n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

MiĆ©rcoles, 13 de Octubre de 2010 – R. O. No. 299

n n n

FUNCIƓN EJECUTIVA
n
nACUERDOS:
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n
n128-2010

nApruébase la inscripción y registro de la reforma del Estatuto de la Corporación Teatral TRAGALUZ, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
n
n129-2010
nApruébase la inscripción y registro de la reforma del Estatuto de la Fundación Cultural Muégano Teatro, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas
n
n154-2010

nApruébase el Estatuto de la Corporación de Investigación Fomento y Difusión Cultural Serafín Villacrés, con domicilio en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua
n
nMINISTERIO DE GOBIERNO:
n
n1425
n
OrdĆ©nase la inscripción del Estatuto del Ministerio EvangelĆ­stico ā€œEl Arca del Pactoā€, con domicilio en el cantón Milagro, provincia del Guayas
n
n1426
nRefórmase el Estatuto de la Misión EvangĆ©lica PentecostĆ©s ā€œJehovĆ” Tsidkenuā€, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas
n
n1427
nOrdĆ©nase la inscripción del Estatuto del Ministerio EvangĆ©lico ā€œDios es EspĆ­rituā€, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua
n
n1428
nOrdĆ©nase la inscripción del Estatuto de la Iglesia EvangĆ©lica Pentecostal ā€œSembradores del Reinoā€, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas
n
nMINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS:
n
n021
n
EncÔrgase este Ministerio, al ingeniero Freddy Pavón VÔsquez, Viceministro de Justicia y Derechos Humanos
n
n0212
nOrdĆ©nase la inscripción del Estatuto de la ā€œAsociación Mujer Solidaria de la Congregación de Hermanas Terciarias Franciscanas Isabelinas de Paduaā€, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha
n
n0213
nDeclÔrase en comisión de servicios en el exterior al ingeniero Freddy Pavón VÔsquez, Viceministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
n
nMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
n
n00000475
n
Apruébase y autorízase la publicación de la Guía de Consejería en VIH/Sida-ITS
n
nCIRCULAR:
n
nSERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
n

nNAC-DGECCGC10-00018 A los distribuidores y concesionarios de vehĆ­culos motorizados, destinados al transporte terrestre de personas o cargas
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n234
n
Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Ex Post y Plan de Manejo Ambiental para la Planta de Procesamiento de Cementos Latacunga HOLCIM, ubicada en el cantón Latacunga, provincia de Cotopaxi
n
n235
nApruébase el Estudio de Impacto Ex post de la Planta Industrial Cedal S. A., ubicada en el cantón Latacunga, provincia de Cotopaxi
n
nMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
n
n0000000197ā€œAā€
n
Deróganse los artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Ministerial Nº 00000156 de 5 de agosto del 2010
n
nCONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES:
n
n584
n
EmĆ­tese dictamen favorable para diferir el Arancel Nacional de Importaciones a cero por ciento (0%), para la importación de un contingente de 25.441.70 TM y 1.200 TM de ā€œalgodón sin cardar ni peinarā€
n
n585
n
Refórmase el Anexo I de la Resolución 450 del COMEXI, sustituyendo la nómina de productos sujetos a licencia previa del MAGAP
n
nCONSEJO NACIONAL DE LA NIƑEZ Y ADOLESCENCIA:
n
n017 CNNA-2010
n
Desƭgnase a la TMD. Nube Cecilia Andrade, Vicepresidenta del Consejo Nacional de la NiƱez y Adolescencia
n
n019 CNNA-2010
nOtórgase el certificado de reconocimiento de la representación legal de la Entidad Intermediaria de Adopción Internacional ā€œJoshuatree Adoptions d/b/a American Children’s Allianceā€, a la seƱora Diana BarragĆ”n Medina
n
n020 CNNA-2010
nOtórgase el certificado de reconocimiento de la representación legal de la Entidad Intermediaria de Adopción Internacional ā€œAsociación de Ayuda a la Infancia del Mundoā€, a la doctora Piedad GĆ”lvez CortĆ©s de Varea
n
n021-CNNA-2010
nRetĆ­rase la autorización a la Agencia Asociación ā€œPor NiƱos Adopt-Inform Oberwallisā€, para que intermedie adopción internacional en el Ecuador y revócase la Resolución NĀŗ 014-CNNA-2010 de 9 de julio del 2010
n
n022-CNNA-2010
nAutorízase a la Entidad AMARNA de Bélgica, para que intermedie adopción internacional en el Ecuador
n
nSERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
n
nPIM-DPRRDFI10-00002
n
Deléganse atribuciones a la ingeniera Emilia Soledad Barahona Nejer y a la señora Diana Ximena Torres Argoti de la Dirección Provincial de Imbabura
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n
n
– Cantón Pastaza: De constitución, organización y funcionamiento de la Empresa PĆŗblica Municipal de Agua Potable y Alcantarillado EMAPAST EP
n
n- Cantón Daule: Que expide el Reglamento de pago de las contribuciones especiales de mejoras, por la construcción de obras efectuadas por la Ilustre Municipalidad

n n

n n NĀŗ 128-2010 n n MINISTERIO DE CULTURA n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artĆ­culo 66 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador consagra ā€œā€¦El derecho asociarse,reunirse y manifestarse en forma libre y voluntariaā€;

n n

Que el Título XXX del Libro I del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial Nº 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a travĆ©s de Decreto Ejecutivo NĀŗ 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió el ā€œReglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurĆ­dicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el TĆ­tulo XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil, denominación sustituida con Decreto Ejecutivo NĀŗ 610 de 7 de septiembre del 2007, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 171 de 17 de septiembre del 2007, por la siguiente: ā€œReglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especialesā€;

n n

Que con Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial Nº 311 de 8 de abril del 2008, se expidieron varias reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 4539 de 15 de octubre de 1990 el Ministerio de Educación y Cultura aprobó el estatuto de la Corporación Teatral Tragaluz; Que los socios de la Corporación Teatral Tragaluz han discutido y aprobado internamente la reforma del Estatuto en mención en asamblea general de 3 de mayo del 2010, según consta de la convocatoria y acta debidamente certificadas que han sido presentadas a esta Cartera de Estado;

n n

Que la reforma del estatuto que propone la Corporación Teatral Tragaluz, no se oponen al ordenamiento jurídico vigente ni al orden público ni a las buenas costumbres;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 002 – 2010 de 18 de enero del 2010, el seƱor Ministro de Cultura delega al Viceministro de Cultura la facultad para efectuar la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución de las organizaciones sin fines de lucro que se constituyan dentro del Ć”mbito de competencia de esta Cartera;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación, inscripción y registro de la reforma de Estatuto de la CORPORACIƓN TEATRAL TRAGALUZ, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, RepĆŗblica del Ecuador; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el literal k) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar la inscripción y registro de la reforma de Estatuto de la CORPORACIƓN TEATRAL TRAGALUZ, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, RepĆŗblica de Ecuador, con el siguiente agregado:

n n

ā€œArticulado….- La Corporación se someterĆ” a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada.

n n

SerÔn las actividades de la Corporación y/o de sus personeros las que determinen si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n

La Corporación cumplirĆ” estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el TĆ­tulo XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civilā€.

n n

Art. 2.- La corporación se sujetarÔ a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Registro Oficial Nº 311, de 8 de abril del 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.

n n

Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial de aprobación de reforma de estatutos a la Corporación Teatral Tragaluz.

n n n

Art. 4.- Este acuerdo entrarÔ en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

ComunĆ­quese y publĆ­quese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 6 dĆ­as del mes de julio del 2010.

n n

f.) Ivonne Marisela Rivera YƔnez, Viceministra de Cultura.

n n NĀŗ 129-2010 n n

MINISTERIO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artĆ­culo 66 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador consagra ā€œā€¦El derecho asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntariaā€; Que el TĆ­tulo XXX del Libro I del Código Civil concede a las personas naturales y jurĆ­dicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial Nº 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a travĆ©s de Decreto Ejecutivo NĀŗ 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió el ā€œReglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurĆ­dicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el TĆ­tulo XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil, denominación sustituida con Decreto Ejecutivo NĀŗ 610 de 7 de septiembre del 2007, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 171 de 17 de septiembre del 2007, por la siguiente:

n n

ā€œReglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especialesā€;

n n

Que con Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial Nº 311 de 8 de abril del 2008, se expidieron varias reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 121 de 12 de noviembre del 2008 el Ministerio de Cultura aprobó el estatuto de la Fundación Cultural Muégano Teatro;

n n

Que los socios de la Fundación Cultural Muégano Teatro han discutido y aprobado internamente la reforma delestatuto en mención en asambleas generales de 20 deoctubre y 16 de noviembre del 2009, según consta de lasconvocatorias y actas debidamente certificadas que hansido presentadas a esta Cartera de Estado;

n n

Que la reforma del estatuto que propone la Fundación Cultural Muégano Teatro, no se oponen al ordenamiento jurídico vigente ni al orden público ni a las buenas costumbres;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 002 – 2010 de 18 de enero del 2010, el seƱor Ministro de Cultura delega al Viceministro de Cultura la facultad para efectuar la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución de las organizaciones sin fines de lucro que se constituyan dentro del Ć”mbito de competencia de esta Cartera;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación, inscripción y registro de la reforma de Estatuto de la FUNDACIƓN CULTURAL MUƉGANO TEATRO, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, RepĆŗblica del Ecuador; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el literal k) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar la inscripción y registro de la reforma de estatuto de la FUNDACIƓN CULTURAL MUƉGANO TEATRO, con domicilio principal en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, RepĆŗblica de Ecuador, con el siguiente agregado:

n n

ā€œArticulado….- La Fundación se someterĆ” a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada. SerĆ”n las actividades de la Fundación y/o de sus personeros las que determinen si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n

La Fundación cumplirĆ” estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el TĆ­tulo XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civilā€.

n n

Art. 2.- La fundación se sujetarÔ a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Registro Oficial Nº 311 de 8 de abril del 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.

n n n

Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial de aprobación de reforma de estatutos a la Fundación Cultural Muégano Teatro.

n n n

Art. 4.- Este acuerdo entrarÔ en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

ComunĆ­quese y publĆ­quese.

n n

Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 6 dĆ­as del mes de julio del 2010.

n n

f.) Ivonne Marisela Rivera YƔnez, Viceministra de Cultura.

n n NĀŗ 154-2010 n n

MINISTERIO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artĆ­culo 66 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador consagra ā€œā€¦El derecho asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntariaā€;

n n

Que el Título XXX del Libro I del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial Nº 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a travĆ©s de Decreto Ejecutivo NĀŗ 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió el ā€œReglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurĆ­dicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el TĆ­tulo XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil, denominación sustituida con Decreto Ejecutivo NĀŗ 610 de 7 de septiembre del 2007, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 171 de 17 de septiembre del 2007, por la siguiente:

n n

ā€œReglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especialesā€;

n n

Que con Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial Nº 311 de 8 de abril del 2008, se expidieron varias reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;

n n

Que los socios de la Corporación de Investigación, Fomento y Difusión Cultural SerafĆ­n VillacrĆ©s han discutido y aprobado internamente el proyecto de estatuto en asamblea general el dĆ­a 13 de marzo del 2010 segĆŗn consta en acta debidamente certificada que ha sido presentada a esta Cartera de Estado, cuyo objetivo serĆ”: ā€œPromover el desarrollo social, cultural y educativo de la comunidadā€;

n n

Que el proyecto de estatuto que propone la Corporación de Investigación, Fomento y Difusión Cultural SerafĆ­n VillacrĆ©s, no se oponen al ordenamiento jurĆ­dico vigente ni al orden publico ni a las buenas costumbres; Que mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 002 – 2010 de 18 de enero del 2010, el seƱor Ministro de Cultura delega al Viceministro de Cultura la facultad para efectuar la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución de las organizaciones sin fines de lucro que se constituyan dentro del Ć”mbito de competencia de esta Cartera;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación del Proyecto de Estatuto de la CORPORACIƓN DE INVESTIGACIƓN

n

FOMENTO Y DIFUSIƓN CULTURAL SERAFƍN VILLACRƉS, con domicilio principal en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, RepĆŗblica del Ecuador; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el literal k) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el estatuto de la CORPORACIƓN DE INVESTIGACIƓN FOMENTO Y DIFUSIƓN CULTURAL SERAFƍN VILLACRƉS, con domicilio principal en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, RepĆŗblica del Ecuador y conceder personalidad jurĆ­dica a dicha institución, con el siguiente agregado:

n n

ā€œArticulado….- La Corporación se someterĆ” a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada. SerĆ”n las actividades de la Corporación y/o de sus personeros las que determinen si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n

La Corporación cumplirĆ” estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el TĆ­tulo XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civilā€.

n n

Art. 2.- La corporación se sujetarÔ a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo Nº 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Registro Oficial Nº 311, de 8 de abril del 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.

n n

Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial de aprobación de estatutos a la Corporación de Investigación,

n

Fomento y Difusión Cultural Serafín Villacrés.

n n n

Art. 4.- Este acuerdo entrarÔ en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

ComunĆ­quese y publĆ­quese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 10 dĆ­as del mes de agosto del 2010.

n n n

f.) Ivonne Marisela Rivera YƔnez, Viceministra de Cultura.

n n NĀŗ 1425 n n

MINISTERIO DE GOBIERNO,

n

POLICƍA Y CULTOS

n

Tania Pauker Cueva

n

SUBSECRETARIA DE COORDINACIƓN POLƍTICA

n n Considerando: n n

Que, en esta SecretarĆ­a de Estado se ha presentado la solicitud y documentación anexa para la inscripción y publicación en los registros correspondientes de la entidad religiosa denominada MINISTERIO EVANGELƍSTICO ā€œEL ARCA DEL PACTOā€;

n n

Que, los numerales 8 y 13 del artículo 66 de la Constitución de la República, en su orden, reconoce y garantiza a las personas el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos; y, el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que, mediante informe jurĆ­dico NĀŗ 2010-11 99-SJ/ptp de 26 de mayo del 2010, se emite pronunciamiento favorable para que se disponga la inscripción y publicación en los registros correspondientes, el estatuto de la entidad religiosa denominada MINISTERIO EVANGELƍSTICO ā€œEL ARCA DEL PACTOā€, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos), publicado en el Registro Oficial NĀŗ 547 de 23 del mismo mes y aƱo, asĆ­ como, con el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 365 de 20 de enero del 2000; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial Nº 0953, de 11 de marzo del 2010 y conforme establece la Ley de Cultos y su reglamento de aplicación,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Ordenar la inscripción del estatuto de la entidad religiosa denominada MINISTERIO EVANGELƍSTICO ā€œEL ARCA DEL PACTOā€ en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del Cantón Milagro, provincia del Guayas, domicilio de la entidad.

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Disponer que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, PolicĆ­a y Cultos, siempre que ocurriere alguna modificación en los estatutos o en el personal del gobierno interno; asĆ­ como los cambios del representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTƍCULO TERCERO.- Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Gobierno, el estatuto y expediente de la entidad religiosa denominada

n n

MINISTERIO EVANGELƍSTICO ā€œEL ARCA DEL PACTOā€, de conformidad con el Art. 11 del

n

Reglamento de Cultos Religiosos; así como también se registre el gobierno interno y los cambios que se produjeren a futuro, apertura de oficinas, filiales o misiones, cambios de domicilio, ingreso de nuevos miembros o la exclusión de los mismos, para fines de estadística y control.

n n

ARTƍCULO CUARTO.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artĆ­culo 126 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

ARTƍCULO QUINTO.- El presente acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n ComunĆ­quese. n n

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 7 de junio del 2010.

n n

f.) Tania Pauker Cueva, Subsecretaria de Coordinación Política, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.

n n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICƍA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en dos foja(s) Ćŗtil(es) reposa en los archivos de la SubsecretarĆ­a JurĆ­dica.- Quito, 29 de junio del 2010.-

n n

f.) Ilegible, SubsecretarĆ­a JurĆ­dica.

n n NĀŗ 1426 n n

MINISTERIO DE GOBIERNO,

n

POLICIA Y CULTOS

n

Tania Pauker Cueva

n

SUBSECRETARIA DE COORDINACIƓN POLƍTICA

n n Considerando: n n

Que, el representante Legal de la MISIƓN EVANGƉLICA PENTECOSTƉS ā€œJEHOVA TSIDKENUĀ», con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas, ha solicitado a este Ministerio el registro del estatuto reformado, instrumento que ha sido aprobado en asambleas generales realizadas los dĆ­as 10 y 24 de enero del 2010;

n n

Que, dicha entidad religiosa fue reconocida jurĆ­dicamente mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 1424 de 24 de octubre del 2000, con el nombre de MISIƓN EVANGƉLICA PENTECOSTƉS ā€œJEHOVA TSIDKENUā€;

n n

Que, la SubsecretarĆ­a JurĆ­dica mediante informe NĀŗ 2010-1207-SJ/ptp de 26 de mayo del 2010, emite pronunciamiento favorable para el registro del estatuto reformado; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos con Acuerdo Ministerial Nº 0953, de 11 de marzo del 2010 y conforme dispone la Ley de Cultos y el Reglamento de Cultos Religiosos,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Ordenar al Registrador de la Propiedad del cantón Guayaquil, provincia del Guayas, domicilio de la entidad religiosa, tome nota en el respectivo registro la reforma del Estatuto de la MISIƓN EVANGƉLICA PENTECOSTƉS ā€œJEHOVA TSIDKENUā€, al tenor de lo dispuesto en el Art. 4 del Decreto NĀŗ 212, Registro Oficial NĀŗ 547, de 23 de julio de 1937 y Art. 12 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Disponer que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, PolicĆ­a y Cultos, siempre que ocurriere alguna modificación en el estatuto o en el personal del gobierno interno, ingreso o salida de miembros, asĆ­ como los cambios de representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTƍCULO TERCERO.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n ComunĆ­quese. n n

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 7 de junio del

n 2010. n n

f.) Tania Pauker Cueva, Subsecretaria de Coordinación Política, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.

n n NĀŗ 1427 n n

MINISTERIO DE GOBIERNO,

n

POLICƍA Y CULTOS

n n

Tania Pauker Cueva

n

SUBSECRETARIA DE COORDINACIƓN POLƍTICA

n n Considerando: n n

Que, en esta SecretarĆ­a de Estado se ha presentado la solicitud y documentación anexa para la inscripción y publicación en los registros correspondientes de la entidad religiosa denominada MINISTERIO EVANGƉLICO ā€œDIOS ES ESPƍRITUā€;

n n

Que, los numera