PRUEBA TESTIMONIAL
Definición de testimonio y testigo

Por: Dr. Fabián Mensías Pavón
Catedrático Universitario

L A PRUEBA EN TODAS LAS ÉPOCAS ha desempeñado un papel de indiscutible trascendencia dentro de las relaciones jurídicas de los pueblos y ha ido evolucionado a través del tiempo. El derecho no puede subsistir sin ella, ya que es trascendental para ejercer los derechos de una persona.

La Prueba, es la comprobación de lo que supuestamente es verdadero y se presume debe servir de motivo de credibilidad sobre la existencia o no de otro hecho. La prueba es el medio encaminado hacia un fin, y este medio puede ser completo o incompleto que para el efecto de la prueba testimonial puede ser verdadero, casi verdadero o falso. La Prueba tiene la finalidad de proporcionar al juez o tribunal el convencimiento necesario para tomar una decisión acerca del litigio. No bastan las alegaciones de las partes. La prueba procesal se dirige, pues, a lograr la convicción psicológica del juez en una determinada dirección. No siempre la prueba propuesta por cada una de las partes va a ser tomada en consideración.

Como definición de la prueba, diremos que: «Es un instrumento o acto que sirve en un proceso para declarar un derecho».

Otra definición manifiesta: «Son los medios por los cuales la inteligencia llega al descubrimiento de la verdad».

Se puede manifestar que la prueba es el camino para llegar a la verdad. El Código Civil y el Procedimiento Civil, indican que debe ser apreciada de acuerdo con las reglas de la sana crítica, conforme lo dispone el Art. 119, inciso 1º, que manifiesta: «La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos». Nuestro C.P.P. Art. 86. – Dice: Toda prueba será apreciada por el juez o tribunal conforme a las reglas de la sana crítica.

Como podemos apreciar la prueba se refiere siempre al descubrimiento de la verdad de un acontecimiento se prueba la existencia o no-existencia de un hecho, es sobre este punto que giran los medios probatorios.

Podemos definir a la prueba, como la búsqueda de los mejores medios para demostrar la verdad o falsedad de un hecho; entendiéndose por verdad aquella conformidad de nuestro espíritu con el hecho físico que se intenta conocer. Un elemento fundamental de la Prueba Testimonial, constituye el testimonio en si, por tanto vamos a estudiarlo.

Definición de testimonio

La Prueba Testimonial durante mucho tiempo ha sido considerada como inexacta y en muchos casos falsa, ya que es muy difícil que todos los testigos declaren la verdad de lo presenciado y mucho más la verdad de lo sucedido. Entonces la disyuntiva nace en que el testigo es un aporte a muchos de los elementos que nacen del supuesto delito pero no puede aclarar todos, ya que en un proceso no existe únicamente un solo testigo sino en ocasiones algunos testigos que aportan con pistas y testimonios para esclarecer el caso.

En el proceso penal, el testimonio tiene enorme importancia sobre todo por la posición tradicional que ha mantenido en la toma de decisiones; por lo que para obtenerlo, incluso se recurría a castigos inhumanos.

El testimonio ha invadido todos los campos del quehacer humano; nosotros conocemos el mundo por este medio. El juez se acerca a la verdad sobre la base de los testimonios, cuando han sido legales y oportunamente allegados al proceso, para, mediante ellos, fundamentar sus fallos.

RODRÍGUEZ, según: Mittermaier, manifiesta que el testimonio «no es en el fondo otra cosa que querer la demostración de la verdad y el conocimiento del juez, quien para sentenciar necesita plena certeza»

NÚÑEZ, define al testimonio como: «Declaración del testigo. Atestación o aseveración de una cosa. Instrumento autorizado por un notario, en que se da fe de un hecho, se traslada un documento o se le resume por vía de relación. Prueba y justificación de la certeza de una cosa.»

LIEBMAN dice: «El testimonio es la narración que hace una persona de hechos de los cuales tienen noticias, para darlos a conocer a otro.»

El Testimonio, en el más amplio sentido, puede decirse que es el relato oral o escrito, espontáneo o provocado, acerca de un hecho que se desea conocer o comprobar o como dicen los juristas es la declaración de una persona idónea que, llamada a juicio, dice lo que sabe sobre los hechos que se indagan y de cuya demostración depende la decisión de la causa.

Podemos concluir indicando que, el testimonio ha sido utilizado en todos los campos del individuo, para trasmitir conocimiento al resto de personas, y en forma particular en el ámbito jurídico, es de gran ayuda para el juez, ya que a través de ella, podrá argumentar sus fallos y tomar una decisión lo más justa posible.

El testigo

Una vez definido el Testimonio, vamos a realizar un breve estudio con relación al Testigo: Se considera testigo, a aquel, que oye o percibe por otro sentido algo de que no es parte, y que puede reproducir mediante palabras, escritura, o por signos. Se le define como la persona que debe concurrir a la celebración de ciertos actos jurídicos en los casos así señalados por la ley o requerido por los particulares, para solemnidad del mismo, poder dar fe y servir de prueba. Persona fidedigna de uno u otro sexo, que puede manifestar la verdad o falsedad de los hechos controvertidos; toda cosa aún inanimada, de la cual se infiera la verdad de un hecho, nos manifiesta Adulfo Núñez, en su Obra: El Testimonio Como Medio de Prueba.

El testigo es llamado a declarar sobre hechos que ha percibido directamente, por lo tanto y como punto de partida, la fidelidad del testimonio y su mayor o menor aproximación a la realidad depende de la forma en que el deponente ha «percibido» el acontecimiento del que se trata.

En Derecho se toma la voz «testigo», en dos acepciones estrechamente relacionadas.

1. Testigos son las personas que necesitan concurrir a la celebración de ciertos actos jurídicos.

2. Testigos son las personas que deponen sobre un hecho que han presenciado. En la primera acepción, los testigos constituyen una solemnidad; en la segunda un medio de prueba.

Dentro de la temática, interesa hacer un análisis a los segundos. El testigo es la persona física, que participa en un proceso judicial, al ser llamado, para que diga, informe, exprese, lo que sabe o conoce sobre el delito, las circunstancia en la que fue perpetrado, su autor.

El vocablo tiene importancia jurídica dentro del campo procesal, por cuanto la prueba testimonial, constituye un medio de comprobar judicialmente la veracidad de los hechos que se debaten en un litigio o causa criminal. La falsedad de la declaración del testigo constituye el delito de «falso testimonio».
Joaquín Escriche, manifiesta que testigo, es la persona fidedigna de uno u otro sexo que puede manifestar la verdad o falsedad de los hechos controvertidos.
RODRÍGUEZ, expresa que: «El testigo es la persona que declara o puede declarar ante la autoridad respectiva datos, circunstancias o hechos que conoce y que se relaciona con la investigación. Es pues, el órgano de la prueba.»
Como se puede deducir, el testigo, es la pieza clave en una investigación, ya que de su condición física, psicológica y sociocultural dependerá el éxito o fracaso de la verdad, por la información que suministra al juez acerca del hecho, de sus autores y más responsables.

En los testigos se debe observar su capacidad física y mental, criterios lógicos, imparcialidad, conocimiento y solemnidad. Cuando obra como un medio de prueba, la actitud debe ser de seguridad expresada en lo que afirman. En este punto, los psicólogos en especial, y otros autores, tratan de exigirles a los testigos a estar pendiente de los detalles más minúsculos en todo instante, cual si se esperara la comisión de un crimen con toda exactitud en cualquier momento; y deploran que no se recuerde infaliblemente luego, la hora, el sitio, el traje de las personas, sus palabras textuales y luego hasta la manera de llevar el lazo de los zapatos.