AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
MiĆ©rcoles 17 de junio de 2020 (R.O. 676, 17ā junio -2020) EdiciĆ³n Especial
CONTRALORĆA GENERAL DEL ESTADO
ACUERDO NĀ° 010 – CG – 2020
DISPĆNESE EL LEVANTAMIENTO DE
LA SUSPENSIĆN DE LOS PLAZOS Y
TĆRMINOS, ORDENADA MEDIANTE
ACUERDO NĀ° 007-CG-2020 DE 17
DE MARZO DE 2020, DEBIENDO
REANUDARSE SU CĆMPUTO Y
CONTABILIZACIĆN REGULAR A
PARTIR DEL 17 DE JUNIO DEL 2020 – MiĆ©rcoles 17 de junio de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 676 – Registro Oficial
ACUERDO No. 010-CG-2020
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
CONSIDERANDO:
Que la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en sus artĆculos 211 y 212, establece que la ContralorĆa General del Estado es el organismo tĆ©cnico encargado del control de la utilizaciĆ³n de los recursos estatales y de las personas jurĆdicas de derecho privado que dispongan de recursos pĆŗblicos, encontrĆ”ndose por tanto facultado a expedir la normativa que requiera para el cumplimiento de sus funciones;
Que el artĆculo 76 de la referida Norma Suprema proclama que, en todo procedimiento en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurarĆ” el debido proceso que, entre otras, incluye las garantĆas bĆ”sicas del derecho a la defensa, asĆ como a contar con el tiempo y los medios necesarios para prepararla, correspondiĆ©ndole a toda autoridad administrativa acreditar su observancia;
Que mediante Decreto Ejecutivo NĀ° 1017, de 16 de marzo del 2020, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador dispuso el estado de excepciĆ³n por calamidad pĆŗblica en todo el territorio nacional, teniendo en cuenta la declaratoria de pandemia del COVID-19 por parte de la OrganizaciĆ³n Mundial de la Salud; y, en virtud de la cantidad de casos de coronavirus confirmados a nivel nacional y el riesgo inminente de propagaciĆ³n y contagio;
Que el citado Decreto Ejecutivo restringiĆ³ la libertad de trĆ”nsito y movilidad a nivel nacional, suspendiendo la jornada presencial de trabajo para el sector pĆŗblico y privado; y, ordenĆ³ a todas las funciones del Estado emitir las resoluciones necesarias con el fin de precautelar la seguridad jurĆdica en el marco de las garantĆas del debido proceso;
Que con Decreto Ejecutivo NĀ° 1052, de 15 de mayo del 2020, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica dispuso la renovaciĆ³n del estado de excepciĆ³n por calamidad pĆŗblica en todo el territorio nacional durante 30 dĆas adicionales, por lo que tanto la respectiva ampliaciĆ³n como la medida misma concluyen de forma oficial el 15 de junio del 2020;
Que, en acatamiento a las medidas dictaminadas en el marco del referido estado de excepciĆ³n, mediante Acuerdo N* 007-CG-2020, de 17 de marzo del 2020, se
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suspendieron los plazos y tĆ©rminos dentro de los procedimientos administrativos detallados en el primer inciso del artĆculo Ćŗnico del mismo instrumento;
Que, una vez modificadas las condiciones de la emergencia nacional, y dado que el ejercicio del derecho a la libertad de trĆ”nsito se regularĆ” de acuerdo a las directrices emitidas por cada cantĆ³n, la ContralorĆa General del Estado estĆ” en capacidad de ejecutar en su totalidad sus facultades constitucionales y legales sin restricciones en sus plazos y tĆ©rminos; y,
En ejercicio de las facultades conferidas en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica y la Ley OrgĆ”nica de la ContralorĆa General del Estado,
ACUERDA:
ArtĆculo Ćnico.- Disponer el levantamiento de la suspensiĆ³n de los plazos y tĆ©rminos ordenada mediante Acuerdo NĀ° 007-CG-2020 de 17 de marzo de 2020, debiendo reanudarse su cĆ³mputo y contabilizaciĆ³n regular a partir del 17 de junio del 2020.
DISPOSICIĆN GENERAL
Ćnica.- Cualquier duda respecto de la aplicaciĆ³n del presente Acuerdo, serĆ” absuelta por el titular de la DirecciĆ³n Nacional JurĆdica de la ContralorĆa General del Estado.
DISPOSICIĆN FINAL
El presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su fecha de suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 16 de junio de 2020.
COMUNĆQUESE,
DictĆ³ y firmĆ³ el acuerdo que antecede el doctor Pablo Celi de la Torre, Contralor General del Estado, subrogante, en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los diecisĆ©is dĆas del mes de junio de 2020. Lo certifico.- Dr. Luis MiƱo Morales, SECRETARIO GENERAL.