CƔmara de Comercio de Quito
BoletĆn JurĆdico 175 – Julio 2000
E L SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, mediante ResoluciĆ³n 0251 publicada en el Registro Oficial 98 de 14 de junio del 2000, determinĆ³ que los contribuyentes especiales y las instituciones pĆŗblicas deberĆ”n presentar en medio magnĆ©tico la informaciĆ³n mensual relativa a las compras, importaciones y servicios realizados desde el mes de enero del 2000 en adelante.
PRESENTACION DE LA INFORMACION EN MEDIO MAGNETICO
La informaciĆ³n que se presentarĆ” en medio magnĆ©tico y de acuerdo con la ficha tĆ©cnica podrĆ” reterisarse de la oficina de contribuyentes especiales, o atravĆ©s de la pĆ”gina web del Servicio de Rentas Internas: www.sri.gov.ec.
LUGAR DE ENTREGA
La informaciĆ³n deberĆ” ser entregada en las unidades de contribuyentes especiales de las direcciones regionales de acuerdo con el calendario que a continuaciĆ³n se transcribe.
CRONOGRAMA DE PRESENTACION
Los reportes correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio del aƱo 2000, deberƔn ser presentados de acuerdo con el siguiente cronograma:
PRESENTACION DE INFORMES DE ACUERDO AL NOVENO DIGITO DEL RUC
A partir del mes de agosto los informes se presentarĆ”n atendiendo al noveno dĆgito del RUC de la manera que se detalla a continuaciĆ³n:
NOVENO DIGITO DEL RUC.
(MES SUBSIGUIENTE AL QUE CORRESPONDA LA INFORMACION)
9 y 0
SANCIONES
La falta o tardĆa presentaciĆ³n de la informaciĆ³n serĆ” sancionada con una multa de CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 5.00) por cada mes o fracciĆ³n de mes de retraso, sin perjuicio de las demĆ”s sanciones a que hubiere lugar.
Los contribuyentes especiales y las instituciones pĆŗblicas que anteriormente ya fueron notificados con este requerimiento de informaciĆ³n, deberĆ”n presentar dichos reportes de conformidad con las disposiciones de la ResoluciĆ³n.
FUENTE:
Servicio de Rentas Internas
ResoluciĆ³n 0251
R.O. 98 de 14-06-00