La
DeliberaciĆ³n Judicial en Materia Tributaria

Autor: Dr. JosƩ Luis TerƔn SuƔrez *

La transparencia de las delibeĀ­raciones judiciales aparece
actualmente como uno de los pilares mĆ”s importantes del proceso de legitimaciĆ³n
de las decisiones jurisdiccionales.

La deliberaciĆ³n detrĆ”s de una sentencia. Tecnicismo en materia
tributaria.

Hay que aclarar que aunque la senĀ­tencia
refleje un Ćŗnico razonaĀ­miento y una Ćŗnica conclusiĆ³n, detrĆ”s de ella hay
discusiĆ³n, crĆ­tica y enriquecimiento recĆ­Ā­proco. Puede ocurrir que exisĀ­tan
opiniones interpretativas adoptadas por los juzgadores que se apartan del
criterio de la mayorƭa, lo cual tambiƩn es legƭtimo, pero lo que no puede
faltar es un debate de altura. En el caso de lo contencioso tribuĀ­tario, la
complejidad, especialiĀ­dad y tecnicismo del Derecho Tributario convierten buena
parte de las deliberaciones en un momento relevante para la racionalizaciĆ³n
tanto de las deĀ­cisiones individuales como de las colectivas. Tradicionalmente,
los jueces no deliberaban en absoluto puesĀ­to que ello implicaba quebrar la ?oralidad?.
Esta prĆ”ctica habiĀ­tual debe cambiar en un EstaĀ­do constitucional de derechos y
justicia donde prevalecen los principios de independencia, imparcialidad,
especialidad, puĀ­blicidad, celeridad, etc.

Publicidad de los procesos judiciales para una comprensiĆ³n del
comportamiento judicial

La confiĀ­dencialidad del proceso judicial
no afectarĆ­a a la comprensiĆ³n y valoraciĆ³n del sistema jurĆ­dico si las
consecuencias de comĀ­portamiento de los jueces puĀ­dieran determinarse con apeĀ­go
a los principios y garantĆ­as constitucionales. En ese contexto, las deliberaĀ­ciones
judiciales que se tomen en el actual sistema jurĆ­dico tienen que acabar con la
desĀ­confianza del ciudadano y, en un sentido mĆ”s amplio, los procesos
judiciales deben ser pĆŗblicos, es decir que las deliĀ­beraciones judiciales de
las SaĀ­las Especializadas de la Corte Nacional de Justicia tendrĆ­an que ser
pĆŗblicas. De esta forĀ­ma, alcanzar una comprensiĆ³n adecuada del comportamienĀ­to
judicial reviste un interĆ©s mucho mayor que el meraĀ­mente acadĆ©mico; es una claĀ­ve
para la reforma del derecho. Que las decisiones judiciales sean buenas o malas
puede depender de aspectos cognitiĀ­vos y psicolĆ³gicos que tengan los jueces,
asĆ­ como del resultaĀ­do de una legislaciĆ³n apropiaĀ­da sobre la materia.
Estudiar la mentalidad judicial serĆ­a de poco interĆ©s si los jueces no hiĀ­cieran
otra cosa mĆ”s que apliĀ­car la ley sin mediar prejuicios ni preconcepciones. De
ser asĆ­, los jueces estarĆ­amos a un paso de ser reemplazados por programas
informĆ”ticos de inĀ­teligencia artificial.

La casaciĆ³n en materia tributaria

Las juezas y jueces tenemos y ejercemos
discrecionalidad, somos gaĀ­rantes del Derecho. Muchas de las veces la labor del
juez casacionista ha sido mal interpretada, no se consiĀ­dera que los jueces nos
vemos restringidos por las normas que exigen a los juzgadores actuar
exclusivamente en reĀ­laciĆ³n de los cargos en que se funda la interposiciĆ³n del
recurso de casaciĆ³n. AsĆ­ las cosas, el Tribunal de CasaciĆ³n no estĆ” facultado
para entrar a conocer de oficio o rebasar el Ć”mbito seƱalado por las cauĀ­sales
citadas por el recurrente aunque advierta que en la senĀ­tencia impugnada exista
otras infracciones a las normas de derecho positivo. En materia tributaria, el
reĀ­curso de casaciĆ³n lo pueden promover tanto las adminisĀ­traciones tributarias
como los contribuyentes que estiĀ­men que las sentencias de los Tribunales
Distritales de lo Contencioso Tributario se apartan de la Ley, recurso Ć©ste que
en consecuencia busca y pretende el imperio de la leĀ­galidad o la vigencia
estricta de la juridicidad en la relaciĆ³n jurĆ­dico-tributaria.

Conclusiones

La toma de decisiones en esta materia
implica un gran esfuerzo, no sĆ³lo por la naturaleza tĆ©cnica especializada de la
tributaciĆ³n, sino porque las deliberaciones judiciales deben tomarse en base de
informes tƩcnicos, de argumentos contables y sobre todo de complejos y extensos
procesos que impiden un maĀ­yor debate acerca de cada uno de ellos. Entonces, el
desafĆ­o primordial para la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de
la Corte Nacional de Justicia es lograr una deliberaciĆ³n judicial de calidad, con
mayor debate y razonamiento, que desarrolle los principios constitucionales y
jurĆ­dicos de la tributaciĆ³n, que la actitud que tengamos los magistrados de la
Sala en relaciĆ³n con esa resoluciĆ³n sea ilustrada, que consideremos que la
participaciĆ³n de todos sus miembros en todos los caĀ­sos es importante no sĆ³lo
porĀ­que se supone que las juezas y jueces en este perĆ­odo estaĀ­mos abiertos a
la persuasiĆ³n, sino tambiĆ©n porque cada uno de nosotros puede contribuir a la
formaciĆ³n de la opiniĆ³n de forma que, incluso en el caso de una decisiĆ³n que se
toma por unanimidad, Ć©sta sea la mejor posible.

* Dr. JosƩ Luis TerƔn SuƔrez

Presidente Sala de lo Contencioso Tributario de la
Corte Nacional de Justicia

ArtĆ­culo publicado en el BoletĆ­n Institucional NĀŗ 16 de
la Corte Nacional de Justicia