REPUBLICA DEL ECUADOR

EXTRACTO

VISTO BUENO Nº 294368-2020-MDVV

ACCIONANTE: AUTOLANDIA S.A.

ACCIONADO: TORRES ERAZO CARLOS ANÍBAL

CAUSAL: 2 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

En el Trámite de VISTO BUENO Nº 294368-2020-MDVV, que sigue el señora PÁEZ ANDRADE JORGE ALFONSO, Gerente General y representante legal de la compañía AUTOLANDIA S.A., en su calidad de empleador, en contra del señor TORRES ERAZO CARLOS ANÍBAL, su calidad de trabajador, se ha dictado lo que sigue:

INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 02 de septiembre del 2020, a las 08H39.- Agréguese el expediente la declaración juramentada por desconocimiento de individualidad, domicilio o residencia del accionado y la certificación de registro consular del señor TORRES ERAZO CARLOS ANÍBAL. En lo principal continuando con el trámite de ley se dispone: 1) En aplicación a los Arts. 183, 545 atribución 5ta. y 621 del código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador señor TORRES ERAZO CARLOS ANÍBAL, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer la individualidad, domicilio o residencia del trabajador señor TORRES ERAZO CAROS ANÍBAL, conforme se desprende de la declaración juramentada que se adjunta. Al trabajador señor TORRES ERAZO CARLOS ANÍBAL se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. Con su contestación o sin ella se procederá a investigar los fundamentos de la solicitud de visto bueno y se dictará la resolución que corresponde.- 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la inspección del Trabajo, dentro del término de cinco días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá de oficio el archivo del expediente. NOTIFIQUESE. f) DRA. MARÍA DOLORES VILLAMAR V.

Lo que comunico para los fines de Ley.-

DRA. MARÍA DOLORES VILLAMAR V.

INSPECOTRA DEL TRABAJO DE PICHINCHA

Hay firma y sello

001-003-0167/ms