LEY DE FORTALECIMIENTO SEGURIDAD SOCIAL FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA
Ley 0
Registro Oficial Suplemento 867 de 21-oct.-2016
Ultima modificación: 21-jun.-2017
Estado: Reformado
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Oficio No. T.7329-SGJ-16-614
Quito a, 19 de octubre de 2016
Ingeniero
Hugo del Pozo Barrezueta
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL
En su despacho
De mi consideración:
Con oficio número PAN-GR-2016-2492 de 18 de los corrientes, la señora Gabriela Rivadeneira Burbano, Presidenta de la Asamblea Nacional, remitió al señor Presidente de la República el Proyecto de Ley de Fortalecimiento a los Regímenes Especiales de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, que la Función Legislativa discutió y aprobó, en primer debate el 1 de septiembre de 2016 y en segundo debate el 13 y 17 de octubre de 2016.
Dicha ley fue sancionada por el Primer Mandatario el día de hoy, 19 de octubre de 2016, por lo que, conforme a lo dispuesto en los artículos 137 de la Constitución de la República del Ecuador y 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, remito a usted la mencionada ley en original y en copia certificada, así como el certificado de discusión, para su correspondiente publicación en el Registro Oficial.
Adicionalmente, agradeceré a usted que una vez realizada la respectiva publicación, se sirva remitir los ejemplares originales a la Asamblea Nacional para los fines pertinentes.
Atentamente,
f.) Dr. Alexis Mera Giler
SECRETARIO GENERAL JURÍDICO
c.c.: Sra. Gabriela Rivadeneira Burbano, Presidenta de la Asamblea Nacional
Anexo: lo indicado
REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL
Oficio No. PAN-GR-2016-2492
Quito, 18 OCT 2016
Economista
Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
En su despacho
De mis consideraciones:
La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó el PROYECTO DE LEY DE FORTALECIMIENTO A LOS REGÍMENES ESPECIALES DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICÍA NACIONAL.
En tal virtud y para los fines previstos en los artículos 137 de la Constitución de la República del Ecuador y 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, remito el auténtico y copia certificada del texto del Proyecto de Ley, así como también la certificación de la Secretaría General sobre las fechas de los respectivos debates.
Atentamente,
f.) GABRIELA RIVADENEIRA BURBANO, Presidenta
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CERTIFICACIÓN
En mi calidad de Prosecretario General Temporal de la Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que la Asamblea Nacional discutió en primer debate el «PROYECTO DE LEY REFORMATORIA DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, LEY DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA POLICÍA NACIONAL Y LEY DE PENSIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS», el 1 de septiembre de 2016; y aprobó el «PROYECTO DE LEY DE FORTALECIMIENTO A LOS REGÍMENES ESPECIALES DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICÍA NACIONAL», en segundo debate el 13 y 17 de octubre de 2016.
Quito, 17 de octubre de 2016
f.) ABG. GALO PLAZAS DÁVILA, Prosecretario General Temporal.
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EL PLENO
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