n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Lunes, 27 de Julio de 2009 – R. O. No. 642

n n

n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE CULTURA:

n n

102-2009 Apruébase la inscripción y registro de la directiva definitiva de la Fundación Quito Eterno, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

121-2009 Apruébase el Estatuto de la Corporación Cultural “La Yapa”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n n

MINISTERIO DE EDUCACION:

n n

0033-09.. Dispónese a los/las directores(as) provinciales de educación, que en coordinación con la Dirección Nacional de Educación Técnica a través de sus jefaturas provinciales, procedan a designar mediante resolución, los integrantes del equipo técnico provincial para el asesoramiento y asistencia a las instituciones educativas que ofertan bachillerato técnico, en los ámbitos de aplicación de la reforma de la educación técnica

n n

0036-09.. Créase la Unidad Ejecutora a favor del Colegio Fiscal Popular Agro-Ecológico “La Palma”, ubicado en el cantón Guaranda, provincia de Bolívar

n n

0050-09.. Determínase que el año lectivo en los dos regímenes escolares y para todo el sistema educativo nacional continuará con doscientos días laborables

n n

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS:

n n

0130……. Autorízase la solicitud de vacaciones a la señora Ximena Costales Peñaherrera, Subsecretaria de Coordinación de Rehabilitación Social

n n

0132……. Declárase en comisión de servicios en el exterior a la señora Bella Denisse Rendón Vergara, Subsecretaria de Coordinación Interinstitucional; Jhony Gustavo Peñafiel Villavicencio, Analista de Rehabilitación Social; y, Jorge Vicente Paladines Rodríguez, Analista Técnico-Jurídico de la Subsecretaría de Desarrollo Normativo

n n

MINISTERIO DE TRABAJO:

n n

00254….. Declárase en comisión de servicios en el exterior al abogado Tito Palma Caicedo, Viceministro de Trabajo y Empleo; y, a la doctora María Augusta López Real, Inspectora de Trabajo de la Dirección Regional del Trabajo del Austro

n n

00256….. Declárase en comisión de servicios en el exterior a la doctora Gladys Eufemia Montaluisa Torres, Coordinadora de la Unidad de Discapacidades

n n

CONSULTA DE AFORO:

n n

CORPORACION ADUANERA ECUATORIANA:

n n

GGN-CGGA-DNV-JCN-OF-036 Relativo al producto “Sistema de Cubos de Retro-proyección en Configuración 3 x 2”

n n RESOLUCIONES: n n

COMISION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL:

n n

006-B-DIR-2009-CNTTTSV Expídese el Reglamento de Transporte Comercial de Pasajeros en Taxi con Servicio Convencional y Servicio Ejecutivo

n n n

INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA:

n n

INCOP 028-09 Expídense las Normas relacionadas con la calificación de proveedores y con la prohibición de ceder las obligaciones derivadas de contratos regidos por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública

n n n

INCOP R.I. 033-09 Delégase al ingeniero Jairo José Caldas Montero, Director de Proveedores y Participación Nacional, la suscripción de varios documentos

n n n

INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-:

n n

09-151 P-IEPI Dispónese que, en caso de que los servidores de la institución presenten reclamos sobre la evaluación realizada de su desempeño, se constituya un Comité de Reclamos y Evaluación del Desempeño para cada caso

n n n

SECRETARIA NACIONAL DEL MIGRANTE:

n n n SENAMI-00089-09 Refórmase la Resolución Nº SENAMI 00051-2009 n n n FUNCION JUDICIAL n n CORTE SUPREMA DE JUSTICIA n SEGUNDA SALA DE LO LABORAL Y SOCIAL: n n

Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones:

n n

138-2006 Herederos de Luis Porfirio Calle Calle en contra del ex-Instituto Ecuatoriano de Electrificación, INECEL y otros

n n n 190-2006 Héctor Alfonso Méndez Méndez en contra de Elba Flora Ruiz Andrade y otro n n

327-2006 Ingeniero José Gabriel Barriga Lalama en contra de la Compañía El Chaupi Cía. Ltda.

n n 339-2006 Honorio Sánchez Pazos en contra de la Gasolinera Meza n n

451-2006 Geovanny Vladimir Chávez Calderón en contra de Geovanny Vladimir Guerrero Morales

n n 546-2006 Abogado Gabriel Jiménez Soto en contra de Seguros del Pichincha S. A. n n 548-2006 Bella Beatriz Vázquez Ruiz en contra de PACIFICTEL S. A. n n

DIRECCION METROPOLITANA AMBIENTAL:

n n

029-2009 Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Manejo Ambiental y otórgase la Licencia Ambiental para el Proyecto Estación de Servicio Autopista General Rumiñahui

n n

AVISOS JUDICIALES:

n n

………. Muerte presunta del señor Víctor Isaías Junta Chicaiza (1ra. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Galo Nicolás Morán Zambrano (1ra. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Abel Gustavo Delgado Proaño (1ra. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Nixon Redimi Morillo Bastidas (2da. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Antonio Esteban Tumbaco Santos (2da. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Darwin Leonardo Arismendi Guerrero (2da. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Gender Kennedy Lara Rufeli (2da. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Carlos Sharup Chumpi (2da. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Fernando Rafael Simbaña Défaz (3ra. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Rafael Guerrero Colcha (3ra. publicación)

n n

………. Muerte presunta de la señora Luz María Pérez Gallardo (3ra. publicación)

n n

………. Muerte presunta del señor Víctor Hugo Lalaleo Flores (3ra. publicación)

n

n n n n n n n n n

n

No. 102-2009

n n

EL MINISTRO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador consagra “…El derecho asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”;

n n

Que el Título XXX del Libro I del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a través de Decreto Ejecutivo No. 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió el “Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil, denominación sustituida con Decreto Ejecutivo No. 610 de 7 de septiembre del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 171 de 17 de septiembre del 2007, por la siguiente: “Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales”;

n n

Que con Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008, se expidieron varias reformas al Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 095-2009 de 28 de mayo del 2009, se encarga el Ministerio de Cultura al ingeniero Francisco Salazar Larrea actual Viceministro de Cultura; desde el día 29 de mayo del 2009 hasta el día 30 de mayo del 2009;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación, inscripción y registro de la Directiva Definitiva de la Fundación Quito Eterno, aprobado mediante Acuerdo Ministerial No. 047-2009 de 17 de marzo del 2009, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 5 de 15 de enero del 2007,

n n Acuerda: n n

Art. 1.-Aprobar la inscripción y registro de la directiva definitiva de la Fundación Quito Eterno, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador, por haber dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, con el siguiente agregado:

n n

“Articulado….- La fundación se someterá a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada.

n n

Serán las actividades de la Fundación y/o de sus personeros las que determinen si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n

La Fundación cumplirá estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil”.

n n

Art. 2.- La fundación se sujetará a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.

n n

Art. 3.-Remitir copia de este acuerdo ministerial a la Dirección del Registro Oficial para su publicación. Este acuerdo entrará en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 4 días del mes de junio del 2009.

n n

f.) Ramiro Noriega Fernández, Ministro de Cultura.

n n n n n n n n

No. 121-2009

n n

EL MINISTRO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador consagra “…El derecho asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”;

n n n

Que el Título XXX del Libro I del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones;

n n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los Estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a través de Decreto Ejecutivo No. 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió el “Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil, denominación sustituida con Decreto Ejecutivo No. 610 de 7 de septiembre del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 171 de 17 de septiembre del 2007, por la siguiente: “Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales”;

n n

Que con Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008, se expidieron varias reformas al Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 095-2009 de 28 de mayo del 2009, se encarga el Ministerio de Cultura al ingeniero Francisco Salazar Larrea actual Viceministro de Cultura; desde el día 29 de mayo del 2009 hasta el día 30 de mayo del 2009;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación del Estatuto de la Corporación Cultural “LA YAPA”, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 5 de 15 de enero del 2007,

n n Acuerda: n n

Art. 1.-Aprobar el Estatuto de la Corporación Cultural “LA YAPA”, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República de Ecuador y conceder personalidad jurídica a dicha institución, con el siguiente agregado:

n n

“Articulado….- La corporación se someterá a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada.

n n

Serán las actividades de la Corporación y/o de sus personeros las que determinen si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n

La corporación cumplirá estrictamente lo dispuesto en el reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil”.

n n

Art. 2.-La corporación se sujetará a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Regi0stro Oficial No. 311 de 8 de abril de 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.

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