RESPUESTA

En el conocimiento de una sentencia de mérito dictada por la Corte Nacional de Justicia, la Corte negó que la decisión haya vulnerado derechos constitucionales, entre otras razones, debido a que sus argumentos permitieron corregir una sentencia dictada en base a estereotipos, preconceptos y perjuicios en contra de la madre de una niña cuya restitución internacional se encontraba en discusión. La Corte afirmó que las mujeres requieren confiar en un sistema judicial libre de dichos prejuicios y estereotipos, y en una judicatura cuya imparcialidad no se vea comprometida por supuestos sesgados, por lo que hizo hincapié en la obligación de los operadores de justicia de tomar las medidas necesarias para desarticular las prácticas que perpetúan la discriminación contra personas o poblaciones históricamente discriminadas, que contribuyen al incremento de la vulnerabilidad de alguno grupos específicos, y que constituyen además una de las causas y consecuencias de la violencia en contra de estas personas.

Ver sentencia:

https://portal.corteconstitucional.gob.ec/BoletinesEnero/15012020/0525-14-EP-sen.pdf?fbclid=IwAR0asm2euggT9pVvWYD2kCgp279ozHFPbSlhXzy0CeSKhvEux80WR2UgWV0

Sentencia No.525-14-EP/20 www.corteconstitucional.gob.ec