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NOTARÍA OCTOGÉSIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO

E X T R A C T O

Cúmplase poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí, DOCTOR JOSÉ ANTONIO CEDEÑO ARMAS, NOTARIO OCTOGÉSIMO PRIMERO DEL CANTON QUITO, con acción de personal número ocho dos ocho cinco- DNTH-dos mil quince-JT, del Consejo de la Judicatura, el señor JUAN JOSE ALMEIDA ALMEIDA, en su calidad de Gerente General de la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL GACH SERVICIOS, y por tanto, Representante Legal de la Sociedad Civil y Comercial, procedió a suscribir la escritura de DISOLUCIÓN ANTICIPADA Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL GACH SERVICIOS, con fecha cuatro de mayo de dos mil veinte y uno y número de protocolo número 20211701081P01233.

“De acuerdo al acta que se adjunta y fundamentado en la Ley Transitoria Décimo Quinta, Refórmese el Artículo dieciocho de la Ley Notarial, Agréguese luego del numeral veinte y ocho, los siguientes numerales: “Veinte y nueve.- Aprobar la constitución o reforma de las sociedades civiles y mercantiles y demás actos atinentes con la vida de éstas, oficiar al Registro Mercantil para su suscripción, cuando no corresponda a la Superintendencia de Compañías y Valores”, solicito al señor Notario, Aprobar la Disolución Anticipada y Liquidación voluntaria de la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL GACH SERVICIOS, de conformidad al Artículo trescientos noventa y tres (393) de la Ley de Compañías, se me conceda el extracto de la disolución para la publicación por la prensa por tres días consecutivos; y, que luego de transcurrido el término de veinte días que no haya oposición alguna por parte de acreedores, se proceda a sentar razón respectiva de la publicación, se ordene sentar razón en la Escritura Original de Constitución de la Sociedad Civil y Comercial GACH SERVICIOS y, consecuentemente se ordene la marginación de la inscripción de la Disolución Anticipada y Liquidación de la Compañía en el Registro Mercantil”.

Por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la última publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta disolución y liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término en las oficinas de la Notaría, ubicadas en La Avenida Antonio de Ulloa N31-87 y Pasaje San Gabriel, Edif. Mila, PB, de esta ciudad

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Quito, a cuatro de mayo del año dos mil veintiuno.

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