CASILLA JUDICIAL: 5288

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO JUDICIAL

JUEZ PONENTE: AB. CRISTIAN DANILO SILVA PEREIRA.-

CITACIÓN JUDICIAL A: MORANTE CEDEÑO ALEX ALFREDO.

DEMANDADO: MORANTE CEDEÑO ALEX ALFREDO.

JUICIO No. 17233-2019-04231.

TRAMITE: EJECUCION.

CUANTÍA: SIETE MIL SETECIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 00/100.

AB. DEFENSOR: DR. LENIN WLADIMIR DIAZ MORENO, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO AMAZONAS S.A.

OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE SIRVA DECLARAR DE PLAZO VENCIDO LA OBLIGACION CONSTANTE EN LOS PAGARES A LA ORDEN MATERIA DEL PRESENTE PROCESO, ASI COMO SE PROCEDA A LA EJECUCION DEL CONTRATO DE PRENDA INDUSTRIAL ABIERTA, SE CONDENE AL PAGO DE COSTAS, INTERESES Y GASTOS.

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 22 de agosto del 2019, las 11h46, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con Sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, según la Acción de personal No. 7769-DP17-20, desde el 2 de julio del 2019. En la presente fecha, habiéndose puesto en mi despacho la demanda que antecede con sus respectivos anexos, en lo principal se dispone. En lo principal, se dispone: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE. La demanda de ejecución de contrato prendario presentada por el Dr. LENIN WLADIMIR DIAZ MORENO, en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO AMAZONAS S.A., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 370, 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el Contrato de Prenda Industrial Abierta que adjunta a la demanda y que al tenor de lo previsto en el artículo 363.4 del COGEP constituye título de ejecución; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento de ejecución.- Previo a designar un perito para la liquidación de capital, intereses y costas que se hubieren pactado, conforme lo determina el artículo 371 del COGEP, en el término de cinco días el accionante presente todos los documentos que respalden los gastos realizados en relación a lo acordado en el título de ejecución aparejado a la demanda.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial 2y correo electrónico señalados por el actor para sus notificaciones, así como la designación y autorización que le confiere a su defensor técnico.- . Actúe en la presente causa, la Abg. Lourdes González G., Secretaria de esta Unidad Judicial NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-F). AB. CRISTIAN DANILO SILVA PEREIRA.- JUEZ

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 14 de octubre del 2019, las 16h05, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito precedente puesta en mi despacho en la presente fecha.- En lo principal, por corresponder al estado del proceso se dispone: PRIMERO: Una vez que se ha corrido traslado con el informe pericial a las partes, sin que existan observaciones al mismo, se aprueba en su totalidad, por cuanto a lo peticionado por el accionante se le advierte que el pago de los honorarios profesionales del perito designado le corresponde a la parte accionante a demás su pronunciamiento se encuentra fuera del termino concedido, conforme a lo dispuesto en auto inmediato anterior. En tal virtud, conforme los dispone los Art. 367 y 372 del Código Orgánico General de Procesos, se emite el presente mandamiento de ejecución. 1.1).- IDENTIFICACIÓN DE LA PARTE EJECUTADA: responde a los nombres de MORANTE CEDEÑO ALEX ALFREDO 1.2).- DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN: El valor contenido en el ACTA DE MEDIACION, asciende a USD. $9.068,47 (NUEVE MIL SESENTA Y OCHO DOLARES DE NORTEAMERICA CON 47/100 CENTAVOS), que corresponde al capital adeudado, el interés pactado e interés moratorio. 1.3).- ORDEN DE PAGO: LA EJECUTADA: MORANTE CEDEÑO ALEX ALFREDO, pague al doctor LENIN WLADIMIR DIAZ MORENO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO AMAZONAS S.A., conforme consta en autos, la cantidad de USD. $9.068,47 (NUEVE MIL SESENTA Y OCHO DOLARES DE NORTEAMERICA CON 47/100 CENTAVOS), para lo cual se le concede el término de CINCO días a partir de la notificación con este auto, bajo prevenciones legales que, de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa. SEGUNDO: NOTIFICACIÓN: Para el efecto y cumplimiento de lo dispuesto, por tratarse de la ejecución de un título distinto a sentencia ejecutoriada, con el contenido del presente mandamiento de ejecución, de conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos, NOTIFÍQUESE en persona o mediante tres boletas a la ejecutada MORANTE CEDEÑO ALEX ALFREDO, en el lugar señalado en la demanda y en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP; y en concordancia con los Art. 10 y 11 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos del Registro Oficial No.- 517 de 26 de junio del 2019, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones; para lo cual, la parte accionante proveerá de las copias necesarias a fin de elaborar las boletas de notificación; al efecto, remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones de este Distrito.- QUINTO.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F). AB. CRISTIAN DANILO SILVA PEREIRA.- JUEZ

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 04 de noviembre del 2020, las 13h06, VISTOS: En virtud del juramento rendido por el DR. LENIN WLADIMIR DIAZ MORENO en su calidad que obra de autos en aplicación de lo preceptuado en los artículos 20 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, 56 numeral 1 del la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019, se dispone: La citación del señor ALEX ALFREDO MORANTE CEDEÑO mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar, que deberán ser agregadas al proceso para lo cual el actuario elabore un extracto de la demanda y de esta providencia. NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. .-F). AB. CRISTIAN DANILO SILVA PEREIRA.- JUEZ

Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.-

AB. DIEGO ACUÑA NARANJO

SECRETARIO

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001-004-0430/ms