¿Cuál es la Constitucionalidad de la Denuncia del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas ?UNASUR?? - Derecho Ecuador
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¿Cuál es la Constitucionalidad de la Denuncia del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas ?UNASUR??

RESPUESTA

La Corte Constitucional resolvió que el trámite de denuncia es constitucional, en tanto la decisión pertenece al ámbito de la soberanía nacional en el marco de las relaciones internacionales. También declaró que el Estado debe garantizar que, no se afecten los derechos de las personas que adquirieron estatus migratorio al amparo de los artículos 83 al 89 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, mismos que deberán ser respetados mediante las medidas administrativas, legislativas y judiciales que correspondan.

Dictamen No.17-19-TI/19 del Boletín Jurisprudencial Edición Periódica de la Corte Constitucional del Ecuador

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Con la contestación a la demanda se integra la relación procesal produciendo dos efectos fundamentales: 1) Quedan determinados los sujetos de la relación, actor y demandado, y, 2) Las cuestiones sometidas al pronunciamiento del juzgador.

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El procedimiento establecido para los casos voluntarios está claramente determinado en el Art. 335 del COGEP, es decir, el procedimiento voluntario se inicia con la solicitud que debe contener los mismos requisitos de la demanda.

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