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LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL JOSÉ DANIEL PEREZ TRUJILLO Y SOLEDAD CARDENAS OLIPA

EXTRACTO

NOTARIA TRIGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO: cúmpleme poner en conocimiento del público, que mediante escritura pública otorgada el DIECIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTIUNO, ante la suscrita Doctora Paulina Auquilla Fonseca, NOTARIA TRIGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO, los señores JOSÉ DANIEL PEREZ TRUJILLO Y SOLEDAD CARDENAS OLIPA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que mantenían formada, la misma que fue disuelta mediante sentencia de divorcio, dictada por el Juez Segundo de lo Civil de Pichincha, el doce de abril de dos mil uno, inscrita en el Registro Civil, identificación y Cedulación, el 30 de mayo de 2001. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallado en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, que a su vez reforma el artículo 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral veintitrés faculta al Notario a proceder a la liquidación de la sociedad conyugal previo el trámite previsto en dicha norma legal; al efecto pongo en conocimiento del público por una sola vez, el extracto de la liquidación de la sociedad conyugal de los señores JOSÉ DANIEL PEREZ TRUJILLO Y SOLEDAD CARDENAS OLIPA, otorgada mediante escritura pública celebrada en esta Notaria el dieciocho de agosto del dos mil veintiuno, a fin de que, las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del trámite de (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto.-

Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales correspondientes.

Quito, 18 de Agosto del 2021.-

DRA. PAULINA AUQUILLA FONSECA

NOTARIA TRIGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO

Hay firma y sello

001-004-0748

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