El juicio verbal sumario

Dr. Washington Baca Bartelotti

D OCTRINARIAMENTE EL PROCEDIMIENTO , cuando realmente es sumario, tiene estas características:

a) Se discute una sola pretensión;
b) Las pruebas se presentan en el acto;
c) Lo probado no benenficia a lo no probado.

Hay autores que incluyen este proceso entre los especiales; pretenden que se encargue entre las cuestiones simples, las que por su naturaleza especial, deben solucionar con urgencia, como propuesta a los trámites largos, llenos de formalidades, gastos e inconvenientes de otros procedimientos, especialmente el ordinario.
Deben ser juicios » en donde se omiten las solemnidades del ordinario y que se atienen a la averiguación de la verdad judicial por medos más breves y sencillos sin menoscabo de las formalidades esenciales y garantías de defensa para las partes, generalmente para reglar los juicios de poca cuantía y a fin de que no se consuma el valor de la cosa litigiosa con los gastos judiciales o costas del pleito».

El juicio verbal sumario nació para

– Acortar plazos, y reducir apelaciones interlocutorias y recursos;
– Conceder al juez la dirección del proceso para repudiar actuaciones superfluas;
– Suprimir las formalidades innecesarias, respetando las esenciales, para averiguar la verdad;
– Admitir las formalidades accidentales o accesorias de puro derecho positivo que sean útiles para una decisión justa;
– Suprimir los actos que han sido impuestos con tanta generosidad y amplitud, buscando la economía procesal, la brevedad y la celeridad;
– Liberar de la litis contestatio;
– Que el juez pueda cerrar audiencias y dictar sentencias cuando el asunto ha sido debidamente probado.

Las características del juicio verbal sumario son:

РResumir y compendiar el procedimiento com̼n;
– Afianzar la justicia;
– Establecer una correlación entre el fin y los medios;

Por su naturaleza se clasifica en:

– Se instruye y ventila rápidamente;
– Las pruebas sean verbales y sus resultados consten en un acta;
– Es breve y sencillo: se admite la demanda y su justificación y se decide sobre ella en audiencia verbal;
– Busca la justicia de paz o equidad.

Sumariedad significa simplificación de actos judiciales

Los que impulsaron las reformas hasta llegar al juicio sumario ni siquera tenían la intención de que este trámite tenga «figura de juicio».
Si comparamos las peculiaridades y los actos procesales que se realizan en este proceso con lo postulado en la doctrina veremos que coinciden en muy poco.
El lenguaje verbal le dice a este juicio que no es verbal ni sumario y es cierto. Ninguna diligencia es verbal ni siquiera la audiencia de conciliación y contestación a la demanda pues aun ésta se reduce a escrito, las pruebas no se recogen en un solo acto y en una sola acta. Tampoco es sumario, es decir breve, reducido, ajeno a las formalidades.