este Ministerio.

nn

Comuníquese y publíquese,n 20 de diciembre del 2006.

nn

f.) Anita Albán Mora,n Ministra del Ambiente.

nn

nn

MINISTERIO DEL AMBIENTE

nn

LICENCIA AMBIENTAL PARA LA EJECUCIONn DEL PROYECTO AMPLIACION DEL AREA DE FUNDICION DE LA PLANTA INDUSTRIALn ALOAG

nn

El Ministerio del Ambiente enn su calidad de Autoridad Ambiental Nacional y en cumplimienton de sus responsabilidades establecidas en la Constituciónn Política de la República y en la Ley de Gestiónn Ambiental, de precautelar el interés público enn lo referente a la preservación del Medio Ambiente, lan prevención de la Contaminación Ambiental y la garantían del Desarrollo Sustentable, confiere la presente Licencia Ambientaln para la ejecución del Proyecto Ampliación del Arean de Fundición de la Planta Industrial Aloag de la Empresan ADELCA C. A. representada por el Ing. Carlos Avellán Arteta,n para que en sujeción al Estudio de Impacto Ambiental yn Plan de Manejo Ambiental aprobado, proceda a la ejecuciónn del proyecto.

nn

En virtud de lo expuesto, lan Empresa ADELCA C. A. se compromete a:

nn

1. Cumplir estrictamente lo señaladon en el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental.

nn

2. Renovar anualmente la garantían de fiel cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, asín como la garantía para asegurar la indeminizaciónn de daños y perjuicios por posibles daños ambientalesn y de personas.

nn

3. Presentar en el términon de 15 días previo al inicio de las actividades de construcciónn y operación, el cronograma de implementación deln Plan de Manejo Ambiental, actualizado, detallado y valorado.

nn

4. Presentar anualmente la actualizaciónn del Plan de Contingencias.

nn

5. Presentar al Ministerio deln Ambiente los informes trimestrales de monitoreo, especialmenten sobre los recursos suelo, agua y aire y efectos a la salud humana,n según corresponda.

nn

6. Presentar anualmente la actualizaciónn del Plan de Contingencias.

nn

7. Ejecutar y presentar las auditoríasn ambientales pertinentes de manera previa a la finalizaciónn de las obras constructivas, operativas y de abandono del proyecto,n de conformidad con la Ley de Gestión Ambiental.

nn

8. Presentar al Ministerio deln Ambiente los informes de auditorías ambientales de cumplimienton al Plan de Manejo Ambiental, de conformidad con lo establecidon en la Ley de Gestión Ambiental y normativa ambiental aplicable.

nn

9. Proporcionar al Personal Técnicon del Ministerio del Ambiente, todas las facilidades para llevarn a efecto los procesos de monitoreo, control, seguimiento y cumplimienton del Plan de Manejo Ambiental aprobado.

nn

10. Cumplir con la normativan ambiental vigente.

nn

El plazo de vigencia de la Licencian Ambiental es desde la fecha de su expedición hasta eln término de la ejecución del proyecto.

nn

El incumplimiento de las disposicionesn y obligaciones determinados en la Licencia Ambiental causarán la suspensión o revocatoria de la misma, conforme a lon establecido en la legislación que la rige.

nn

La presente Licencia Ambientaln se rige por las disposiciones de la Ley de Gestión Ambientaln y normas del Texto Unificado de la Legislación Ambientaln Secundaria del Ministerio del Ambiente, y en tratándosen de acto administrativo, por el Estatuto del Régimen Jurídicon Administrativo de la Función Ejecutiva.

nn

Se dispone el registro de lan Licencia Ambiental en el Registro Nacional de Fichas y Licenciasn Ambientales.

nn

Quito, a 20 de diciembre deln 2006.

nn

f.) Anita Albán Mora,n Ministra del Ambiente.

nn

nn

LA UNIDAD EJECUTORA DEn MATERNIDAD GRATUITA Y ATENCION A LA INFANCIA

nn

Considerando:

nn

Que, las instituciones que lan Constitución y la ley determinen, gozarán de autonomía,n para su organización y funcionamiento, conforme lo prescriton en el Art. 119 de la Carta Fundamental del Estado;

nn

Que, la Ley de Maternidad Gratuitan en el literal a) del Art. 7, crea la Unidad de Maternidad Gratuitan y Atención a la Infancia, como una entidad autónoma,n encargada de administrar los recursos asignados a la cuenta Fondon Solidario de Salud;

nn

Que, la Ley Orgánica den Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificaciónn y Homologación de la Remuneraciones del Sector Público,n determina que las estructuras organizacionales serán porn procesos;

nn

Que, para mejorar la prestaciónn de servicios que la ley le dispone, se ha diseñado lan estructura organizacional en el marco del ordenamiento jurídicon vigente;

nn

Que, el Ministerio de Economían y Finanzas en ejercicio de las atribuciones que le confiere eln Art. 113 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicion Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologaciónn de las Remuneraciones del Sector Público, con oficio No.n MEF-SP-CDPP-2006-904634 de 27 de diciembre del 2006, emite informen favorable previo a la expedición del estatuto;

nn

Que, la Secretaría Nacionaln Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneracionesn del Sector Público, con fundamento en la Ley Orgánican de Servicio Civil y Carrera Administrativa, su reglamento den aplicación y Norma Técnica de Diseños den Reglamentos o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacionaln por Procesos, con oficio No. SENRES-DI-038250 de 28 de diciembren del 2006, emite el dictamen favorable para la emisiónn del presente estatuto; y,

nn

En ejercicio de las atribucionesn que le confiere la ley,

nn

Resuelve:

nn

Expedir el siguiente Estatuton de la Unidad de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

nn

CAPITULO I

nn

DE LA NATURALEZA, DOMICILIO Yn AMBITO

nn

Art. 1.-Naturaleza.- La Unidadn Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancian es una entidad del sector público con autonomían administrativa y financiera, conforme lo dispuesto en el Art.n 7 de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.

nn

Art. 2.-Domicilio.- La Unidadn Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancian tendrá su domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito,n República del Ecuador, pudiendo establecer unidades desconcentradasn en el resto del país.

nn

Art. 3.-Ambito.- La Unidad Ejecutoran de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia es den ámbito nacional.

nn

CAPITULO II

nn

DE LA MISION, FINES Y OBJETIVOSn ESTRATEGICOS

nn

Art. 4.-Misión.- La Unidadn Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancian es responsable de vigilar la aplicación de la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia, en el ámbiton de su competencia, y gerenciar el Fondo Solidario de Salud enn el marco del modelo de gestión y control que establecen la ley pertinente; para cubrir los gastos por medicamentos, insumos,n micronutrientes, suministros, exámenes básicosn de laboratorio y exámenes complementarios, del conjunton de prestaciones que establece la ley, para la atenciónn de mujeres y niños-as menores de cinco años, garantizando,n en coordinación con las instancias del Ministerio de Saludn Pública, implicadas y cumpliendo la normativa de estan Cartera de Estado y del Consejo Nacional de Salud, la atenciónn gratuita y de calidad en las unidades operativas del Ministerion de Salud Pública, en forma obligatoria y en otras sinn fines de lucro que voluntariamente participen con sus recursos;n para lo que cuenta con un recurso humano calificado, competenten y comprometido con una gestión pública basada enn el derecho y en la rendición de cuentas.

nn

Art. 5.-Visión.- Entidadn eje del manejo de fondos suficientes para garantizar la coberturan universal de las prestaciones que contempla la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia y de otras que se incluyann para los mismos grupos u otros beneficiarios, con procesos internosn definidos, eficientes, eficaces, efectivos, transparentes y automatizados,n con capacidad de control y sanción, en el marco del modelon de gestión que establece la ley; y, con comitésn de gestión de los fondos solidarios locales de salud,n comités de usuarias y unidades ejecutoras locales, fortalecidosn para el cumplimiento de su rol y responsabilidad.

nn

Art. 6.-Objetivos Estratégicos.-n Son objetivos estratégicos de la Unidad Ejecutora de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia, las siguientes:

nn

a) Proyectar las necesidadesn de la población relacionadas con las prestaciones quen financia la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a lan Infancia;

nn

b) Garantizar el financiamienton de los gastos por medicinas, insumos, micronutrientes, suministros,n exámenes básicos de laboratorio y exámenesn complementarios del conjunto de prestaciones que establece lan Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia; den las unidades ejecutoras locales;

nn

c) Definir el tipo de prestacionesn y el costo de las mismas;

nn

d) Buscar financiamiento de lan cooperación reembolsable y no reembolsable para promovern la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia y apoyar el fortalecimiento de los organismos creadosn por mandato legal, en el marco del modelo de gestión yn control de la ley;

nn

e) Administrar el Fondo Solidarion de Salud, con equidad, solidaridad y transparencia;

nn

f) Establecer directrices paran la asignación de recursos a los Comités de Gestiónn del Fondo Solidario Local de Salud y unidades ejecutoras locales;

nn

g) Asesorar a las municipalidadesn en lo concerniente con el cumplimiento de las obligaciones establecidasn en la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia,n que son: Financiamiento y organización de la referencian obstétrica, neonatal y pediátrica; y, la promociónn de la ley y de los derechos sexuales y reproductivos;

nn

h) Controlar de acuerdo a lan normativa legal, el uso de los recursos del Fondo Solidario den Salud, asignados a las unidades ejecutoras locales y a los Comitésn de Gestión del Fondo Solidario Local de Salud;

nn

i) Monitorear y evaluar el impacton de la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia; y,

nn

j) Garantizar el derecho de denunciarn la inobservancia de la Ley de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia por parte de los comités de usuarias den salud, instrumentar las sanciones y hacer el seguimiento de lasn causas.

nn

CAPITULO III

nn

DE LA ESTRUCTURA

nn

Art. 7.-Estructura.- La Estructuran Orgánica de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuitan y Atención a la Infancia estará conformada porn los siguientes procesos:

nn

1. PROCESO GOBERNANTE

nn

1.1 Gestión Estratégican Institucional

nn

2. PROCESO AGREGADOR DE VALOR

nn

2.1 Financiamiento Integral

nn

2.1.1 Planificación en Investigación

nn

2.1.2 Financiamiento

nn

2.2.3 Control

nn

3. PROCESOS HABILITANTES

nn

3.1 DE ASESORIA

nn

3.1.1 Asesoría Jurídica

nn

3.1.2 Comunicación Social

nn

3.2 DE APOYO

nn

3.2.1 Desarrollo Institucional

nn

Art. 8.- Cadena de Valor.- Lan cadena de valor de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuitan y Atención a la Infancia, es la siguiente:
n ANEXO GRAFICO No. 1

nn

Art. 9.-Mapa de procesos.- Losn procesos determinados en la estructura orgánica, tendrán el siguiente flujo de comunicación:

nn

ANEXO GRAFICO No. 1

nn

Art. 10.- Diagrama de la Estructuran Orgánica.- El Diagrama Orgánico de la Unidad Ejecutoran de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia, es lan siguiente:

nn

ANEXO GRAFICO No. 2

nn

CAPITULO IV

nn

ROLES Y ATRIBUCIONES

nn

Sección I

nn

PROCESO GOBERNANTE DE LA GESTIONn ESTRATEGICA

nn

Art. 11.-Misión.- Le corresponden la gestión política y técnica de la entidad,n que será ejercida por la (el) Directora (o) Ejecutiva(o).

nn

Art. 12.-Atribuciones de la Coordinaciónn General.- Las atribuciones de la Coordinación Generaln son las siguientes:

nn

a) Representar legalmente a lan entidad;

nn

b) Ejercer la Secretarían Técnica del Comité de Apoyo y Seguimiento, CAS;

nn

c) Emitir resoluciones internasn que dirijan la gestión de la Unidad Ejecutora de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia, UEMGAI;

nn

d) Planificar, organizar, dirigirn y controlar los procesos organizacionales de la Unidad de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia;

nn

e) Gerenciar y mantener el Sisteman de Gestión determinado en la Ley de Maternidad Gratuitan y Atención a la Infancia;

nn

f) Establecer alianzas estratégicas,n concertaciones y mecanismos de cooperación interinstitucional,n con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales,n para el cumplimiento de la misión de la entidad;

nn

g) Gestionar ante los organismosn competentes la consecución de recursos financieros;

nn

h) Coordinar la aplicaciónn de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia,n con las autoridades involucradas;

nn

i) Suscribir convenios de cooperaciónn interinstitucional con entidades públicas y privadas,n nacionales e internacionales de acuerdo al ordenamiento jurídicon vigente;

nn

j) Coordinar con las direccionesn provinciales de Salud, las actividades de control de la aplicaciónn de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

nn

k) Aprobar la actualizaciónn del conjunto de prestaciones, financiadas por la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia, y la normativa derivada,n sobre la base de estudios técnicos;

nn

l) Aprobar la pro forma presupuestaria,n el Plan Estratégico y el Plan Operativo Anual;

nn

m) Autorizar los gastos de lan entidad y la asignación de recursos a las unidades ejecutorasn locales y comités de gestión de los fondos solidariosn locales de salud;

nn

n) Suscribir contratos de acuerdon con el ordenamiento jurídico vigente;

nn

o) Nombrar, contratar y removern a los servidores de la entidad, conforme el ordenamiento jurídicon vigente; y,

nn

p) Las otras que le confieren la ley, reglamentos y normas conexas.

nn

Sección II

nn

PROCESO AGREGADOR DE VALOR DEn LA DIRECCION DE FINANCIAMIENTO INTEGRAL

nn

Art. 13.-Misión.- Coordinarn técnicamente los subprocesos de planificación en investigación, financiamiento y control para garantizarn el financiamiento de los recursos del Fondo Solidario de Salud,n en el marco del modelo de gestión y control dispueston por la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancian y de acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud Públican y del Consejo Nacional de Salud, que será ejercida porn la Directora(o) Técnica(o).

nn

Art. 14.-Subprocesos.- Son subprocesosn de la Dirección de Financiamiento Integral los siguientes:

nn

a) Planificación e investigación;

nn

b) Financiamiento; y,

nn

c) Control.

nn

Parágrafo 1º

nn

DE LA PLANIFICACION E INVESTIGACION

nn

Art. 15.-Misión.- Planificarn estratégicamente el cumplimiento del objeto y modelo den gestión de la Ley de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia y realizar estudios sobre su aplicaciónn e impacto.

nn

Productos.

nn

a) Plan Estratégico yn Operativo Anual;

nn

b) Listado de estándaresn de calidad de las prestaciones que financia la Ley de Maternidadn Gratuita;

nn

c) Informe de monitoreo y evaluaciónn de la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia;

nn

d) Informe de monitoreo y evaluaciónn del impacto de la Ley de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia;

nn

e) Informes de investigaciónn sobre el modelo de gestión y control de la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia y propuestas de ajusten e innovación de acuerdo a necesidades;

nn

f) Programa de asistencia técnican a las municipalidades para el financiamiento y organizaciónn de la referencia obstétrica, neonatal y pediátrica;n y, la promoción de la ley y de los derechos sexuales yn reproductivos;

nn

g) Propuesta de actualizaciónn de la lista de prestaciones;

nn

h) Informe de seguimiento deln financiamiento y organización de la referencia obstétrica,n neonatal y pediátrica; y, la promoción de la leyn y de los derechos sexuales y reproductivos;

nn

i) Registro del financiamienton y organización de la referencia obstétrica, neonataln y pediátrica; y, la promoción de la ley y de losn derechos sexuales y reproductivos;

nn

j) Propuesta de actualizaciónn de la lista de prestaciones financiadas por la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia, y la normativa derivada,n en base a estudios técnicos;

nn

k) Informes, documentos técnicosn y estudios para el Comité de Apoyo y Seguimiento, Presidencian de la República, Congreso Nacional, Frente Social, Consejon Nacional de las Mujeres y otros;

nn

l) Informes de coordinaciónn con los equipos de asesoría establecidos por el Comitén de Apoyo y Seguimiento;

nn

m) Propuestas de convenios interinstitucionalesn para la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuita yn Atención a la Infancia; y,

nn

n) Sistema de Informaciónn del Modelo de Gestión y Control de la ley.

nn

Parágrafo 2º

nn

DEL FINANCIAMIENTO

nn

Art. 16.-Misión.- Desarrollarn los procesos técnicos requeridos para lograr una transferencian suficiente y oportuna de los recursos para cubrir los gastosn del conjunto de prestaciones previstas en la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia, de acuerdo a criteriosn de elegibilidad.

nn

Productos.- Los productos deln Proceso de Gestión Financiera son los siguientes:

nn

a) Proyectos para la consecuciónn de los recursos del Fondo Solidario de Salud y otras fuentesn de financiamiento;

nn

b) Pro forma presupuestaria deln Fondo Solidario de Salud;

nn

c) Propuesta de modificaciónn de los techos presupuestarios de las unidades ejecutoras localesn y de la Unidad Ejecutora de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia;

nn

d) Criterios de elegibilidadn para aprobar las transferencias a las unidades ejecutoras localesn y Comités de Gestión del Fondo Solidario Localn de salud;

nn

e) Criterios de elegibilidadn para la conformación de los Comités de Gestiónn del Fondo Solidario Local de Salud;

nn

f) Informe de depuraciónn de producciones;

nn

g) Informe del análisisn de transferencias a unidades ejecutoras locales y comitésn de gestión del Fondo Solidario Local de Salud;

nn

h) Listas de medicamentos, insumos,n micronutrientes, suministros, exámenes básicosn de laboratorio y exámenes complementarios en base de losn protocolos de prestaciones de la Ley de Maternidad Gratuita yn Atención a la Infancia;

nn

i) Estudios de costos de lasn prestaciones;

nn

j) Tarifario de las prestaciones;

nn

k) Plan de capacitaciónn y asesoría a unidades ejecutores locales, Comitésn de Gestión del Fondo Solidario Local de Salud y direccionesn provinciales de salud sobre el modelo de gestión administrativan y financiera previsto en la Ley de Maternidad Gratuita y Atenciónn a la Infancia;

nn

l) Plan de asistencia técnican a los comités de usuarias;

nn

m) Informe de asesorían de conformación; de seguimiento y de evaluaciónn de los comités de gestión;

nn

n) Manual T̩cnico Operativon Administrativo РFinanciero;

nn

o) Sistema de informaciónn sobre las unidades ejecutores locales y comités de gestiónn del Fondo Solidario Local de Salud; y,

nn

p) Informes para los entes financiadoresn sobre las transferencias efectuadas a las unidades operativasn locales y comités de gestión del Fondo Solidarion Local de Salud.

nn

Parágrafo 3º

nn

DEL CONTROL

nn

Art. 17.-Misión.- Controlarn el uso transparente y la calidad de las prestaciones que cubren el Fondo Solidario de Salud, garantizando en coordinaciónn con las instancias del Ministerio de Salud Pública implicadas,n los comités de gestión del Fondo Local de Saludn y los comités de usuarias; la atención gratuitan y de calidad en las unidades ejecutoras locales; y, promovern la veeduría social y la rendición de cuentas.

nn

Productos.

nn

Justificativos

nn

a) Informe de análisisn técnico de los justificativos de gastos presentados porn las unidades ejecutoras locales respecto de las transferenciasn recibidas;

nn

b) Informe de validaciónn y valoración de los justificativos gastos presentadasn por las unidades ejecutoras locales respecto de las transferenciasn recibidas;

nn

c) Registro de la valoraciónn de los justificativos de gasto de las transferencias efectuadasn a las unidades ejecutoras locales;

nn

d) Informe de valoraciónn de los justificativos de gasto de las transferencias efectuadasn a cada unidades operativas locales;

nn

e) Informes de seguimiento sobren los justificativos de gasto que deben presentar las unidadesn ejecutoras locales, de las transferencias recibidas;

nn

f) Informe de análisisn de los justificativos presentados de las transferencias efectuadasn a los comités de gestión a las unidades ejecutorasn locales;

nn

g) Informe de validaciónn y valoración de los justificativos de las transferenciasn efectuadas a los comités de gestión a las unidadesn ejecutoras locales;

nn

h) Registro de la valoraciónn de los justificativos de las transferencias efectuadas a losn comités de gestión a las unidades ejecutoras locales;

nn

i) Informe de valoraciónn de los justificativos de las transferencias efectuadas a losn comités de gestión del Fondo Solidario Local den Salud;

nn

j) Informes de seguimiento sobren los justificativos que deben presentar los comités den gestión del Fondo Solidario Local de Salud para justificarn las transferencias recibidas;

nn

k) Informe del análisisn técnico de los justificativos presentados por las unidadesn ejecutoras locales calificadas, respecto a utilizaciónn de sangre y hemocomponentes;

nn

l) Informe de la validaciónn del reporte del número de unidades de sangre y hemocomponentesn utilizados por las unidades ejecutoras locales;

nn

m) Informe de valoraciónn del número de unidades de sangre y hemocomponentes utilizadon por las unidades ejecutoras locales;

nn

n) Informe a las unidades ejecutorasn locales, coordinadores de Maternidad Gratuita de las direccionesn provinciales de salud y responsable del programa respectivo deln MSP y Cruz Roja Ecuatoriana, de los justificativos del uso den sangre y hemocomponentes presentados en el nivel local;

nn

o) Informe de seguimiento den los justificativos del uso de sangre y hemocomponentes que debenn presentar las unidades ejecutoras locales;

nn

p) Sistema de informaciónn de justificativos;

nn

Calidad

nn

q) Informe del monitoreo deln cumplimiento de estándares de calidad en coordinaciónn con el Ministerio de Salud;

nn

r) Reportes sobre el cumplimenton de los estándares de calidad por cada una de la unidadesn ejecutoras de acuerdo a los requerimientos para efectuar lasn transferencias establecidos por el Modelo de Gestión establecidon por la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia;

nn

Supervisión y Auditoría

nn

s) Informes de supervisionesn provinciales de aplicación de la ley de acuerdo al plann y metodología de supervisión capacitante y rendiciónn de cuentas;

nn

t) Términos de referencian para la contratación de servicios de auditorían externa sobre la aplicación de la Ley de Maternidad Gratuitan y Atención a la Infancia;

nn

u) Informe sobre seguimienton de los servicios de auditoría externa;

nn

Sanción

nn

v) Registro de las denunciasn recibidas;

nn

w) Ruta para la determinaciónn de las sanciones por el incumplimiento de la ley;

nn

x) Informes técnico yn jurídico de las denuncias recibidas;

nn

y) Plan de informaciónn a los comités de usuarias sobre la ruta para la aplicaciónn de la sanción por incumplimiento de la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia; y,

nn

z) Informe de rendiciónn de cuentas de la aplicación de la ruta para la determinaciónn de la sanción por incumplimiento de la Ley de Maternidadn Gratuita y Atención a la Infancia.

nn

SECCION III

nn

DE LOS PROCESOS HABILITANTES

nn

Parágrafo 1º

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DE ASESORIA JURIDICA

n