n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes 09 de Abril de 2013 – R. O. No. 929

n

n SUMARIO

n

n Presidencia de la República:

n

n Ejecutiva:

n

n Decreto

n

n 1467 Declárase en comisión de servicios en el exterior a la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n Acuerdos

n

n 1546 Legalízase, declárase la comisión de servicios en el exterior y concédese licencia con cargo a vacaciones a los siguientes funcionarios:

n

n Doctor Jorge Eduardo Calvas, Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico

n

n 1560 Señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández, Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana

n

n 1567 Doctor Fander Falconí Benítez, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo

n

n 1568 Mgs. Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública

n

n 1570 Señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n

n 1571 Modifícase el itinerario de viaje de la Lic. Lorena Escudero Durán, Secretaria Nacional del Migrante

n

n 1572 Concédese licencia con cargo a vacaciones del señor Diego Guzmán Espinosa, Secretario Nacional de Transparencia de Gestión

n

n 1574 Doctor Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurídico

n

n 1575 Señor José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte

n

n 1576 Ing. Ana Beatriz Tola Bermeo, Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados

n

n Ministerio Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad:

n

n Acuerdos

n

n MCPEC-2013-001 Desígnanse y deléganse atribuciones a varios funcionarios de esta Cartera de Estado:

n

n Ing. Cristina Vallejos y otro

n

n MCPEC-2013-002 Ing. Cristina Vallejos

n

n MCPEC-2013-003 Mgs. Pablo Patiño

n

n MCPEC-2013-004 Dr. Rubén Morán Castro, Secretario Técnico

n

n MCPEC-2013-005 Doctor Rubén Elías Morán Castro y otros

n

n MCPEC-2013-006 Doctor Rubén Elías Morán Castro y otros

n

n MCPEC-2013-007 Dr. Rubén Morán Castro, Secretario Técnico

n

n MCPEC-2013-009 Ing. Juan Merino

n

n MCPEC-2013-010 Ing. Dominique Freile

n

n MCPEC-2013-011 Doctor Rubén Elías Morán Castro

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca: Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria:

n

n Resoluciones

n

n 013 Modifícase la Resolución 009 de 27 de diciembre de 2012

n

n 014 Expídese el Instructivo para tramitar las denuncias de invasión

n

n 015 Expídese el Instructivo para sustanciar el proceso de expropiación en primera instancia

n

n 016 Modifícanse las resoluciones 001 de 25 de marzo de 2011 y 012 de 06 de marzo de 2013

n

n Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría de la Calidad:

n

n 13 044 Apruébanse y oficialízanse con carácter de obligatoria o voluntaria las siguientes normas técnicas ecuatorianas:

n

n Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 068 ?Café, té, hierbas aromáticas y bebidas energéticas?

n

n 13 045 NTE INEN 2415 (Tubos de acero al carbono soldados para aplicaciones estructurales y usos generales. Requisitos)

n

n 13 046 NTE INEN 2164 (Solventes. Benceno. Requisitos)

n

n 13 047 Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 033 ?Baldosas cerámicas?

n

n 13 048 NTE INEN-ISO 12945-1 (Textiles – Determinación de la tendencia a la formación de pelusilla y de bolitas – Parte 1: Método de la caja de formación de bolitas (IDT))

n

n 13 049 NTE INEN-ISO/IEC TR 14516:2013 (Tecnologías de la información. Técnicas de seguridad. Directrices para el uso y gestión de servicios confiables de terceras partes)

n

n Resoluciones

n

n 13 050 NTE INEN-ISO 15836:2013 (Información y documentación. Conjunto de elementos de metadatos dublin core)

n

n 13 051 Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 043 ?Bus interprovincial e intraprovincial?

n

n 13 052 Reglamento Técnico Ecuatoriano PRTE INEN 076 ?Leche y productos lácteos?

n

n 13 053 NTE INEN 2296 (Vinagre. Requisitos)

n

n 13 054 Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 022 ?Rotulado de productos alimenticios procesados, envasados y empaquetados?

n

n 13 055 Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 073 ?Disposición de lámparas de descarga en desuso?

n

n Consejo de la Judicatura:

n

n Judicial y Justicia Indígena

n

n 013-2013 Autorízanse y deléganse atribuciones a la Directora o Director General de esta entidad

n

n 015-2013 Refórmase el Instructivo sustitutivo para la asignación, uso, control, mantenimiento y determinación de responsabilidades de los vehículos de la Función Judicial

n

n 016-2013 Concédese el plazo de 8 días para el concurso de méritos y oposición ciudadana y control social, para la selección y designación de juezas y jueces de cortes provinciales, tribunales de garantías penales y jueces de primer nivel en varias materias

n

n CONTENIDO

n n

n No. 1467

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 147 número 5) de la Constitución de la República del Ecuador, y el Artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República en su viaje a la ciudad de Roma-Italia, del 17 al 20 de marzo de 2013, para asistir a la Ceremonia de la Misa Inaugural y entronización del Papa Francisco, conformada de la siguiente manera:

n

n

n

n

n

n Señora Norma Delgado;

n

n

n

n Doctor Alexis Mera Giler Secretario Nacional Jurídico de la Presidencia de la República;

n

n

n

n Doctor Ramiro Larrea Santos; e, Ingeniero Jorge Glas Espinel.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones de los Ministros de Estado, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n

n

n Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo al presupuesto de la Presidencia de la República.

n

n

n

n

n

n Artículo Cuarto.- Este Decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 15 de Marzo de 2013.

n

n

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado.

n

n

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1546

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. 01-0015-SE-OCQ-ECORAE- 2013 de 21 de enero de 2013, el doctor Jorge Eduardo Calvas Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico solicita se autorice su permiso con cargo a vacaciones, para el día 22 del mes presente; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones, el 22 de enero de 2013, al doctor Jorge Eduardo Calvas Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico.

n

n

n

n Artículo Segundo.-· Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 22 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1560

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. SPMSPC-SPMSPC-2013-0085- O de 30 de enero de 2013, la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana, solicita autorización para hacer uso de permiso con cargo a vacaciones, el miércoles 30 de enero y viernes 1 de febrero; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones correspondiente al 30 de enero y 1 de febrero de 2013, a la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana.

n

n

n

n Artículo Segundo.- La señora Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana encarga dicha Institución, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1567

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. SENPLADES-SNPD-2013- 0051-OF de 31 de enero de 2013 dirigido al señor Presidente Constitucional de la República, Encargado, el doctor Fander Falconí Benítez Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, solicita se le conceda permiso con cargo a vacaciones, el 1 de febrero, por motivos de orden personal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder licencia con cargo a vacaciones, correspondiente al 1 de febrero de 2013, al doctor Fander Falconí Benítez Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El señor Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo encargará dicha Institución, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1568

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24311 de 23 de enero de 2013 que se respalda en el aval del señor Ministro Coordinador de Desarrollo Social, de 1 de febrero, a favor de la Mgs. Carina Vance Mafla Ministra de Salud Pública, relacionado con su desplazamiento a la ciudad de Aguas Verdes Tumbes-Perú, el 24 de enero, a fin de participar de la invitación realizada por el Ministerio de Salud de Perú, al lanzamiento de la Campaña Binacional Perú-Ecuador Contra el Dengue; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios de la Mgs. Carina Vance Mafla Ministra de Salud Pública, quien se desplazó a la ciudad de Aguas Verdes, Tumbes-Perú, el 24 de enero de 2013, a fin de participar de la invitación realizada por el Ministerio de Salud de Perú, al lanzamiento de la Campaña Binacional Perú-Ecuador Contra el Dengue.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos en concepto de alimentación, estadía y pasajes de ida-retorno, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Salud Pública.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 01 de Febrero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1570

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24560 de 4 de febrero de 2013 que se respalda en el aval del señor Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, de igual fecha, a favor del señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para su desplazamiento a la ciudad de Caracas-Venezuela del 4 al 5 del mes presente, a fin de sostener reuniones de trabajo con el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación de Venezuela, para tratar temas de interés común, en particular para solucionar el tema de exportación de leche UHT del Ecuador a Venezuela e identificar nuevos productos que el Ecuador podría exportar a ese país; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en la ciudad de Caracas-República Bolivariana de Venezuela, del 4 al 5 de febrero de 2013, con motivo de las reuniones de trabajo con el Ministro del Poder Popular para la Alimentación de Venezuela, para tratar temas de interés común; en particular, solucionar el tema de exportación de leche UHT del Ecuador a Venezuela; e, identificar nuevos productos que el Ecuador podría exportar a ese país.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos en concepto de pasajes aéreos de ida-retorno, viáticos y otros, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 04 de Febrero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1571

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante Oficio Nro. SENAMI-DATH-2013-0005- OF de 31 de enero de 2013, la ingeniera Lorena Aguilar Directora de Administración de Talento Humano de la Secretaría Nacional del Migrante, solicita dejar insubsistentes las solicitudes de viaje al exterior números 24131 y 24132, a nombre de la licenciada Lorena Escudero Durán, hacia las ciudades de Milán-Italia, el 24 de enero; y Madrid-España, del 25 al 26 del mismo mes, desplazamiento que dicha titular no llevó a efecto, en virtud de la convocatoria del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador, para una reunión de trabajo sobre temas de impostergable atención;

n

n

n

n

n

n Que previa autorización de la Secretaria Nacional de la Administración Pública, la señora Secretaria Nacional del Migrante se desplazó a las ciudades de Caracas-Venezuela, el 18 de enero; y, Madrid-España, del 19 al 24 de igual mes, siendo su retorno al Ecuador el 25 de enero de 2013; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Como alcance al Acuerdo No. 1542 de 18 de enero de 2013, se modifica el itinerario de viaje de la señora licenciada Lorena Escudero Durán Secretaria Nacional del Migrante, legalizando su desplazamiento a las ciudades de Caracas-Venezuela y Madrid-España, del 18 al 25 de enero de 2013, a objeto de impulsar una política migratoria integral para apoyar el regreso digno de migrantes al Ecuador; la suscripción de dos convenios para propiciar el derecho a la seguridad social y acceso al sistema judicial; así como acciones encaminadas a apoyar la implementación del Plan Tierras del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en el marco de la agenda de trabajo institucional cumplida por dicha autoridad en esos países.

n

n

n

n

n

n Artículo Segundo.- Los gastos correspondientes a viáticos y pasajes aéreos, serán legalizados del presupuesto de la Secretaría Nacional del Migrante.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 4 de febrero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n

n

n No. 1572

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. SNTG-DES-2013-0242 de 4 de febrero de 2013, el señor Diego Guzmán Espinosa Secretario Nacional de Transparencia de Gestión, comunica que se ausentará del país desde el sábado 9 al sábado 16 de febrero, solicitando autorización para que los días 13, 14 y 15 de este mes, sean con cargo a vacaciones; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder licencia con cargo a vacaciones, del 13 al 15 de febrero de 2013, al señor Diego Guzmán Espinosa Secretario Nacional de Transparencia de Gestión.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El señor Secretario Nacional de Transparencia de Gestión encargará dicha institución, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 5 de febrero de 2013.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n
n

n

n

n

n No. 1574

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante memorando No. SNJ-13-126 de 6 de febrero de 2013, el doctor Alexis Mera Giler Secretario Nacional Jurídico, solicita se autorice concederle licencia con cargo a vacaciones, el día 13 del mes presente, a fin de atender asuntos de índole personal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder licencia con cargo a vacaciones, el día 13 de febrero de 2013, al doctor Alexis Mera Giler Secretario Nacional Jurídico.

n

n

n

n Artículo Segundo.- En ausencia del titular, se encarga la Secretaría Nacional Jurídica, al doctor Vicente Peralta León Subsecretario Nacional Jurídico.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de febrero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1575

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MD-MD-2013-1431 de 1 de febrero de 2013, el señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, solicita se le conceda permiso con cargo a vacaciones los días lunes 4, martes 5 y miércoles 6 del mes presente; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones, del 4 al 6 de febrero de 2013, al señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El señor Ministro del Deporte encarga dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de febrero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1576

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MCPGAD-DM-2013-0068-OF de 4 de febrero de 2013, la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, solicita se le conceda licencia con cargo a vacaciones los días 4, 5, 7 y 8 del mes presente, por motivos de índole personal;

n

n

n

n Que como alcance se ha recibido el oficio No. MCPGADDM- 2013-0075-OF de 7 de febrero de 2013, suscrito por la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, en el que solicita la ampliación de licencia para el día miércoles 6 del mes presente; e, informa que por necesidad institucional retomará sus funciones este jueves 7 de febrero; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones por los días 4, 5, 6 y 8 de febrero de 2013, a la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n Artículo Segundo.- La señora Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados encarga dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 7 de febrero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. MCPEC-2013-001

n

n

n

n Econ. Santiago León Abad

n

n MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA

n

n PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creada mediante Decretos Ejecutivos N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007; No 1450, publicado en el Registro Oficial N° 482 de 5 de diciembre de 2008; y N° 1558, publicado en el Registro Oficial N° 525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual fue determinada en Decreto Ejecutivo N° 46 publicado en el Registro Oficial N° 36 de 29 de septiembre de 2009.

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 934, de 10 de noviembre de 2011, el señor Presidente de la República, nombró al Econ. Santiago León Abad, como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 437, publicado en el Registro Oficial N° 120 de 5 julio de 2007, se establece la facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de Decreto Ejecutivo alguno;

n

n

n

n Que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva permite la delegación de funciones, con arreglo a lo previsto en sus artículos 17, 55 y 57;

n

n

n

n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios públicos?;

n

n

n

n Que, de acuerdo al artículo 138 del Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, establece que el Comité Interinstitucional de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario ?estará integrado por los Ministerios de Coordinación de: Desarrollo Social que lo presidirá; de la Producción; y, de Política Económica?;

n

n

n

n Que, de acuerdo al Literal c, del Artículo 7 del Decreto Ejecutivo No. 303, publicado en el Registro Oficial Nro. 85, de 16 de mayo de 2007, se establece que el directorio del Programa Sistema Nacional de Micro Finanzas, en la actualidad llamado Programa Nacional de Finanzas Populares, Emprendimiento y Economía Solidaria (PNFPEES), estará conformado por: ?c) Ministerio de Coordinación de la Producción o su Delegado?;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MCPEC-2012- 054, se designó al Ing. Juan Carlos Gilbert como delegado principal y a la Ing. Alexandra Tapia como delegada alterna del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, para formar parte del Comité Interinstitucional de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MCPEC-2012- 055, se designó al Ing. Juan Carlos Gilbert como delegado principal y a la Ing. Alexandra Tapia como delegada alterna del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, para formar parte del Directorio del Programa Nacional de Finanzas Populares, Emprendimiento y Economía Solidaria (PNFPEES);

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerio No. MCPEC-2012-067, se realiza el cambio como delegado alterno al Ing. Diego Borja con el fin de que participe tanto en el Comité Interinstitucional de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario y en el Directorio del Programa Nacional de Finanzas Populares, Emprendimiento y Economía Solidaria (PNFPEES).

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones en el número 1 del Art. 154 de la Constitución de la República:

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Designar al Señorita Ing. Cristina Vallejos como delegada principal y el Ing. Juan Merino como delegado alterno del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad para formar parte del Comité Interinstitucional de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario; así como del Directorio del Programa Nacional de Finanzas Populares, Emprendimientos y Economía Solidaria (PNFPEES); dejando sin efecto las delegaciones del Ing. Juan Carlos Gilbert, otorgadas mediante Acuerdos Ministeriales No. MCPEC-2012-054 y No. MCPEC-2012-055; y la delegación del Ing. Diego Borja, otorgado mediante Acuerdo Ministerial No. MCPEC-2012-067.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado y firmado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 02 días del mes de enero del dos mil trece.

n

n

n

n

n

n f.) Econ. Santiago León Abad, Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad.

n

n

n

n No. MCPEC-2013-002

n

n

n

n Econ. Santiago León

n

n Abad MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA

n

n PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creada mediante Decretos Ejecutivos N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007; No 1450, publicado en el Registro Oficial N° 482 de 5 de diciembre de 2008; y N° 1558, publicado en el Registro Oficial N° 525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual fue determinada en Decreto Ejecutivo N° 46 publicado en el Registro Oficial N° 36 de 29 de septiembre de 2009.

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 934, de 10 de noviembre de 2011, el señor Presidente de la República, nombró al Econ. Santiago León Abad, como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 437, publicado en el Registro Oficial N° 120 de 5 julio de 2007, se establece la facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de Decreto Ejecutivo alguno;

n

n

n

n Que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva permite la delegación de funciones, con arreglo a lo previsto en sus artículos 17, 55 y 57;

n

n

n

n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios públicos?;

n

n

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Interministerial del 05 de octubre de 2012, se crea el Comité Intersectorial del Buen Vivir Rural y dentro del documento se establece en el literal c), del Artículo 3, que el Comité Intersectorial del Buen Vivir Rural estará conformado por los siguientes miembros permanentes: ?c) El Ministro Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad (MCPEC), o su delegado permanente?.

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones en el número 1 del Art. 154 de la Constitución de la República:

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Designar a la Señorita Ing. Cristina Vallejos como delegada permanente del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, para formar parte del Comité Intersectorial del Buen Vivir Rural.

n

n

n

n Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado y firmado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 02 días del mes de enero del dos mil trece.

n

n

n

n f.) Econ. Santiago León Abad, Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad.

n

n

n

n No. MCPEC-2013-003

n

n

n

n Econ. Santiago León Abad

n

n MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA

n

n PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creada mediante Decretos Ejecutivos N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007; No 1450, publicado en el Registro Oficial N° 482 de 5 de diciembre de 2008; y N° 1558, publicado en el Registro Oficial N° 525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual fue determinada en Decreto Ejecutivo N° 46 publicado en el el Registro Oficial N° 36 de 29 de septiembre de 2009;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 934, de 10 de noviembre de 2011, el señor Presidente de la República, nombró al Econ. Santiago León Abad, como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 437, publicado en el Registro Oficial N° 120 de 5 julio de 2007, se establece la facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de Decreto Ejecutivo alguno;

n

n

n

n Que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva permite la delegación de funciones, con arreglo a lo previsto en sus artículos 17, 55 y 57;

n

n

n

n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto.

n

n

n

n Los delegados de las autoridades y funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios públicos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1116 del 26 de marzo de 2012 y publicado en el Registro Oficial No 680 del 11 de abril de 2012, se crea la Empresa Pública Astilleros Navales Ecuatorianos- ASTINAVE EP- y en su artículo 5, numeral 3 dispone que: El directorio de Astillero Navales Ecuatorianos – ASTINAVE EP- estará conformado por: 3) El Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad o su delegado;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo No. MCPEC-2012-029 de 20 de abril de 2012, se designa a la Señora Ab. María José Castelblanco Zamora, como delegada del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, para ser partícipe del Directorio de la Empresa Astillero Navales Ecuatorianos- ASTINAVE EP.

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones en el número 1 del Art. 154 de la Constitución de la República.

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Designar al Señor Mgs. Pablo Patiño, en calidad de delegado del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, para ser partícipe del Directorio de la Empresa Astillero Navales Ecuatorianos ? ASTINAVE EP; dejando sin efecto la delegación de la Ab. María José Castelblanco mediante Acuerdo Ministerial MCPEC-2012-029.

n

n

n

n Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado y firmado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 02 días del mes de enero de dos mil trece.

n

n

n

n f.) Econ. Santiago León Abad, Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad.

n

n

n

n No. MCPEC-2013-004

n

n

n

n Econ. Santiago León Abad

n

n MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA

n

n PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creada mediante Decretos Ejecutivos N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007; No 1450, publicado en el Registro

n

n

n

n Oficial N° 482 de 5 de diciembre de 2008; y N° 1558, publicado en el Registro Oficial N° 525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual fue determinada en Decreto Ejecutivo N° 46 publicado en el Registro Oficial N° 36 de 29 de septiembre de 2009.

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 934, de 10 de noviembre de 2011, el señor Presidente de la República, nombró al Econ. Santiago León Abad, como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 437, publicado en el Registro Oficial N° 120 de 5 julio de 2007, se establece la facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de Decreto Ejecutivo alguno;

n

n

n

n Que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva permite la delegación de funciones, con arreglo a lo previsto en sus artículos 17, 55 y 57;

n

n

n

n Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que ?Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado?;

n

n

n

n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios públicos?;

n

n

n

n Que, el artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que: ?Cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actúa?.

n

n

n

n Que, el artículo 172 del mencionado Estatuto establece sobre los Reclamos Administrativos: ?En las reclamaciones los interesados podrán peticionar o pretender:

n

n

n

n La formulación de observaciones, consideraciones y reservas de derechos, cuando se impugnaren los actos de simple administración;

n

n

n

n La cesación del comportamiento, conducta o actividad; y,

n

n

n

n La enmienda, derogación, modificación o sustitución total o parcial de actos normativos o su inaplicabilidad al caso concreto.

n

n

n

n

n

n En cuanto a la tramitación de una reclamación, ésta debe ser presentada ante el órgano autor del hecho, comportamiento u omisión; emisor del acto normativo; o ante aquél al cual va dirigido el acto de simple Administración. El órgano puede dictar medidas de mejor proveer, y otras para atender el reclamo?;

n

n

n

n

n

n Que, el ERJAFE en sus artículos 174, 176 y 178 establece los Recursos Administrativos que se pueden presentar ante las distintas entidades de la Administración Pública;

n

n

n

n

n

n Que, conforme al numeral 1 del artículo 115 del ERJAFE se establece: ?1) La administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma?;

n

n

n

n

n

n Que, el literal O, del numeral 3, del artículo 15, del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, establece las atribuciones del Secretaria (o) Técnica(o) :

n

n

n

n

n

n ?o) Asumir las funciones y responsabilidades que le delegue el (la) Ministro (a) Coordinador(a) de la Producción?.

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones en el número 1 del Art. 154 de la Constitución de la República:

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al Dr. Rubén Morán Castro, Secretario Técnico del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, para avocar conocimiento, sustanciar, evacuar diligencias, inadmitir y resolver los reclamos y recursos administrativos presentados ante el MCPEC al amparo del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado y firmado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 22 días del mes de enero del dos mil trece.

n

n

n

n

n

n f.) Econ. Santiago León Abad, Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad.

n

n

n

n No. MCPEC-2013-005

n

n

n

n Econ. Santiago León Abad

n

n MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA

n

n PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creada mediante Decretos Ejecutivos N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007; No 1450, publicado en el Registro Oficial N° 482 de 5 de diciembre de 2008; y N° 1558, publicado en el Registro Oficial N° 525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual fue determinada en Decreto Ejecutivo N° 46 publicado en el Registro Oficial N° 36 de 29 de septiembre de 2009;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 934, de 10 de noviembre de 2011, el señor Presidente de la República, nombró al Econ. Santiago León Abad, como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad;

n

n

n

n Que, de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros tienen la siguiente facultad: ?? Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado?.

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, es atribución del Secretario Técnico de la Producción, Empleo y Competitividad ?Subrogar al Ministro (a) Coordinador (a) de la Producción en caso de ausencia legalmente establecida o impedimento temporal?;

n

n

n

n Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala sobre la subrogación de puestos que ?Cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular?;

n

n

n

n Que, mediante acuerdo No. 1550, del 23 de enero de 2013, emitido por el Sr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública, se autoriza el viaje y declara en comisión de servicios al Econ. Santiago León Abad, Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, para su desplazamiento a la ciudad de Atlanta, Georgia-Estados Unidos del 28 al 30 de enero de 2013, a fin de cumplir con la invitación de Solugrowing Corporation S.A., para visitar la planta de la empresa Bard en los Estados Unidos, en el marco de las actividades relacionadas a la atracción de inversion