NOTIFICACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA QUEBRADA SOLTERO HUAYCO UBICADA EN EL SECTOR BARIO DEL CISNE - Derecho Ecuador
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NOTIFICACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA QUEBRADA SOLTERO HUAYCO UBICADA EN EL SECTOR BARIO DEL CISNE

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NOTIFICACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA QUEBRADA SOLTERO HUAYCO UBICADA EN EL SECTOR BARIO DEL CISNE, PARROQUIA ALOASI, CANTÓN MEJÍA PROVINCIA PICHINCHA

Actor: Sr. Mario Wladimir Laverde Jibaja

Objeto de la solicitud: Aprovechando Industrial

EXTRACTO

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y AGUA, DIRECCIÓN ZONAL 2 DE ESMERALDAS, OFICINA TÉCNICA DE QUITO.- Proceso Administrativo No. 140-2020-Aut-Est Sv-(SB).- Quito, 23 de febrero de 2021.- A las 12h30. Vistos: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Director de la Zonal Esmeraldas, del Ministerio del Ambiente y Agua “MAAE”, mediante acción de personal Nro. 02088 de 02 de octubre de 2020. Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1007 de 04 de marzo de 2020, el Presidente Constitucional de la República decreta la fusión del Ministerio del Ambiente (MAE) y la Secretaria del Agua (SENAGUA) en una sola institución denominada Ministerio de Ambiente y Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial No. MAAE-2021-011, de 06 de julio de 2020, se aprueba el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente y Agua, MAAE. En lo principal: Comparece a la Dirección Zonal Esmeraldas – Oficina Técnica Quito, el señor Mario Wladimir Laverde Jibaja, en su calidad de propietario solicita la autorización del aprovechamiento del agua, provenientes de la quebrada del Soltero Huayco, en un caudal de 21.01 litros por segundo, aguas que serán destinadas para el aprovechamiento industrial, proceso de alimentos tales como: alimentos húmedos: enteros, pasta, conserva, salmuera (chocho, amaranto, quinua), alimentos germinados (chocho, amarato, quinua), alimentos tostados y reventados (maíz, chulpi, quinua, amaranto), las mismas que para el efectivo aprovechamiento serán conducidas por los predios de los Srs: Calderón Luis y Asociación Intercultural de trabajadores el Tambo. Quienes se encuentran domiciliados en la Parroquia de Aloasi Barrio El Cisne sector Potreros Altos, para proceder a notificarles en legal y debida forma, mediante comisión librada al señor Marcelo Jácome Teniente Político de la jurisdicción de la parroquia de Aloasi. Con estos antecedentes esta Autoridad Administrativa Dispone 1.- Se acepta la solicitud y en apego a lo dispuesto en los Art. 57, 58, 71, 86, 90, 94, 95, 123 y 126 de la Ley Orgánica de los Recursos Hídricos Usos y Aprovechamientos del Agua, en concordancia con lo prescrito en el Art. 107 del Reglamento, se la califica a trámite, por el mecanismo. General 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos. Notifíquese con la solicitud y al presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, publicaciones que se lo deberá realizar en un periódico de circulación de la localidad, de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas; y, Fíjese carteles durante diez días consecutivos en tres lugares más concurridos de la parroquia Aloasi, Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. 3. El peticionario en el plazo de un día, deberá retirar de esta dependencia el extracto para su diligencia deberá remitir a este despacho las razones correspondientes. 4. Por el Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua en concordancia con los Arts. 164 y 166 del Código Orgánico Administrativo (COA), notifíquese a los señores: a) Luis Calderón, y b) señor Wilson Cunguan Presidente de la Asociación Intercultural de trabajadores el Tambo. 5. Para lo cual se remitirá atenta comisión librada al señor Teniente Político de la mencionada jurisdicción. 6. Téngase en cuenta los correos electrónicos info@laverde.com.ec y mljibaja@hotmail.com, de conformidad a lo dispuesto en los Art. 2 y 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, en concordancia con el Art. 165 del Código Orgánico Administrativo COA. 7. Previniéndole que en caso de no realizarse la misma, por cuestiones imputables al administrado, y transcurrido el plazo de dos meses se declara el abandono y posterior archivo de conformidad al Art. 212 del Código Orgánico Administrativo. Actúe como Secretaria Ad-Hoc, en el presente trámite Ab. Sandra Barrero Samaniego. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE…f). Msc. Cristian Rodrigo Reyes Portilla Director De La Dirección Zonal 2 Esmeraldas, Del Ministerio Del Ambiente Y Agua MAAE.

Ab. Sandra Barreno Samaniego

Secretaria Ad-Hoc

001-004-069/ms

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