n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Lunes 09 de Julio de 2012 – R. O. No. 741

n

n SUMARIO

n

n Presidencia de la República:

n

n Ejecutivo

n

n Decretos

n

n 1201 Dase de baja de la institución policial al Coronel de Policía de E.M. Ángel Marcelo Echeverría Escobar

n

n 1202 Declárase en comisión de servicios en el exterior a la comitiva que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República

n

n 1203 Acéptase la renuncia del señor Freddy Rolando Ruilova Lituma y nómbrase a la abogada Bertha Elizabeth Molina Loyola, Gobernadora de la provincia de Cañar

n

n 1204 Nómbrase a varios tripulantes de la Fuerza Naval para que desempeñen las funciones de ayudantes administrativos en las Agregadurías Militares, Defensa y Navales del Ecuador en el exterior

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n Acuerdos

n

n 1217 Modifícase las fechas de desplazamiento al exterior del doctor Fander Falconí Benítez, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo

n

n 1218 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista René Ramírez Gallegos, Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación

n

n 1219 Concédese vacaciones al economista René Ramírez Gallegos, Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación

n

n 1220 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al doctor Fernando Alvarado Espinel, Secretario Nacional de Comunicación

n

n 1221 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al señor Carlos Viteri Gualinga, Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo de la Amazonía

n

n 1222 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la doctora María del Pilar Cornejo de Grunauer, Secretaria Nacional de Gestión de Riesgos ?

n

n Acuerdos

n

n 1223 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al ingeniero Jorge David Glas Espinel, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos

n

n 1224 Legalízase la comisión de servicios en el exterior de la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández, Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Cuidadana

n

n 1225 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Pedro Delgado Campaña, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador

n

n 1226 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Pedro Delgado Campaña, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador

n

n 1227 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández, Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Cuidadana

n

n Ministerio de Educación:

n

n 039-12 Créase dentro de la jurisdicción de la Coordinación Zonal 1, el Distrito Educativo Intercultural y Bilingüe ?MONTÚFAR BOLÍVAR?, ubicado en el cantón Montúfar, provincia de Carchi

n

n 061-12 Créase dentro de la jurisdicción de la Coordinación Zonal 7, el Distrito Educativo Intercultural y Bilingüe ?Balsas, Marcabelí, Piñas?, ubicado en el cantón Balsas, provincia de El Oro

n

n 063-12 Créase dentro de la jurisdicción de la Coordinación Zonal 7, el Distrito Educativo Intercultural y Bilingüe ?Machala?, ubicado en el cantón Machala, provincia de El Oro

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n Resoluciones

n

n SENAE-DNR-2012-0221-OF Consultas de clasificación arancelaria a varios productos:

n

n Ácido Fórmico

n

n SENAE-DNR-2012-0224-OF Ideal Tack Cloth

n

n SENAE-DNR-2012-0226-OF ECOLIFE

n

n SENAE-DNR-2012-0228-OF Biocitro en Polvo

n

n SENAE-DNR-2012-0239-OF Concentrado de Proteína de Soya

n

n SENAE-DNR-2012-0659-M Maquinaria y sus componentes sin montar todavía para efectuar el proceso de llenado y taponado de botellas de cerveza y malta

n

n Tribunal Contencioso Electoral

n

n Electoral

n

n Sentencia

n

n CAUSA 0232-2011-TCE Declárase con lugar el juzgamiento y determínase la responsabilidad del señor Oscar Bayordo Ponce Tabongo en el cometimiento de la infracción prevista en el artículo 291 numeral 3 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas Municipales:

n

n 005-201 Cantón Portovelo: Que regula los permisos de construcción de toda infraestructura minera superficial y de su cambio de uso y ocupación de suelo en el cantón

n

n 033-2012 Cantón Tena: Sustitutiva de constitución de la Empresa Pública de Desarrollo Productivo y Competitividad ?EMPUDEPRO-TENA EP?

n

n CONTENIDO

n n n

n No. 1201

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Resolución No. 2012-169-CsG-PN de 29 de febrero del 2012, emitida por el H. Consejo de Generales de la Policía Nacional, resuelve aceptar la solicitud de Baja Voluntaria de las filas de la Institución Policial solicitada por el señor Coronel de Policía de E.M. ANGEL MARCELO ECHEVERRIA ESCOBAR;

n

n

n

n Que, el señor Ministro del Interior, previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, que consta en Oficio No. 2012-0202-DGP-PN de 08 de marzo del 2012, solicita al señor Presidente de la República, emita el correspondiente Decreto Ejecutivo, mediante el cual con fecha de su expedición se proceda a dar de baja de las filas policiales al señor, Coronel de Policía de E.M. ANGEL MARCELO ECHEVERRIA ESCOBAR;

n

n

n

n De conformidad con lo que dispone el Art. 65 reformado mediante Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía Nacional, publicada en el Registro Oficial No. 607- S, de junio 08 del 2009, en concordancia con el Art. 66, literal a) de la citada Ley; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 147 numeral 5 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Dar de Baja de las filas de la Institución Policial con fecha de expedición del presente Decreto, al señor Coronel de Policía de E.M. ANGEL MARCELO ECHEVERRIA ESCOBAR, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria, de conformidad con lo que establece el Art. 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecución de este Decreto que entrará en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese el señor Ministro del Interior.

n

n

n

n Dado, en el Palacio Nacional, Quito D.M., a 18 de Junio 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1202

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 147 número 5) de la Constitución de la República del Ecuador, y el Artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República a la Conferencia de Naciones Unidas Sobre Desarrollo Sostenible «Río+20», a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro-República Federativa de Brasil del 19 al 21 de junio de 2012, conformada de la siguiente manera:

n

n

n

n Economista Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración;

n

n

n

n Doctora María Fernanda Espinosa Garcés Ministra Coordinadora de Patrimonio;

n

n

n

n Abogada Marcela Aguiñaga Vallejo Ministra del Ambiente;

n

n

n

n Señor Freddy Ehlers Zurita Ministro de Turismo

n

n

n

n Doctor Fander Falconí Benítez Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo;

n

n

n

n Doctor Fernando Alvarado Espinel Secretario Nacional de Comunicación;

n

n

n

n Socióloga Rosa Mireya Cárdenas Hernández Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana;

n

n

n

n Antropólogo Carlos Viteri Gualinga Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo de la Amazonía;

n

n

n

n Señora Ivonne Baki Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa Yasuní-ITT;

n

n

n

n Economista Diego Borja Cornejo Presidente de la Comisión Técnica Presidencial para la Nueva Arquitectura Financiera Internacional; y,

n

n

n

n Doctor Horacio Sevilla Borja Embajador del Ecuador en Brasil. Asamblea Nacional

n

n

n

n Abogada Mariangel Muñoz Vicuña Asambleísta por la Provincia del Azuay;

n

n

n

n Abogado Henry Cuji Coello Asambleísta por la Provincia de Pastaza; y,

n

n

n

n Doctora Rossana Alvarado Carrión Asambleísta por la Provincia del Azuay.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Las delegaciones y atribuciones para cada uno de los Ministros de Estado, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a los presupuestos de las Instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.

n

n

n

n ARTÍCULO CUARTO.- Este Decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 18 de Junio 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1203

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1847 de 23 de julio de 2009, publicado en el Registro Oficial No. 649 de agosto 5 de 2009, se nombró como Gobernador de la Provincia de Cañar al Señor Freddy Rolando Ruilova Lituma;

n

n

n

n Que el señor Freddy Rolando Ruilova Lituma presentó su renuncia al cargo; y,

n

n

n

n En ejercicio de la atribución que le confieren el número 9 del Artículo 147 de la Constitución de República del Ecuador, y la letra d) del Artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo Primero.- Aceptar la renuncia del Señor Freddy Rolando Ruilova Lituma, al cargo de Gobernador de la provincia de Cañar y agradecerle por los servicios prestados.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Bertha Elizabeth Molina Loyola, para que ejerza el cargo de Gobernadora de la Provincia de Cañar.

n

n

n

n Artículo Final.- Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente techa, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en Quito, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil doce.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1204

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que de conformidad con el Art. 41 de la Ley de Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: «Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas»

n

n

n

n Que la Dirección General de Recursos Humanos de la Fuerza Naval, sobre la base de la Resolución emitida por el Consejo de Tripulantes COSTRI N° 214-2011, de acuerdo con lo señalado en el Art. 160 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 47 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y la Normativa para la Calificación de Ayudantes Administrativos 2009, resolvió SELECCIONAR para el cargo de Ayudantes Administrativos en las Agregadurías Navales del Ecuador en el exterior, a los siguientes Tripulantes: SUBS-EL WILLIAM YÁNEZ CHANGO; SUBS-ET KLEVER GUADAMUD MACIAS; SUBS-AD JIMMY VARGAS LÓPEZ; SUBS-AD WALTER ORTIZ SAN MARTIN; SUBS-IF DANIEL ORTIZ SAN MARTIN; y SUBS-EL JAIME SANCHEZ TAPIA; del mismo mediante Resolución COSTRI N° 023-2012, seleccionó a los señores Tripulantes SUBS-AB GABRIEL GONZALEZ ZAPATA; y SUBS-MC WILMER MINAN CASTRO para que cumplan el cargo de Ayudantes Administrativos.

n

n

n

n Que el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mediante Oficio N° 12-G-1-al-55 de 23 de febrero de 2012, y a pedido de la Fuerza Naval formulado mediante oficio N° COGMAR-ASI-062-O de fecha 27 de enero de 2012, remite al Ministerio de Defensa Nacional el proyecto de Decreto Ejecutivo, mediante el cual se nombra a los señores Tripulantes para el cargo de Ayudantes Administrativos en las Agregadurías Navales del Ecuador en el exterior, de conformidad a lo previsto en el Art. 41 de la Ley de Reformatoria a la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

n

n

n

n Que en vista de haberse producido retraso en los trámites administrativos para la salida de los señores Tripulantes, designados como Ayudantes Administrativos, el Comando General de la Fuerza Naval mediante oficio N° COGMARCDO- 153-O de fecha 30 de mayo de 2012, resolvió realizar una modificación en las fechas de salida y retomo de los Tripulantes que cumplirán las funciones de Ayudantes Administrativos, en las diferentes Agregadurías Navales del Ecuador en el exterior.

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 147, numeral 5) de la Constitución de la República; en concordancia con el artículo 41 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Nombrar a los siguientes señores Tripulantes de la Fuerza Naval, para que desempeñen las funciones de Ayudantes Administrativos en las Agregadurías Militares, Defensa y Navales del Ecuador en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle:

n

n

n

n SUBS-EL WILLIAM YÁNEZ CHANGO, Ayudante Administrativo a la Agregaduría Naval del Ecuador en Estados Unidos de Norte América, a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013.

n

n

n

n SUBS-ET KLEVER GUADAMUD MACIAS, Ayudante Administrativo ala Agregaduria de Defensa del Ecuador en Reino Unido, a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013,

n

n

n

n SUBS.AB JIMMY VARGAS LÓPEZ, Ayudante Administrativo a la Agregaduría Naval del Ecuador en Chile, a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013.

n

n

n

n SUBS-AD WALTER ORTIZ SAN MARTIN, Ayudante Administrativo a Agregaduría Naval del Ecuador en Perú, a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013.

n

n

n

n SUBS-IF DANIEL ORTIZ SAN MARTIN, Ayudante Administrativo a la Agregaduría de Defensa del Ecuador en Italia, a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013.

n

n

n

n SUBS-EL JAIME SANCHEZ TAPIA, Ayudante Administrativo a la Agregaduria de Defensa del Ecuador en Corea del Sur, a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013.

n

n

n

n SUBS-AB GABRIEL GONZÁLEZ ZAPATA, Ayudante Administrativo a la Oficina Técnica logística Conjunta del Ecuador en los Estados Unidos de Norteamérica (Miami), a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013.

n

n

n

n SUBS-MC WILMER MINAN CASTRO, Ayudante Administrativo a la Agregaduría Militar, Naval y Aéreo del Ecuador en los Estados Unidos Mexicanos, a partir del 01 de julio del 2012 hasta el 01 de julio del 2013.

n

n

n

n Art. 2.- Los mencionados señores Tripulantes percibirán las asignaciones económicas determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Naval.

n

n

n

n Art. 3.- Los señores Ministros de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el señor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, Quito D.M., a 25 de Junio 2012.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) Miguel Carvajal Aguirre, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1217

n

n

n

n Abg. Oscar Pico Solórzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. SENPLADES-CGAF-2012- 0185-OF del 13 de junio de 2012, la señora Ivonne Marisela Rivera Yánez Coordinadora General Administrativa Financiera de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo informa que debido a un cambio en el itinerario de viaje del doctor Fander Falconí Benítez, éste se lo efectuará del 19 al 21 de este mes, para que participe en la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible Río+20, con ocasión del XX Aniversario de la Conferencia de Naciones Unidas de Ambiente y Desarrollo -1992, Río de Janeiro- y X Aniversario de la Cumbre de Desarrollo Sostenible- Johannesburgo, año 2012-, en Río de Janeiro-Brasil; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Como alcance al Acuerdo 1210 de 6 de junio de 2012, relacionado con la comisión de servicios del señor Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo doctor Fander Falconí Benítez, a Río de Janeiro-Brasil, se modifica sus fechas de desplazamiento, legalizando la autorización del 19 al 21 de junio de 2012.

n

n

n

n En lo demás se mantiene el texto del prenombrado Acuerdo 1210 de 6 de junio de 2012.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1218

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SUBSECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 18909 de 13 de junio de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano, a favor del economista René Ramírez Gallegos Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para su desplazamiento a Lisboa-Portugal del 15 al 18 de este mes, a fin de tratar temas oficiales con los representantes de la Fundación Champalimaud, para obtener cooperación para el proyecto Ciudad del Conocimiento «Yachay», así como para los Institutos Públicos de Investigación en el área de las ciencias médicas; tratar temas con los representantes de Taguspark y de la Universidad de Lisboa, con el propósito de establecer contactos y analizar la posibilidad de obtener cooperación de esas instituciones, y participar en un acto académico en la Universidad de Porto; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista René Ramírez Gallegos Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, en Lisboa-Portugal del 15 al 18 de junio de 2012, a fin de tratar temas oficiales con los representantes de la Fundación Champalimaud, para obtener cooperación para el proyecto Ciudad del Conocimiento «Yachay», así como para los Institutos Públicos de Investigación en el área de las ciencias médicas; tratar temas con los representantes de Taguspark y de la Universidad de Lisboa, con el propósito de establecer contactos y analizar la posibilidad de obtener cooperación de esas instituciones, además de participar en un acto académico en la Universidad de Porto.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos que implique este desplazamiento, serán con cargo al presupuesto de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de Junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1219

n

n

n

n Abg. Oscar Pico Solorzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. SENESCYT-SN-2012-0791-CO del 8 de junio de 2012 dirigido al señor Presidente Constitucional de la República, el economista René Ramírez Gallegos Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación solicita se le autorice tomar con cargo a vacaciones, los días 19, 20, 21 y 22 de este mes; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder al economista René Ramírez Gallegos Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, vacaciones del 19 al 22 de junio de 2012.

n

n

n

n

n

n ARTICULO SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1220

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante memorando No. PR-CGPSC-2012-001423- M del 13 de junio de 2012, el economista Pablo Xavier Yánez Saltos Coordinador General de la Secretaría Nacional de Comunicación solicita realizar el Acuerdo a favor del doctor Fernando Alvarado Espinel Secretario Nacional de Comunicación, quién viajará a Brasil-Río de Janeiro del 19 al 22 de este mes, a fin de asistir con el señor Presidente de la República a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible Río + 20; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor Fernando Alvarado Espinel Secretario Nacional de Comunicación, para su desplazamiento a la ciudad de Río de Janeiro-República Federativa de Brasil del 19 al 22 de junio de 2012, a fin de asistir con el señor Presidente Constitucional de la República a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible Río + 20.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los viáticos se aplicarán al presupuesto de la Presidencia de la República. Se indica que el viaje lo realizará en el avión Presidencial.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1221

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n

n

n SUBSECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 18913 del 14 de junio de 2012 a favor del señor Carlos Viteri Gualinga Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo de la Amazonía, que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados de fecha 13 de junio de 2012, para su desplazamiento a Río de Janeiro-Brasil del 18 al 23 de este mes, a fin de asistir a la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20); y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Carlos Viteri Gualinga Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo de la Amazonía, para su desplazamiento a Río de Janeiro- Brasil del 18 al 23 de junio de 2012, a fin de asistir a la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20).

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con esta participación serán cubiertos con cargo al vigente presupuesto del ECORAE.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1222

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SUBSECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 18927 del 14 de junio de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad, a favor de la doctora María del Pilar Cornejo de Grunauer Secretaria Nacional de Gestión de Riesgos, para su desplazamiento a Tohoku-Japón del 30 de junio al 5 de julio próximo, a fin de asistir a la Conferencia Internacional de Alto Nivel sobre Grandes Desastres Naturales, organizada por el Gobierno del Japón; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la doctora María del Pilar Cornejo de Grunauer Secretaria Nacional de Gestión de Riesgos, para su desplazamiento a Tohoku-Japón del 30 de junio al 5 de julio de 2012, a fin de participar en la Conferencia Internacional de Alto Nivel sobre Grandes Desastres Naturales, organizada por el Gobierno del Japón.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de boleto aéreo, alimentación, hospedaje y viáticos serán cubiertos por la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1223

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SUBSECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 18946 de 14 de junio de 2012 a favor del ingeniero Jorge David Glas Espinel Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos para su desplazamiento a San Petersburgo-Moscú-Rusia del 15 al 24 de este mes, a fin de participar en el XVI Foro Económico Internacional de San Petersburgo, en calidad de expositor; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al ingeniero Jorge David Glas Espinel Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos, para su desplazamiento a San Petersburgo-Moscú-Rusia del 15 al 24 de junio de 2012, a fin de participar en el XVI Foro Económico Internacional de San Petersburgo, en calidad de expositor.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El financiamiento del pasaje así como de los viáticos, lo cubrirá el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de Junio de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1224

n

n

n

n Oscar Pico Solorzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. SPMSPC-SPMSPC-2012-0635- O del 12 de junio de 2012, la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana se refiere a la comisión de servicios que cumplió en Cochabamba-Bolivia al conformar la comitiva oficial que acompañó al señor Presidente de la República a la 42a Asamblea General de la Organización de Estados Americanos el 4 y 5 del mes presente, indicando que el viaje al referido país lo realizó con el Canciller de la República, a partir del 2 de junio, por lo que solicita el respectivo alcance; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios de la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana, en la ciudad de Cochabamba- Estado Plurinacional de Bolivia, desplazamiento que se hace efectivo del 2 al 5 de junio de 2012, al conformar la comitiva oficial presidencial a la 42a Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, según Decreto Ejecutivo 1184 del 1 de junio de 2012.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1225

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ENCARGADO

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 18935 de 14 de junio de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Política Económica, a favor del economista Pedro Miguel Delgado Campaña Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para su desplazamiento a Montevideo-Uruguay del 30 de junio al 4 de julio próximo, a fin de asistir a la CLXV Reunión de Directorio de la Corporación Andina de Fomento, CAF; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Pedro Delgado Campaña Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para su desplazamiento a Montevideo-Uruguay del 30 de junio al 4 de julio de 2012, a fin de asistir a la CLXV Reunión del Directorio de la Corporación Andina de Fomento, CAF.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los costos relacionados con los pasajes aéreos internacionales y viáticos, serán cubiertos por el Banco Central del Ecuador.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 18 de Junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1226

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ENCARGADO

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 18936 del 14 de junio de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Política Económica a favor del economista Pedro Miguel Delgado Campaña Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para su desplazamiento a Cartagena de Indias-Colombia del 4 al 6 de julio, a fin de asistir a la LXVIII Reunión Extraordinaria del Directorio del Fondo Latinoamericano de Reservas, FLAR; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Pedro Delgado Campaña Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para su desplazamiento a Cartagena de Indias- Colombia del 4 al 6 de julio de 2012, a fin de asistir a la LXVIII Reunión Extraordinaria del Directorio del Fondo Latinoamericano de Reservas, FLAR.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El Banco Central del Ecuador financiará los costos de viáticos y pasajes internacionales.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 18 de Junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1227

n

n

n

n Oscar Pico Solórzano

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ENCARGADO

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior 18938 de 15 de junio de 2012 a favor de la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana, para su desplazamiento a Río de Janeiro-República Federativa de Brasil del 18 al 24 de este mes, al conformar la comitiva oficial presidencial a ese país, a fin de participar en la Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible «Río+20»; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo No. 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la señora Rosa Mireya Cárdenas Hernández Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana, para su desplazamiento a Río de Janeiro-República Federativa de Brasil del 18 al 24 de junio de 2012, al conformar la comitiva oficial presidencial a ese país, a fin de participar en la Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible «Río+20».

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos inherentes a pasajes aéreos, transporte, hospedaje y alimentación serán cubiertos en su totalidad por la Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 18 de Junio de 2012.

n

n

n

n f.) Oscar Pico Solórzano.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n Nº 039-12

n

n

n

n Gloria Vidal Illingworth

n

n MINISTRA DE EDUCACIÓN

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Constitución de la República, en su artículo 154, numeral 1, establece que a los ministros y ministras de Estado, además de las atribuciones determinadas en la ley, les corresponde ?ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que el artículo 227 de este mismo ordenamiento, prescribe: ?La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?;

n

n

n

n Que los artículos 25 y 27 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), publicada en el segundo Suplemento del Registro Oficial 417 de 31 de marzo de 2011, determinan que la Autoridad Educativa Nacional está conformada por cuatro niveles de gestión, uno de carácter central y tres de gestión desconcentrada que son: zonal intercultural y bilingüe, distrital intercultural y bilingüe; y, circuitos educativos interculturales y bilingües;

n

n

n

n Que el artículo 29 de la referida Ley, en su primer inciso, dispone que: ?El nivel distrital intercultural y bilingüe, a través de las direcciones distritales interculturales y bilingües de educación definidas por la Autoridad Educativa Nacional, atiende las particularidades culturales y lingüísticas en concordancia con el plan nacional de educación; asegura la cobertura necesaria en su distrito intercultural y bilingüe en relación con la diversidad cultural y lingüística para alcanzar la universalización de la educación inicial, básica y bachillerato; y garantiza la gestión de proyectos, los trámites y la atención a la ciudadanía. Además, interviene sobre el control del buen uso de los recursos de operación y mantenimiento, y la coordinación, monitoreo y asesoramiento educativo de los establecimientos del territorio, garantiza que cada circuito educativo intercultural y bilingüe cubra la demanda educativa?;

n

n

n

n Que el artículo 30, incisos 1º y 2º, de la LOEI, señala: ?El circuito educativo intercultural y bilingüe es un conjunto de instituciones educativas públicas, particulares y fiscomisionales, en un espacio territorial delimitado, conformado según criterios poblacionales, geográficos, étnicos, lingüísticos, culturales, ambientales y de circunscripciones territoriales especiales.- Las instituciones educativas públicas del circuito educativo intercultural y ó bilingüe están vinculadas a una sede administrativa para la gestión de los recursos y la ejecución presupuestaria?;

n

n

n

n Que la Disposición Transitoria Primera de esta misma Ley, ordena que dentro del plazo de un año contado a partir de la publicación de esta Ley en el Registro Oficial, se crearán los Distritos y Circuitos educativos interculturales y bilingües;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo 878 de 18 de enero de 2008, publicado en el Registro Oficial 268 de 8 de febrero de ese año, reformado por el Decreto Ejecutivo 956 de 12 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial 302 de 26 de los mismos mes y año, se establecieron siete zonas administrativas de planificación;

n

n

n

n Que con Decreto Ejecutivo 357 de 20 de mayo de 2010, publicado en el Registro Oficial 205 de 2 de junio de ese año, se reforma el artículo 6 del Decreto Ejecutivo 878 y se establecen nueve zonas administrativas de planificación; y se incluye la Disposición General Tercera, que prescribe: ?TERCERA: La organización administrativa y territorial de las entidades y organismos que conforman la Administración Pública Central e Institucional deberá observar la zonificación determinada en el artículo 6.- La desconcentración institucional de estas entidades y organismos se realizará en las zonas que corresponda, según una matriz de competencias desconcentradas y descentralizadas y el modelo de gestión institucional desarrollados, bajo la coordinación de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.- Excepcionalmente, y solo con autorización expresa del Presidente de la República, estas instituciones podrán adoptar una organización territorial que no sea zonal»;

n

n

n

n Que la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, con base en el Decreto Ejecutivo 357, ha promovido el nuevo modelo de gestión territorial del Estado, el cual plantea la conformación de niveles desconcentrados; y mediante Oficio Nº SENPLADES-SGDE-2011-0106 del 07 de junio de 2011, oficializa los distritos administrativos, como parte de un proceso de transformación del Estado basado fundamentalmente en la prestación de servicios públicos de manera más cercana a la ciudadanía;

n

n

n

n Que por medio del Acuerdo Ministerial 020-12 de 25 de enero de 2012, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión por Procesos del Ministerio de Educación, acorde a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en el cual se definen las atribuciones y responsabilidades de los niveles de gestión desconcentrados;

n

n

n

n Que la señora Coordinadora General de Planificación, mediante memorando Nº MINEDUC-CGP-2012-00101- MEM de 24 de enero de 2012, remite el informe técnico respectivo para que con Acuerdo Ministerial, la Autoridad Educativa Nacional proceda a crear los respectivos Distritos educativos;

n

n

n

n Que el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de menor jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley o por decreto;

n

n

n

n Que es deber de esta Secretaría de Estado cumplir con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, a fin de garantizar la eficacia y eficiencia de las acciones técnicas, administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del país, aplicando el principio de desconcentración, regulado en la Ley Orgánica de Educación Intercultural;

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1, de la Constitución de la República, 22, literales t) y u), 29, 30 y Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, y 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- CREAR, dentro de la jurisdicción de la Coordinación Zonal 1, el Distrito educativo intercultural y bilingüe ?MONFUFAR-BOLIVAR ?, ubicado en el cantón Montufar, provincia de Carchi; con la estructura orgánica, atribuciones y responsabilidades determinadas en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación, expedido con Acuerdo Ministerial 020 de 25 de enero de 2012, y con competencia en la circunscripción territorial definida por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo mediante Oficio Nº SENPLADES-SGDE-2011-0106 del 07 de junio de 2011. Su sede estará situada en el cantón Montufar.

n

n

n

n Art. 2.- DETERMINAR que el referido Distrito educativo, estará integrado por las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares, de todos los niveles y modalidades, que se encuentren situadas, o en lo posterior se ubiquen, dentro de la circunscripción territorial de su competencia.

n

n

n

n Art. 3.- DISPONER que las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares, de todos los niveles y modalidades, que se detallan en el Anexo del presente Acuerdo Ministerial, conformen el referido Distrito educativo.

n

n

n

n Art. 4.- DELEGAR a la Coordinación Zonal 1, la creación de las unidades administrativas y de las unidades ejecutoras de los Circuitos educativos que conformarán el Distrito educativo, de acuerdo a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y con la estructura orgánica, atribuciones y responsabilidades determinadas en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación, expedido con Acuerdo Ministerial 020 de 25 de enero de 2012, determinando las instituciones educativas que los conformarán; y optimizando las unidades ejecutoras existentes en el territorio del Distrito educativo, con las correspondientes acciones de reorganización, fusión y supresión.

n

n

n

n Art. 5.- RESPONSABILIZAR a la Coordinación Zonal 1, de la transferencia progresiva a la Dirección Distrital y a las Administraciones de los Circuitos educativos, de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural, y de las atribuciones y responsabilidades previstas en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos