CRISIS INSTITUCIONAL
¿Crisis del Derecho?

Por: Dr. Marco Navas Alvear
Profesor de la PUCE

L A CRISIS INSTITUCIONAL QUE ATRAVIESA el Ecuador tiene pocos precedentes en cuanto a su densidad en nuestra historia republicana. No es que la democracia en nuestro medio no haya experimentado todo tipo de avatares, ni que las instituciones que de ella emanan no hayan sido estructuralmente débiles desde que los inicios; pero hoy quizá la crisis de las instituciones de la democracia si resulta más compleja que antes. Y es que ahora la debilidad de las instituciones que administran justicia, la fragilidad, ineptitud y falta de credibilidad de la Función Ejecutiva y el Parlamento, se relacionarían con una crisis global del modelo de estado de derecho nacional, puesto en jaque por las tendencias de globalización económica y por un profundo reordenamiento del poder mundial. Esto afecta la soberanía de los descuidados estados y por ende, su capacidad de producción de normas y la acción efectiva de las instituciones llamadas a garantizarlas.

Crisis del Derecho y de la legalidad

Uno de los más interesantes pensadores contemporáneos del Derecho, Luigi Ferrajoli, escribió a fines del Siglo anterior un ensayo «Il Diritto come Sistema de Garanzie» (publicado en español en «Derechos y Garantías» Trotta, Madrid, 2001) en el que advertía sobre la crisis que experimenta el derecho en la actualidad. Según el autor italiano, esta crisis, que evidencia la crisis del mismo Estado moderno, podría ser advertida en tres aspectos.

Un primer aspecto lo denomina crisis de la legalidad y tiene que ver con la crisis del carácter vinculante que le dan a las normas quienes las producen y las aplican (los titulares de los poderes públicos). Esta crisis se expresa en palabras de Ferrajoli en la «ilegalidad del poder», o bien, como he mencionado en numerosas ocasiones, en un «sistemático desacato de las normas». Desacato que empieza por quienes producen las normas y continua por quienes las aplican, que se «riega» en verdaderas redes de interesas y de corrupción que devienen en una suerte de «Estado paralelo» y cuyos máximos exponentes pertenecen a las elites gobernantes.

En los hechos y tomando la situación del orden jurídico nacional, tan numeroso y espeso, causa verdadera desesperación observar como existe un enorme afán por legislar en todas las materias, contribuyendo a alimentar el mito de que por Ley se puede solucionar algún problema social. Por ejemplo, se suele decir continuamente como causa de los principales problemas nacionales, que no existe una legislación sobre estos temas o que la existente es obsoleta. Se presiona entonces por reformar tal o cual Ley. Pero, con el mismo afán, al día siguiente que se ha legislado, se empieza a degradar lo hecho, mediante el simple y a veces descarado y más complejo, desacato de la Ley. Se llega al extremo de hacer gala del mayor cinismo para elaborar interpretaciones absurdas de normas cuyo texto resulta claramente contradictorio al sentido que se les quiere dar. El resultado es la crisis de la legalidad y algo más grave «la progresiva degradación del valor de las reglas de juego institucional y del conjunto de límites y vínculos que las mismas imponen al ejercicio de los poderes públicos», en palabras del citado autor.

Crisis Institucional y del Estado Social

Un segundo aspecto se relaciona con la «crisis del estado Social». Uno de los aportes más interesantes de Ferrajoli es su teoría sobre la validez del derecho. El autor postula que para sostener la validez del derecho no se requiere solamente de requisitos formales (respeto a procedimientos para la formación de la Ley, por ejemplo), sino que es preciso considerar como elemento de validez el contenido mismo de las normas en cuanto es coherente con los principios que informan el estado social de derecho. Así refuta o más bien dicho complementa la perspectiva positivista sobre el tema construida por autores como Hans Kelsen, L. A. Hart y más recientemente el fallecido Norberto Bobbio. Esta crisis se manifestaría en «la inflación legislativa provocada por la presión de los interesas sectoriales y corporativos, la pérdida de generalidad y abstracción de las leyes, la creciente producción de leyes ­ acto, el proceso de decodificación y una legislación fragmentaria… habitualmente bajo el signo de la emergencia y la excepción».

Tales frases que en realidad describen un panorama distinto, parecen aplicarse muy bien al nacional. Tenemos un sistema jurídico colapsado, obeso, fragmentario y más, pero mucha parte de el tiene contenidos contrarios a los principios del estado social. Baste mencionar el último engendro denominado en lenguaje vulgar «Ley Topo». Propuesta elaborada por economistas cercanos a las instituciones financieras internacionales y que carece de la mínima coherencia técnica necesaria, que mezcla de manera incoherente una serie de temas distintos y que en gran parte acusa esa incoherencia con los valores sociales que el Ecuador aprobó en su última Constitución.

El Estado Nacional

Finalmente, esta un tercer aspecto que remata la crisis derecho y agudiza la desbandada institucional. El poder soberano del estado se relativiza pues las fuerzas globalizadoras van colocando las fuentes del derecho y las instancias de decisión fuera de nuestras fronteras. Una muestra de ello está en las condiciones para la resolución de conflictos que se han pactado en el marco del Tratado de Libre Comercio.

Este fenómeno no es tan nuevo pero si actualmente muy agudo y explícito. Antes ya, determinadas decisiones se tomaban fuera de nuestras fronteras pero hoy asistiríamos a la anulación de procedimientos, formalidades e instancias.

La Crisis del Derecho en el Ecuador

Esta triple manifestación de la Crisis del Derecho, que hemos dibujado gracias a las ideas de Ferrajoli, como ha afirmado éste, «corren el riesgo de traducirse en una crisis de la democracia».

Estamos en el pleno estallido de la Crisis del Derecho. Este fenómeno no es exclusivo de las débiles democracias de América Latina, pero si más dramático en estos, nuestros países.

Quienes luchan o pretenden luchar por la democracia no deberían olvidar que esta no solamente se fortalece exigiendo el respeto a las reglas formales sino que se encarna cuando las personas que la viven tienen unas condiciones básicas que el estado garantiza.

Por supuesto que lo primero permite lo segundo pero estas condiciones no necesariamente se dan de forma espontánea. Se requiere un Estado responsable y una ciudadanía activa y sensible.