n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Martes, 28 de Julio de 2009 – R. O. No. 643

n n

n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n DECRETO: n n

1834……. Ratifícase en todos sus artículos el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo del 2008, por varios jefes de Estado

n n ACUERDOS: n n

SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA:

n n

790……… Dispónese que la comisión de servicios al ingeniero Walter Solís Valarezo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, a la República de Jamaica del 14 al 18 de julio del 2009, se indica que el alojamiento, transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto y alimentación serán sufragados por la MINURVI, mientras que el costo de los pasajes aéreos de ida y retorno se cubrirá con aplicación al presupuesto del MIDUVI

n n

793……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la doctora Lorena Escudero Durán, Secretaria Nacional del Migrante

n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n n

………. Convenio entre el Ministerio del Ambiente de la República del Ecuador y la Secretaría del Ambiente de la República del Paraguay para la Cooperación en el Area de Medio Ambiente

n n

MINISTERIO DE CULTURA:

n n

122-2009 Apruébase la inscripción y registro de la directiva definitiva de la Corporación Internacional V.N.D. “Vishwa Nirmala Dharma Cultural Universal – Sahaja – Yoga”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

123-2009 Apruébase la inscripción y registro de la directiva definitiva de la Corporación Cultural Trude Sojka, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

127-2009 Apruébase la inscripción y registro de la directiva definitiva de la “Escuela Andina Desarrollo Cultural”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n n

MINISTERIO DE EDUCACION:

n n

0051-09.. Créase un estímulo económico de USD 1.200 y 900 cada año, por un lapso de cuatro años, a favor de los directivos y docentes del sistema educativo público que alcancen en la evaluación de los niveles Excelente y Muy Bueno

n n

0052-09.. Dispónese que los alimentos y bebidas que se expendan en los bares escolares deberán cumplir obligatoriamente con las características establecidas en el Acuerdo Ministerial Nº 280 del 31 de mayo del 2006, a través del cual se expidió el Reglamento sustitutivo para el manejo y administración de bares escolares de los establecimientos educativos del país

n n n

0065-09.. Nórmase los procedimientos para la aplicación de las sanciones de la actualización del Archivo Maestro de Instituciones Educativas, año lectivo 2008-2009

n n

0069-09.. Autorízase a la Unidad Educativa Fiscal Técnica Experimental Agropecuaria del Milenio “Ing. Agr. Juan José Castello Zambrano”, a los establecimientos fiscales anexos actuales y los que se incorporen en el futuro, su funcionamiento en doble jornada para el desempeño laboral del personal docente, técnico, administrativo y de servicio

n n CONSULTAS DE AFORO: n n

CORPORACION ADUANERA ECUATORIANA:

n n

GGN-CGGA-DNV-JCN-OF-037 Relativo al producto “Sistema de cubos de retroproyección en configuración 2×1”

n n

CGGA-DNV-JCN-OF-038 Relativo al producto “Proyector Galaxy”

n n RESOLUCIONES: n n

CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES:

n n

215-09-CONATEL-2009 Establécese al Servicio de Asistencia a la Niñez y Adolescencia como un servicio de emergencia e incluirlo en los servicios que señala el primer párrafo del numeral 5.6.1 del Plan Técnico Fundamental de Numeración

n n

CORPORACION ADUANERA ECUATORIANA:

n n

GG-00975 Deléganse facultades a varios funcionarios y autoridades de esta institución, de autorizar la licencia con remuneración para el cumplimiento de servicios institucionales fuera del lugar habitual de trabajo y consecuentemente, los viáticos, transporte, subsistencias y/o alimentación a que hubiere lugar

n n n

DIRECCION NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL:

n n

024-2009 DNPI-IEPI Deléganse facultades a la abogada Susana Vázquez Zambrano, funcionaria del IEPI

n n

026-2009 DNPI-IEPI Deléganse facultades a la abogada Nora Roxana Chang Chang, Experta Principal en Oposiciones y Tutelas Administrativas (E)

n n

INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-:

n n

09-154 P-IEPI Deléganse facultades al ingeniero Alvaro Adrián Molina Galárraga, Director de Desarrollo Organizacional

n n

09-155 P-IEPI Dispónese que la abogada Nora Roxana Chang Chang, ejerza las atribuciones propias de la Dirección de la Unidad de Gestión de Operaciones y Tutelas Administrativas

n n FUNCION JUDICIAL n n

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

n

SEGUNDA SALA DE LO LABORAL Y SOCIAL:

n n

Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones:

n n 735-2006 Betty Gioconda Villacís Atiaja en contra de Mario Raúl Orejuela Santo n n 840-2006 Wilson Rubén Romero Noboa en contra de Napoleón Segundo Páramo Alvarez n n

845-2006 César Antonio Morales Espín en contra de la Empresa Ecuatoriana de Artefactos S. A., ECASA

n n 1024-2006 Cecilia del Carmen Velasteguí Chávez en contra de ANDINATEL S. A. n n

1090-2006……………………………………………………………….. laudia Edith Amat Díaz en contra de ANDINATEL S. A.

n n

39-2007.. Leonardo Roberto Ramón Ramón en contra del Gobierno Municipal del Cantón Portovelo

n n

45-2007.. Marilyn Yesenia Fernández Buele en contra del Gobierno Municipal del Cantón Portovelo

n n 71-2007.. Isabel María Torres Gómez en contra de INECEL y otros n n n RESOLUCIONES: n n

DIRECCION METROPOLITANA AMBIENTAL:

n n

030-2009 Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Manejo Ambiental y otórgase la Licencia Ambiental para el Proyecto Construcción, Instalación y Operación de la Estación Base Celular “Turubamba Bajo”

n n n

EMPRESA CANTONAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUAYAQUIL (ECAPAG):

n n 4.24.06-2009 Expídese el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos n n n

ORDENANZA MUNICIPAL:

n n Gobierno Municipal del Cantón Pedernales: Que reglamenta la instalación de rótulos publicitarios

n n n n n n n n n

n Nº 1834 n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

n n Considerando: n n

Que, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo del 2008, los jefes de Estado y de Gobierno de la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Ecuador la República Cooperativa de Guyana, la República del Paraguay, la República del Perú, la República de Suriname, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela, suscribieron el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”;

n n

Que, la Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los estados;

n n

Que, el inciso primero del artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n n

Que, de conformidad con el artículo 438(1) de la Constitución de la República, la Corte Constitucional declaró, mediante dictamen Nº 0003-09-DTI-CC de 10 de marzo del 2009, que el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas” guarda conformidad con la Constitución de la República del Ecuador”;

n n

Que, de conformidad con el numeral seis del artículo 419 de la Constitución de la República, la ratificación de los tratados internacionales, requerirá la aprobación previa de la Asamblea Nacional, cuando comprometan al país en acuerdos de integración y de comercio;

n n

Que, de conformidad con el numeral 8 del artículo 120 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio Nº T.1063-SGJ-09-850 de 16 de marzo del 2009, a la Comisión Legislativa y de Fiscalización el contenido del “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”;

n n

Que, el Pleno de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, en sesión efectuada el 14 de mayo del 2009, resolvió aprobar el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”; y,

n n

En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n n Decreta: n n

ARTICULO PRIMERO.-Ratifícase en todos sus artículos el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo del 2008, por los jefes de Estado y de Gobierno de la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Ecuador la República Cooperativa de Guyana, la República del Paraguay, la República del Perú, la República de Suriname, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela.

n n

ARTICULO SEGUNDO.-Publíquese en el Registro Oficial el texto del “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, al cual lo declara ley de la República.

n n

ARTICULO TERCERO.-El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n Dado en Quito, en el Palacio Nacional, a 15 de julio del 2009. n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Jorge Orbe León, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración (E).

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 15 de julio del 2009.

n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n n n n n n

Nº 790

n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

n n

Visto el oficio Nº 3490 UARHS-2009 del 13 de julio del 2009 del señor Rafael Larca Perdomo, Director de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, en el que aclara que los pasajes aéreos de ida y retorno del titular de esa Cartera de Estado a la ciudad de Montego Bay – Jamaica será financiado por dicho Ministerio; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.-Como alcance al Acuerdo Nº 787 del 9 de julio del 2009, por el cual se declaró en comisión de servicios al ingeniero Walter Solís Valarezo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda a la ciudad de Montego Bay en la República de Jamaica del 14 al 18 de julio del 2009, se indica que el alojamiento, transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto y alimentación serán sufragados por la MINURVI, mientras que el costo de los pasajes aéreos de ida y retorno se cubrirá con aplicación al presupuesto del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.

n n

En lo demás se mantiene el texto del mencionado Acuerdo Nº 787 de 9 de los presentes mes y año.

n n n

ARTICULO SEGUNDO.-Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de julio del 2009. n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n n Quito, 15 de julio del 2009. n n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n n n n n n n

Nº 793

n n

Vinicio Alvarado Espinel

n SECRETARIO GENERAL n

DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

n n

Visto el oficio Nº SENAMI-DESP-2009-0097 del 15 de julio del 2009 de la doctora Lorena Escudero Durán, Secretaria Nacional del Migrante, en el que solicita la autorización para trasladarse a Buenos Aires, Argentina, para mantener urgentes negociaciones sobre la posibilidad de que el Ecuador sea sede del Foro Global sobre Migración y Desarrollo del año 2011; además, trabajará en la aprobación del Plan Andino de Migraciones y, en el texto de la Declaración de Quito para la Conferencia Sudamericana de Migraciones, como también sostendrá reuniones con estudiantes ecuatorianos involucrados en el proyecto de Recuperación de Talento impulsado por la SENAMI, que se llevarán a cabo del día jueves 16 de julio al martes 21 de julio del presente año; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.-Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la doctora Lorena Escudero Duran, Secretaria Nacional del Migrante, en las fechas del 16 al 21 de julio del 2009 en la ciudad de Buenos Aires – República de Argentina, quien realizará negociaciones con el Gobierno de ese país, que permitan considerar la posibilidad de que el Ecuador sea sede del Foro Global sobre Migración y Desarrollo del año 2011; así mismo, trabajará en la aprobación del Plan Andino de Migraciones y, en