MARCRES S.C.C. - Derecho Ecuador
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MARCRES S.C.C.

E X T R A C T O

CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL

“MARCRES S.C.C.”

NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que, mediante escritura pública, celebrada ante la Notaria Sexta del cantón Quito, Tamara Garcés Almeida, el 03 de diciembre de 2020, se constituyó LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “MARCRES S.C.C.”, otorgada por: IVÁN ALFREDO MARTÍNEZ VÁSQUEZ, MARIA PAULA MARTÍNEZ CRESPO, IVÁN SANTIAGO MARTÍNEZ CRESPO y JUAN SEBASTIAN MARTÍNEZ CRESPO.

1.-

DOMICILIO:

Cantón Quito, Provincia Pichincha.

2.-

OBJETO SOCIAL:

La Sociedad tendrá como objeto social, la creación y obtención de toda clase de derechos de propiedad intelectual y secretos empresariales, incluidos derechos de autor, propiedad industrial, obtenciones vegetales, además de patentes, marcas, lemas comerciales, nombres comerciales, apariencias distintivas y otros signos distintivos, modelos de utilidad, diseños y dibujos industriales, y demás activos intangibles relacionados con el comercio, la industria y el mercado. Así como el arrendamiento o licenciamiento de los mencionados activos intangibles. Recepción de regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría.

3.-

CAPITAL:

USD $ 1000,00

4.-

NUMERO DE PARTICIPACIONES:

1000,00 con un valor de un dólar cada una.

Publíquese en uno de los diarios de mayor circulación nacional del país para los fines legales consiguientes. –

Quito, a 3 de diciembre de 2020.

TAMARA GARCES ALMEIDA

NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO

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Dentro del marco jurídico ecuatoriano, tenemos que la acción de habeas corpus es el mecanismo jurídico por el cual una persona que se considere en ilegal, arbitraria e ilegítima manera detenida, pueda ejercer la acción respectiva, con la finalidad de recobrar su libertad.

El Dr. Mariño Bustamante analiza el Art. 162 COIP (secuestro extorsivo). Explica que la conjunción disyuntiva "u" ("...otra infracción u obtener dinero...") demuestra dogmáticamente que el delito tiene dos propósitos alternativos, no acumulativos.

Este tema es de vital relevancia para fortalecer la confianza pública en el sistema judicial, ya que permite distinguir entre la legítima discrepancia jurídica y aquellas actuaciones que ameritan una sanción disciplinaria, pues, busca equilibrar la independencia judicial con la responsabilidad de quienes imparten justicia en el país.

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