40 años es la máxima condena para
juzgar los delitos graves

Un profesor
está prófugo desde el 2012. El hombre de 32 años integra la lista de los Más
Buscados del país. Es sospechoso del abuso sexual de 38 menores y la violación
de dos niñas. Todas fueron sus alumnas. Dentro de la investigación, la Fiscalía
determinó que el docente había falsificado los documentos para ejercer la
profesión. También se lo investiga por tenencia ilegal de armas de fuego. ¿Por
cuál de estos delitos se le juzgará?

La fiscal
que lleva este caso asegura que por el más fuerte: la violación de las dos
menores. Podría recibir de 12 hasta 25 años de cárcel. Si el juicio contra el
profesor se hubiera iniciado el 10 de agosto pasado, cuando entró en vigencia
el Código Orgánico Integral Penal (COIP), su sentencia podría acumularse hasta
40 años. La nueva legislación incorpora por primera vez la posibilidad de sumar
las penas. Esta es la máxima sanción que puede recibir una persona procesada
por delitos graves.

Bajo esas
nuevas reglas, la fiscal sostiene que el docente hubiera recibido una condena
de 38 años: 22 por la violación de las dos niñas, 10 por el abuso sexual de los
menores y 6 por portar armas. Sumar las sentencias responde a un afán de evitar
la impunidad, explica el asambleísta Gabriel Rivera. El legislador recuerda que
en septiembre del año pasado, durante el debate del COIP, el ministro del
Interior, José Serrano, fue uno de los que expuso a favor de que las sanciones
sean acumulativas. Su argumento fue que ?si alguien comete tres delitos debe
ser juzgado por cada uno y no solo por el más grave?. Y puso al delito de usura
como ejemplo, pues detrás de esta actividad ?se esconde el lavado de dinero, la
extorsión y hasta el sicariato?. Además de Ecuador, Perú y Colombia tienen una
legislación que acumula las sentencias.

El Centro de
Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) detalla que estas reformas ?buscan
reducir que los procesados salgan a mitad de una condena o tras haber pagado
una de las tres cuartas partes?, favorecidos por una posible rebaja de penas.
En Colombia, los jueces pueden dictar sentencias de hasta 90 años. En el 2004
el castigo máximo para un procesado era de 50 años. Argentina actualmente
debate una reforma penal que plantea la acumulación de penas. En Estados
Unidos, en cambio, no hay un tope máximo para sancionar los delitos.

En el 2013,
por ejemplo, Ariel Castro fue condenado a 1 000 años por el secuestro y
violación de tres mujeres. Las mantuvo raptadas durante una década. El jurista
Mario Galindo explica que dictar una sentencia no es solo determinar cuánto tiempo
debe estar alguien en la cárcel. ?Tiene una función simbólica, una forma de
disuasión contra el crimen?. Galindo añade que con el nuevo Código Penal las
condenas por usura, lavado de dinero, asesinato, sicariato, trata de personas o
pornografía infantil pueden acumularse, por ser infracciones graves y de
conmoción social.

La fiscal de
Pichincha Patricia Bastidas considera que la acumulación de penas es una manera
de darle importancia a cada víctima. LO QUE DICE EL COIP Art. 20 Cuando a una
persona le son atribuibles varios delitos autónomos e independientes, se acu­mularán
las penas hasta un máximo del doble de la pena más grave, sin que por ninguna
razón exceda los cuarenta años. Art. 55 La acumulación de penas privativas de
libertad procede hasta un máximo de 40 años.

Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la edición
del 17 de Agosto de 2014