El No. de Juicio 15301-2019-00630 - Derecho Ecuador
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El No. de Juicio 15301-2019-00630

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R. del E.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO

EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL

A: SONIA LEONOR PEÑA ESPÍN con CI. 1500769508, LELIS GEOVANNY ARTEAGA BERMELLO con CI. 1717283988, SONIA ALEJANDRA ALAVA VERA con CI. 1312628298

SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, Ab. Adrián Urvina Ocampo, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Francisco Ltda.”, ha presentado un juicio de Procedimiento Ejecutivo, en contra de: SONIA LEONOR PEÑA ESPÍN con CI. 1500769508, LELIS GEOVANNY ARTEAGA BERMELLO con CI. 1717283988, SONIA ALEJANDRA ALAVA VERA con CI. 1312628298, al cual se le asignó el No. de juicio 15301-2019-00630, cuyo extracto es como sigue:

AUTO : 27 /08/ 2019, las 14h59: “VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015.- PRIMERO: AVOCO conocimiento de esta demanda en la fecha del presente auto de sustanciación, producto de que ha sido pasado por el actuario Ab. Jonny Benavides, el mismo que se encuentra pendiente de despacho y se lo realiza: la actora COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO SAN FRANCISCO LTDA., ha completado su demandada en el momento procesal oportuno, esta es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No.747105 (…) 2.2.- CITACIÓN: Se ordena la citación del demandado/a SONIA ALEJANDRA ALAVA VERA(1312628298), MARWIN JHONATAN GREFA ANDY (1500873672), LELIS GEOVANNY ARTEAGA BERMELLO (1717283988), SONIA LEONOR PEÑA ESPÍN (1500769508) mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo, en el término máximo de 15 días, en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Napo; para lo cual se adjuntará la demanda, y los documentos adjuntos y este auto inicial. Se conmina a la actora a sacar copias de rigor y proveer las facilidades necesarias a fin de que el cite a la parte demandada de forma oportuna. – TERCERO.-CONTESTE DEMANDA: En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- ”.
Auto: 4 /03/2021, las 12h25: “VISTOS: (…) 2) Téngase en cuenta el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, con la información del Registro Consular de los Ciudadanos SONIA LEONOR PEÑA ESPÍN (1500769508), LELIS GEOVANNY ARTEAGA BERMELLO (1717283988), SONIA ALEJANDRA ALAVA VERA(1312628298); 3) Atenta a lo solicitado por la parte actora, requiero la comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día 08 DE MARZO DEL 2021 A LAS 15H30, a fin de que Ab. Leyton Adrián Urvina Ocampo con CI. 1500844012 en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Ltda., DECLARE BAJO JURAMENTO, que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado (…) además, declare haber efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar al ciudadano, cumpliendo con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. 4) Hecho que sea la declaración Bajo Juramento, concédase el EXTRACTO para su respectiva publicación y CÍTENSE a los señor/es A SONIA LEONOR PEÑA ESPÍN con CI. 1500769508, LELIS GEOVANNY ARTEAGA BERMELLO con CI. 1717283988, SONIA ALEJANDRA ALAVA VERA con CI. 1312628298, por medio de la prensa escrita que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho, procederá a entregar de forma inmediata el extracto respectivo.- (…)”.

LO CERTIFICO, Tena, 11 de marzo de 2021.

JONNY JAIME BENAVIDES GUAYTA

SECRETARIO

Hay firma y sello

001-004-0511/ms

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