Juicio No. 1833220120287(20700673) - Derecho Ecuador
2 minutos de lectura

Juicio No. 1833220120287(20700673)

Escuche el artículo

ACTA correspondiente al Juicio No. 1833220120287(20700673)

EXTRACTO JUDICIAL

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL

Notificación a los herederos presuntos y desconocidos del señor FULGENCIO MASAQUIZA MASAQUIZA

Juicio No. 18332-2012-0287

MATERIA: Civil

TIPO DE PROCESO: Ordinario

Acción: Reivindicación

ACTOR: MASAQUIZA MASAQUIZA FULGENCIO y MASAQUIZA MASAQUIZA ROSA MARIA

DEMANDADO: JEREZ MASAQUIZA ANITA y otros

CUANTIA: INDETERMINADA

Juicio No. 18332-2012-0287 que sigue: MASAQUIZA MASAQUIZA FULGENCIO y MASAQUIZA MASAQUIZA ROSA MARIA contra JEREZ MASAQUIZA ANITA y otros conforme a lo ordenado en providencia siguiente:

Juicio No. 18332-2012-0287

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. – SALA ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTÍL. Quito, viernes 17 de julio del 2020, las 08h40, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede, en atención a lo determinado en el mismo y conforme manda el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a los herederos conocidos de Fulgencio Masaquiza Masaquiza: Juana, Rosario, José Rudecindo, Kleber Francisco y Juan Patricio Masaquiza Masaquiza, en los domicilios que se indica en el escrito que se atiende, mediante comisión al Juez de la Unidad Judicial Civil o Multicompetente del Cantón Pelileo, quien de ser necesario comisionará a su vez a la autoridad que corresponda; a José Jairo Masaquiza Masaquiza, mediante comisión al Juez Multicompetente de Santa Cruz, Puerto Ayora-Galápagos; a Segundo Rafael y Rubén Fulgencio Masaquiza Masaquiza mediante exhorto al Agente Consular del Ecuador en Suiza; y, a los herederos presuntos y desconocidos de Fulgencio Masaquiza Masaquiza mediante una sola publicación en la forma y con los efectos del artículo 82 ibídem. Por secretaria confiérase la brevedad posible los despachos y exhorto respectivos. Téngase en cuenta los correos electrónicos señalados. Hágase saber.- F) VALVERDE ORELLANA PABLO FERNANDO, JUEZ NACIONAL (E) (PONENTE).

Quito, 21 de julio de 2020

DRA. XIMENA QUIJANO SALAZAR

SECRETARIA RELATORA SALA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

Más publicaciones

En la era digital, destruir la reputación de una persona o empresa toma apenas unos segundos. Sin embargo, frente a la despenalización de ciertas injurias, el sistema civil ecuatoriano enfrenta el colosal reto de sancionar la difamación sin asfixiar la libertad de expresión, navegando en un marco normativo que aún carece de límites precisos.

El principio de favorabilidad, dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano se constituye como una garantía básica del debido proceso, establecido así en el artículo 76 numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador.

A grandes rasgos se puede afirmar que las Administraciones públicas llevan a cabo las misiones encomendadas por la Constitución a través de la expedición de reglamentos y actos administrativos.

Imprimir PDFInstituto Ecuatoriano de Derecho Procesal Autora: Ab. Daniela Guarderas Alarcón La disparidad de criterios judiciales sobre cuándo empieza a correr el tiempo para impugnar...

En este contexto, la propiedad intelectual ha trascendido su concepción tradicional, históricamente limitada a artistas o grandes corporaciones, para convertirse en un eje transversal que impacta a todo emprendimiento, empresa o profesional.

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.