¿Debería existir una reforma en el sentido de que los acuerdos probatorios deban presentarse en la audiencia de juicio, incluso al momento mismo de la práctica de la prueba.? - Derecho Ecuador
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¿Debería existir una reforma en el sentido de que los acuerdos probatorios deban presentarse en la audiencia de juicio, incluso al momento mismo de la práctica de la prueba.?

RESPUESTA

Los acuerdos probatorios forman parte del ámbito de la prueba, conforme a nuestro sistema penal vendrían a ser aquellos convenios celebrados entre las partes, con la debida aprobación del juez, respecto a hechos que no serán sometidos a contradicción, de esta forma se logra expurgar la prueba, para que así en el juicio oral solo se debatan los aspectos realmente controvertidos.

Solamente cabe la presentación de los acuerdos probatorios en la Audiencia Preparatoria de Juicio, los que deberán ser aprobados o no por la Jueza o el Juez de Garantías Penales en esa misma diligencia.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

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