COMPAÑÍAS OFFSHORE - Derecho Ecuador
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COMPAÑÍAS OFFSHORE

Autor: Dr. Roberto Salgado Valdez

Por tratarse de un tema que mantiene su actualidad me permito compartir el texto de la reseña periodística publicada en el Diario El Heraldo de la ciudad de Ambato, el 7 de abril del 2016, en los siguientes términos:

“El experto en Derecho Empresarial y Societario, Roberto Salgado, afirmó que todo lo que está legislado es legal.  No hay nada de ilegalidad en el hecho de que varios paraísos fiscales recepten recursos económicos.

“El crear compañías en el extranjero no es ilegal.  Está perfectamente concebible siempre y cuando los recursos que hayan nutrido a éstas sean legales”, aseguró.

Si existen ecuatorianos que han puesto sus recursos por ejemplo en Panamá y son legítimos, porque aquí tributaron y salieron del país pagando el 5% de impuesto, es obvio que esas personas pueden hacer uso de ese dinero como crean conveniente con total legalidad y legitimidad, reiteró Salgado.

Lo grave radica en que en los últimos días se conoció lo ocurrido en el país centroamericano.  Están trascendiendo nombres de personas que son propietarias de ciertos recursos y capitales, quienes deberán demostrar de donde los obtuvieron.

 

“No puede aparecer que alguien tenga una compañía en Panamá con 10, 20 o 30 millones de dólares sin justificación.  Todos los dineros tienen que ser justificados, caso contrario, caerían en un hecho ilícito, pero no la constitución de la compañía, más bien la utilización ilícita de esos fondos”, enfatizó.

Salgado recalcó que no solo se debe investigar quienes sacaron los fondos al exterior, sino si estos dineros fueron utilizados lícitamente.

El experto señaló que se crean ciertas compañías “offshore” en distintos sectores, que son receptoras de negocios de empresas ecuatorianas, cuyos recursos en gran parte se quedan en países como Panamá, donde la tributación es demasiado baja; sin embargo, deciden enviar a Ecuador un mínimo de ese capital corriendo el riesgo de caer en el plano de la defraudación.  Si estas acciones se confirman debería haber sanciones como estipula la ley de nuestro país, puntualizó”.

Dr. Roberto Salgado Valdez

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Revista Judicial: Compañías Offshore

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