AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiƩrcoles 06 de Agosto
2014 – R. O. No. 305

SUMARIO

SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica:

Ejecutivo:

Acuerdos

686 AutorĆ­zase la licencia con cargo a vacaciones del Eco.
Augusto Espinosa, Ministro de EducaciĆ³n

689 AutorĆ­zase la licencia con cargo a vacaciones del Ing.
Walter HipĆ³lito SolĆ­s, Secretario del Agua

SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e
InnovaciĆ³n:

2014-081 DelƩganse facultades a la doctora Rina Catalina
Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n,
encargada

2014-085 RefĆ³rmase el Reglamento para la Movilidad e
Intercambio de Investigadores en Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n ?Prometeo
Viejos Sabios?

2014-087 ExpĆ­dense las bases de aplicaciĆ³n para el Concurso
de Reconocimiento a la InvestigaciĆ³n CientĆ­fica – TemĆ”tica: Medio Ambiente

2014-088 DelƩganse facultades a los rectores y rectoras de
los institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos, pedagĆ³gicos, de artes y los
conservatorios superiores pĆŗblicos

2014-090 OtĆ³rgase personalidad jurĆ­dica de derecho privado y
sin fines de lucro a la AsociaciĆ³n de InformĆ”ticos de El Oro – ASINFORO, con
domicilio en la ciudad de Machala, provincia de El Oro

2014-091 RefĆ³rmase el Reglamento para la suscripciĆ³n de
convenios de pago de los valores adeudados resultantes de los contratos de
financiamiento de beca

2014-092 DelƩganse facultades a la doctora Rina Catalina
Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n,
encargada

2014-093 RefĆ³rmase el Reglamento para el programa de becas
de cuarto nivel para pueblos y nacionalidades

2014-094 RefĆ³rmase el Reglamento para la aplicaciĆ³n del
programa de becas institucionales

Ministerio del Ambiente: DirecciĆ³n Provincial de los RĆ­os:

Resoluciones

009 ApruƩbense los estudios de impacto ambiental expost,
planes de manejo, auditorĆ­a ambiental y otĆ³rganse licencias ambientales a los
siguientes proyectos:

InstalaciĆ³n, OperaciĆ³n y Mantenimiento de la Planta de
Manufactura y ConversiĆ³n de Papel Tissue – INPAECSA, ubicado en el cantĆ³n
Babahoyo

010 Hacienda Bananera ?Agrilechos 1?, ubicada en el cantĆ³n
Valencia

011 ?ConstrucciĆ³n de la ampliaciĆ³n y mejoramiento del
Sistema de AAPP de la Parroquia Urbana Catarama y de la Parroquia Rural
Ricaurte del CantĆ³n Urdaneta?, ubicado en el cantĆ³n Urdaneta

012 EstaciĆ³n de Servicio ?Sosichoque?, ubicada en el cantĆ³n
Quevedo

013 EstaciĆ³n de Servicio ?Autocentro Mobil?, ubicada en el
cantĆ³n Quevedo

014 EstaciĆ³n de Servicio ?InĆ©s MarĆ­a?, ubicada en el cantĆ³n
Mocache

Superintendencia de Bancos y Seguros:

Transparencia y Control Social

SBS-INJ-DNJ-2014-547 CalifĆ­canse a las siguientes personas
para que puedan desempeƱarse como peritos avaluadores de bienes inmuebles y
agropecuarios:

Ing. agrĆ³noma FĆ”tima Elizabeth Zambrano CoveƱa

SBS-INJ-DNJ-2014-553 Arq. Geovanna Magdalena Erazo Arteaga

SBS-INJ-DNJ-2014-566 Ing. agropecuario Rodrigo RubƩn YƩpez
VillacĆ­s

CONTENIDO


No. 686

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MINEDUC-CGSG-2014-2014- 00132-OF de 4 de julio de 2014, el Eco.
Augusto Espinosa, Ministro de EducaciĆ³n, solicita se autorice licencia con
cargo a vacaciones, del 21 al 30 de julio de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra
u), del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a mĆ”s de
las competencias seƱaladas en el artƭculo 14 del Estatuto del RƩgimen Jurƭdico
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, tendrĆ” las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorizaciĆ³n de vacaciones, licencias con
y sin remuneraciĆ³n y permisos para autoridades de la FunciĆ³n Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerĆ”rquico superior…?

Acuerda:

ArtĆ­culo
Primero.- Autorizar al Eco. Augusto Espinosa, Ministro de EducaciĆ³n, licencia
con cargo a vacaciones el 21 al 30 de julio de 2014.

ArtĆ­culo
Segundo.- El Eco. Augusto Espinosa. Ministro de EducaciĆ³n, encargarĆ” dicha
Cartera de Estado, al Sr. Jaime Roca, Viceministro de GestiĆ³n Educativa del Ministerio
de EducaciĆ³n desde el 21 al 27 de julio de 2014 y el Sr. Freddy PeƱafiel,
Viceministro del Ministerio EducaciĆ³n desde el 28 al 30 de julio del 2014.

ArtĆ­culo Tercero.-
Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los 7 dĆ­as del mes de julio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO. Quito, 21 de julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de AsesorĆ­a JurĆ­dica (E), SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 689

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. SENAGUA-SA.1-2014-0322-O de 4 de julio de 2014, el Ing. Walter
HipĆ³lito SolĆ­s, Secretario del Agua, solicita se autorice licencia con cargo a
vacaciones, del 21 de julio al 1 de agosto de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra
u), del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a mĆ”s de
las competencias seƱaladas en el artƭculo 14 del Estatuto del RƩgimen Jurƭdico
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, tendrĆ” las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorizaciĆ³n de vacaciones, licencias con
y sin remuneraciĆ³n y permisos para autoridades de la FunciĆ³n Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerĆ”rquico superior…?

Acuerda:

ArtĆ­culo
Primero.- Autorizar al Ing. Walter HipĆ³lito SolĆ­s, Secretario del Agua,
licencia con cargo a vacaciones el 21 de julio al 1 de agosto de 2014.

ArtĆ­culo
Segundo.- El Ing. Walter HipĆ³lito SolĆ­s, Secretario del Agua, encargarĆ” dicha
Cartera de Estado, de conformidad con la normativa legal vigente.

ArtĆ­culo
Tercero.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los 7 dĆ­as del mes de julio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 21 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de AsesorĆ­a JurĆ­dica (E), SecretarĆ­a
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

No. 2014 ?
081

RenƩ Ramƭrez
Gallegos

SECRETARIO DE
EDUCACIƓN SUPERIOR,

CIENCIA,
TECNOLOGƍA E INNOVACIƓN

Considerando:

Que el
artĆ­culo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina
que a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: ??1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n??;

Que el
artĆ­culo 126 ut supra determina: ?De la SubrogaciĆ³n.- Cuando por disposiciĆ³n de
la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba
subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerƔrquico superior, cuyo
titular se encuentre legalmente ausente, recibirĆ” la diferencia de la
remuneraciĆ³n mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo
que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogaciĆ³n, sin perjuicio
del derecho del titular?.

Que el
artĆ­culo 182 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior publicada en el
Suplemento del Registro Oficial Nro. 298 de fecha 12 de Octubre de 2010,
establece: ??La SecretarĆ­a Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a
e InnovaciĆ³n, es el Ć³rgano que tiene por objeto ejercer la rectorĆ­a de la
polĆ­tica pĆŗblica de educaciĆ³n superior y coordinar acciones entre la FunciĆ³n
Ejecutiva y las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior??;

Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 934, de fecha 10 de noviembre de 2011, el seƱor
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado,
designĆ³ a RenĆ© RamĆ­rez Gallegos como Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior,
Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, mismo que fue ratificado en el cargo mediante
Decreto Ejecutivo NĀ° 2 del 27 de mayo de 2013, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial NĀ°
5 del 31 de mayo de 2013
;

Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 62 de 05 de agosto del 2013, publicado en el Registro Oficial 63 de 21 de agosto del
2013
, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 131 de fecha 08 de
octubre de 2013 se reforma el artĆ­culo 17.2 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, en virtud de lo cual cambia la
denominaciĆ³n de la SecretarĆ­a Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n por SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n;

Que mediante
Acuerdo 2014-037, de 14 de marzo de 2014, se encarga a la doctora Rina Catalina
Pazos Padilla, la SubsecretarĆ­a General de Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n,
hasta la designaciĆ³n de su titular;

Que mediante
Oficio Nro. MREMH-EECUARGENTINA- 2014-0061-O de fecha 20 de mayo de 2014, la
Embajadora del Ecuador en Argentina, Gloria Vidal Illingworth, invita al Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, RenĆ© RamĆ­rez Gallegos, a presidir las reuniones que se
llevarƔn a cabo con autoridades argentinas del campo de la ciencia y la
tecnologĆ­a, con miras a establecer vĆ­nculos de cooperaciĆ³n bilateral e
interinstitucional en estas Ɣreas, los dƭas 26 y 27 de mayo de 2014;

Que mediante
Oficio Nro. SENESCYT-SESCT-2014- 0667-CO, de fecha 21 de mayo de 2014, RenƩ
Ramƭrez Gallegos, solicita muy comedidamente al seƱor doctor Guillaume Long,
Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, se sirva disponer se
realicen los trĆ”mites administrativos pertinentes, para la legalizaciĆ³n de su comisiĆ³n
de servicios al exterior del 25 al 27 de mayo de 2014; y,

Que es
necesario designar a un funcionario para que subrogue al Secretario de
EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, en el cumplimiento de sus
atribuciones y deberes, durante el perĆ­odo que dure su ausencia del paĆ­s.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, y, el artĆ­culo 17 del Estatuto del
RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva.

Acuerda:

ArtĆ­culo 1.- Designar
a la doctora Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, encargada, para que subrogue al Secretario de EducaciĆ³n
Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, los dĆ­as 26 y 27 de mayo de 2014.

ArtĆ­culo 2.- La
doctora Rina Catalina Pazos Padilla, serĆ” responsable del cumplimiento de las
atribuciones y deberes inherentes al funcionamiento de la SecretarĆ­a de
EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n.

ArtĆ­culo 3.- Notificar
con el contenido de este Acuerdo a la doctora Rina Catalina Pazos Padilla, asĆ­
como al Coordinador General Administrativo y Financiero de la SecretarĆ­a de
EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, para su Ć³ptima ejecuciĆ³n.

ArtĆ­culo 4.- Notificar
con el contenido del presente Acuerdo a la SecretarĆ­a Nacional de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica, para los fines pertinentes.

ArtĆ­culo 5.- El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia los dĆ­as seƱalados para la subrogaciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

NotifĆ­quese y
cĆŗmplase.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los veinte y dos (22) dĆ­as
del mes de mayo de 2014.

f.) RenƩ
RamĆ­rez Gallegos, Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e
InnovaciĆ³n.


SECRETARƍA DE
EDUCACIƓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGƍA E INNOVACIƓN.- CoordinaciĆ³n General de
AsesorĆ­a JurĆ­dica.- 15 de julio de 2014.- Fiel copia del original que reposa en
el archivo de esta CoordinaciĆ³n.- Firma: Ilegible.

No. 2014 ?
085

RenƩ Ramƭrez
Gallegos

SECRETARIA DE
EDUCACIƓN SUPERIOR,

CIENCIA,
TECNOLOGƍA E INNOVACIƓN

Considerando:

Que el numeral
1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina
que a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: Ā«1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas
pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestiĆ³nĀ»;

Que el
artĆ­culo 385 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece que:
Ā«…el sistema nacional de ciencia, tecnologĆ­a y saberes ancestrales, en
el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las culturas y la
soberanĆ­a, tendrĆ” como finalidad: generar, adaptar, y difundir conocimientos
cientĆ­ficos y tecnolĆ³gicos; recuperar, fortalecer, y potenciar los saberes
ancestrales; desarrollar tecnologĆ­as e innovaciones que impulsen la producciĆ³n nacional,
eleven la eficiencia y productividad, mejorar la calidad de vida y contribuyan
a la realizaciĆ³n del buen vivir…Ā»;

Que el
artĆ­culo 386 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina que:
Ā«…el sistema nacional de ciencia, tecnologĆ­a y saberes ancestrales,
comprenderĆ” programas y polĆ­ticas, recursos, acciones, e incorporarĆ” a
instituciones del Estado, universidades y escuelas politƩcnicas, institutos de
investigaciĆ³n pĆŗblicos y particulares, empresas pĆŗblicas y privadas, organismos
no gubernamentales y personas naturales o jurĆ­dicas, en tanto realizar,
actividades de investigaciĆ³n, desarrollo tecnolĆ³gico, innovaciĆ³n y aquellas
ligadas a los saberes ancestrales…Ā»;

Que el
artĆ­culo 388 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina que:
Ā«…el Estado destinarĆ” los recursos necesarios para la investigaciĆ³n
cientĆ­fica, el desarrollo tecnolĆ³gico, la innovaciĆ³n, la formaciĆ³n cientĆ­fica,
la recuperaciĆ³n y desarrollo de saberes ancestrales y la difusiĆ³n de
conocimiento…Ā»;

Que el
artĆ­culo 183 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior (LOES), publicada en el
Suplemento del Registro Oficial No. 298, de 12 de octubre de 2010, establece
las funciones de la SecretarĆ­a Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, entre las cuales consta: Ā«?f) DiseƱar,
administrar e instrumentar la polĆ­tica de becas del gobierno para la educaciĆ³n
superior ecuatoriana; para lo cual coordinarĆ”, en lo que corresponda, con el Instituto
Ecuatoriano de CrƩdito Educativo y Becas. g) Establecer desde el Gobierno
Nacional, polĆ­ticas de investigaciĆ³n cientĆ­fica y tecnolĆ³gica de acuerdo con
las necesidades de desarrollo del paĆ­s…Ā»;

Que mediante
Acuerdo Ministerial No.- 2011- 049, de 16 de agosto de 2011, el Secretario
Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a, e InnovaciĆ³n (E), califica
al ?PROYECTO PROMETEO VIEJOS SABIOS? como proyecto emblemƔtico de la SENESCYT.

Que mediante
Acuerdo Ministerial No.- 2011-063, de 15 de septiembre de 2011, se expide el
Reglamento para la Movilidad e Intercambio de Investigadores en Ciencia, TecnologĆ­a
e InnovaciĆ³n ?Prometeo Viejos Sabios?;

Que es
necesario dinamizar los procedimientos para la movilidad y el intercambio de
investigadores en las distintas Ɣreas intersectoriales, interdisciplinarias y
entre los sectores pĆŗblicos a nivel internacional, como un medio para reforzar
los conocimientos cientĆ­ficos y el desarrollo profesional de los
investigadores;

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el artĆ­culo 154 numeral 1 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica de Ecuador;

Acuerda:

Expedir la
siguiente reforma al ?Reglamento para la Movilidad e Intercambio de Investigadores
en Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n ?Prometeo Viejos Sabios? de la SecretarĆ­a
de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n

Artƭculo 1.- AgrƩguese
a continuaciĆ³n de la disposiciĆ³n transitoria primera, la siguiente disposiciĆ³n:

?Segunda.- Los
procedimientos administrativos establecidos al amparo del Reglamento de Beca
para Docentes e Investigadores Expertos de alto nivel en el marco del Proyecto
?Becas Prometeo?, serĆ” aplicable, en todo lo que sea pertinente, para los
docentes e investigadores de alto nivel que aĆŗn se encuentren vinculados en el
marco del Proyecto ?Prometeo Viejos Sabios? de esta Cartera de Estado.?

ArtĆ­culo 2.- De
la ejecuciĆ³n del presente Acuerdo, encĆ”rguese a la Gerencia del Proyecto ?Becas
Prometeo? de esta Cartera de Estado.

ArtĆ­culo 3.- NotifĆ­quese
con el contenido del presente Acuerdo a la Gerencia del Proyecto ?Becas
Prometeo? , la SubsecretarĆ­a General de Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, la
SubsecretarĆ­a General de EducaciĆ³n Superior, asĆ­ como a todas las unidades
administrativas de esta Cartera de Estado para su Ć³ptima ejecuciĆ³n.

ArtĆ­culo 4.- El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los cuatro (4) dĆ­as del mes
de junio de 2014.

NotifĆ­quese y
PublĆ­quese.

f.) RenƩ
RamĆ­rez Gallegos, Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e
InnovaciĆ³n.

SECRETARƍA DE
EDUCACIƓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGƍA E INNOVACIƓN.- CoordinaciĆ³n General de
AsesorĆ­a JurĆ­dica.- 15 de julio de 2014.- Fiel copia del original que reposa en
el archivo de esta CoordinaciĆ³n.- Firma: Ilegible.

No. 2014 ?
087

RenƩ Ramƭrez
Gallegos

SECRETARIO DE
EDUCACIƓN SUPERIOR,

CIENCIA,
TECNOLOGƍA E INNOVACIƓN

Considerando:

Que el
artĆ­culo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina
que a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: ??1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n??;

Que la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en su artĆ­culo 280, establece que ?El
Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarƔn las polƭticas,
programas y proyectos pĆŗblicos; la programaciĆ³n y ejecuciĆ³n del presupuesto del
Estado; y la inversiĆ³n y la asignaciĆ³n de los recursos pĆŗblicos?;

Que la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en su artĆ­culo 387, numeral 2,
establece que el Estado es responsable de ?promover la generaciĆ³n y producciĆ³n
de conocimiento, fomentar la investigaciĆ³n cientĆ­fica y tecnolĆ³gica, y
potenciar los saberes ancestrales, para asĆ­ contribuir a la realizaciĆ³n del
buen vivir, al Sumak kawsay?, la SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a
e InnovaciĆ³n, ha creĆ­do necesario diseƱar un concurso que convoque a las
personas que han sido beneficiarios de los programas de becas que ha promovido esta
Secretarƭa, a inscribirse y participar en el ?CONCURSO DE RECONOCIMIENTO A LA INVESTIGACIƓN
CIENTƍFICA ? TEMƁTICA: MEDIO AMBIENTE?;

Que la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en su artĆ­culo 387, seƱala como
responsabilidades del Estado, facilitar e impulsar la incorporaciĆ³n a la
sociedad del conocimiento para alcanzar los objetivos del rƩgimen de desarrollo;
ademĆ”s, promover la generaciĆ³n y producciĆ³n de conocimiento, fomentar la
investigaciĆ³n cientĆ­fica y tecnolĆ³gica, y potenciar los saberes ancestrales,
para contribuir a la realizaciĆ³n del buen vivir;

Que el
artĆ­culo 7 del Decreto Ejecutivo No. 1829, publicado en el Registro Oficial
Suplemento No. 351 de 7 de septiembre del 2006, seƱala que la SENACYT tendrƔ entre
sus atribuciones, promover y financiar la formaciĆ³n de recursos humanos de
excelencia en ciencia, innovaciĆ³n y tecnologĆ­a, para los sectores pĆŗblico y
privado, asĆ­ como formar, crear, administrar y en general, manejar fondos y/o recursos
propios o provenientes de fuentes nacionales o internacionales, privadas o
estatales, destinados a los procesos
cientĆ­ficos, tecnolĆ³gicos e innovaciĆ³n;

Que la Ley
OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior, publicada en el Registro Oficial Suplemento
Nro. 298, de 12 de octubre del 2010, en su artƭculo 182, seƱala: ??la
SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, es el
Ć³rgano que tiene por objeto ejercer la rectorĆ­a de la polĆ­tica pĆŗblica de
educaciĆ³n superior y coordinar acciones entre la FunciĆ³n Ejecutiva y las
instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior??;

Asimismo los
literales ?b? y ?g? del artĆ­culo 183, indica entre las funciones de la
SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n: ??b)
Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas en el Ć”mbito de su competencia…?;
y, ??g) Establecer desde el gobierno nacional, polĆ­ticas de investigaciĆ³n
cientĆ­fica y tecnolĆ³gica de acuerdo con las necesidades del desarrollo del paĆ­s
y crear los incentivos para que las universidades y escuelas politƩcnicas
puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus polĆ­ticas internas…?;

Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 934 de fecha 10 de noviembre de 2011, el seƱor
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado,
designĆ³ a RenĆ© RamĆ­rez Gallegos como Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n mismo que fue ratificado en el cargo mediante Decreto
Ejecutivo NĀ° 2 del 27 de mayo de 2013, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial NĀ° 5 del 31 de mayo de 2013;

Que mediante
Acuerdo No. 2014-029, de 27 de febrero de 2014, RenƩ Ramƭrez Gallegos, en su
calidad de Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, expidiĆ³
el: ?REGLAMENTO PARA EL FINANCIMIENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONƓMICAS DE LA
SECRETARƍA DE EDUCACIƓN SUPERIOR CIENCIA, TECNOLOGƍA E INNOVACIƓN?;

Que el Plan
Nacional para el Buen Vivir 2013 – 2017, establece objetivos de desarrollo
enfocados a lograr una transformaciĆ³n econĆ³mica, social, cultural, polĆ­tica y ambiental
del Ecuador, en el marco de una estrategia integral que vincula a la
investigaciĆ³n cientĆ­fica, el desarrollo tecnolĆ³gico y los saberes tradicionales
con el desarrollo productivo democrƔtico, solidario y sostenible del paƭs; esta
estrategia va de la mano con el fomento de la formaciĆ³n de talento humano en
Ɣreas cientƭfico-tƩcnicas y al uso eficiente de los recursos del paƭs. Para
esto es fundamental contar con un sistema de conocimientos, tecnologĆ­as y
saberes dinƔmico que motive y articule las diferentes acciones de los actores
sociales;

Que la educaciĆ³n
de alto nivel es uno de los pilares fundamentales para lograr un nuevo modelo
de desarrollo que permita alcanzar las metas del buen vivir. La formaciĆ³n del
talento humano en Ɣreas estratƩgicas de interƩs nacional, es decisiva para
mejorar la capacidad investigativa y la generaciĆ³n del conocimiento; ademĆ”s de diversificar
y optimizar la producciĆ³n, a fin de crear mejores condiciones individuales y
sociales de vida, es necesario implementar un programa de investigaciĆ³n para las personas que han sido beneficiarias
de los programas de becas que ha promovido esta Cartera de Estado; y,

Que en 1973,
en el marco de la conferencia de Estocolmo, Suecia, la Asamblea General de las
Naciones Unidas declarĆ³ el 05 de junio como el dĆ­a mundial del Medio Ambiente,
para sensibilizar a la sociedad a adquirir conciencia sobre cuestiones
medioambientales, como los problemas derivados de la explotaciĆ³n de recursos naturales
y la industrializaciĆ³n desmedida, comprometiĆ©ndose con un desarrollo sostenible
y respetuoso con el medio ambiente.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el artĆ­culo 154 numeral 1 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador.

Acuerda:

ArtĆ­culo 1.- Expedir
las siguientes Bases de AplicaciĆ³n para el ?CONCURSO DE RECONOCIMIENTO A LA INVESTIGACIƓN
CIENTƍFICA ? TEMƁTICA: MEDIO AMBIENTE?.

A. OBJETIVO
GENERAL

El objetivo
del ?CONCURSO DE RECONOCIMIENTO A LA INVESTIGACIƓN CIENTƍFICA ? TEMƁTICA: MEDIO
AMBIENTE?, es promover y estimular la iniciativa y creatividad
cientĆ­fico-tecnolĆ³gica de nuestros investigadores por medio de la presentaciĆ³n
de artƭculos relacionados con la temƔtica del concurso.

B. ƁMBITO DE
APLICACIƓN PARA EL CONCURSO

B.1 PERSONAS
QUE PUEDEN PARTICIPAR

El presente
concurso estĆ” dirigido a:

Estudiantes de
maestrĆ­a y doctorado

Titulados de
maestrĆ­a y doctorado

Los
postulantes podrƔn concursar de forma individual o en un mƔximo de dos (2)
personas, siempre y cuando Ć©stas cumplan con la condiciĆ³n establecida en el pĆ”rrafo
anterior.

B.2 ƁREAS DE INVESTIGACIƓN EN LAS QUE SE PUEDE
PARTICIPAR

El artĆ­culo a
concursar deberƔ enmarcarse en la temƔtica medio ambiente, correspondientes a
las siguientes Ɣreas:

NĀŗ

Ɓrea

1

Desastres y
conflictos ambientales

2

Manejo de
ecosistemas

3

Sustancia
daƱinas y residuos peligrosos

4

ContaminaciĆ³n
ambiental por actividades petroleras de la compaƱƭa Chevron ? Texaco

Los artĆ­culos
deberƔn abordar, en el marco de las Ɣreas descritas, problemas propios de la
RepĆŗblica del Ecuador, o bien estudios comparativos, siempre y cuando estos
estƩn vinculados o puedan tener analogƭas con la realidad ecuatoriana.

En caso de
existir una Ćŗnica propuesta en alguna de las Ć”reas antes indicadas, serĆ” el
ComitĆ© de Expertos quien defina su continuaciĆ³n en el proceso.

C. PROCESO DE
POSTULACIƓN

La convocatoria
estarĆ” abierta desde el 05 de junio hasta el 01 de agosto de 2014, periodo en
el cual los/as postulantes deberƔn entregar los artƭculos, cumpliendo las siguientes
condiciones:

Los artĆ­culos
serƔn entregados de manera digital, en formato Word y PDF escaneado, este
Ćŗltimo contarĆ” con firmas de responsabilidad. AdemĆ”s serĆ”n escritos en idioma
espaƱol, elaborados de acuerdo con el formato y parƔmetros que consta en el ANEXO
2 de estas bases de postulaciĆ³n. El nombre de los archivos digitales (Word y
PDF) entregados a la Secretarƭa deberƔn guardar el siguiente formato: Apellido autor
1_Apellido autor2 _Palabras claves del artƭculo (mƔximo 3), y deberƔn remitirse
a la direcciĆ³n [email protected]

Los artĆ­culos
deberƔn enviarse acompaƱados de la hoja de vida de cada uno de los autores, de
acuerdo con el formato que se indica en el ANEXO 3 de estas bases de postulaciĆ³n.

Los/as
postulantes deberĆ”n considerar lo detallado a continuaciĆ³n:

La SecretarĆ­a
de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n no adquiere ninguna responsabilidad,
ni aĆŗn solidaria, en tĆ©rminos financieros, laborales o civiles, con los/las
postulantes del concurso. Los gastos de la preparaciĆ³n y presentaciĆ³n de los artĆ­culos
correrƔn por cuenta de los/las postulantes.

Aquellos
artĆ­culos que no cumplan con lo establecido en los literales B.1 y B.2 de estas
bases serƔn descalificados.

Se deberĆ” dar
estricto cumplimiento a la presentaciĆ³n en los formatos establecidos y al
calendario determinado para la recepciĆ³n de los artĆ­culos.

Si se verifica
falsedad o alteraciĆ³n de la documentaciĆ³n suministrada por los/las postulantes,
la solicitud serĆ” inmediatamente rechazada, sin perjuicio de su remisiĆ³n a las
autoridades competentes para el inicio de las acciones legales pertinentes, de conformidad
con la Ley.

Una vez que la
SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, recepte las
propuestas dentro de las fechas seƱaladas en el cronograma de esta convocatoria,
se darĆ” inicio al proceso que consta de las siguientes etapas:

Etapa 1. VerificaciĆ³n
de requisitos.

Etapa 2. SelecciĆ³n
y ResoluciĆ³n de Ganadores.

D. ETAPA 1:
VERIFICACIƓN DE REQUISITOS

En esta etapa
se verificarĆ” por parte de funcionarios de la SecretarĆ­a de EducaciĆ³n Superior,
Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n, que los artĆ­culos cumplan con todas las condiciones
y requisitos establecidos en las bases; los cuales serƔn validados y pasarƔn a
la etapa siguiente de: selecciĆ³n y resoluciĆ³n de ganadores.

E. ETAPA 2:
PROCESO DE SELECCIƓN

Los artĆ­culos
validados serĆ”n sometidos a la respectiva etapa de selecciĆ³n y proclamaciĆ³n de
ganadores, a travƩs de un comitƩ de expertos en el tema, seleccionados por la Subsecretarƭa
de InvestigaciĆ³n CientĆ­fica.

Las
calificaciones se ponderarĆ”n segĆŗn lo indicado en el cuadro adjunto:

CRITERIO

CalificaciĆ³n

MĆ©rito
CientĆ­fico

40