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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Viernes, 20 de Noviembre de 2009 – R. O. No. 71

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SUPLEMENTO

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ASAMBLEA NACIONAL n n RESOLUCION: n n

………. Valóranse los esfuerzos realizados por los gobiernos de Ecuador y Colombia en el proceso de normalización de sus resoluciones bilaterales y hace votos para que ambos países puedan reanudar a la brevedad sus relaciones diplomáticas, en condiciones de justicia, igualdad y respeto mutuo

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FUNCION EJECUTIVA:

n n DECRETOS: n n

133……… Rectifícase el Decreto 1479-A, publicado en la Orden General Nº 253 del 31 de diciembre del 2008

n n

134……… Nómbrase al señor CPNV-EM De Vacas Trávez Erick Andrés, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en Perú

n n

135……… Nómbrase al señor CPNV-EM Sánchez Miño Lenin Fernando, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en Estados Unidos de Norteamérica

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143……… Refórmase el Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública

n n n ACUERDO: n n n MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD: n n n

09 397…. Declárase como política pública la industrialización del reciclaje y trata- miento adecuado de desechos sólidos y líquidos, al tenor de lo establecido en la Política Industrial del Ecuador 2008-2012 en las políticas 1, 2 y 3 y en el Protocolo de Montreal

n n RESOLUCIONES: n n n MINISTERIO DE CULTURA: n n n

091-2009 Autorízase el pago de USD 14.998,77 por la ejecución del Proyecto 4to. Maratón del Cuento, Quito una Ciudad que Lee, a Girándula, Asociación Ecuatoriana del Libro Infantil y Juvenil, representada por la señora Leonor Bravo Velásquez

n n n INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL: n n n

C.D.288.. Expídese el Reglamento de registro y castigo de la mora patronal

n n n

C.D.289.. Sustitúyese el Reglamento general de préstamos hipotecarios para la adquisición de unidades de vivienda terminada, construcción, remodelación y ampliación de vivienda, contenido en la Resolución No. C.D.215 de 5 de agosto del 2008

n n

C.D.291.. Expídese las reformas al Reglamento para la concesión de créditos quirografarios, contenido en la Resolución No. C.D.171 de 20 de julio del 2007

n n n SERVICIO DE RENTAS INTERNAS: n n n

RNO-DRERDFI09-00022 Delégase al ingeniero Jorge Fernando Lasso Molina, la atribución para suscribir con su sola firma, los documentos, dentro de la competencia del Departamento de Gestión Tributaria de la Dirección Regional Norte

n n n

RNO-DRERDFI09-00023 Delégase a la economista Mónica Cristina Medina Vélez la atribución de suscribir con su sola firma los documentos, dentro de la competencia del Departamento de Servicios Tributarios de la Dirección Regional Norte

n n n

RNO-DRERDFI09-00024 Delégase a la ingeniera Mildrey Pazmiño Garzón la atribución de suscribir con su sola firma los documentos, dentro de la competencia del Departamento de Reclamos de la Dirección Regional Norte

n n n ORDENANZA MUNICIPAL: n n

………. Concejo Cantonal de Latacunga: Para el cambio de denominación del Municipio

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EL PLENO DE LA n ASAMBLEA NACIONAL n n Considerando: n n

Que, el artículo 132 de la Constitución de la República del Ecuador en su primer inciso, en la parte pertinente señala: “Las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedición de una ley se ejercerán a través de acuerdos o resoluciones”;

n n

Que, el pasado 25 de agosto del 2009, la Asamblea Nacional aprobó una resolución de rechazo a la instalación de bases militares de Estados Unidos en Colombia;

n n

Que, en la Cumbre de la Unión de Naciones del Sur “UNASUR”, el pasado viernes 28 de agosto del 2009, se evidenció la preocupación de todos los gobiernos que la integran, sobre los alcances del convenio de cooperación militar entre los Estados Unidos de América y la República de Colombia, y sobre los peligros que este entraña para la estabilidad política, la seguridad, la paz y la soberanía de las naciones sudamericanas;

n n

Que, este acuerdo firmado por Colombia y Estados Unidos reafirma el uso por parte de las fuerzas militares estadounidenses de siete bases colombianas, y provoca profunda inquietud en toda América Latina y el rechazo de múltiples organizaciones políticas y sociales en todo el continente;

n n

Que, es esencial para el Ecuador avanzar de manera acelerada y eficaz hacia un restablecimiento de las relaciones diplomáticas, la cooperación y la armonía con la hermana República de Colombia, y que es fundamental para nuestra Patria un futuro que incluya la integración y la unidad entre nuestras dos naciones;

n n

Que, constituye una amenaza para la región, que Colombia y Estados Unidos hayan resuelto incluir en el Acuerdo Complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad entre sus dos gobiernos, una cláusula que los compromete a fortalecer y apoyar iniciativas de cooperación regionales y globales para el cumplimiento de los fines del citado acuerdo. Esto bien podría implicar que los citados gobiernos se dispongan a promover acuerdos similares con otros estados de la región;

n n

Que, es de conocimiento público la existencia de un documento de la Fuerza Aérea Estadounidense en el cual se cita como una amenaza potencial para la seguridad de los Estados Unidos, la presencia de presuntos “Gobiernos hostiles” en Sudamérica y sobre esa base se intenta justificar la necesidad de establecer una presencia militar directa de ese Estado en la Región Andina;

n n

Que, en el marco de los planes estratégicos de Estados Unidos se ha hecho público la intención de instalar cuatro bases adicionales en territorio de la República de Panamá, lo cual aumenta el temor de que dicho país esté comprometido con una política destinada a militarizar a nuestro continente y a imponer su dominio sobre la base de una estrategia basada en la fuerza bélica;

n n

Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 416, en sus numerales 3 y 4 determina lo siguiente:

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n n n

“(…) Condena la injerencia de los Estados en los asuntos internos de otros Estados, y cualquier forma de intervención, sea incursión armada, agresión, ocupación o bloqueo económico o militar.

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(…) Promueve la paz, el desarme universal, condena el desarrollo y uso de armas de destrucción masiva y la imposición de bases o instalaciones con propósitos militares de unos estados en el territorio de otros.”; y,

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En uso de sus facultades constitucionales y legales,

n n Resuelve: n n

Artículo 1.- Valorar los esfuerzos realizados por los gobiernos de Ecuador y Colombia en el proceso de normalización de sus relaciones bilaterales y hacer votos para que ambos países puedan reanudar a la brevedad sus relaciones diplomáticas, en condiciones de justicia, igualdad y respeto mutuo.

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Artículo 2.- Reiterar que es un objetivo fundamental de nuestro país impulsar la integración, la paz y la cooperación entre nuestra nación y la hermana República de Colombia, y eliminar todos aquellos factores que contribuyeron a causar la agresión sufrida por nuestro país el día 1 de marzo del año 2008.

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Artículo 3.- Reafirmar el más firme compromiso de esta Asamblea con el objetivo de constituir a nuestro continente como una zona de paz y promover la solución pacífica de los conflictos, y a la vez reafirmar la plena vigencia de los derechos humanos, de la convivencia fraterna entre las naciones y de los principios democráticos en nuestro continente.

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Artículo 4.- Rechazar toda política o doctrina geopolítica que pretenda basar la búsqueda de la paz en estrategias que privilegien el uso de la fuerza militar, ya sea en forma preventiva o reactiva, en detrimento de soluciones diplomáticas y políticas sustentadas en el diálogo entre las partes.

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Artículo 5.- En virtud de lo anterior, rechazar el Acuerdo Complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad de los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de Norteamérica que permite la presencia de fuerzas militares extranjeras en instalaciones militares colombianas y en el territorio de dicho país, y que erosiona el proceso de construcción de la confianza mutua entre Colombia y Ecuador, y la estabilidad regional.

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Artículo 6.- Exhortar al Gobierno del Presidente Alvaro Uribe a repudiar y condenar en forma explícita e inequívocamente la guerra preventiva y la doctrina que la sustenta, por atentar contra el derecho internacional, la convivencia pacífica, la seguridad y la soberanía de nuestros pueblos.

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Artículo 7.- Exhortar a la comunidad internacional y a sus organismos especializados permanentes para que sometan el Acuerdo Complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad de los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de Norteamérica a un detenido y severo escrutinio y se comprometan a trabajar con el objeto de que se revea y así preservar la seguridad, la paz y la estabilidad de los Estados, sus pueblos y de la región.

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Artículo 8.- Solicitar al Gobierno de los Estados Unidos de América que explique y aclare el alcance del documento “Programa de Construcción Militar 2010” emitido en mayo del 2009 al Congreso de los Estados Unidos de América.

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Artículo 9.- Exigir al Gobierno Colombiano que, en el marco de los acuerdos de transparencia y confianza mutua, entregue y haga público el texto completo del Acuerdo Complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad de los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de Norteamérica.

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Artículo 10.- En la búsqueda de la paz continental y la integración regional, exigir a los Estados Unidos de América que en un plazo pertinente explique el alcance de la presencia de sus fuerzas en territorio colombiano y proporcione claras y sólidas garantías de que sus unidades militares no usarán las instalaciones de dicho país en contra de otros países de la región o en detrimento de la estabilidad de sus gobiernos y sociedades.

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Artículo 11.-Rechazar todo intento de regionalizar la puesta en práctica del Acuerdo Complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad de los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de Norteamérica, así como la presencia de tropas o bases militares extranjeras en el suelo de nuestra región.

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Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.

n n n f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente. n n

f.) Dr. Andrés Segovia S., Prosecretario General.

n n n n n n n n Nº 133 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL n DE LA REPUBLICA n n

En uso de las atribuciones que le concede el artículo 147, numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n n n Decreta: n n

Art. 1.-Rectificar el Decreto 1479-A, publicado en la Orden General Nº 253 del 31 de diciembre del 2008, en el sentido que el nombramiento del señor CPNV-EM Haro Muñoz Remigio Desiderio, se inicia el 20 de enero del 2009 y que a partir del 2 de enero hasta el 20 de julio del 2010, su nombramiento será como Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador ante el Reino Unido.

n n

Art. 2.-El mencionado señor oficial percibirá la asignación económica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Sección Fuerza Naval.

n n n

Art. 3.-El señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el señor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.

n n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de noviembre del 2009.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

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f.) Dr. Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n n Quito, 16 de noviembre del 2009. n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n n n n n n n n Nº 134 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL n DE LA REPUBLICA n n

En uso de las atribuciones que le concede el artículo 147, numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n n n Decreta: n n

Art. 1.-Nombrar al señor CPNV-EM De Vacas Trávez Erick Andrés, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en Perú, del 21 de noviembre del 2009 al 21 de mayo del 2011.

n n n

Art. 2.-El mencionado señor oficial percibirá la asignación económica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Sección Fuerza Naval.

n n n

Art. 3.-El señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el señor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.

n n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de noviembre del 2009.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

f.) Dr. Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n n Quito, 16 de noviembre del 2009. n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n n n n n n n Nº 135 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL n DE LA REPUBLICA n n

En uso de las atribuciones que le concede el artículo 147, numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n n Decreta: n n

Art. 1.-Nombrar al señor CPNV-EM Sánchez Miño Lenin Fernando, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en Estados Unidos de Norteamérica, del 24 de noviembre del 2009 al 24 de mayo del 2011.

n n

Art. 2.-El mencionado señor oficial percibirá la asignación económica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Sección Fuerza Naval.

n n

Art. 3.-El señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el señor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.

n n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de noviembre del 2009.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

f.) Dr. Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

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Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n n Quito, 16 de noviembre del 2009. n n