CAUSA N°: 17230-2019-19969 - Derecho Ecuador
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CAUSA N°: 17230-2019-19969

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO-COGEP

JUEZ PONENTE: DRA JENNY TAFUR SALAZAR

EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL POR LA PRENSA

EXTRACTO DE LA DEMANDA:

CAUSA N°: 17230-2019-19969

MATERIA: Civil TIPO: Ordinario ACCION: Prescripción extraordinaria Adquisitiva de dominio

ACTOR: Dutan Luis y Rojas Rosa

DEMANDADO/s: Herederos presuntos y desconocidos del causante señor SAMUEL ROJAS TRUJILLO

A quien se le C I T A: Haciendo conocer que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en su contra, cuyo extracto es el siguiente:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 26 de diciembre del 2019, las 11h35.- Agréguese al proceso el escrito presentado. Por cuanto del acta que antecede se advierte el cumplimiento de lo dispuesto en auto sustanciación de fecha 28 de noviembre del 2019; se procede a calificar la demanda de clara, y por contener los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE a Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- HECHO QUE SEA, en virtud a que los señores LUIS MARIO DUTAN ANDRADE y ROSA INES ROJAS RUEDA han declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares e instituciones públicas le ha sido imposible determinar el domicilio de los herederos presuntos y desconocidos del causante señor SAMUEL ROJAS TRUJILLO de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda y este auto de sustanciación. A los demandados en la presente causa se les advierte de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados a partir de la última publicación conforme lo previsto en el penúltimo inciso del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibídem, de ser el caso. De conformidad con lo ordenado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, con el contenido de la demanda y este auto, CÍTESE a los personeros del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial para sus notificaciones.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios en la forma señalada tanto en el escrito inicial de demanda como en el de complemento y aclaración a la misma; para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba que se realice en la respectiva audiencia.- NOTIFIQUESE y CÍTESE. F) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR.

Lo que se C I T A por la prensa para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura.

AB. JAIME CADENA VÁSQUEZ

SECRETARIO JUDICIAL

Complejo Judicial Quito Norte, ubicado en la Av. Amazonas entre Pereira y Villalengua

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO-COGEP

Hay firma y sello

001-004-0319/ms

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