La garantía de motivación en el silencio administrativo negativo

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Autores: Alexandra Ruano Sánchez
Andrea Bethsabe Brito Lavayen
En la dinámica del Estado constitucional de derechos y justicia, la administración pública tiene el deber primario de responder a las peticiones ciudadanas de manera oportuna, transparente y debidamente fundamentada. Sin embargo, la figura del silencio administrativo negativo abre un debate profundo sobre la vulneración de los derechos ciudadanos en la relación entre el administrador y el administrado.
El artículo académico de investigación titulado “La garantía de motivación en el contexto del silencio administrativo negativo” y publicado en la revista “Derecho Crítico”, analiza rigurosamente cómo la inacción estatal afecta la arquitectura de la seguridad jurídica en Ecuador.
El choque entre la inacción Estatal y la debida motivación
La garantía de motivación, consagrada en el artículo 76, numeral 7, literal l) de la Constitución de la República del Ecuador, establece que las resoluciones de los poderes públicos deben ser motivadas, señalando las normas o principios jurídicos en que se funda y explicando la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho.
El estudio demuestra que el silencio administrativo negativo—al operar como una denegación tácita ante la falta de pronunciamiento en los plazos legales—genera una ficción jurídica que deja al ciudadano en estado de indefensión:
Inseguridad jurídica: Al no existir un acto administrativo motivado, el administrado desconoce las razones fácticas y jurídicas de la negativa, lo que limita de forma drástica su derecho a la defensa.
Falta de transparencia: La inactividad o desidia de los órganos del Estado contraviene los principios de eficacia, eficiencia y transparencia que rigen a la administración pública.
Incompatibilidad constitucional: La investigación concluye que la denegación implícita por la vía del silencio negativo resulta sustancialmente incompatible con la obligación estatal de motivar todos sus actos.
Propuestas para el fortalecimiento del Estado Constitucional
Frente a esta problemática doctrinal y práctica, las autoras enfatizan la necesidad de adecuar los mecanismos normativos e institucionales para priorizar siempre la emisión de resoluciones expresas. Se vuelve imperativo fortalecer los controles y exigir que la Administración Pública emita respuestas oportunas y adecuadamente fundamentadas, evitando que la falta de gestión de las instituciones públicas afecte los derechos fundamentales de los ciudadanos.
¿Considera que la normativa administrativa ecuatoriana debe reformarse para sancionar de manera más severa la omisión de respuesta de las autoridades?
Artículo Completo
Universidad de Guayaquil
https://revistas.ug.edu.ec/index.php/dcjcsp/article/view/2992





