n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Jueves, 14 de Octubre de 2010 – R. O. No. 300

n n

n

FUNCIÓN EJECUTIVA
n
nACUERDOS:
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n
n161-2010
n
Decláranse en comisión de servicios en el exterior y licencia con remuneración por servicios institucionales, a las señoras Florence Delphine Baillon y Tatiana Paola Sánchez Ramón
n
n162-2010
n
Apruébase la inscripción y registro de la reforma del Estatuto de la Fundación Arte del Mundo, con domicilio en la ciudad de Baños, provincia de Tungurahua
n
nMINISTERIO DE GOBIERNO:
n
n1429
n
Refórmase el Estatuto de la Iglesia Evangélica El Poder de Dios, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha
n
n1432
n
Refórmase el estatuto y cambio de denominación de la Iglesia Internacional del Nombre de Jesús a Iglesia Nuevo Pacto del Nombre de Jesús, con domicilio en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas
n
n1433
nRefórmase el Estatuto de la Misión Campañas al Aire Libre Ecuador, CALE, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha
n
n1434
nOrdénase la inscripción del Estatuto de la Iglesia Cristiana Arca del Pacto, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha
n
nMINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS:
n
n0214
n
Nómbrase a la señora Natacha Reyes Salazar, Directora Ejecutiva de la Unidad de Coordinación para la Reforma de la Administración de Justicia en el Ecuador, PROJUSTICIA
n
n0215
nDerógase el Acuerdo Ministerial Nº 0181 de 1 de marzo del 2010, a través del cual se emitió el “Reglamento Interno para el pago de viáticos, movilizaciones, subsisten-cias y alimentación para los/as servido-res/as del MJDH”
n
n0217
nAutorízase el uso de vacaciones al ingeniero Freddy Pavón Vásquez, Viceministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n241
n
Apruébase la Reevaluación del Estudio de Impacto Ambiental Expost para la fase de desarrollo y producción del campo Nantu y actualización del Plan de Manejo Ambiental, para la perforación de 8 pozos de desarrollo en la plataforma Nantu B, obras civiles complementarias y construc-ción de líneas de flujo para inyección, producción y pruebas hasta la plataforma Hormiguero A, que se ubica en el cantón y provincia de Orellana
n
n243
nRatifícase la aprobación del Estudio Expost-Diagnóstico y Plan de Manejo Ambiental de la Planta Industrial de COMERCIAL ALFA, ubicada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas
n
nCONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES:
n
n464-16-CONATEL-2010
n
Expídese la Norma que regula el procedimiento para la entrega de información relacionada con la localización geográfica aproximada de una llamada realizada por un usuario del Servicio Móvil Avanzado
n
nDIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN:
n
nDIGERCIC-DAJ-2010-000165
n
Declárase la caducidad de las cédulas de identidad y ciudadanía obtenidas con datos inexistentes de nuestra institución de ciudadanos extranjeros
n
nINSTITUTO DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA:
n
n060-DG-INFA-2010
n
Modifícase la Resolución Administrativa Nº 040-DG-INFA-2010 de 29 de julio del 2010
n
nSUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS:
n
nSBS-2010-477
n
Apruébase el Estatuto del “Fondo de Cesantía Privado de los Empleados, Trabajadores y Docentes del Gobierno Municipal de Otavalo-FCPC”
n
nEMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE TELECOMUNICACIONES, AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CUENCA ETAPA EP:
n

n- Expídese el Reglamento para el ejercicio de la acción coactiva
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n

n- Cantón Durán: De Creación de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Durán – Empresa Pública (EMAPAD-EP)
n
n- Cantón Pallatanga: Que reglamenta el servicio del camal municipal
n
nAVISOS JUDICIALES:
n

n- Muerte presunta del señor Pedro Maximiliano Villavicencio Ramírez (1ra. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Wilson Guillermo Bailón Cerezo (2da. publicación)
n
n- Muerte presunta del señor Ulbio Dídimo Zambrano Espinoza (3ra. publicación)
n
n- Juicio de expropiación seguido por la M. I. Municipalidad de Guayaquil en contra del señor Carlos Vicente Rodríguez Vite y otros, herederos conocidos y a los herederos presuntos y desconocidos y a quienes se crean con derechos reales (3ra. publicación)

n n n Nº 161-2010 n n Ivonne Marisela Rivera Yánez n MINISTRA DE CULTURA (E) n n Considerando: n n

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;

n n

Que, el literal i) del artículo 29 de la LOSCCA, dispone: “Todo servidor público tendrá derecho a gozar de licencia con remuneración:… i) Para efectuar estudios regulares de postgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que interese a la Administración Pública, mediante comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de la unidad de administración de recursos humanos, siempre que el servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja.”;

n n

Que, el artículo 48 del Reglamento de la LOSCCA, dispone: “Cuando una autoridad o servidor se desplace a cumplir tareas oficiales en reuniones, conferencias, o visitas de observación dentro o fuera del país se le concederá licencia con remuneración, mediante comisión de servicios, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y transporte por el tiempo que dure dicha licencia desde la fecha de salida hasta el retorno. Para estos casos, no será necesario haber cumplido un año de servicio en la Institución.”;

n n

Que, el artículo 17 del Reglamento para el pago de viáticos en el exterior para las servidoras y servidores de las instituciones del Estado, expedido mediante Resolución Nº SENRES-2009-182 de 12 de agosto del 2009, dispone: “Las autorizaciones de viaje de licencia para el cumplimiento de servicios institucionales en el exterior de las servidoras o servidores que laboren en entidades de la función ejecutiva y de las entidades adscritas se las realizará a través del correspondiente acuerdo o resolución, según el caso, previa autorización de la Secretaría General de la Administración Pública a través del sistema informático para viajes al exterior de la Presidencia…”;

n n n

Que, mediante oficio Nº MC/DP/RRII-310/2010 de 2 de agosto del 2010 suscrito por Zulma Yugar Párraga en calidad de Ministra de Culturas de Bolivia, se remite la invitación a la Ministra de Cultura del Ecuador para la profundización de relaciones bilaterales de los pueblos y gobiernos bolivianos y ecuatorianos en el ámbito de la cultura, agenda prevista entre los días 19 y 21 de agosto del 2010 en la ciudad de La Paz, Bolivia;

n n

Que, mediante memorando Nº 0180-MC-DM-2010 de 10 de agosto del 2010, la Ministra de Cultura dispone realizar los trámites pertinentes a fin de declarar en comisión de servicios del 19 al 21 de agosto del 2010 a las señoras Florence Delphine Baillon y Tatiana Paola Sánchez Ramón, quienes vienen desempeñándose como Asesora Ministerial y abogada de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural (respectivamente), para que asistan en calidad de comitiva oficial del Ministerio de Cultura del Ecuador a las reuniones técnico jurídicos y a la firma del Acuerdo Marco de Cooperación Cultural entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República del Ecuador, a realizarse en la ciudad de La Paz, Bolivia;

n n

Que, mediante Dictamen Nº MC-DRRHH-028-2010 de 17 de agosto del 2010 la Dirección de Recursos Humanos emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios en el exterior, licencia con remuneración por servicios institucionales, entre el 18 y 22 de agosto del 2010, a favor de la señora Florence Delphine Baillon. Mediante Dictamen Nº MC-DRRHH-029-2010 de 18 de agosto del 2010 la Dirección de Recursos Humanos emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios en el exterior, licencia con remuneración por servicios institucionales, entre el 20 y 22 de agosto del 2010, a favor de la señora Tatiana Paola Sánchez Ramón;

n n

Que, con fecha 18 de agosto del 2010, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública autoriza las solicitudes de viaje al exterior Nº 6250 y Nº 6254 a favor de las señoras Florence Delphine Baillon y Tatiana Paola Sánchez Ramón (respectivamente), para que asistan en calidad de comitiva oficial del Ministerio de Cultura del Ecuador a las reuniones técnico jurídicos y a la firma del Acuerdo Marco de Cooperación Cultural entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República del Ecuador; y,

n n

Por disposición de la ley y en uso de sus atribuciones,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Declarar en comisión de servicios en el exterior, licencia con remuneración por servicios institucionales, entre los días 18 y 22 de agosto del 2010 y entre los días 20 y 22 de agosto del 2010, a las señoras Florence Delphine Baillon y Tatiana Paola Sánchez Ramón (respectivamente), para que asistan en calidad de comitiva oficial del Ministerio de Cultura del Ecuador a las reuniones técnico jurídicos y a la firma del Acuerdo Marco de Cooperación Cultural entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República del Ecuador, a realizarse en la ciudad de La Paz, Bolivia.

n n

Art. 2.- Los gastos que implican la presente comisión de servicios, serán cubiertos con recursos del presupuesto institucional.

n n

Art. 3.- Encárguese a la Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Gestión Administrativa y Dirección de Gestión Financiera, la debida ejecución del presente acuerdo ministerial.

n n

Art. 4.- El presente instrumento legal entrará en vigencia desde el momento de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte días del mes de agosto del dos mil diez.

n n

f.) Ivonne Marisela Rivera Yánez, Ministra de Cultura (E).

n n Nº 162-2010 n n MINISTERIO DE CULTURA n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador consagra “…El derecho asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”;

n n

Que el Título XXX del Libro I del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial Nº 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a través de Decreto Ejecutivo Nº 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial Nº 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió el “Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil, denominación sustituida con Decreto Ejecutivo Nº 610 de 7 de septiembre del 2007, publicado en el Registro Oficial Nº 171 de 17 de septiembre del 2007, por la siguiente: “Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales”;

n n

Que con Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial Nº 311 de 8 de abril del 2008, se expidieron varias reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 002 de 14 de marzo del 2007 el Ministerio de Cultura aprobó el Estatuto de la Fundación Arte del Mundo; Que los socios de la Fundación Arte del Mundo han discutido y aprobado internamente la reforma del estatuto en mención en asamblea general de 30 de marzo del 2010, según consta de la convocatoria y acta debidamente certificadas que han sido presentadas a esta Cartera de Estado;

n n

Que la reforma del estatuto que propone la Fundación Arte del Mundo, no se oponen al ordenamiento jurídico vigente ni al orden público ni a las buenas costumbres;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 002 – 2010 de 18 de enero del 2010, el señor Ministro de Cultura delega al Viceministro de Cultura la facultad para efectuar la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución de las organizaciones sin fines de lucro que se constituyan dentro del ámbito de competencia de esta Cartera;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación, inscripción y registro de la reforma de estatuto de la FUNDACIÓN ARTE DEL MUNDO, con domicilio en la ciudad de Baños, provincia de Tungurahua, República del Ecuador; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el literal k) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar la inscripción y registro de la reforma de Estatuto de la FUNDACIÓN ARTE DEL MUNDO, con domicilio principal en la ciudad de Baños, provincia de Tungurahua, República de Ecuador, con el siguiente agregado:

n n

“Articulado….- La Fundación se someterá a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada.

n n

Serán las actividades de la Fundación y/o de sus personeros las que determinen si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n

La Fundación cumplirá estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil”.

n n n

Art. 2.- La fundación se sujetará a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Registro Oficial Nº 311, de 8 de abril del 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.

n n

Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial de aprobación de reforma de estatutos a la Fundación Arte del Mundo.

n n

Art. 4.- Este acuerdo entrará en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 23 días del mes de agosto del 2010.

n n

f.) Ivonne Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura.

n n Nº 1429 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS n n Tania Pauker Cueva n SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN POLÍTICA n n Considerando: n n

Que, el representante legal de la IGLESIA EVANGÉLICA EL PODER DE DIOS, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha, ha solicitado a este Ministerio el registro y publicación de la reforma al estatuto, aprobado en asamblea general realizada el día 1 de septiembre del 2009;

n n

Que, la entidad religiosa fue reconocida jurídicamente por el Estado Ecuatoriano mediante Acuerdo Ministerial Nº 0197 de 18 de junio del 2002, con el nombre de IGLESIA EVANGÉLICA EL PODER DE DIOS;

n n

Que, la Subsecretaría Jurídica mediante informe Nº 2010- 1122-SJ-mjj, de 17 de mayo del 2010, emite pronunciamiento favorable para que se registre y publique el estatuto reformado; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial Nº 0953, de 11 de marzo del 2010, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 212 y el Reglamento de Cultos Religiosos,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Ordenar al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad religiosa, tome nota en el respectivo registro la reforma del estatuto de la IGLESIA EVANGÉLICA EL PODER DE DIOS, al tenor de lo dispuesto el Art. 4 del Decreto Supremo Nº 212, publicado en el Registro Oficial Nº 547 de 23 de julio de 1937, y Art. 12 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos, siempre que así lo resolviere, cualquier modificación en el estatuto, ingreso o salida de miembros, cambios en el personal del gobierno interno o del representante legal de IGLESIA EVANGELICA EL PODER DE DIOS, a efectos de disponer su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo de reforma al Estatuto de la IGLESIA EVANGÉLICA EL PODER DE DIOS, entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 7 de junio del 2010.

n n

f.) Tania Pauker Cueva, Subsecretaria de Coordinación Política, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en dos foja(s) útil(es) reposa en los archivos de la Subsecretaría Jurídica.- Quito, 17 de junio del 2010.- f.) Ilegible, Subsecretaría Jurídica.

n n Nº 1432 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS n n Tania Pauker Cueva n SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN POLÍTICA n n Considerando: n n

Que, el representante legal de la Iglesia Internacional del Nombre de Jesús, con domicilio principal en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, ha solicitado a este Ministerio el registro del estatuto reformado y cambio de denominación de la Iglesia Internacional del Nombre de Jesús a Iglesia Nuevo Pacto del Nombre de Jesús, aprobado en asamblea general realizada el día 6 de septiembre del 2009;

n n

Que, dicha organización religiosa fue reconocida jurídicamente mediante Acuerdo Ministerial Nº 0388 de 5 de noviembre del 2001, con el nombre de Iglesia Internacional del Nombre de Jesús;

n n

Que, la Subsecretaría Jurídica mediante informe Nº 2010- 1227-SJ-mjj de 1 de junio del 2010, emite pronunciamiento favorable para el registro del estatuto reformado y cambio de denominación de la Iglesia Internacional del Nombre de Jesús a Iglesia Nuevo Pacto del Nombre de Jesús; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos con Acuerdo Ministerial Nº 0953, de 11 de marzo del 2010 y conforme dispone la Ley de Cultos y el Reglamento de Cultos Religiosos,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer al Registrador de la Propiedad del cantón Santo Domingo, domicilio principal de la entidad religiosa, tome nota en el respectivo registro la reforma de su estatuto y cambio de denominación de la Iglesia Internacional del Nombre de Jesús a Iglesia Nuevo Pacto del Nombre de Jesús, al tenor de lo dispuesto en el Art. 4 del Decreto Nº 212, publicado en el Registro Oficial Nº 547 de 23 de julio de 1937, y Art. 12 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos, siempre que así lo resolviere, cualquier modificación en el estatuto, ingreso o salida de miembros, cambios en el personal del gobierno interno o del representante legal de la Iglesia Nuevo Pacto del Nombre de Jesús, a efectos de disponer su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 7 de junio del 2010.

n n

f.) Tania Pauker Cueva, Subsecretaria de Coordinación Política, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en dos foja(s) útil(es) reposa en los archivos de la Subsecretaría Jurídica.- Quito, 15 de junio del 2010.- f.) Ilegible, Subsecretaría Jurídica.

n n Nº 1433 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS n n Tania Pauker Cueva n n SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN POLÍTICA n n Considerando: n n

Que, el representante legal de la MISIÓN CAMPAÑAS AL AIRE LIBRE ECUADOR, CALE, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha, ha solicitado a este Ministerio el registro y publicación de la reforma al estatuto, aprobado en asamblea general realizada el día 25 de marzo del 2009;

n n

Que, la entidad religiosa fue reconocida jurídicamente por el Estado Ecuatoriano mediante Acuerdo Ministerial Nº 1458 de 17 de noviembre del 2002, con el nombre de MISIÓN CAMPAÑAS AL AIRE LIBRE ECUADOR, CALE;

n n

Que, la Subsecretaría Jurídica mediante informe Nº 2010- 1226-SJ-mjj de 1 de junio del 2010, emite pronunciamiento favorable para que se registre y publique el estatuto reformado; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial Nº 0953, de 11 de marzo del 2010, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 212 y el Reglamento de Cultos Religiosos,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Ordenar al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad religiosa, tome nota en el respectivo registro la reforma del Estatuto de la MISIÓN CAMPAÑAS AL AIRE LIBRE ECUADOR, CALE, al tenor de lo dispuesto el Art. 4 del Decreto Supremo Nº 212 publicado en el Registro Oficial Nº 547 de 23 de julio de 1937, y Art. 12 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos, siempre que así lo resolviere, cualquier modificación en el estatuto, ingreso o salida de miembros, cambios en el personal del gobierno interno o del representante legal de la MISION CAMPAÑAS AL AIRE LIBRE ECUADOR, CALE, a efectos de disponer su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo de reforma al Estatuto de la MISIÓN CAMPAÑAS AL AIRE LIBRE ECUADOR, CALE entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Comuníquese. n n

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 7 de junio del 2010.

n n

f.) Tania Pauker Cueva, Subsecretaria de Coordinación Política, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en dos foja(s) útil(es) reposa en los archivos de la Subsecretaría Jurídica.

n n Quito, 8 de julio del 2010. n n f.) Ilegible, Subsecretaría Jurídica. n n Nº 1434 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICÍA Y CULTOS n n Tania Pauker Cueva n SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN POLÍTICA n n Considerando: n n

Que, en esta Secretaría de Estado se ha presentado una solicitud y documentación pertinente para la inscripción y publicación en los registros correspondientes de la entidad religiosa denominada IGLESIA CRISTIANA ARCA DEL PACTO;

n n

Que, los numerales 8 y 13 del artículo 66 de la Constitución Política de la República, en su orden, reconocen y garantizan a las personas el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos; y, el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que, mediante informe jurídico Nº 2010-1221-SJ-vv de 31 de mayo del 2010, se emite pronunciamiento favorable para que se disponga la inscripción y publicación en los registros correspondientes, el estatuto de la entidad religiosa denominada IGLESIA CRISTIANA ARCA DEL PACTO, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos), publicado en el Registro Oficial Nº 547 de 23 del mismo mes y año, así como, con el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en el Registro Oficial Nº 365 de 20 de enero del 2000; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial Nº 0953 de 11 de marzo del 2010 y conforme establece la Ley de Cultos y su reglamento de aplicación,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Ordenar la inscripción del estatuto de la entidad religiosa denominada IGLESIA CRISTIANA ARCA DEL PACTO, en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del cantón Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad, y concederle personalidad jurídica de acuerdo con la ley.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que la organización religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos cualquier modificación en los estatutos o en el personal del gobierno interno; ingreso y egreso de miembros, así como los cambios del representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTÍCULO TERCERO.- Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Gobierno, el estatuto y expediente de la entidad religiosa denominada IGLESIA CRISTIANA ARCA DEL PACTO de conformidad con el Art. 11 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTÍCULO CUARTO.- Not