n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes 07 de Mayo de 2013 – R. O. No. 948

n

n SUMARIO

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n Ejecutivo:

n

n Acuerdos

n

n 1623 Legalízase, declárase en comisión de servicios en el exterior y concédese licencia con cargo a vacaciones a los siguientes funcionarios:

n

n Señora María Soledad Barrera Altamirano, Gerenta General del Banco del Estado

n

n 1624 Arquitecta María de los Ángeles Duarte Pesántez, Ministra de Transporte y Obras Públicas

n

n 1625 Ingeniero Walter Hipólito Solís Valarezo, Secretario Nacional del Agua

n

n 1627 Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n 1628 Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n 1629 Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n 1630 Doctora María Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional

n

n 1631 Arquitecto Pedro Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda

n

n 1632 Socióloga Doris Soliz Carrión, Ministra de Inclusión Económica y Social

n

n 1633 Doctor Francisco Vacas Dávila, Ministro de Relaciones Laborales

n

n Ministerio de Defensa Nacional:

n

n 119 Expídense las normas para la coordinación, control y evaluación entre la Coordinación General de Asesoría Jurídica y los departamentos jurídicos del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea

n

n Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración:

n

n 000042 Apruébase el modelo de gestión integral de las unidades desconcentradas

n

n Secretaría Técnica de Cooperación Internacional:

n

n Convenio

n

n – Convenio Básico de Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y Birdlife International

n

n Agencia Nacional Postal:

n

n Resoluciones

n

n 14-DE-ANP-2013 Refórmase el Reglamento para establecer los procedimientos en la prestación del servicio postal

n

n Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

n

n 002-2013 DE-IEPI Dispónese a la doctora Ximena Palma Aguas, Experta Principal en Asesoría Jurídica (E), desempeñe las funciones de Servidora Recaudadora

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

n

n – Cantón Echeandía: Para la gestión integral de residuos sólidos

n

n CONTENIDO

n n

n No. 1623

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25199 de 8 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Política Económica, a favor de la señora María Soledad Barrera Altamirano, Gerenta General del Banco del Estado, para su desplazamiento a la ciudad de Panamá-Panamá, del 14 al 17 de marzo, a fin de asistir a la Reunión Anual de las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Corporación Interamericana de Inversiones, así como a la Reunión del Comité Técnico de ALIDE de Negocios e Inversiones; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la señora María Soledad Barrera Altamirano, Gerenta General del Banco del Estado, en la ciudad de Panamá-Panamá, del 14 al 17 de marzo de 2013, para que asista a la Reunión Anual de las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Corporación Interamericana de Inversiones, así como a la Reunión del Comité Técnico de ALIDE de Negocios e Inversiones.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento, serán cubiertos del presupuesto del Banco del Estado.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 8 de Marzo de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1624

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MTOP-DM-13-330-OF de fecha 25 de febrero de 2013, la arquitecta María de los Ángeles Duarte Ministra de Transporte y Obras Públicas, comunica que tomará licencia el día martes 26 del mismo mes, para que se le conceda la autorización respectiva; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones, el día 26 de febrero de 2013, a la señora arquitecta María de los Ángeles Duarte Pesántez Ministra de Transporte y Obras Públicas.

n

n

n

n Artículo Segundo.- La señora Ministra de Transporte y Obras Públicas encargó dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de marzo de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1625

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. SENAGUA-SN.1-2013-0102-O de fecha 25 de febrero de 2013, el ingeniero Walter Hipólito Solís Valarezo Secretario Nacional del Agua, solicita se le autorice el permiso con cargo a vacaciones, a partir del 1 al 10 de marzo, a fin de atender asuntos de carácter personal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar las vacaciones del señor Secretario Nacional del Agua, ingeniero Walter Hipólito Solís Valarezo, del 1 al 10 de marzo de 2013.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El señor Secretario Nacional del Agua encargó dicho Organismo, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de marzo de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1627

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25057 de 7 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad, de 13 del mismo mes, a favor del economista Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, que tiene relación con su desplazamiento a la ciudad de México- México, del 27 al 28 de febrero, para una visita a diferentes países de América del Sur y Centroamérica, a fin de tratar temas relacionados con CHEVRON y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH.; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en la ciudad de México-México, del 27 al 28 de febrero de 2013, a fin de tratar temas relacionados con CHEVRON y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Marzo de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1628

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25058 de 7 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad, de 13 del mismo mes, a favor del economista Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, que tiene relación con su desplazamiento a la ciudad de Caracas- República Bolivariana de Venezuela, del 28 de febrero al 1 de marzo, para una visita a diferentes países de América del Sur y Centroamérica, a fin de tratar temas relacionados con CHEVRON y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH.CIDH;

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en la ciudad de Caracas-República Bolivariana de Venezuela, del 28 de febrero al 1 de marzo de 2013, a fin de tratar temas relacionados con CHEVRON y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Marzo de 2013.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1629

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25061 de 7 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad, de 13 del mismo mes, a favor del economista Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración. que tiene relación con su desplazamiento a la ciudad de Bogotá- Colombia, el 1 de marzo, para una visita a diferentes países de América del Sur y Centroamérica, a fin de tratar temas relacionados con CHEVRON y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en la ciudad de Bogotá-Colombia, el l de marzo de 2013, a fin de tratar temas relacionados con CHEVRON y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Marzo de 2013.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n
n

n

n

n No. 1630

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25392 de 13 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad, de igual fecha, a favor de la doctora María Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional, para su desplazamiento a la ciudad de Bogotá- Colombia, del 17 al 19 de marzo, a fin de mantener reuniones de trabajo con el señor Ministro de Defensa de Colombia, en donde se tratará temas relativos a defensa en la agenda bilateral y de los compromisos y tareas establecidos en el programa anual de actividades del 2013; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la doctora María Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional, en la ciudad de Bogotá-Colombia, del 17 al 19 de marzo de 2013, a fin de mantener reuniones de trabajo con el señor Ministro de Defensa de ese país, en donde se tratará temas relativos a defensa en la agenda bilateral y de los compromisos y tareas establecidos en el programa anual de actividades del 2013.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento, serán cubiertos del presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, 13 de Marzo de 2013.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1631

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25350 de 12 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del señor Ministro Coordinador de Desarrollo Social, Ing. Richard Espinosa Guzmán B.A., de 14 del mismo mes, a favor del arquitecto Pedro Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, para su desplazamiento a la ciudad de Panamá-Panamá, del 17 al 18 de marzo, a fin de asistir a la firma del documento final del Contrato de Préstamo del Programa Nacional de Vivienda Social, en el marco de la Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Corporación Interamericana de Inversiones; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al arquitecto Pedro Jaramillo Castillo Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, en la ciudad de Panamá-Panamá, del 17 al 18 de marzo de 2013, a fin de asistir a la firma del documento final del Contrato de Préstamo del Programa Nacional de Vivienda Social, en el marco de la Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Corporación Interamericana de Inversiones.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos correspondientes a estadía y pasajes aéreos, serán cubiertos por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Marzo de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1632

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25381 de 12 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del señor Ministro Coordinador de Desarrollo Social, Ing. Richard Espinosa Guzmán B.A., de 14 del mismo mes, a favor de la socióloga Doris Soliz Carrión, Ministra de Inclusión Económica y Social, para su desplazamiento a la ciudad de Brasilia-Brasil, del 18 al 23 de marzo, a fin de participar en el Seminario Internacional denominado «Políticas Sociales para el Desarrollo», en atención a la invitación de la Embajada de Brasil en Ecuador; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la socióloga Doris Soliz Carrión, Ministra de Inclusión Económica y Social, en la ciudad de Brasilia-Brasil, del 18 al 23 de marzo de 2013, para que participe en el Seminario Internacional denominado «Políticas Sociales para el Desarrollo».

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de boletos aéreos y viáticos para hospedaje y alimentación, serán cubiertos del presupuesto del Ministerio de Inclusión Económica y Social.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Marzo de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1633

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 25384 de 12 de marzo de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, de 15 del mismo mes, a favor del doctor Francisco Vacas Dávila, Ministro de Relaciones Laborales, para su desplazamiento a las ciudades de Brasilia y Sao Paulo- Brasil, del 17 al 20 de marzo, a fin de mantener reuniones de trabajo con el Ministro de Trabajo y Empleo de Brasil y con el Embajador del Ecuador en dicho país, entre otras; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor Francisco Vacas Dávila, Ministro de Relaciones Laborales, en las ciudades de Brasilia y Sao Paulo-Brasil, del 17 al 20 de marzo de 2013, a fin de mantener reuniones de trabajo con el Ministro de Trabajo y Empleo de Brasil y con el Embajador del Ecuador en dicho país, entre otras.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados por esta comisión de servicios, serán financiados en su totalidad por el Ministerio de Relaciones Laborales.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de Marzo de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 119

n

n

n

n María Fernanda Espinosa Garcés

n

n MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artículo 1 de la Constitución de la República manifiesta que: ?El Ecuador es un estado constitucional de derechos y justicia??;

n

n

n

n Que el artículo 154 de la Carta Magna establece en su numeral primero que a más de las facultades determinadas en la ley, les corresponde a las ministras o ministros ?Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, en el artículo 10, contempla entre las atribuciones y responsabilidades del señor Ministro de Defensa Nacional, literal ?g) Expedir las normas, acuerdos, reglamentos internos de gestión de aplicación general en las tres Ramas de las Fuerzas Armadas, así como los reglamentos internos de gestión de cada Fuerza?;

n

n

n

n Que es necesario que en el ámbito de los procesos administrativos y judiciales, en los que se conocen o juzgan derechos u obligaciones que involucran la gestión del Ministerio de Defensa Nacional o Fuerzas Armadas, se estructuren e implementen estrategias de defensa jurídica que deberán adecuarse a la naturaleza del procedimiento, sean acciones constitucionales, quejas o reclamos administrativos, o acciones ante la justicia ordinaria;

n

n

n

n Que se requiere de una coordinación permanente del talento humano que opera en las direcciones, departamentos o unidades de asesoría jurídica del MIDENA y Fuerzas Armadas, que permita una defensa oportuna, ágil, eficaz y eficiente de los intereses institucionales;

n

n

n

n Que en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República, y el artículo 10, literal g) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Expedir las normas para la coordinación, control y evaluación, entre la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional y los Departamentos Jurídicos del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, acorde el siguiente texto:

n

n

n

n 1. ANTECEDENTES:

n

n

n

n Acorde a lo previsto en el artículo 1 de la Constitución de la República, el Ecuador es un estado constitucional de derechos y justicia. En este marco, todo proceso judicial o administrativo en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, requiere asegurar el debido proceso y la aplicación de las garantías y principios contemplados en el texto constitucional.

n

n

n

n En esta línea, es necesario armonizar y adecuar con el referido marco constitucional, la normativa y procedimientos administrativos que guían las actuaciones de los servidores públicos y personal militar que intervienen a nombre del Ministerio de Defensa Nacional y Fuerzas Armadas.

n

n

n

n De manera particular, es indispensable y prioritario que, en el ámbito de los procesos administrativos y judiciales o contenciosos, en los que se ventilan o juzgan derechos u obligaciones que involucran la gestión del Ministerio de Defensa Nacional o Fuerzas Armadas, se estructuren e implementen estrategias de defensa jurídica que integren los elementos de soporte antes mencionados. Sobre esta base, las estrategias deberán adecuarse a la naturaleza del procedimiento, sean acciones constitucionales, quejas o reclamos administrativos, o acciones ante la justicia ordinaria.

n

n

n

n Para tal efecto, todos y cada uno de los órganos y unidades que integran la institucionalidad del MIDENA y Fuerzas Armadas, deben adoptar de manera cohesionada y articulada, criterios jurídicos homogéneos que, al tiempo de defender la prevalencia del estado constitucional de derechos y justicia, se encuentren concatenados con la tutela de los objetivos e intereses institucionales a los cuales se deben.

n

n

n

n Esta cohesión y articulación del criterio jurídico en los referidos procedimientos, requiere de una coordinación permanente del talento humano que opera en las direcciones, departamentos o unidades de asesoría jurídica del MIDENA y Fuerzas Armadas, que permitan una defensa oportuna, ágil, eficaz y motivada de sus intereses institucionales.

n

n

n

n En virtud de lo expuesto, el Ministerio de Defensa Nacional considera pertinente la implementación de una Directiva de coordinación, evaluación, control y acceso a la información, entre la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional y los Departamentos Jurídicos del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, en concordancia con lo establecido en su Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos.

n

n

n

n 2. OBJETIVO GENERAL:

n

n

n

n Articular estrategias y criterios jurídicos de la Coordinación General de Asesoría Jurídica del MIDENA y departamentos de asesoría jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, implementando mecanismos de coordinación que permitan una defensa oportuna, ágil, eficaz y debidamente motivada de los intereses institucionales.

n

n

n

n 3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

n

n

n

n 3.1. Establecer un sistema de coordinación, control, seguimiento y evaluación de la gestión de los departamentos de asesoría jurídica que intervienen dentro de la defensa institucional.

n

n

n

n 3.2. Establecer lineamientos y criterios jurídicos comunes para la elaboración e implementación de estrategias de defensa de los intereses institucionales.

n

n

n

n 3.3. Contribuir al fortalecimiento de la institucionalización y profesionalización de los departamentos jurídicos del MIDENA y FF.AA.

n

n

n

n 4. DIRECTRICES GENERALES

n

n

n

n 4.1 Los criterios de la Coordinación General de Asesoría Jurídica que corresponden a los lineamientos de acción institucional, serán de carácter vinculante para los Departamentos Jurídicos, tanto del Ministerio de Defensa Nacional como del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea.

n

n

n

n 4.2 El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, deberán implementar en sus respectivos Departamentos Jurídicos, responsables de las áreas de Patrocinio, Legislación Civil y Militar, y de Contratación Pública y Seguros.

n

n

n

n 4.3 Para viabilizar la gestión de la Comisión Jurídica, la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, convocará a reuniones de coordinación y seguimiento en forma mensual con los Jefes de los Departamentos Jurídicos del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, con la finalidad de efectuar las coordinaciones, evaluaciones y controles de las actividades ejecutadas, sin perjuicio de que se realicen reuniones de trabajo en cualquier momento por necesidad institucional, ya sea con los Directores de Área o con el Coordinador General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n 5. DIRECTRICES PARTICULARES

n

n

n

n 5.1. Área de Patrocinio

n

n

n

n Los Departamentos Jurídicos del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, remitirán a la Coordinación General de Asesoría Jurídica del MIDENA, en forma mensual, dentro de los cinco primeros días de cada mes, un informe de seguimiento de todos los procesos judiciales, acciones constitucionales, quejas y reclamos administrativos que se encuentren a su cargo, con base a la Matriz que para el efecto proporcione la Coordinación. Igualmente, esta última efectuará de manera aleatoria una verificación de la información que se reporta con énfasis en los avances procesales, problemas y necesidades de asesoría.

n

n

n

n Los Jefes o responsables de los Departamentos Jurídicos, tienen la obligación de informar de manera inmediata a la Coordinación de Asesoría Jurídica del MIDENA, sobre el inicio o estado de aquellos procesos judiciales, acciones constitucionales, quejas o reclamos administrativos que revistan importancia por su complejidad o constituyan procesos emblemáticos que tengan o puedan tener repercusiones graves a los intereses institucionales, a fin de coordinar y brindar el apoyo necesario para la adopción de las medidas preventivas o correctivas que sean necesarias para el interés institucional.

n

n

n

n Es de exclusiva responsabilidad de los Jefes de los Departamentos Jurídicos, disponer que los abogados de sus respectivos departamentos jurídicos de patrocinio, ejerzan de manera oportuna la defensa de los intereses institucionales, sin perjuicio de que la Coordinación General de Asesoría Jurídica, asuma directamente dicho patrocinio de manera individual o conjunta con los abogados del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas.

n

n

n

n Cuando la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional, por asuntos administrativos o por orden judicial, requiera acceder a la información que se encuentren en los archivos generales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas, así como en el archivo de las Asesorías Jurídicas, estas deberán remitir inmediatamente la información o documentos observándose las siguientes consideraciones:

n

n

n

n El pedido de información deberá ser por escrito, sin perjuicio de que por la premura y necesidad del trámite, se realice el mismo mediante un correo electrónico, vía telefónica o verbal, únicamente legalizándolo con una constancia de entrega ? recepción;

n

n

n

n La información referida en la letra anterior, deberá remitirse en documentos físicos y de ser necesario en archivo digital;

n

n

n

n La entrega de la información será de exclusiva responsabilidad de quienes emitan la misma, así como de quien la reciba;

n

n

n

n Cuando el caso así lo amerite por razones de oportunidad y previa solicitud de la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional, la entrega de la información podrá hacerse de manera directa al Ministerio o Institución Pública o al Órgano Judicial que lo requiera.

n

n

n

n

n

n Cuando se trate de información RESERVADA, deberá seguirse el procedimiento y formalidades previstas en la normativa respectiva.

n

n

n

n

n

n El patrocinio de las causas administrativas o judiciales, en las que participe como actor o demandado el Ministerio de Defensa Nacional, el COMACO o cualquiera de las Fuerzas, deberá ser impulsado previa coordinación con la Coordinación General de Asesoría Jurídica.

n

n

n

n

n

n El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas serán responsables de la movilización de los abogados patrocinadores, tanto de sus unidades como de la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, en la jurisdicción donde se tramite el proceso.

n

n

n

n 5.2. ÁREA DE LEGISLACIÓN CIVIL Y MILITAR

n

n

n

n El Jefe o responsable del Departamento Jurídico, previo a la revisión o formulación de todo proyecto de Decreto Ejecutivo, Acuerdo Ministerial o Resolución, según corresponda, relacionado a la situación profesional militar sea para ascensos, disponibilidades, bajas, o para el cumplimiento de funciones de carácter diplomático como Agregados, Adjuntos o de los Ayudantes Administrativos, deberá contar con los respectivos documentos de respaldo a fin de evitar inconsistencias o que sean devueltos por las autoridades u organismos competentes.

n

n

n

n El Jefe o responsable del Departamento Jurídico Coordinará que en los casos de los Recursos Extraordinario de Revisión y Apelación, que son interpuestos ante la/el Ministra/o de Defensa Nacional, se remitan los expedientes administrativos requeridos en forma oportuna y dentro de los plazos establecidos, así como acompañar el informe, o ayuda memoria sobre el recurso interpuesto.

n

n

n

n El Jefe o responsable del Departamento Jurídico, revisará que todo proyecto de Ley o reforma, Reglamentos y Directivas, que contengan la debida motivación y los considerandos de respaldo, así como que se encuentre debidamente estructurados en la forma como en el fondo, y puedan ser enviados para conocimiento de la Comisión de Legislación del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Paralelamente serán remitidos con un informe a la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n Los proyectos de Ley o reglamentos o reformas a los mismos, buscarán la constitucionalidad y unificación de la normativa para las Fuerzas Armadas, acorde a los siguientes lineamientos:

n

n

n

n El parámetro o criterio fundamental de toda reforma normativa referente a la institucionalidad militar, es la protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos, así como garantizar la soberanía y la integridad territorial, de acuerdo a lo previsto en la en la Constitución de la República e Instrumentos Internacionales.

n

n

n

n Concomitantemente, los proyectos normativos y, en general, la normativa vigente de la que depende la estructura y funcionamiento de FF.AA., debe respetar y hacer respetar la aplicación de los principios constitucionales que orientan la tutela de los derechos antes mencionados.

n

n

n

n La normativa que rige la organización y funcionamiento de FF.AA, debe apuntalar el rol que la Constitución les asignan para defender la soberanía y la integridad territorial, y proteger los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos y ciudadanas; así como el de apoyar con su contingente al desarrollo nacional, en forma obediente y no deliberante, con estricta sujeción al ordenamiento jurídico vigente y al poder civil.

n

n

n

n Las iniciativas normativas deben fortalecer la organización y funcionamiento de FF.AA., destacando el respeto incondicional a los principios de legalidad y responsabilidad en todas y cada una de sus actuaciones.

n

n

n

n El ordenamiento jurídico militar debe adecuarse a las disposiciones constitucionales así como a las políticas del Estado alineadas en función del Plan Nacional del Buen Vivir y la Agenda Política de la Defensa.

n

n

n

n El Jefe o responsable del Departamento Jurídico, revisará que todo proyecto de consulta a los diferentes organismos competentes de acuerdo a la materia, contenga el informe técnico jurídico de respaldo así como el criterio institucional sobre el fondo de la consulta.

n

n

n

n La Comisión de Legislación Militar del COMACO remitirá a la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional, un cuadro en forma trimestral del avance y estado de los proyectos de leyes, reglamentos y demás normas jurídicas que se encuentren revisando o formulando, a fin de realizar el seguimiento y trámite correspondiente.

n

n

n

n 5.3. ÁREA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y SEGUROS

n

n

n

n De considerarlo necesario y en resguardo de los intereses institucionales, la Coordinación General de Asesoría Jurídica intervendrá en las diferentes etapas de los procedimientos contractuales, pudiendo emitir criterios jurídicos sobre los mismos con carácter vinculante en la prosecución del respectivo procedimiento.

n

n

n

n Las Direcciones Jurídicas del COMACO y de las Fuerzas serán responsables de verificar que los procesos de contratación y de ejecución contractual sean ejecutados conforme al marco legal vigente y en resguardo de los intereses institucionales.

n

n

n

n Las Direcciones Jurídicas del COMACO y de las Fuerzas deberán remitir durante los cinco primeros días de cada mes la información mensual de los procedimientos de contratación realizados por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas así como las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea, de conformidad a la delegación emitida por la Máxima Autoridad del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n Art. 2.- Disposiciones Generales y Particulares:

n

n

n

n La Coordinación General de Asesoría Jurídica conjuntamente con la Coordinación Administrativo Financiera del Ministerio de Defensa Nacional organizarán talleres de socialización de las normas de coordinación, control, seguimiento y evaluación previstas en el presente Acuerdo, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la fecha de su publicación. Para el efecto, la socialización se destinará a todos las servidoras/es de los Departamentos Jurídicos de las Fuerzas Armadas y a los responsables de expedientes o procesos jurídicos.

n

n

n

n La Coordinación General de Asesoría Jurídica conjuntamente con la Coordinación Administrativa Financiera del Ministerio de Defensa Nacional, desarrollarán un programa de capacitación, dirigido a todos las servidoras/es de los Departamentos Jurídicos de las Fuerzas Armadas y a los responsables de expedientes o procesos jurídicos, que prevea al menos un evento semestral.

n

n

n

n La Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional conjuntamente con la Coordinación Administrativa Financiera, impulsarán dentro de los siguientes 120 días, la contratación de un sistema informático que facilite: el seguimiento de procesos judiciales, el acceso a una biblioteca jurídica virtual (leyes, doctrina y jurisprudencia nacional e internacional), guía de de gestión del usuario y otras bondades que permitan mejorar la capacidad de respuesta eficiente y efectiva de los funcionarios en la defensa de los intereses institucionales.

n

n

n

n La Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional conjuntamente con la Coordinación Administrativa Financiera impulsarán la elaboración de un Manual de orientación sobre aspectos procedimentales inherentes a la gestión de los departamentos jurídicos.

n

n

n

n

n

n Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, su ejecución encárguese a las autoridades civiles y militares pertinentes.

n

n

n

n

n

n Publíquese y comuníquese.

n

n

n

n Dado en Quito, Ministerio de Defensa Nacional, a 19 de abril de 2013.

n

n

n

n

n

n f.) María Fernanda Espinosa Garcés, Ministra de Defensa Nacional.

n

n

n

n Certifico que este documento es fiel copia del original.- Quito, 25 de abril de 2013.- f.) El Director de Secretaría General del MDN.

n

n

n

n No. 000042

n

n

n

n EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

n

n COMERCIO E INTEGRACIÓN, SUBROGANTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República, establece que les corresponde a las Ministras y Ministros de Estado: ?Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

n

n

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República establece que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, el artículo 2 del Sistema Nacional de Planificación señala que se impulsará el desarrollo integral del país sobre la base de los principios de integración, participación, descentralización, desconcentración, transparencia y eficiencia para lo cual constituye siete zonas de planificación;

n

n

n

n Que, el Estatuto Orgánico de Estructura Organizacional de Gestión por Procesos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, publicado en R.O. No. 139 del lunes 2 de mayo del 2011, establece como misión de la Coordinación General de Planificación velar, impulsar, coordinar y articular con todos los niveles de gestión del MRECI los procesos integrales de planificación, seguimiento y evaluación dirigido al cumplimiento de los objetivos nacionales de desarrollo determinados en la Constitución y en los planes nacionales de desarrollo; y contribuir al cumplimiento de las competencias, atribuciones y responsabilidades del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración con eficacia y eficiencia. Así como entre sus funciones y responsabilidades le corresponde: dirigir y coordinar la implementación de los sistemas de planificación, control, seguimiento, monitoreo y evaluación de la gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración de forma participativa y desconcentrada.

n

n

n

n Que, se necesita generar institucionalidad y generar un referente organizativo, programático y estructural para la gestión de las Unidades Desconcentradas a través de un Modelo de Gestión Integral.

n

n

n

n Que, con fecha 9 de mayo del 2012 se le presenta al Sr. Canciller Ricardo Patiño, los parámetros de la consultoría para el desarrollo del Modelo de Gestión Integral, en la cual aprueba con presencia de los seis Coordinadores Zonales los ámbitos de gestión de las Coordinaciones Zonales, el diagnóstico preliminar y las competencias de acuerdo a la gestión requerida.

n

n

n

n

n

n Que, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución Política del Ecuador y el

n

n

n

n artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el MODELO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LAS UNIDADES DESCONCENTRADAS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIÓN, el mismo que es parte constitutiva de este Acuerdo como Anexo 1; y disponer su publicación y difusión institucional.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer la implementación del nuevo Modelo de Gestión Integral de las Unidades Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, a la Coordinación General de Planificación.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Disponer el seguimiento y evaluación del Modelo de Gestión Integral de las Unidades Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, medir los avances, cuantificar las mejoras en la atención a la ciudadanía y emitir recomendaciones para el mejoramiento continuo a la Coordinación General de Planificación; con una periodicidad cada 2 años.

n

n

n

n ARTÍCULO CUARTO.- Disponer la gestión de los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros necesarios para implementar, mantener y potenciar el Modelo de Gestión Integral de las Unidades Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración a la Coordinación General Administrativa-Financiera.

n

n

n

n ARTÍCULO QUINTO.- Para todo aquello que no se encuentre establecido en el presente Acuerdo, se regirá a lo previsto en la Ley Orgánica del Servicio Exterior y en el Estatuto Orgánico de Estructura Organizacional de Gestión por Procesos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n COMUNÍQUESE.-

n

n

n

n Quito, D.M., 09 de abril de 2013.

n

n

n

n f.) Marco Albuja Martínez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, Subrogante.

n

n

n

n ANEXO 1

n

n

n

n MODELO DE GESTIÓN PARA LAS UNIDADES DESCONCENTRADAS DEL MINISTERIO DE

n

n RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E

n

n INTEGRACIÓN Contenido

n

n

n

n 1. ALCANCE DEL MODELO DE GESTIÓN

n

n

n

n 2. ACTORES

n

n

n

n Actores externos:

n

n

n

n Actores internos:

n

n

n

n 3. COORDINACIONES ZONALES Y SU JURISDICCIÓN

n

n

n

n 4. METODOLOGÍA EN LA CONTRUCCIÓN DEL MODELO

n

n

n

n 5. PILARES DEL MODELO DE GESTIÓN

n

n

n

n 5.1 ACCIÓN POLÍTICA EN EL TERRITORIO

n

n

n

n 5.2 GESTIÓN COMERCIAL:

n

n

n

n 5.3 EXCELENCA EN SERVICIOS

n

n

n

n 5.4 COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN LOCAL:

n

n

n

n 5.5. GESTIÓN ADMINISTRATIVA-FINANCIERA:

n

n

n

n 5. INDICADORES DE LOS PILARES DE GESTIÓN

n

n

n

n 1. ALCANCE DEL MODELO DE GESTIÓN

n

n

n

n El modelo de gestión de las Coordinaciones Zonales tiene un amplio espectro de acción, pues se convierte en un pequeño Ministerio de Relaciones, Exteriores, Comercio e Integración a nivel local.

n

n

n

n Fundamentado principalmente en los principios constitucionales, título IV, capítulo séptimo, sección segunda, art. 227.- La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.

n

n

n

n Así también por el numeral 6 del artículo 416 en el que la Constitución del Ecuador propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento transformador de las relaciones desiguales entre los países, especialmente Norte – Sur.

n

n

n

n Adicionalmente en el Objetivo 12 del Plan Nacional del Buen Vivir que reza, construir un estado democrático para el buen vivir e indica que la reforma institucional persigue construir un Estado inteligente, dinámico y estratégico, e implica romper con el referente minimalista de su acción.

n

n

n

n El fortalecimiento del Estado requiere la consolidación de un servicio civil eficiente, meritocrático y orientado por resultados. Un Estado radicalmente democrático es necesariamente un Estado cercano a la ciudadanía, que se reconoce en su diversidad territorial y cultural. De ahí la necesidad de impulsar un profundo proceso de desconcentración del ejecutivo en los territorios.

n

n

n

n Construir una gestión pública eficiente vinculada a la gente supone un trabajo articulado entre los distintos niveles de gobierno, en el que se establezca claramente quién hace qué en el territorio, de modo que la acción pública se complemente y permita alcanzar colectivamente el Buen Vivir.

n

n

n

n Este proceso tiene como sujeto, centro y fin de la acción pública al ser humano. De ahí que la cuarta dimensión del proceso de democratización del Estado es el impulso a la participación social y ciudadana en todos los niveles de gobierno.

n

n

n

n