n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves 07 de Junio de 2012 – R. O. No. 294

n

n EDICIÓN ESPECIAL

n

n MINISTERIO

n

n DEL DEPORTE

n

n RESOLUCIONES Y ACUERDOS:

n

n SUMARIO

n

n Ejecutiva

n

n Resoluciones

n

n 001 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Billar, para que participe en el XIII Campeonato Bola 9 de Mayores, en Barranquilla-Colombia

n

n 002 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Yachting, para que participe en el Campeonato Mundial 2011 de la Clase Sunfish, en Curacao-Antillas Holandesas

n

n 003 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Tiro con Arco, para que participe en el Campeonato del Mundo de Tiro con Arco, en Turín – Italia

n

n 004 Designar como interventores al señor licenciado Carlos Fernando Lara Tapia y al señor abogado Juan Danilo Ortiz Freire, quienes de manera individual o conjunta representarán legal, judicial y. extrajudicialmente a la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas

n

n Resoluciones

n

n 005 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Bridge, para que participe en el LXI Campeonato Sudamericano de Bridge, Categoría Libre y Damas, en Asunción – Paraguay

n

n 006 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Esgrima, para que participe en el Campeonato Sudamericano de Menores, en Sucre – Bolivia

n

n 007 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Judo, para que participe en el Grand Slam de Río de Janeiro, Campo de Entrenamiento en Río de Janeiro y la Copa del Mundo de Sao Paulo, en Río de Janeiro y Sao Paulo – Brasil

n

n 008 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Levantamiento de Pesas, para que participe en el Campeonato Mundial Junior, en Penang – Malasia

n

n 009 Autorizar el inicio del proceso de subasta inversa electrónica No. SIE-MINDE-005- 2011, para la adquisición de suministro de oficina para el segundo cuatrimestre del año 2011

n

n 010 Dejar sin efecto la Resolución No. 407, del 28 de marzo del 2011 emitida por el Coordinador General de Asesoría Jurídica, declarar terminado, anticipado y unilateralmente el contrato No. 110- DJ-2008

n

n 011 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Lucha, para que participen en el Campeonato Panamericano Juvenil de Lucha, en San Paulo – Brasil

n

n 012 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Basketball, para que participe en el Campeonato Sudamericano Sub 17 Femenino, en Pasto – Colombia

n

n 013 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Canotaje, para que participe en el Campeonato Mundial Senior, en Szeged – Hungría

n

n 014 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Esquí, para que participe en el IWWWF Wakeboard World Championships, en Milán – Italia

n

n 015 Aprobar la publicación de las especificaciones técnicas del proceso PN- MINDE-002-2011, para certificar la producción nacional de un escenario para Deporte de Playa, necesario para la realización de los Juegos Suramericanos de Playa Manta 2011, a través del código 387008 edificios prefabricados del clasificador central de productos del Portal de Compras Públicas

n

n 016 Declarar la nulidad de pleno derecho y de oficio de la Resolución No. 277 de 20 de septiembre del 2010 a través de la cual se resolvió la terminación anticipada y unilateral del contrato No. 020-DJ- 2008, para la ejecución de la obra: ?Construcción del Estadio del Colegio Técnico Agropecuario San José de Chamanga, primera etapa, de la provincia de Esmeraldas?, debido a los vicios que afectan al procedimiento que lo precedió

n

n 017 Declarar la nulidad de pleno derecho y de oficio de la Resolución No. 278 de 20 de septiembre del 2010 a través de la cual se resolvió la terminación anticipada y unilateral del contrato No. 019-DJ-2008 suscrito con la Empresa Qubrir S. A., el 10 de abril del 2008 para la ejecución de la obra: ?Construcción del estadio para la junta parroquial de Borbón, primera etapa, de la provincia de Esmeraldas?, debido a los vicios que afectan al procedimiento Que lo precedió

n

n 018 Autorizar el inicio del proceso de menor cuantía servicio No. MC-MINDE-001- 2011, para el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de impresión y fotocopiado de esta Cartera de Estado

n

n Resoluciones

n

n 019 Aprobar los pliegos para la adquisición de bienes normalizados constatándose el catálogo electrónico para la adquisición de materiales de limpieza para mantenimiento de los centros activos I, II, III, IV CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE JUNIO A DICIEMBRE DE 2011, solicitados por la Dirección de Sostenibilidad? y Relaciones Internacionales, unidad requirente

n

n 020 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Atletismo, para que participe en el 7° CAMPEONATO MUNDIAL DE MENORES, en Lille – Francia

n

n 020-A Acoger el procedimiento de Contratación Directa de Régimen Especial con el señor Franklin Edison San Andrés Villón representante legal de EDITOGRAN S. A. para la ?Publicación por la prensa de la notificación de inicio de examen especial en razón de que se desconoce la dirección actual de los señores: Rail Enrique Carrión Fiallos, ex Ministro del Deporte, Fernando René Moreno Viana, ex Asesor del Ministerio del Deporte, Mario Atilio Montevideo Monroy, ex Contratista de la’ Federación Deportiva Provincial de Zamora Chinchipe, Lina Constanza Leal Rey, ex Contratista de la Federación Deportiva Provincial de Zamora Chinchipe?

n

n 020-B Adjudicar el procedimiento de Contratación. Directa del Régimen Especial con el señor Franklin Edison San Andrés VilIón representante legal de EDITORES NACIONALES GRÁFICOS EDITO GRAN S. A. para la ?Publicación por la prensa de la notificación de inicio de examen especial en razón de que se desconoce la dirección actual de los señores: Raíl Carrión Fiallos, ex Ministro del Deporte, Fernando René Moreno Viana, ex Asesor del Ministerio del Deporte, Mario Atilio Montevideo Monroy, ex Contratista de la Federación Deportiva Provincial de Zamora Chinchipe, Lina Constanza Leal Rey, ex Contratista de la Federación Provincial de Zamora Chinchipe?

n

n 021 Aprobar los pliegos para la adquisición de bienes normalizados constatados en el catálogo electrónico para la adquisición de equipos informáticos, solicitados por la Dirección de Gestión Tecnológica, unidad requirente

n

n 022 Autorizar el inicio del proceso de Subasta inversa electrónica No. SIE- MINDE-006-2011, para la adquisición de químicos para el mantenimiento de la piscina del centro activo

n

n 023 Aprobar la presente resolución del proceso PN-MINDE-002-2011, en la que se expresa que no han existido manifestaciones de interés del bien dentro del presente procedimiento, lo cual define como resultado, la o existencia de producción nacional para la adquisición de un escenario para deportes de playa

n

n 024 Adjudicar el procedimiento de menor cuantía de servicios al señor John Lema para el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de impresión y fotocopiado del MD

n

n 025 Declarar terminado anticipada y unilateralmente el convenio No. 038-2008 Tripartito de Cooperación con la Federación Deportiva Provincial del Carchi y la Federación Deportiva Provincial de Imbabura con el objetivo de proveer e instalar material sintético en la pista atlética del Centro de Formación y Desarrollo de Carpuela, provincia de Imbabura

n

n 026 Aprobar los pliegos para la adquisición de bienes normalizados constatados en el correo electrónico para la ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS, de acuerdo al proceso No. CATE-MINDE- 0008-2011. Solicitados por la Dirección de Servicios Institucionales, unidad requirente

n

n 027 Declarar desierto el proceso de Subasta Inversa Electrónica No. SIE-MINDE- 005-2011, para la adquisición de suministros de oficina para segundo cuatrimestre del año 2011 ya que el proveedor no subió la oferta final de negociación al portal de Compras Públicas ?

n

n Resoluciones

n

n 028 Autorizar el Proceso de Cotización No. COTBS-MINDE-002-2011 para el ?SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DIARIO PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DEL MINISTERIO DEL DEPORTE QUITO Y CENTROS ACTIVOS I, II Y III DE PROPIEDAD DEL PUEBLO?

n

n 029 Aprobar las modificaciones presupuestarias de los diferentes proyectos de inversión

n

n 030 Aprobar la modificación del texto de los numerales 7 y 8 del Plan Operativo Anual para el año 2011

n

n 031 Aprobar los pliegos para la adquisición de bienes normalizados constatados en el catálogo electrónico para la adquisición de suministros de oficina -biblioratos-, solicitados por la coordinación general de asesoría jurídica, unidad requirente

n

n 032 Determinar la conveniencia y viabilidad técnica y económica de la contratación del servicio de SEGUROS EN RAMOS GENERALES (Incendio, Robo y/Asalto/ Hurto, Fidelidad, Rotura de Maquinaria, Equipo Electrónico, Responsabilidad Civil, Vehículos y Soat), a través del procedimiento de Régimen Especial

n

n 033 Autorizar el inicio del proceso de subasta inversa electrónica No. SIE-MINDE-007- 2011, para el ?SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS VER, DES DE LOS CENTROS ACTIVOS I, II, III, IV?

n

n 034 Autorizar el inicio del proceso de subasta inversa electrónica No. SIE-MI DE-008- 2011, para la ?Implementación de Sistemas de voz/datos y Eléctrico para la Coordinación Regional No. 1 Tonsupa – Esmeraldas del Ministerio del Deporte?.

n

n 035 Traspasar al Instituto de Contratación de Obras, ICO, los estudios de la Empresa IRIGOYEN & ASOCIADOS Cía. Ltda., legalmente representada por el Ing. Marco Irigoyen Naranjo para el ?Diseño del Proyecto Integral Complementario para el Centro de Formación y Desarrollo de Deportes Colectivo ubicado en la localidad de Río Verde, provincia de Esmeraldas?

n

n 036 Designar como interventor al señor economista Jorge James Masson Sánchez, quien representará legal, judicial y extrajudicialmente a la Federación Deportiva Provincial de Tungurahua

n

n 037 Adjudicar a la Empresa H.P.C. MARKETING & EVENTOS S. A. COMODIDAD Y SEGURIDAD, dentro del proceso P -MINDE-0002-2011, en la que se expresa que se ha aprobado la solicitud de importación de escenario deportivo desmontable con licencia No. 001, Valor CIF USD 550.000,00, certificado de producción nacional No. 632472

n

n 038 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Béisbol, para que participe en el CAMPEONATO MUNDIAL INFANTIL AA (11 – 12 AÑOS), que se realizará en la cuidad de Taipei – Taiwan

n

n 039 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Judo, para que participe en la Copa del Mundo de Puerto la Cruz y el Campo de Entrenamiento, que se realizará en la ciudad de Puerto La Cruz – Venezuela

n

n 040 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Squash, para que participe en el VII CAMPEONATO SUDAMERICANO DE SQUASH, que se realizará en la cuidad de Lima – Perú

n

n 041 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Tiro Olímpico, para que participe en el XII Campeonato Interclubes y II Campeonato Internacional de Federaciones de Tiro al Blanco ?GRANO PRIX CLUB INTERNACIONAL AREQUIPA?, que se realizará en la ciudad de Arequipa – Perú

n

n Resoluciones

n

n 042 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Judo, para que participe en la Copa del Mundo de El Salvador, que se realizará en la ciudad de San Salvador – El Salvador

n

n 043 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Squash, para que participe en el Campeonato Mundial Juvenil Femenino Individual y Equipos, que se realizará en la ciudad de Boston, Massachussets – USA

n

n 044 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Canotaje, para que participe en el entrenamiento en el Centro de Alto Rendimiento Español, BLUME, que se realizará en la cuidad de Madrid – España

n

n 045 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Softbol, para que participe en el Segundo Campeonato de Softbol Internacional, que se realizará en la cuidad de Lima – Perú

n

n 046 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Hockey y Patín, para que participe en el Open Sudamericano de Patinaje Artístico, que se realizará en la ciudad de Santa Cruz do Sul, Rio Grande do Sol – Brasil

n

n 047 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Esquí Náutico, para que participe en el IWWF WAKEBOARD WORLD CHAMPIONSHIPS, que se realizará en la cuidad de Milán – Italia

n

n 048 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Ajedrez, para que participe en el V Campeonato Panamericano de Ajedrez Escolar, que se realizará en la ciudad de Mérida – Venezuela

n

n 049 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Yatching, para que participe en el Campeonato Usa National Championship Regata 2011 de la Clase Snipe, que se realizará en Estados Unidos

n

n 050 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Natación, para que participe en el 14TH FINA WORLD CHAMPIONS- HIPS, que se realizará en la cuidad de Shangai – China

n

n 051 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Triatlón, para que participe en el Campeonato Panamericano Junior, que se realizará en la cuidad de Edminton – Canadá

n

n 052 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Squash, para que participe en el WORLD JUNIOR MEN INDIVIDUAL CHAMPIONSHIP, que se realizará en la cuidad de Herentals – Bélgica

n

n 053 Autorizar el inicio del proceso de subasta inversa electrónica No. SIE-MINDE-009- 2011, para la ?Adquisición e Instalación del Sistema de Aire Acondicionado Coordinación Regional 1?

n

n 054 Autorizar el inciso del procedimiento de subasta inversa electrónica al proveedor Baldeón Jativa Fanny Yolanda para la ?Adquisición de Químicos para el Mantenimiento de la Piscina del Centro Activo 1?

n

n 055 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Wushu, para que participe en el Cuarto Campeonato Sudamericano de Wushu, que se realizará en la ciudad de Punta del Este – Uruguay

n

n 056 Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Billar, para que participe en el 64? Campeonato Mundial Tres Bandas, que se realizará en la cuidad de Lima – Perú

n

n Resoluciones

n

n 057 Acreditar la salida al exterior de la Delegación de la Federación Ecuatoriana de Lucha, para que participe en el Campeonato Mundial Juvenil, que se realizará en la cuidad de Bucarest – Rumania

n

n 058 Adjudicar a la Compañía Seguros Sucre, la contratación de seguros en ramos generales (Incendio, Robo y/o Asalto/Hurto, Fidelidad, Rotura de Maquinaria, Equipo Electrónico, Responsabilidad Civil, Vehículos y Soat), desde el 18 de julio de 2011 hasta el 18 de julio del 2012, por un valor de USD 56,967,50

n

n 059 Acoger el procedimiento de contratación directa de régimen especial con el señor Franklin Edison San Andrés Villón representante legal de EDITO GRAN S. A. para la publicación en el Diario El Telégrafo para el ?Comunicado en la prensa sobre: Entrega de documentación por parte de Pensionistas Vitalicios?, con un presupuesto referencial de USD 736,00

n

n 060 Dejar sin efecto la Resolución o. 398 de fecha 21 de marzo del 2011, en virtud de la reliquidación económica emitida por el Coordinador General Administrativo Financiero (2) a través del memorando No. CGAF-2011-0309 de 29 de junio de 2011

n

n 060-A Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Basketball, para que participe en el Campeonato Sudamericano Sub 17 Masculino, que se realizará en la ciudad de Cúcuta – Colombia

n

n 060-B Acreditar la salida al exterior de la delegación del Ecuador que asistirá a los IV JUEGOS DEPORTIVOS DEL ALBA, que realizará en Venezuela

n

n 063 Adjudicar el procedimiento de cotización al proveedor Vainilla & Canela ?Martínez Vásquez Group Cía. Ltda.?, para el ?Servicio de Alimentación Diario para los Funcionarios y Servidores del Ministerio del Deporte Quito y Centros Activos I, II y III de Propiedad del Pueblo?. Con un presupuesto de USD 134.640,00

n

n 064 Acoger el procedimiento de contratación directa del régimen especial con el señor Fabián Danilo Cárdenas Fernández representante legal del Instituto Geográfico Militar para la adquisición de 685.000 especies valoradas para la recaudación de ingresos para los cuatro centros activos, con un presupuesto referencial de USD 7.535,00, sin incluir IVA

n

n 065 Aprobar el pliego del proceso PN-MINDE-003-2011, para la adquisición de un vehículo para el Ministro, a través del código 491130031 del clasificador de productos del Portal de Compras Públicas

n

n 066 Declarar desierto el proceso de subasta inversa electrónica No. SIE-MlNDE- 009-2011, para la Adquisición e Instalación del Sistema de Aire Acondicionado Coordinación Regional

n

n 067 Declarar desierto el proceso de subasta inversa electrónica No. SIE-MINDE- 008-2011, para la ?Implementación de Sistemas de voz/datos y Eléctrico para la Coordinación Regional No. 1 Tonsupa – Esmeraldas?

n

n 068 Adjudicar el procedimiento de contratación directa de régimen especial con Editores Nacionales Gráficos EDITOGRAN S. A

n

n 446 Aprobar los pliegos para la adquisición de bienes normalizados constatados en el catálogo electrónico para la adquisición de suministros de oficina, correspondientes al segundo cuatrimestre del año 2011, solicitados por la Dirección de Servicios

n

n 447 Aprobar los pliegos para la adquisición de bienes normalizados constatados en el catálogo electrónico para la adquisición de suministros de oficina, correspondientes al segundo cuatrimestre del año 2011, solicitados por la Dirección de Servicios Institucionales ?

n

n Resoluciones

n

n Acuerdos

n

n 15-2011 Efectuar los traspasos de crédito en el vigente presupuesto institucional

n

n 719 Que aprueba el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

n

n 001 Felicitar a la Federación Deportiva Nacional del Ecuador, por sus 86 años de invaluable trayectoria a favor del desarrollo integral del deporte ecuatoriano

n

n 002 Aprobar la reforma al Estatuto de la Concentración Deportiva de Pichincha, constituida mediante Acuerdo Ministerial No. 053 de fecha 10 de julio del 2006

n

n 003 Conceder personería jurídica de derecho privado a la Asociación de Fútbol o Amateur de ?MORONA SANTIAGO?

n

n 004 Aprobar el Estatuto de la Federación Deportiva Provincial de El Oro, constituida mediante Acuerdo Ministerial No. 150 de fecha 11 de diciembre del 2006

n

n CONTENIDO

n n n

n Nº 001

n

n MINISTERIO DEL DEPORTE

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Art. 381 de la Constitución de la República determina: ?El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de la persona;

n

n

n

n impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad?;

n

n

n

n Que, el literal b) del artículo 14 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, dentro de las funciones y atribuciones del Ministerio del Deporte, establece: ?b) Auspiciar la masificación, detección, selección, formación, perfeccionamiento, de las y los deportistas, prioritariamente a-escolares y colegiales del país, además de la preparación y participación de las y los deportistas de alto rendimiento en competencias nacionales e internacionales, así como capacitar a técnicos entrenadores, dirigentes y todos los recursos humanos de las diferentes disciplinas deportivas?;

n

n

n

n Que, el Art. 50 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, determina que son deberes de las federaciones ecuatorianas por deporte, entre otras la siguiente: ?….Seleccionar a los mejores deportistas para que conformen las selecciones ecuatorianas en coordinación con las Asociaciones Deportivas Provinciales, debiendo presentar un informe del proceso y resultados al Ministerio Sectorial para juegos de ciclo olímpico, Paraolímpico y campeonatos mundiales de categoría absoluta…?;

n

n

n

n Que, el Art. 73 literal a) de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, establece que son deberes del Comité Olímpico Ecuatoriano en coordinación con el Ministerio Sectorial, entre otros el siguiente: ?Coordinar el apoyo técnico, de infraestructura, logístico, entrenamiento y competición de las selecciones nacionales para su participación en los juegos del ciclo olímpico con el Ministerio del Deporte y las Federaciones Ecuatorianas por Deporte y Federaciones Deportivas Provinciales…?;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 928 de fecha 30 de octubre de 2010 el Ministerio del Deporte expide el instructivo para el trámite de emisión de resoluciones de acreditación de salida al exterior de deportistas ecuatorianos que participen en eventos internacionales en representación del Ecuador, así como la delegación a la Subsecretaría Técnica Metodológica del Ministerio del Deporte para la suscripción de las mismas;

n

n

n

n Que, mediante oficio s/n de fecha 24 de mayo de 2011, el Comité Olímpico Ecuatoriano a través del Departamento Técnico Metodológico – COE emite informe técnico favorable, así como los requisitos contenidos en el Art. 3 del Acuerdo Ministerial o 928 de fecha 30 de octubre de 2010, para que la delegación de la Federación Ecuatoriana de Billar, participe en la XIII CAMPEONATO PANAMERICANO BOLA 9 DE MAYORES, que se realizará en la ciudad de Barranquilla – Colombia del 9 al 12 de junio de 2011; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones contempladas en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva y los artículos 2 y 5 del Acuerdo Ministerial No. 928 de fecha 30 de octubre de 2010,

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n Art. 1.- Acreditar la salida al exterior de la Delegación de la Federación Ecuatoriana de Billar, para que participe en el XIII CAMPEONATO PANAMERICANO BOLA 9 DE MAYORES, que se realizará en la cuidad de Baranquilla – Colombia del 9 al 12 de junio de 2011. La misma que está integrada por: DEPORTISTAS VARONES: Freddy Yermar Alvarado Palma, Ángel Efrén Apolo Aguilar, DELEGADO: Marcos Alarcón Zambrano.

n

n

n

n Art. 2.- Cumplida la salida internacional que se acredite para que este evento deportivo, acorde a lo previsto en la Primera Disposición General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, la Federación Ecuatoriana deberá remitir al Ministerio del Deporte en un plazo de 30 días después de terminado el evento un informe técnico, económico y disciplinario relacionado con la participación de los deportistas en el torneo internacional. En caso de incumplimiento con la entrega de los informes antes referidos, dará lugar a la imposición de las sanciones contempladas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.

n

n

n

n Art. 3.- Del particular se notificará a la Dirección Nacional de Migración.

n

n

n

n Art. 4.- Esta resolución entrará en vigencia desde su expedición sin prejuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a 9 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) Dr. Antonio Rodríguez Vargas, Subsecretario Técnico Metodológico.

n

n

n

n REPÚBLICA DEL ECUADOR.- MINISTERIO DEL DEPORTE.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original.- Quito, a 21 de julio del 2011.

n

n

n

n f.) Ilegible.

n

n

n

n

n

n N° 002

n

n

n

n MINISTERIO DEL DEPORTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Art. 381 de la Constitución de la República determina: ?El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de la persona: impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad?;

n

n

n

n Que, el literal b) del artículo 14 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, dentro de las funciones y atribuciones del Ministerio del Deporte, establece: ?b) Auspiciar la masificación, detección, selección, formación, perfeccionamiento, de las y los deportistas, prioritariamente a escolares y colegiales del país, además de la preparación y participación de las y los deportistas de alto rendimiento en competencias nacionales e internacionales, así como capacitar a técnicos entrenadores, dirigentes y todos los recursos humanos de las diferentes disciplinas deportivas?;

n

n

n

n Que, Art. 50 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, determina que son deberes de las federaciones ecuatorianas por deporte, entre otras la siguiente: ?…Seleccionar a los mejores deportistas para que conformen las selecciones ecuatorianas en coordinación con las Asociaciones Deportivas Provinciales, debiendo presentar un informe del proceso y resultados al Ministerio Sectorial para juegos de ciclo olímpico, Paraolímpico y campeonatos mundiales de categoría absoluta…?;

n

n

n

n Que, Art. 73 literal a) de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, establece que son deberes del Comité Olímpico Ecuatoriano en coordinación con el Ministerio Sectorial, entre otros el siguiente: ?Coordinar el apoyo técnico, de infraestructura, logístico, entrenamiento y competición de las selecciones nacionales para su participación en los juegos del ciclo olímpico con el Ministerio del Deporte y las Federaciones Ecuatorianas por Deporte y Federaciones Deportivas Provinciales…?;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 928 de fecha 30 de octubre de 2010 el Ministerio del Deporte expide el Instructivo para el trámite de emisión de resoluciones de acreditación de salida al exterior de deportistas ecuatorianos que participen en eventos internacionales en representación del Ecuador, así como la delegación a la Subsecretaría Técnica Metodológica del Ministerio del Deporte para la suscripción de las mismas;

n

n

n

n Que, mediante oficio s/n de fecha 24 de mayo de 2011, el Comité Olímpico Ecuatoriano a través del Departamento Técnico Metodológico – COE emite informe técnico favorable, así como los requisitos contenidos en el Art. 3 del Acuerdo Ministerial N° 928 de fecha 30 de octubre de 2010, para que la delegación de la Federación Ecuatoriana de Yachting, participe en CAMPEONATO MUNDIAL 2011 DE LA CLASE SUNFISH, que se realizará en la cuidad de Curacao – Antillas Holandesas del 12 al 19 de junio de 2011: y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones contempladas en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva y los artículos Z y 5 del Acuerdo Ministerial No. 928 de fecha 30 de octubre de 2010.

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n Art. 1.- Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Yachting, para que participe en el CAMPEONATO MUNDIAL 2011 DE LA CLASE SUNFlSH, que se realizará en la cuidad de Curacao – Antillas Holandesas del 12 al 151 de junio de 2011. La misma que está integrada por: DEPORTISTA VARÓN: Jonathan David Martinelli Mawyin, ENTRENADOR: Luis Horacio Canuto.

n

n

n

n Art. 2.- Cumplida la salida internacional que se acredite para este evento deportivo, acorde a lo previsto en la Primera Disposición General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, la Federación Ecuatoriana deberá remitir al Ministerio del Deporte en un plazo de 30 días después de terminado el evento un informe técnico, económico y disciplinario relacionado con la participación de los deportistas en el torneo internacional. En caso de incumplimiento con la entrega de los informes antes referidos, dará lugar a la imposición de las sanciones contempladas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.

n

n

n

n Art. 3.- Del particular se notificará a la Dirección Nacional de Migración.

n

n

n

n Art. 4.- Esta resolución entrará en vigencia desde su expedición sin prejuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a 9 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) Dr. Antonio Rodríguez Vargas, Subsecretario Técnico Metodológico.

n

n

n

n REPÚBLICA DEL ECUADOR.- MINISTERIO DEL DEPORTE.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original.- Quito, a 21 de julio del 2011.

n

n

n

n f.) Ilegible.

n

n

n

n

n

n N° 003

n

n

n

n MINISTERIO DEL DEPORTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Art. 381 de la Constitución de la República determina: ?El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de la persona: impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad?;

n

n

n

n Que, el literal b) del artículo 14 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, dentro de las funciones y atribuciones del Ministerio del Deporte, establece: ?b) Auspiciar la masificación, detección, selección, formación, perfeccionamiento, de las y los deportistas, prioritariamente a escolares y colegiales del país, además de la preparación y participación de las y los deportistas de alto rendimiento en competencias nacionales e internacionales, así como capacitar a técnicos entrenadores, dirigentes y todos los recursos humanos de las diferentes disciplinas deportivas?;

n

n

n

n Que, el Art. 50 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, determina que son deberes de las federaciones ecuatorianas por deporte, entre otras la siguiente: ?…Seleccionar a los mejores deportistas para que conformen las selecciones ecuatorianas en coordinación con las Asociaciones Deportivas Provinciales, debiendo presentar un informe del proceso y resultados al Ministerio Sectorial para juegos de ciclo olímpico, Paraolímpico y campeonatos mundiales de categoría absoluta…?;

n

n

n

n Que, el Art. 73 literal a) de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, establece que son deberes del Comité Olímpico Ecuatoriano en coordinación con el Ministerio Sectorial, entre otros el siguiente: ?Coordinar el apoyo técnico, de infraestructura, logístico, entrenamiento y competición de las selecciones nacionales para su participación en los juegos del ciclo olímpico con el Ministerio del Deporte y las Federaciones Ecuatorianas por Deporte y Federaciones Deportivas Provinciales…?;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 928 de fecha 30 de octubre de 20 10 el Ministerio del Deporte expide el Instructivo para el trámite de emisión de resoluciones de acreditación de salida al exterior de deportistas ecuatorianos que participen en eventos internacionales en representación del Ecuador, así como la delegación a la Subsecretaría Técnica Metodológica del Ministerio del Deporte para la suscripción de las mismas;

n

n

n

n Que, mediante oficio s/n de fecha 1 de junio de 2011, la Federación Ecuatoriana de Tiro con Arco, solicita acreditación de salida al exterior para participar en el CAMPEONATO DEL MUNDO DE TIRO CON ARCO, que se realizará en Turín – Italia, del 30 de junio al 11 de julio de 2011, así como los requisitos contenidos en el Art. 3 del Acuerdo Ministerial N° 928 de fecha 30 de octubre de 2010; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones contempladas en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva y los artículos 2 y 5 del Acuerdo Ministerial No. 928 de fecha 30 de octubre de 2010,

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n Art. 1.- Acreditar la salida al exterior de la delegación de la Federación Ecuatoriana de Tiro con Arco, para que participe en el CAMPEONATO DEL MUNDO DE TIRO CON ARCO, que se realizará en Turín – Italia, del 30 de junio al 11 de julio de 2011. La misma que está integrada por: DEPORTISTAS DAMAS: Stefania Mora del Salto, Romina Quiroga Galarza, Gabriela Maldonado Reyes, Sara Aguas Drouet, ENTRENADOR: Ernesto Olazábal Arregoitia, DELEGADO: Ottón Baquerizo Stagg.

n

n

n

n Art. 2.- Cumplida la salida internacional que se acredite para que este evento deportivo, acorde a lo previsto en la Primera Disposición General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, la Federación Ecuatoriana deberá remitir al Ministerio del Deporte en un plazo de 30 días después de terminado el evento un informe técnico, económico y disciplinario relacionado con la participación de los deportistas en el torneo internacional. En caso de incumplimiento con la entrega de los informes antes referidos, dará lugar a la imposición de las sanciones contempladas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.

n

n

n

n Art. 3.- Del particular se notificará a la Dirección Nacional de Migración.

n

n

n

n Art. 4.- Esta resolución entrará en vigencia desde su expedición sin prejuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a 9 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) Dr. Antonio Rodríguez Vargas, Subsecretario Técnico Metodológico.

n

n

n

n REPÚBLICA DEL ECUADOR.- MINISTERIO DEL DEPORTE.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original.- Quito, a 21 de julio del 2011.- f.) Ilegible.

n

n

n

n

n

n N° 004

n

n

n

n José Francisco Cevallos Villavicencio

n

n MINISTRO DEL DEPORTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 6 de 15 de enero de 2007, publicado en el Registro Oficial No. 22 de 14 de febrero del mismo año, se creó el Ministerio del Deporte, el cual asumió las funciones que correspondía a la Secretaría Nacional de Cultura Física, Deportes y Recreación;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 787 de 24 de mayo de 2011, el Excelentísimo señor Presidente de la República, economista Rafael Correa Delgado, nombró como Ministro del Deporte al señor José Francisco Cevallos Villavicencio;

n

n

n

n Que, el artículo 381 de la Constitución del República de la Ecuador señala: ?El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, cómo actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad. El Estado garantizará los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los recursos se sujetarán al control estatal, rendición de cuentas y deberán distribuirse de forma equitativa.?;

n

n

n

n Que, el segundo inciso del artículo 297 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?Las Instituciones y entidades que reciban o transfieran bienes o recursos públicos se someterán a las normas que las regulan y a los principios y procedimientos de transparencia, rendición de cuentas y control público.?;

n

n

n

n Que, la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en sus artículos 13 y 158 establecen la rectoría y el ejercicio de la jurisdicción administrativa y competencia en el ámbito deportivo a nivel nacional, de acuerdo con las normas establecidas en dicha ley y su reglamento general;

n

n

n

n Que, los artículos 14 literal n), 163, 164 y 165 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, prevén la atribución del Ministerio del Deporte para intervenir temporalmente organizaciones deportivas, siempre que se cumpla con los requisitos y causales determinadas para el efecto;

n

n

n

n Que, los artículos 91, 92, 93 y 94 del Reglamento General a la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, regulan el proceso de intervención señalado en el considerando anterior;

n

n

n

n Que, el artículo 135 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, determina que los procedimientos administrativos podrán iniciarse de oficio o a solicitud de la persona interesada;

n

n

n

n Que, el artículo 136 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que dichos procedimientos se iniciarán por resolución del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia del orden superior, a petición razonada de otros órganos, por denuncia;

n

n

n

n Que, de la revisión del archivo efectuado en la Dirección General Jurídica, se determina que el Estatuto de la Federación no ha sido reformado desde la fecha de su constitución, es decir el 20 de agosto de 1980, esto a pesar de que en el normativa legal anterior a la actual Ley del Deporte, Educación Física y Recreación existía la obligación de realizar las reformas que fueren del caso a fin de que el respectivo estatuto guarde conformidad con la legislación vigente a esa época. De igual forma, hasta la fecha no se ha encontrado ninguna petición de reforma de estatutos de acuerdo con la disposición transitoria segunda de la ley vigente, la misma que se encuentra publicada en el Registro Oficial o 255 de 11 de agosto del 2010;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. CGAF-2011-0160 de 11 de abril de 2011, suscrito por la Coordinadora General Administrativa Financiera, se desprende que la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas ha recibido desde enero del año 2010, hasta abril del presente año, la cantidad de un millón trescientos noventa mil novecientos noventa dólares de los Estados Unidos de América con noventa y cinco centavos ($ 1’390.990,95), los mismos que responden a las asignaciones mensuales que se determinaban en la Ley de Cultura Física, Deportes y Recreación y en la vigente Ley del Deporte, Educación Física y Recreación;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. DGlD-2011-0457 de 4 de abril de 2011, el Director de Gestión de Infraestructura Deportiva, pone en conocimiento del Coordinador General de Administración e Instalaciones Deportivas el informe ejecutivo de visita a los escenarios de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas ubicados en la capital provincial de dicha provincia, los mismos que son:

n

n

n

n Complejo Walter Quiñones (piscina semi-olímpica), Coliseo Ricardo Plaza Bastidas, Estadio Folke Anderson, Coliseo Nubia Villacís Díaz (Cayapas), Casa de la Federación Provincial de Esmeraldas, Casa de Ajedrez, Complejo Hornero López (San Rafael). El documento, que incluye reporte gráfico, concluye y recomienda lo siguiente:

n

n

n

n ?La Infraestructura que posee la Federación Deportiva de Esmeraldas, de manera general presenta niveles de descuido, falta de mantenimiento e incluso abandono en ciertos casos. Todos los escenarios disponen de camerinos y baterías sanitarias, pero en su gran mayoría están inutilizados, abandonados o son utilizados para otros fines. La dotación de servicios básicos se ha vuelto un inconveniente que debe ser superado a la brevedad posible, ya que al momento ninguno de los escenarios cuenta con estos servicios de manera regular y apropiada. En la visita de supervisión realizada, se verifica que los organismos encargados del mantenimiento de los escenarios deportivos no han cumplido con su labor, por lo que es necesario tomar acciones correctivas que permitan rehabilitar la infraestructura deportiva de la provincia de Esmeraldas. Es necesario emprender un plan interinstitucional que permita tomar acciones y obtener recursos, que faculten la recuperación de la .infraestructura deportiva con la que cuenta la provincia de Esmeraldas en general. Resulta por demás importante que las entidades afines al deporte, además de los organismos seccionales y dependencias del Estado, aúnen esfuerzos que permitan superar el desfase presentado y se rehabilite la infraestructura deportiva implantada en la cuidad y provincia de Esmeraldas para beneficio de su población y deportistas que han brillado a nivel nacional e internacional.?;

n

n

n

n Que, el pedido de elaboración de informes respecto de la real situación de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas, responde a varias peticiones hechas a distintos funcionarios del Ministerio del Deporte, por los deportistas, entrenadores y ciudadanía en general quienes han expresado en varios foros su preocupación y malestar frente a la desidia en el manejo administrativo de la dirigencia provincial reflejadas en la falta de inversión de los recursos públicos en beneficio de los deportistas así como también en el nulo mantenimiento de la infraestructura de la provincia;

n

n

n

n Que, de la información obtenida de las distintas áreas del Ministerio del Deporte, se evidencian indicios que podrían demostrar que los fondos públicos entregados a la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas no habrían sido invertidos de conformidad con lo que establece los artículos 381, 382 y 383 de la Constitución de la República, así como la omisión en el cumplimiento de las disposiciones señaladas en los literales a), b), c) del artículo 149 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación;

n

n

n

n Que; los informes referidos en el numeral anterior, especialmente del emitido por la Dirección de Gestión de Infraestructura Deportiva, sustentan que existe peligro inminente de daño al patrimonio estatal deportivo, siendo fondos públicos entregados a la Federación Deportiva Provincial que deben ser invertidos en prestar las mejores condiciones para la preparación y participación de los deportistas de la provincia, así como mantener los escenarios que en la actualidad presentan un grave estado de deterioro lo mismo que adicionalmente puede ser considerado como un peligro para la seguridad de los deportistas y ciudadanos de la provincia;

n

n

n

n Que, el primer inciso del artículo 389 de la Constitución de la República determina respecto de la gestión del riesgo que: ?El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.?;

n

n

n

n Que el primer inciso del artículo 2 del Reglamento a la ley de Seguridad Pública y del Estado, dispone que todas las entidades que integran el sector público, conforman de los órganos ejecutores de la prevención;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y del Estado: ?Las disposiciones normativas sobre gestión de riesgos son obligatorias y tienen aplicación en todo el territorio nacional. El proceso de gestión de riesgos incluye el conjunto de actividades de prevención, mitigación, preparación, alerta, respuesta, rehabilitación y reconstrucción de los efectos de los desastres de origen natural, socio-natural o antrópico.?;

n

n

n

n Que, el tercer inciso del artículo 17 del Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, define al riesgo antrópico como: ?aquel que tiene origen humano o es el resultado de actividades del hombre, incluidas las tecnológicas.?;

n

n

n

n Que, con fecha 25 de abril de 2011 se notificó a la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas con la Resolución No. 418 de la notificación a dicho organismo deportivo con el inicio del procedimiento administrativo previa su intervención a fin de que en un plazo de diez días se sirva justificar los hechos tipificados en la disposición contenida en el artículo 165, literal c) de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, pese a que a la presente fecha ha transcurrido en exceso el plazo de diez días otorgados en el auto de inicio antes referido sin que se haya ingresado a esta Cartera de Estado documento alguno en el que se explique, argumente o justifique los hechos referidos en el literal c) del artículo antes referido;

n

n

n

n Que, mediante oficios del 14 al 18 de abril de 2011, el señor arquitecto Wisgton Rivas Vallejo, presentó escritos referentes a la Resolución No. 418 del 12 de abril de 2011, este último en su parte medular señala: ?Por eso en gran parte, coincido con usted señorita Ministra, pero debe entender que esta situación no es culpa de los Miembros del Directorio, ni de la dirigencia deportiva de Esmeraldas, por cuanto el Presidente de la Institución ha actuado a espaldas de ellos, sin tomarlos en cuenta, para sus decisiones que han sido a título personal?, con lo cual no han sido presentados los justificativos para subsanar el informe contenido en el memorando No. DGID-20 11-0457 del 4 de abril de 2011 del Director de Gestión de Infraestructura Deportiva;

n

n

n

n Que, a través de Resolución No. 424 de fecha 27 de abril de 2011, la señora economista Sandra Vela Dávila en su calidad de Ministra del Deporte, resolvió intervenir a la Federación Deportiva de Esmeraldas; y,

n

n

n

n Que, de los antecedentes de hecho y de derecho antes señalados, y en cumplimiento de las disposiciones dadas en los artículos 14 literal n), 163, 164, 165 literal c) de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, de los artículos 91, 92, 93 y 94 del Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, y de los artículos 135 y 136 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva; y, en ejercicio de las atribuciones que le confiere las normas jurídicas antes citadas,

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n Art. 1.- Designar como interventores al señor licenciado Carlos Fernando Lara Tapia y al señor abogado Juan Danilo Ortiz Freire, quienes de manera individual o conjunta representarán legal, judicial y extrajudicialmente a la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas.

n

n

n

n Art. 2.- Los interventores durarán en su cargo 90 días como máximo, pudiendo ser prorrogados por una sola vez por 90 días adicionales, plazo durante el cual deberá resolverse la causa de la intervención, o convocarse a elecciones. La intervención además, deberá respetar las normas y reglamentos internacionales, de conformidad con lo prescrito el artículo 163 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.

n

n

n

n Art. 3.- Los interventores, actuarán acorde a las funciones y competencias establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General. Sin perjuicio de que en todos los casos tengan la facultad de convocar a Asamblea General de conformidad con la ley y el estatuto y otorgar el visto bueno para que sean válidos todos los actos y contratos de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas, de conformidad con el artículo 164 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.

n

n

n

n Art. 4.- Los interventores designados por el Ministerio del Deporte tendrán como funciones y competencias las mismas que el representante legal de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas intervenida, mientras duren en sus cargos. Tendrán como objetivos principales los siguientes:

n

n

n

n a) Velar por el cumplimiento de las normas legales reglamentarias y estatutarias, por parte de los órganos de dirección, administración, técnica y disciplinaria;

n

n

n

n b) Convocar a. las reuniones de los organismos directivos cuando juzgue necesario;

n

n

n

n c) Emitir informes y tomar las medidas necesarias oportunamente respecto de las irregularidades en el funcionamiento de la organización para su corrección y respectiva sanción;

n

n

n

n d) Colaborar con las entidades gubernamentales que ejercen inspección y vigilancia y presentar los informes solicitados;

n

n

n

n e) Velar porque se lleve correctamente la contabilidad con aplicación de las regulaciones de carácter general;

n

n

n

n f) Velas por que lleven correctamente las actas de la sesiones de Asamblea y Directorio;

n

n

n

n g) Inspeccionas y administrar los bienes inmuebles de la organización y adoptar medidas preventivas para su conservación y seguridad;

n

n

n

n h) Ejercer el control de las cuentas ejecución presupuestaria, contabilidad y estados financieros de la organización deportiva intervenida, y proponer las acciones correctivas que sean necesarias:

n

n

n

n i) Llamar a elecciones de conformidad al artículo 163 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación;

n

n

n

n j) Exigir que las actividades de la organización deportiva se ajusten a las leyes vigentes; y,

n

n

n

n k) Las demás que determine el Ministerio Sectorial para el efecto.

n

n

n

n Art. 5.- Notificar a la Federación Deportiva de la Provincia de Esmeraldas, con la presente resolución.

n

n

n

n Art. 6.- Notifíquese a la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos con la presente resolución y publíquese en la página web del Ministerio del Deporte y a la Gobernación de la Provincia de Esmeraldas.

n

n

n

n Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el 9 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte.

n

n

n

n MINISTERIO DEL DEPORTE.-. SECRETARÍA GENERAL.- Certifico que el documento que antecede, contenido en 5 hojas útiles, es fiel copia del que reposa en el archivo del Despacho Ministerial.- Quito, DM., julio 21 del 2011.-

n

n

n

n f.) Ing. Nelly Cofre Morán, Secretaria General del Ministerio del Deporte (S).

n

n

n

n N° 005

n

n

n

n MINISTERIO DEL DEPORTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Art. 381 de la Constitución de la República determina: ?El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de la persona: impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad?;

n

n

n

n Que, el literal b) del artículo 14 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, dentro