Excesivo número de procedimientos y de juzgadores

Dr. Washington Baca Bartelotti (+)

S E DECLARA QUE NO SE SACRIFICARÁ LA JUSTICIA por simples formalidades legales; en la práctica ocurre se ha sacrificado la justicia por nimiedades y la propia Corte Suprema antes de ser convertida en un Tribunal de Casación, ley excepcionalmente ha adecuado sus fallos a la declaración constitucional.

Dos sistemas judiciales

El Estado ecuatoriano ha propiciado el aparecimiento de dos sistemas judiciales: aquel que tiene origen en sus normas constitucionales, que podría llamarse ortodoxo, y el que se ha creado por leyes secundarias, confiriéndo jurisdicción y competencia indistintamente a ministros, funcionarios del ejecutivo, responsables de la administración provincial y cantonal, instituciones creadas por la ley para el ejercicio de la potestad estatal, prestación de servicios o actividades económicas.
El propio Estado se ha encargado de crear y mantener sistemas judiciales paralelos y distintos; tribunales y jueces de distinto origen y pertenecientes a diferentes poderes; actualmente las acciones que se ejercen ante el poder judicial ortodoxo son una parte poco significativa de todas las que se tramitan en el país; esto sin contar con una ¨justicia subterránea¨ como ocurre con los sumarios instruidos en los juzgados de instrucción dependientes del Ministerio de Gobierno, que en no pocos casos ni siquiera llegan a conocimiento del poder judicial.
No es motivo del presente análisis el sistema judicial paralelo creado por leyes secundarias, aun cuando se le ha mencionado para demostrar la existencia del reino de la irracionalidad que ha contribuido a la destrucción y desprestigio de la administración de justicia.

Excesivos Juzgadores

Son jueces con jurisdicción y competencia:

– Los Ministros de la Corte Suprema incluyendo su presidente;
– Los Ministros de las Cortes Superiores y sus presidentes;
– Jueces civiles, penales, laborales, de Inquilinato, de coactivas, de tránsito etc.;
– Los ministros y presidente del Tribunal Contencioso Administrativo;
– Los ministros y presidente del Tribunal Fiscal;
– Los vocales del Tribunal de Garantías Constitucionales;
– Los vocales del Tribunal Supremo Electoral y de los Provinciales electorales;
– Los diputados en los juicios políticos;
– El presidente y vocales de la Corte Nacional de Menores y los Tribunales Provinciales;
– Los ministros de : Finanzas, Educación, Agricultura, Salud, y Gobierno;
– El presidente y vocales de la Junta de Reclamaciones;
– El Superintendente de Bancos;
– El Superintendente de Compañías;
– Los Ministros de la Corte de Justicia Militar;
– Los Ministros de la Corte de Justicia Policial;
– El Director Nacional de Hidrocarburos;
– El Director de Rentas;
– El Contralor General del Estado;
– El Director General, Subdirector y los Directores Nacionales y Regionales del I.E.S.S., así como los vocales de la Comisión de Prestaciones y Apelaciones del I.E.S.S.;
– El Presidente y vocales del Comité Obrero patronal del I.E.S.S.;
– El Consejo Consultivo de Aguas y los jefes de las Agencias del INHERI;
– El Director Nacional Forestal y los Jefes de los Distritos Forestales;
– El Director Nacional, el Subdirector Nacional, los Directores Regionales, los Jefes Provinciales y los Comisarios de Salud;
– El Director Nacional y los Jueces de Caminos;
– El Director Nacional del IERAC, los Jefes Regionales y los Jefes Zonales;
– El Director General de Pesca;
– El Director Nacional de Aviación Civil;
– Los Prefectos Provinciales y los Consejeros;
– Los Alcaldes cantonales y los Concejales;
– Los Presidentes del Consejo y los Concejales;
– El presidente y vocales de los Tribunales de Conciliación y Arbitraje y los Tribunales de primera instancia;
– Los inspectores de Trabajo y los subinspectores;
– Los jefes de los Servidores Públicos;
– El Director de Recursos Humanos, el jefe de Oficina, el jefe Departamental. el jefe de Personal, la autoridad nominadora; El Presidente y vocales del Tribunal de Honor de los Colegios Profesionales;
– Los comandantes de aeronaves y bancos;
– El presidente y vocales de la Junta Nacional de Defensa del Artesano;
– Intendentes y subintendentes, comisarios nacionales y comisarios municipales.

Los profesionales que ejercen jurisdicción y competencia, excepto en el caso de los
que pertenecen al poder judicial ortodoxo, son odontólogos, ingenieros forestales,
oficiales militares o policiales, médicos, tecnólogos, bachilleres, contadores, etc. Hay casos anecdóticos como aquel que ¨consagra¨ la Ley forestal: conocen y fallan las causas por infracciones forestales ingenieros agrónomos.

El Poder Ejecutivo tiene funciones jurisdiccionales como tiene también el Poder Legislativo

Así como en el Ecuador legislan los que no son legisladores también administran justicia los que no son jueces ni tienen la menor formación para esa tarea. Alejado de todo control, de toda responsabilidad, se ¨administra justicia¨ por juzgados que aunque aparezcan legítimos, por estar sustentados en la ley constitutiva, son inconstitucionales porque son tribunales de excepción que someten a juzgamiento en algunas materias a cualquier ciudadano. Son procedimientos, jueces y tribunales que funcionan en un submundo de aparente legitimidad. Los procedimientos judiciales secretos no operan solamente aislando a la víctima en el momento de juzgar sino cuando agazapados en un intrincado sistema nebuloso e intencionalmente semioculto, el procedimiento y sus jueces son desconocidos aun para abogados y más para profanos. A esto se añade que la Ley que crea estas competencias haya conferido ¨estímulos¨ para la ¨administración de justicia¨ con la promesa de recompensas consistentes en el pago porcentajes de la multa o del valor de los instrumentos con los que se dice haber cometido la infracción.

El ¨estímulo¨

Convierte al Juez en un concupiscente legal. La famosa Ley y el Reglamento Forestal por el que se despoja al supuesto infractor de sus bienes es un ejemplo. Así la administración de justicia en este país se convierte en caricatura. Esto ha corrompido la fe pública, la ética, ha creado un sentimiento de inseguridad entre los ciudadanos.
La vida del delito se mueve en el submundo de la sociedad con sus códigos propios, su jerga, su solidaridad. Estos juzgados y tribunales de excepción se mueven en el submundo de una falsa o aparente legalidad. Hay que borrar y barrer con toda esta ignominia. No puede esperarse más tiempo a no ser que nuestro pueblo, los abogados honestos, los propios jueces insatisfechos, con esta oprobiosa realidad hayan perdido su dignidad.
A nuestros políticos no se les puede interesar temas tan serios. Lo que sí preocupa es que en el Ecuador estemos levantando demasiados cadalsos.