BRAZALETE ELECTRÓNICO



?Creatividad es pensar en
nuevas ideas. Innovación es hacer cosas nuevas?:
Theodore Levitt.


Autor: Dr. Augusto Durán Ponce.

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Libertad.
?La libertad, como la vida, sólo la merece quien sabe conquistarla todos los
días?, decía Johann Goethe. El
sentido y finalidad de la libertad es permitir a las personas que todos
los días cumplan sus anhelos,
responsabilidades y alcancen un ideal, porque, según Goethe: ?Vivir sin un
ideal es vivir a medias?.


Los
alimentantes tienen la obligación de atender las necesidades de sus
descendientes. Si caen en mora del pago de las pensiones alimenticias saben que
pierden su libertad.

Definición de Prisión


Esta
palabra proviene del latín ?prehensio?, acción y efecto de
agarrar, atrapar. Es una pena
privativa de la libertad, que consiste en que el condenado ingresa a una cárcel
por un tiempo establecido en la ley. La
prisión es inferior a la reclusión y superior al arresto. Es una medida de control social y el más duro y último recurso
para asegurar el pago de las pensiones
alimenticias.

Tolstoi,
en su novela ?Resurrección? se preguntaba ¿por qué unas personas se creen con
poder y razón para encarcelar a otras?

Obligación de Alimentos

Paulus,
en el antiguo Digesto, consideraba homicida al que no suministra alimentos y
decía: ?No debe considerarse homicida sólo al que sofoca al recién nacido sino
también al que no lo recibe, al que niega alimentos y al que le expone en
lugares públicos de la misericordia que
él mismo no tiene?. Son
prestaciones económicas a las que están obligadas por ley ciertas personas en
beneficio de otras, para atender necesidades apremiantes de una vida decorosa y
digna. Son el conjunto de elementos necesarios para la vida del ser humano.


Fundamento

El
derecho de alimentos tiene como fundamento la sangre. Los consanguíneos tienen
el deber moral de alimentar a las personas a las cuales están unidas por la
sangre.

¿Qué
comprenden los alimentos?

El
Código de la Niñez y Adolescencia
dispone que el derecho los alimentos implica la garantía de proporcionar los
recursos necesarios para satisfacer las siguientes necesidades básicas:
alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente; salud integral: prevención, atención
médica y provisión de medicinas; educación; cuidado; vestuario adecuado;
vivienda segura, higiénica y dotada de los servicios básicos; transporte;
cultura, recreación y deportes; y, rehabilitación y ayudas técnicas si el
derecho habiente tuviere alguna discapacidad temporal o definitiva.

El
artículo 27, numeral 4 de la ?Convención
sobre derechos del niño? establece que ?Los Estados Partes tomarán todas las
medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de
los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el
niño??

Apremio personal

Cuando
el padre o la madre incumplan el pago de dos o más pensiones alimenticias, el
juez dispondrá el apremio personal hasta por treinta días o hasta el pago total
de la obligación.

La
obligación de suministrar alimentos empieza desde la concepción del ser humano
y termina con la muerte del titular, de todos los obligados al pago, y por cumplir la mayoría de edad, salvo su
extensión hasta los veinte y un años de edad, si el alimentado cursa estudios
superiores.

El artículo 66, en el numeral 29, literal c)
de la Constitución de la República, dispone ?Que ninguna persona pueda ser
privada de su libertad por deudas, costas, multas, tributos, ni otras
obligaciones, excepto el caso de
pensiones alimenticias?.

Brazalete
Electrónico

El Brazalete es un dispositivo que lleva una
persona en su cuerpo, para controlarla a distancia. Mientras que Electrónica es la parte de la Física que estudia
los cambios y movimientos de los electrones libres y la acción de las fuerzas electromagnéticas que se utilizan
en un aparato que recibe y transmite información.

La electrónica ha producido una verdadera
revolución en la sociedad, permitiendo el acceso inmediato a la información y al
conocimiento, brindando usos insospechados
en Medicina, Ingeniería, Ambiente, Derecho y en todos los campos.

Las redes sociales son producto de la
electrónica. Umberto Eco dice: ?Las
redes sociales le dan derecho de hablar a legiones de idiotas que primero
hablaban sólo en el bar después de un vaso de vino, sin dañar a la comunidad.
Ellos rápidamente eran silenciados, pero ahora tienen el mismo derecho a hablar
que un premio Nobel. Es la invasión de los imbéciles?. La electrónica ha abierto la posibilidad de que todos expresen
sus ideas.

El brazalete electrónico es un dispositivo de vigilancia, conectado al
ECU 911, que detecta la localización de una persona en determinados lugares de
la sociedad y transmite los datos en forma electrónica a una central de
monitoreo o sirve, también, para detectar una sustancia prohibida en el cuerpo
de una persona. Es una medida alternativa a la prisión y no una forma de
prisión virtual.

El Código Orgánico Integral Penal incorpora
la figura del brazalete electrónico al ordenamiento jurídico nacional, cuando
en su Disposición Transitoria Décimo
Novena dispone que ?El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos en
coordinación con el Consejo de la Judicatura pondrá en funcionamiento los
dispositivos de vigilancia electrónica y su respectiva plataforma?.

El Gobierno remitió el proyecto sobre
brazalete electrónico, el mismo que se convirtió en norma, para reducir en un
veinte por ciento la población carcelaria y así ahorrar recursos económicos.
Los cálculos han determinado que el gasto en los brazaletes es menor a mantener en las cárceles a los privados de la
libertad.

El uso del brazalete electrónico es:

1.
Violatorio
de la privacidad,
que es lo más íntimo de los seres humanos,
quienes se constituyen en un recinto impenetrable. El derecho a la privacidad
se halla consagrado en el artículo 66, numeral 3 de la Constitución.

2. Atentatorio contra la dignidad de
las personas. La dignidad es lo más valioso de una persona y el fundamento de
sus derechos. En consecuencia, toda persona merece respeto como ser individual
y social, con sus características y condiciones.

La
dignidad es el derecho de todos por el
hecho de existir. Este derecho está reconocido en el artículo 66, numeral 2 de
la Constitución de la República.

3.
Humillante y
estigmatizador
para
quien lo porta, como una ?marca?,
que lo afrenta y humilla, lo que está en pugna con lo proclamado en el Artículo
66, numeral 3 y 18 de la misma Constitución de la República.

El que ve a una persona con un brazalete electrónico
no está en condiciones de diferenciar si se trata de un moroso de pensiones
alimenticias o un delincuente común.


El artículo 10.1 del ?Pacto
Internacional sobre los derechos civiles y políticos?, dice: ?Toda persona
privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la
dignidad inherente al ser humano?.

Con toda razón, Alberto Camus sostenía que ?El derecho humano no debe acabar en la
puerta de las cárceles?.

El uso del brazalete electrónico debe ser
facultativo de quien se halla privado de la libertad y no una disposición
caprichosa de la autoridad. En todo caso, debe requerirse el consentimiento del
usuario.

Para
que los deudores de alimentos que se hallan privados de su libertad sean
incluidos en el uso del brazalete electrónico se requiere de una reforma al
literal c) del numeral 29 del artículo
66 de la Constitución, que contempla que la prisión para los morosos en el pago
de las pensiones alimenticias es una excepción.

No procede una enmienda, porque está en juego
el derecho de los menores y el Estado tiene que reconocer que la vida es un
derecho superior a la libertad, ya que se nace con un conjunto de derechos y
nadie puede vivir sin alimentos, por lo que ?hay que comer para vivir? y no
vivir para comer. De manera previa hay que precisar la diferencia en cuanto a
lo que sanciona el Código Penal y lo que significa incumplir el pago de
pensiones alimenticias.

A pretexto de ahorrar en el cuidado a los
privados de libertad se pretende incorporar al uso del brazalete electrónico a
quienes no cumplen con el pago oportuno de las pensiones alimenticias. El uso
del brazalete electrónico es una medida alternativa a la prisión.