15123-2021-00896-OFICIO-01467-2021

UNIDAD MULTICOMPETENTE DEL CANTON QUIJOS-EL CHACO

EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

CITACION JUDICIAL: CITESE a los herederos presuntos y desconocidos del señor AUGUSTO FERNANDO VALLEJO BOLAÑOS, a quienes se le hace saber que en esta Judicatura se ha presentado la siguiente acción:

JUICIO : No. 15123-2021-00896

ACTOR : GUAMAN YUPA ROSA ANGELITA

DEMANDADA : ERAZO AVILA MAYRA YOLANDA Y OTROS TRAMITE : TRABAJO-SUMARIO

OBJETO : INDEMNIZACION POR DESPIDO

CUANTIA : 65.229,23

JUEZ : Dr. MARCOS VINICIO GUERRERO FUENTES

SECRETARIA : Abg. GREIZ JANETH TITUAÑA JUIÑA

SE LES HACE SABER:

PROVIDENCIA UNO: Quijos, viernes 27 de agosto del 2021, las 15h01, VISTOS: Ab. Marcos Vinicio Guerrero Fuentes, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOS-BAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo, según Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 214, de 27 de noviembre de 2017 y Acción de Personal No. 9462-DNTH-2017-TE del 30 de noviembre de 2017, avoco conocimiento de la presente causa, en lo principal se considera: 1) Referente a la demanda propuesta por la señora GUAMAN YUPA ROSA ANGELITA, es clara, reúne los requisitos de ley; por lo que se le admite a trámite mediante procedimiento SUMARIO, conforme establece el Art. 575 del Código del Trabajo en relación con el Art. 332 numeral 1 del COGEP.- 2) En virtud de aquello, CÍTESE a la parte demandada, señora ERAZO AVILA MAYRA YOLANDA, en la dirección señalada, a través de la oficina de sorteos de esta Unidad Judicial, la parte actora facilitará las copias necesarias; 3) Conforme lo establece el numeral 3 del Art. 333 del COGEP, una vez citado en legal y debida forma a la parte accionada, se le concede el término de quince (15) días para que conteste la demanda, tiempo en el que deberá señalar los mecanismos de notificación para el ejercicio de su defensa; 4) Téngase en cuenta el anuncio de prueba, la cual será admitida el día de la audiencia única, con observancia de lo prescrito en los Art. 160 y 161 del COGEP; 5) Ofíciese conforme solicita en su demanda; 6) Téngase en cuenta la designación de su abogado defensor, la autorización conferida en su favor, los correos electrónicos señalados; incorpórese los documentos adjuntos a la demanda. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. PROVIDENCIA DOS Quijos, jueves 2 de diciembre del 2021, las 12h11, VISTOS: En lo principal, agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por la parte actora el 29 de noviembre de 2021, las 12h04; en atención al mismo, se toma en cuenta la designación de su abogado defensor y el correo electrónico señalado.- Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por la parte actora el 29 de noviembre de 2021, las 12h01; dando cumplimiento a lo señalado en audiencia preliminar, al respecto se dispone: CÍTESE a los señores MAURICIO FERNANDO Y ANA MARÍA VALLEJO ERAZO, en el lugar señalado para el efecto, a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial; la parte actora prestará las facilidades del caso para la obtención de copias.- CÍTESE a la menor ERIKA FERNANDA VALLEJO ERASO, a través de su madre y representante legal la señora ERAZO AVILA MAYRA YOLANDA, en el lugar señalado para el efecto, a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial; la parte actora prestará las facilidades del caso para la obtención de copias.- Una vez citados en legal y debida forma, se concede el término de treinta días (30) días para que contesten la demanda, tiempo en el que deberán señalar los mecanismos de notificación para el ejercicio de su defensa.- La parte actora deberá acudir a las oficinas de esta Unidad Judicial, el martes 07 de diciembre de 2021, las 10h40, a juramentar que desconoce el domicilio de más herederos más conocidos y desconocidos del señor FERNANDO AUGUSTO VALLEJO BOLAÑOS, luego de lo cual se proveerá conforme a derecho.- CÚMPLASE. PROVIDENCIA TRES.- Quijos, miércoles 15 de diciembre del 2021, las 08h49, En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, se dispone: De conformidad con lo señalado en los arts. 56 y 58 del COGEP, CITESE a los herederos presuntos y desconocidos del señor FERNANDO AUGUSTO VALLEJO BOLAÑOS, por medio de tres publicaciones por la prensa en un diario de amplia circulación nacional, elabórese el respectivo extracto por medio de secretaría, en la forma que determina la ley; la parte actora prestará las facilidades del caso.- NOTIFÍQUESE. PROVIDENCIA CUATRO.- Quijos, jueves 16 de diciembre del 2021, las 15h50, VISTOS.- En lo principal dispongo: De conformidad a lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida las providencias de fechas 2 de diciembre del 2021, las 12h11 y 15 de diciembre del 2021, las 08h49; así como en el Acta de Declaración de Desconocimiento de domicilio de fecha 7 de diciembre del 2021, a las 10h40, se aclara, ya que por un error se ha hecho constar lo siguiente: «(…) FERNANDO AUGUSTO VALLEJO BOLAÑOS(…)» Siendo lo correcto “AUGUSTO FERNANDO VALLEJO BOLAÑOS”, en lo demás estese a lo ya dispuesto. Cúmplase y Notifíquese.-F. JUEZ. – MARCOS VINICIO GUERRERO FUENTES. PROVIDENCIA QUINTA.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Subrogante, conforme acción de personal No. 0598-UPTH-2021-MA, de fecha, 20 de diciembre del 2021, que me atribuye conocer y despachar las cusas del Despacho del Dr. Marcos Vinicio Guerrero Fuentes.- y atendiendo lo que corresponde a este Proceso dispongo: De conformidad a lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida la providencia de fecha 2 de diciembre del 2021, las 12h11, ya que por un error se ha hecho constar lo siguiente: «(…) ERIKA FERNANDA VALLEJO ERASO (…)» Siendo lo correcto “ERIKA FERNANDA VALLEJO ERAZO”, en lo demás estese a lo ya dispuesto.- F. JUEZ SUBROGANTE. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.- CERTIFICO. – BAEZA, 21 de diciembre del 2021.-

Ab. Greiz Janeth Tituaña Juiña

SECRETARIA UNIDAD MULTICOMPETENTE QUIJOS

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001-004-1215/ms