n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Martes, 05 de Abril de 2011 – R. O. No. 420

n n n

n
nFUNCIÓN EJECUTIVA
n
nACUERDOS:
n
nSECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
n
n635 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la economista Nathalie Cely Suárez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad.
n
n636 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas.
n
n637 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Carlos Marx Carrasco Vicuña, Director General del Servicio de Rentas Internas.
n
n638 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al señor Freddy Ehlers Zurita, Ministro de Turismo.
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n
n024-2011 Expídense las bases técnicas para la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2011”.
n
nMINISTERIO DEL INTERIOR:
n
n1872 Expídese la reforma al Reglamento de centros de formación y capacitación de personal de vigilancia y seguridad privada.
n
nMINISTERIO DE SALUD PUBLICA:
n
n00000187 Expídese la Norma de nutrición para prevención y control del sobrepeso y la obesidad en niñas, niños y adolescentes; y la Guía de actividad física dirigida al personal de salud.
n
n00000188 Apruébase la reforma del Estatuto de la Fundación Ecuatoriana de Cuidados Paliativos-FECUPAL, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.
n
n00000189 Refórmase el Estatuto del Colegio de Enfermeras/os de Imbabura.-C.E.E.I., con sede en la ciudad de Ibarra, provincia de Imbabura.
n
nRESOLUCIÓN
n
nAGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO – AGROCALIDAD:
n
n006 Cancélase los registros de los plaguicidas de categoría toxicológica II detallados en el anexo de esta resolución.
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n
nMunicipalidad del Cantón Ambato: De Creación de la Empresa Municipal Cuerpo de Bomberos de Ambato Empresa Pública.
n
nGobierno Autónomo Descentralizado Mu-nicipal de Archidona: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos.
n
nFE DE ERRATAS:
n
nA la publicación de la Ordenanza Sustitutiva que reglamenta el cobro de impuesto de patentes del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Balzar, efectuada en el Registro Oficial 380 de 8 de febrero del 2011.

n n


n

n n n No. 635 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 9437 del 15 de marzo del 2011 a favor de la economista Nathalie Cely Suárez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad, para que atienda la invitación del señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración a participar en la delegación oficial del Ecuador y en el proceso preparatorio de la gira por varios países de medio oriente que incluirá a Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Kuwait y Siria, que tiene como objeto estrechar las relaciones bilaterales en los ámbitos político, energético, comercial y de inversiones, del 18 al 27 del mes presente; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo No. 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Acuerda: n n n

Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la economista Nathalie Cely Suárez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad, del 18 al 27 de marzo del 2011, para que participe en la delegación oficial ecuatoriana presidida por el Canciller de la República, y en el proceso preparatorio de la gira por varios países de Medio Oriente que incluirá a Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Kuwait y Siria, con el objeto de estrechar las relaciones bilaterales en los ámbitos político, energético, comercial y de inversiones.

n n

Artículo Segundo.- Los valores correspondientes a pasajes, viáticos y movilización, serán financiados por el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, igualmente los demás egresos que sean permitidos y que demande el cumplimiento de la mencionada misión oficial.

n n n

Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a martes, 15 de marzo del 2011.

n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n No. 636 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 9259 del 4 de marzo del 2011 a favor del economista Patricio Rivera Yánez Ministro de Finanzas, para su desplazamiento a Caracas-Venezuela el 14 y 15 del mes presente, a fin de asistir al CXLI Directorio CAP, atendiendo la invitación de la Corporación Andina de Fomento, y a la XLII Asamblea Ordinaria de Accionistas; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo No. 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas, a Caracas-Venezuela el 14 y 15 de marzo del 2011, con motivo de su asistencia al CXLI Directorio CAF y a la XLII Reunión de la Asamblea Ordinaria de Accionistas.

n n

Artículo Segundo.- Los gastos de representación serán asumidos por el Ministerio de Finanzas.

n n

Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a martes 15 de marzo del 2011.

n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n No. 637 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 9434 del 12 de marzo del 2011 a favor del economista Carlos Marx Carrasco Vicuña, Director General del Servicio de Rentas Internas para su desplazamiento a Madrid-España del 19 al 21 del mes presente, a fin de participar en las reuniones técnicas con la Coordinadora de Relaciones Internacionales de la Agencia Tributaria, y una visita al Embajador del Ecuador en ese país doctor Galo Chiriboga; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo No. 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Carlos Marx Carrasco Vicuña, Director General del Servicio de Rentas Internas, para su desplazamiento a Madrid-España del 19 al 21 de marzo del 2011, a fin de que participe en las reuniones técnicas con la Coordinadora de Relaciones Internacionales de la Agencia Tributaria, y a la visita al Embajador del Ecuador en ese país doctor Galo Chiriboga.

n n

Artículo Segundo.- El Servicio de Rentas Internas asumirá los viáticos correspondientes por el tiempo que dure la presente comisión de servicios.

n n n

Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a miércoles 16 de marzo del 2011.

n n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n n

Documento con firmas electrónicas.

n n No. 638 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 9464 del 15 de marzo del 2011 a favor del señor Freddy Ehlers Zurita, Ministro de Turismo, para su desplazamiento a Sao Paulo- Brasil del 23 al 26 del mes presente, a fin de participar en la Feria Internacional BRAZTOA; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo No. 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Acuerda: n n

Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Freddy Ehlers Zurita, Ministro de Turismo, quien participará en la Feria Internacional BRAZTOA, en Sao Paulo- Brasil del 23 al 26 de marzo del 2011.

n n

Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con este desplazamiento se cubrirán del presupuesto del Ministerio de Turismo.

n n

Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a miércoles 16 de marzo del 2011.

n n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n No. 024-2011 n n

Erika Sylva Charvet

n

MINISTRA DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que, el artículo 22 de la Constitución de la República, establece: “Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.”;

n n

Que, el numeral 1 del artículo 380 de la Constitución de la República, establece: “Serán responsabilidades del Estado: 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador.”;

n n

Que, el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República, establece: “Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales.”;

n n

Que, el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República, establece: “Serán responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva.”;

n n

Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: “Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria.”;

n n

Que, el artículo 1 del Reglamento del artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: “Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad.”;

n n

Que, el literal g) del artículo 1 de la Ley de Cultura, dispone: “Son objetivos de la Ley de Cultura: g) Reconocer, estimular y garantizar la actividad cultural de las personas y entidades privadas.”;

n n

Que, con fecha 19 de marzo del 2009, mediante Acuerdo Ministerial No. 55-2009, se expide el “Reglamento de Asignaciones a Proyectos y Actividades Culturales del Ministerio de Cultura”; cuyo objeto es regular la asignación de recursos para la ejecución de las actividades culturales derivadas de los procesos generados por el Ministerio de Cultura, para el cumplimiento de su misión institucional;

n n

Que, el Ministerio de Cultura, es el organismo rector y responsable de la formulación y ejecución de la política de desarrollo cultural del país, dentro del mayor respeto a la libertad de los ciudadanos y de sus organizaciones privadas;

n n

Que, dentro de los proyectos contemplados en el Plan Operativo Anual (POA) 2011 de esta Cartera de Estado, se encuentra la asignación de fondos para el proyecto denominado “Sistema Nacional de Festivales 2011”;

n n

Que, mediante memorando No. 0199-MC-SUBTEC-11 de 23 de febrero del 2011, la señora Martha Cecilia Moncada Paredes, Subsecretaria Técnica, remite a la magíster Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, las bases técnicas para la convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2011”, con el fin de aprobarlas y expedirlas mediante acuerdo ministerial; y,

n n

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Expedir las bases técnicas para la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2011”, al tenor de las disposiciones siguientes:

n n

CAPÍTULO 1

n n

1.1. Disposiciones generales

n n

La Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2011”, tiene por objeto asignar recursos económicos, previo concurso, para la continuidad, sostenibilidad y fortalecimiento técnico de los festivales seleccionados y financiados por el Ministerio de Cultura del Ecuador, en el ejercicio fiscal 2010; así como también, para analizar la pertinencia, viabilidad técnica y financiamiento de nuevos festivales.

n n

Se entiende por festival, a una serie de eventos culturales que giran en torno a una temática concreta y bien conceptualizada; cuenta con al menos tres (3) programas, está preparado para una audiencia, organizado periódicamente, con una fecha clara de inicio y finalización. Es decir, un festival aglutina un número determinado de eventos culturales con un mismo propósito durante un período definido.

n n

Además, un festival se establece como espacio de encuentro, participación e integración amplia de las diversas culturas y expresiones creativas, y de los representantes, gestores y actores culturales, de las distintas regiones.

n n

Para el desarrollo de festivales, se podrán utilizar todo tipo de espacios físicos, públicos o privados, abiertos o cerrados, que garanticen la participación masiva de la ciudadanía al acceso, uso, disfrute, y consumo de bienes y productos culturales; con énfasis en programaciones dirigidas a sectores en situación de vulnerabilidad. Dentro de la conceptualización de festival, no se considera lo siguiente:

n n

Eventos organizados para la promoción, difusión o circulación de un producto cultural o artístico individual (artista o grupo).

n n

Bienales, salones de arte, celebraciones, fiestas o festividades.

n n

Programaciones que concentren únicamente talleres de capacitación.

n n

1.2. Financiamiento

n n

El Ministerio de Cultura del Ecuador, cuenta en su presupuesto con los recursos económicos para el financiamiento del “Sistema Nacional de Festivales 2011”, según consta en el Plan Operativo Anual 2011. Los recursos económicos que proporcione el Ministerio de Cultura del Ecuador, para el financiamiento de los festivales seleccionados, serán complementarios al cofinanciamiento del proponente (recursos propios) o de otras fuentes de financiamiento como: instituciones públicas, privadas, nacionales e internacionales.

n n

Los representantes de los festivales seleccionados recibirán el aporte económico del Ministerio de Cultura del Ecuador, de la siguiente manera: setenta por ciento (70%) a la suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos (en calidad de anticipo) y treinta por ciento (30%) a la culminación y ejecución total del festival, previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única.

n n

1.3. Modalidades, categorías y montos

n n

Para la formulación, presentación, selección y desarrollo de festivales, la presente convocatoria, establece tres (3) modalidades, siete (7) categorías y tres (3) tipos de montos:

n n n

1.3.1. Modalidades:

n n

Festivales desde siete (7) ediciones en adelante.

n n

Festivales desde cuatro (4) ediciones hasta seis (6) ediciones.

n n

Festivales iniciales hasta tres (3) ediciones.

n n n

1.3.2. Categorías:

n n

Audiovisual, que incluye la organización de muestras cinematográficas de ficción y de género documental de carácter nacional e internacional, y contemple acciones complementarias como: cine – foros, charlas, coloquios y seminarios con directores, productores y otras especialidades relacionadas con las artes audiovisuales.

n n

Artes Literarias, que incluye eventos de lectura en público, rescate de literatura oral, difusión, discusión y debate de obras literarias y nuevas propuestas, vanguardias literarias, charlas y conferencias con autores, encuentros entre autores noveles y editoriales.

n n

Artes Escénicas, que incluye la organización de muestras escenográficas de carácter nacional e internacional, talleres de capacitación y formación con actores vinculados a las artes escénicas, entre otros.

n n

Artes Musicales, supone la organización de programaciones musicales conformadas por distintos exponentes de la música en sus diversos géneros y estilos, que puede incluir charlas y conferencias magistrales de músicos a nuevos músicos, entre otros.

n n

Artes Visuales, que incluye la organización de muestras de dibujo, pintura, fotografía, grabado y afines que se desarrollen de manera simultánea a la organización de talleres de apreciación de artes visuales y otros eventos ligados con el montaje de las obras.

n n

Multimedia, que incluye la organización, aplicación, mezcla o transmisión del conocimiento formal a través de texto, gráficas, música, voz, imagen fija o en movimiento.

n n

Multidisciplinarios, que incluye la organización de todas las actividades antes mencionadas en al menos tres (3) de las categorías aquí citadas.

n n

1.3.3. Montos:

n n n MODALIDADES n n n MONTOS n n

Festivales de siete (7) ediciones en adelante

n n

Hasta treinta mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 30.000,00)

n n n

Festivales desde cuatro (4) ediciones hasta seis (6) ediciones

n n

Hasta veinte mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 20.000,00)

n n n

Festivales iniciales hasta tres (3) ediciones

n n

Hasta diez mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000,00)

n n n n

1.4. Participantes

n n

Podrán participar en la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2011”, los representantes de los festivales que fueron seleccionados y financiados por el Ministerio de Cultura del Ecuador, en el ejercicio fiscal 2010; así como también, los representantes de nuevas propuestas de festivales y aquellos que tengan festivales con ediciones anteriores a la presente convocatoria.

n n

Los participantes deben ser personas naturales ecuatorianas mayores de edad residentes en el Ecuador, o extranjeros mayores de edad con residencia de mínimo cinco (5) años en el país, o personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. Todo participante deberá acreditar a través del Registro Único de Contribuyentes (RUC), el registro de actividades económicas relacionadas con el ámbito cultural.

n n

El responsable para todos los efectos legales, será la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, que suscriba la carta de presentación y compromiso dirigida al Ministro(a) de Cultura del Ecuador, quien suscribirá el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos correspondiente para la ejecución correcta, oportuna y cabal de actividades en función del cumplimiento de resultados esperados.

n n

En la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2011”, sólo se admitirá la presentación de una (1) postulación por participante; y, serán los comités de Evaluación, Calificación y Selección, quienes seleccionen los festivales a ser financiados.

n n

1.5. Ejes programáticos del Ministerio de Cultura del Ecuador

n n

Las postulaciones que se presenten a la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2011”, deberán considerar en sus