¿Cuándo se ordena una citación en persona de 24 horas al empleador y no se lo puede citar esto quedaría en un mero enunciado? - Derecho Ecuador
1 minutos de lectura

¿Cuándo se ordena una citación en persona de 24 horas al empleador y no se lo puede citar esto quedaría en un mero enunciado?

RESPUESTA

Debe entenderse que la citación ha de ser practicada en 24 horas luego de calificada la demanda y remitido el proceso a la Sala de Citaciones de la Corte Provincial. Es el citador quien tiene ese plazo para practicar la citación; sin embargo de poder efectuarse la citación en persona, se deberá realizar por tres boletas o en cualquiera de las otras formas previstas en el Código Orgánico General de Procesos.

Por lo tanto, en tales casos la citación es válida, y no existe vulneración a lo que ordena la norma de la Ley Orgánica de Justicia Laboral y Reconocimiento Trabajo en el Hogar, en cuanto a la celeridad en la práctica de esta diligencia.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

Más publicaciones

La figura del delegado de protección de datos personales ocupa un lugar central dentro del andamiaje jurídico que sostiene la protección de datos en Ecuador.

La importancia de la remisión normativa en el derecho ecuatoriano radica en conocer la jerarquía de la norma y la supletoriedad de esta, en conocer el bloque de constitucionalidad, que consiste en una técnica jurídica mediante la cual el texto constitucional reenvía a otros textos que, por ende, terminan, haciendo parte del mismo cuerpo normativo.

Autor: Hernán Muñoz Antecedentes Nadie puede negar que nuestro sistema judicial siempre ha pretendido ser controlado por los políticos, pero existían sistemas y formas de...

Revisa el cronograma detallado por horas del I Congreso Cuatrinacional de Derecho Civil en Quito. Ponencias magistrales el 3 y 4 de diciembre en la UDLA y UASB.

Las medidas de protección imponen al Estado, sus funcionarios y empleador o cualquier particular, incluido los progenitores, parientes, personas responsables de su cuidado, maestros, educadores y el propio niño, niña o adolescente, determinadas acciones con el objeto de hacer cesar el acto de amenaza, restituir el derecho que ha sido vulnerado y asegurar el respeto permanente de sus derechos.

Artículos relacionados
¡Explora más contenido que coincida con tus intereses con estas sugerencias!

Las medidas de protección imponen al Estado, sus funcionarios y empleador o cualquier particular, incluido los progenitores, parientes, personas responsables de su cuidado, maestros, educadores y el propio niño, niña o adolescente, determinadas acciones con el objeto de hacer cesar el acto de amenaza, restituir el derecho que ha sido vulnerado y asegurar el respeto permanente de sus derechos.

En toda causa en la que el sujeto activo de la infracción sea un adolescente se debe aplicar el modelo de justicia especializada determinado en el Código de la Niñez y la Adolescencia con el aporte de lo establecido en los diversos instrumentos internacionales suscritos por el Ecuador.

RESPUESTA La norma del Art. 611 del Código del Trabajo esta derogada y en materia de ejecución de sentencia, rige actualmente las normas del COGEP....

Es claro que el principio de favorabilidad implica que aún para hechos sucedidos con anterioridad a la promulgación de una norma se puede aplicar la...

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.