Autora: Ab. Rosana Castro Arroyo, MSc

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Comunidad Andina

El Acuerdo de Cartagena es un acuerdo de integración subregional Andino; también es un instrumento jurídico internacional firmado en Cartagena de Indias (Colombia), el pasado 26 de mayo de 1969, por el cual se crea la Comunidad Andina, que tiene como miembros a varios países como Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.

La CAN se pronuncia a través de Decisiones y Resoluciones. Las decisiones constituyen pronunciamiento vinculante porque fue emitida por la Comisión de la Comunidad Andina, que es un órgano normativo del Sistema Andino de Integración, cuya capacidad legislativa es expresada en decisiones, especialmente vinculadas con comercio e inversiones. Las resoluciones constituyen un pronunciamiento vinculante porque fue emitida por la Secretaria General de la Comunidad Andina, que es un órgano ejecutivo y técnico, cuya capacidad técnica es expresada en Resoluciones y Dictámenes (que no son vinculantes).

En Relación con el transporte multimodal y las diferentes formas de transportar la CAN ha emitido los siguientes instrumentos andinos: 1) La Decisión Nro. 271, de octubre de 1990, en la que consta el Sistema Andino de Carreteras; 2) La Decisión Nro. 314, de fecha 06 de febrero de 1992, que contiene la norma para la libertad de Acceso a las Cargas Transportadas por vía marítima y políticas para el Desarrollo de la Marina Mercante del Grupo Andino; 3) La Decisión Nro. 331, de fecha 04 de marzo de 1993, en la que consta la regulación al Transporte Multimodal. Fue modificada por la decisión Nro. 393, de fecha 09 de julio de 1996; 4) La Resolución Nro. 425, de fecha 20 de agosto de 1996, que contiene el Reglamento para el Registro de Operadores de Transporte Multimodal Internacional, regulando el registro, el certificado del registro, los requisitos; 5) La Decisión Nro. 398, de fecha 17 de enero de 1997, en la que consta la regulación al Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera, sustituye la Decisión 289 y su Reglamento, que se encuentra contenido en la Resolución Nro. 719, de fecha 26 de abril de 2003; 6) La Decisión Nro. 434, de fecha 11 de junio de 1998, por medio de la cual se crea el Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre (CAATT); 7) La Decisión Nro. 467, de fecha 12 de agosto de 1999, en la que consta la Norma Comunitaria que establece las infracciones y el régimen de sanciones para los transportistas autorizados del transporte internacional de mercancías por carretera; 8) La Decisión Nro. 491, de fecha 09 de febrero de 2001, en la que consta el Reglamento técnico andino sobre límites de pesos y dimensiones de los vehículos destinados al transporte internacional de pasajeros y mercancías por carretera; 9) Resolución Nro. 718, de fecha 26 de abril de 2003, que contiene los Criterios para calificar la idoneidad del transportista internacional de pasajeros por carretera; 10) La Decisión Nro. 582, de fecha 04 de mayo de 2004, en la que consta la regulación al Transporte Aéreo en la Comunidad Andina; 11) La Decisión Nro. 619, de fecha 15 de julio de 2005, en el que constan las Normas para la Armonización de los Derechos y Obligaciones de los Usuarios, Transportistas y Operadores de los Servicios de Transporte Aéreo en la Comunidad Andina.

¿Qué tipos de comités de transporte andino existen?

Existen cuatro comités de transporte y son: 1) Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre (CAATT); 2) Comité Andino de Infraestructura Vial (CAIV); 3) Comité Andino de Autoridades de Transporte Acuático (CAATA) y, 4) Comité Andino de Autoridades Aeronáuticas (CAAA).

¿Qué es el Transporte Multimodal?

La Decisión Nro. 331, de fecha 04 de marzo de 1993, en su art. 1 lo define como:

Transporte Multimodal.- El porte de mercancías por dos modos diferentes de transporte por lo menos, en virtud de un único Contrato de Transporte Multimodal, desde un lugar en que el Operador de Transporte Multimodal toma las mercancías bajo su custodia hasta otro lugar designado para su entrega”.

El transporte Multimodal internacional tanto aéreo, como acuático y terrestre que se efectúen entre países miembros de la Comunidad Andina, o en tránsito por sus territorios deberá cumplir con las normas andinas emitidas por la CAN.

Con respecto a Ecuador, la creación de una compañía está sujeta a la Ley de Compañías y su Reglamento; en Colombia a la Ley de Comercio; en Bolivia al Código de Comercio o Decreto Ley 14379; y en Perú la Ley General de Sociedades (LGS).

En Ecuador y Perú una compañía deberá habilitar el Registro Único de Contribuyentes (RUC), en cambio en Colombia y Bolivia es el número de identificación tributaria (NIT).

En Ecuador existe la Asociación Ecuatoriana de Agencias de Carga y Logística Internacional (ASEACI), es la asociación que agremia a consolidadores, desconsolidadores, agentes de carga de exportación, empresas proveedoras de servicios logísticos. ASEACI es socio activo de la Federación de Agentes de Carga y Operadores Logísticos Internacionales de América Latina y el Caribe (ALACAT) y miembro de la Federación Internacional de Agentes de Carga y Operadores Logístico (FIATA).

En Perú existe la Asociación Peruana de Agentes de Carga IATA y Transportes (APACIT), es una asociación de personas naturales y/o jurídicas, representativas del gremio de Agentes de Carga Internacional, así como agentes vinculados al comercio exterior.

En Colombia existe la Asociación Nacional de Empresas Transportadoras de Carga por Carretera (ASECARGA), es una entidad gremial sin ánimo de lucro, dedicada a la defensa de la industria del transporte de carga por carretera. También existe la Federación Colombiana de Logística (FEDELOG), reúne a todos los profesionales vinculados a la actividad logística en Colombia. Sus afiliados se desempeñan como directivos de la gestión logística en diferentes organizaciones del sector de los operadores, intermediarios de comercio exterior, transportadores, embarcadores, almacenadores, académicos, consultores, proveedores de tecnología, equipos y servicios varios para la administración del flujo de materiales, mercancías e información, dentro de la cadena de abastecimiento. Existe también la Federación Colombiana de Agentes Logísticos en Comercio Internacional (FITAC), es la organización gremial que reúne a los sectores más importantes en la cadena del comercio exterior y la logística, que, al interior de la entidad, llevan el nombre de institutos; siendo hoy los de Agencias de Carga, Agencias de Aduanas, Depósitos, Multimodal y Jurídico, con la posibilidad de estructurar otros que cubran sectores especializados no cobijados por alguno de los anteriores.

En Bolivia existe la Asociación de Agentes de Carga Bolivia (ADAC) y la Federación de Asociaciones Nacionales de Agentes de Carga y Operadores Logísticos Internacionales de América Latina y el Caribe (ALACAT), a la que pertenecen ADAC de Bolivia, FITAC de Colombia y ASEACI de Ecuador.

¿Qué partes intervienen?

Las partes intervinientes son: 1) Expedidor: La persona que celebra el Contrato de Transporte Multimodal con el Operador de Transporte Multimodal; 2) Porteador: La persona que efectivamente ejecuta o hace ejecutar el transporte, o parte de éste, sea o no el Operador de Transporte Multimodal; 3) Consignatario: La persona autorizada para recibir las mercancías del Operador de Transporte Multimodal; 4) Operador de Transporte Multimodal: Toda persona que, por sí o por medio de otra que actúa en su nombre, celebra un Contrato de Transporte Multimodal, actúa como principal, no como agente o por cuenta del expedidor o de los porteadores que participan en las operaciones de transporte, y asume la responsabilidad de su cumplimiento; 5) Cargador o transportista: Quien se encarga del traslado de la mercancía. Generalmente el cargador es quien contrata al operador del transporte multimodal, puede actuar por cuenta ajena o por su propia cuenta.

Ventajas para la empresa

1) Aumenta la competitividad en los mercados internacionales e intra subregionales, obteniendo así una posición destacada en su entorno y siendo superior en relación con las otras compañías que se encuentren en el mercado;

2) Valora la innovación, la estabilidad económica, eficiencia en el ámbito laboral;

3) Propicia nuevas oportunidades comerciales para exportaciones no tradicionales, esto como consecuencia de mejores servicios de transporte. Los exportadores pueden posicionar sus productos en mercados de difícil accesibilidad a precios competitivos;

4) Permite hacer una previsión de los ingresos;

5) Reducción de costos de transporte. (Se analiza la combinación de transportes más económica en función de las características de cada operación;

6) Mejora de los costos en la cadena logística internacional, influyendo en el precio final de las mercancías en los mercados de destino;

7) Descongestión de los Puertos Marítimos;

8) Autocontrol del contrabando;

9) Disponen de dispositivos de rastreo satelital (GPS);

10) Usan como norma de calidad ISO 9000; etc.

Ventajas para el usuario:

1) Programación de los despachos y tiempos de viaje; 2) Reduce el tiempo de viaje; 3) Programación de inventarios; 4) Certeza en el cumplimiento de la operación; 5) Tener un solo interlocutor con responsabilidad total, porque prefieren contratar a un único operador del transporte; 6) Atención técnica de manejo de la carga; 7) Menores riesgos de pérdida por saqueo o robo; etc.

Desventajas:

1) Poca familiaridad con las nuevas tecnologías; 2) Poca familiaridad con el comercio y las inversiones; 3) Limitaciones legales. Presencia de limitaciones legales y operativas en la aplicación de normas internacionales; 4) Requerimientos de seguridad. Las inspecciones de diferentes autoridades en terminales y vías de comunicación siguen constituyendo una limitante; 5) Carencia de una visión integrada del tema. Por un lado, no se cuenta con una infraestructura que facilite la realización de operaciones multimodales; pero al mismo tiempo se tiene la creencia de que el Multimodalismo sólo se logra con inversiones en infraestructura y no se toman acciones dirigidas a ampliar la oferta de servicios de transporte.

¿Qué contiene un Proyecto de Transporte?

1) Descripción de los Objetivos, que se relacionen con la visión a corto, mediano y largo plazo; 2) Descripción de la Situación Actual, que implica los recursos actuales, aciertos y problemas; 3) Descripción del Planteamiento, que implica el número de unidades que serán incorporadas para el cumplimiento de los objetivos, si se comprarán o arrendarán, el plazo, la tasa, forma de pago, si se admiten o no abonos extraordinarios, si existirá o no un fideicomiso de por medio; 4) Descripción de la Garantía, que implica si existirá prenda o no en las unidades; 5) Descripción de la Fuente de Pago, que implica el uso de los fondos derivados de los pasajes; 6) Descripción de los negocios relacionados, que implica sobre el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades, avalúo técnico, mecánico, comercial de las unidades, recarga de combustibles a nivel nacional mediante convenio.

¿Qué implica la factibilidad técnica y legal para la operación del transporte internacional multimodal?

1) Antecedentes, contiene un análisis de la movilidad internacional andina, demanda de transporte terrestre internacional de pasajeros en los países miembros de la CAN; 2) Factibilidad legal, contiene los antecedentes jurídicos, los fundamentos que contienen la petición como: i) Constitución de la República del Ecuador (CRE) arts. 11, numerales 1, 4 y 9; 66 numerales 15 y 16; 226; 227; 276 numeral 2; 319; 325; y, 425; ii) Código Orgánico Administrativo (COA) arts. 3; 4; 5; 22, inciso tercero; y, 35; iii) Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (LOTTTSV) arts. 16, 65; 69; 72; y, 74 inciso final; iv) Marco Normativo Andino; 3) Propuesta de Itinerarios y Frecuencias solicitadas, en relación con cada fase, incluye el detalle de los itinerarios para cada ruta; las unidades que van a ser usadas en cada ruta; la geografía de cada ruta; 4) Sistema de ayuda de explotación de equipos, que implica el uso de hardware y software que ayudarán en el comando, control y comunicación operacional de las flotas, implica el uso de GPS; 5) Sistema Integrado de Recaudo (SIR) para ventas de boletos electrónicos, implica el diseño definitivo y las especificaciones técnicas sobre los costos de los pasajes; 6) Estructura Empresarial, implica el uso de un manual de estructuración empresarial, que puede formar parte del Reglamento de Administración y Operación.

A manera de conclusiones, para la creación de una empresa multimodal, se deberá cumplir con la normativa andina emitida y con los requisitos técnicos y legales de cada país miembro de la CAN.