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REGISTRO OFICIAL
n
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
n
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
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Martes, 01 de Junio de 2010 – R. O. No. 204
n
SUPLEMENTO
n n
n n n n n n n n
EL M. I. CONCEJO CANTONAL
n DE GUAYAQUIL n n n Expide n n
EL REGLAMENTO ORGÁNICO
n FUNCIONAL n n n n n n
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EL M. I. CONCEJO CANTONAL DE n GUAYAQUIL n n Considerando: n n
Que, el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los artículos 1 y 16 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, establece la autonomía de la cual gozan los municipios, así como sus competencias exclusivas;
n n
Que, en sesión ordinaria del 6 de septiembre del 2007, el M. I. Concejo Cantonal expidió el “REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA M. I. MUNICI-PALIDAD DE GUAYAQUIL”;
n n
Que, el artículo 161 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, establece que la estructura administrativa se adaptará a las características propias de cada Municipalidad, con el fin de asegurar una adecuada prestación de los servicios municipales;
n n
Que, en los últimos tres años, la M. I. Municipalidad de Guayaquil, ha experimentado un crecimiento y perfeccionamiento en su organización administrativa, en procura de ofrecer servicios de calidad a favor de la sociedad guayaquileña, acorde con las modernas tecnologías comunicacionales, lo cual ha permitido la aparición de nuevas áreas de trabajo municipal;
n n
Que, en virtud de la modernización de las dependencias municipales así como de la optimización de sus recursos humanos y materiales, es necesario expedir un nuevo y actualizado REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL; y,
n n
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal en los artículos 63, numeral 49; y 69 numerales 26 y 28,
n n Resuelve: n n
Expedir el siguiente “REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA M. I. MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL”.
n n n
TITULO I
n n DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA n n
Art. 1.- Para el cumplimiento de sus funciones, atribuciones y responsabilidades, la M. I. Municipalidad de Guayaquil está integrada por los siguientes niveles técnico – administrativos:
n n a. Directivo; n n b. Ejecutivo; n n c. Asesor; n n d. Apoyo Administrativo; y, n n e. Operativo. n n
CAPITULO I
n n NIVEL DIRECTIVO n n
Art. 2.- El nivel Directivo es el órgano de más alto nivel de autoridad, encargado de legislar, formular políticas y estrategias y fijar objetivos, está conformado por el Concejo Cantonal e integrado por los concejales o ediles, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 27 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal
n n
El Concejo organizará, a base de sus miembros, las Comisiones Permanentes y Especiales que estime necesario para el mejor cumplimiento de sus deberes y atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos Nos. 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99 y 100 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal; las mismas que para su funcionamiento, se regirán por los reglamentos internos que dicte el Concejo.
n n
CAPITULO II
n n NIVEL EJECUTIVO n n
Art. 3.- El nivel Ejecutivo es el responsable de dirigir, orientar, conducir y supervisar la ejecución de las políticas generales y las actividades básicas de la Administración Municipal, está conformada por:
n n a. La Alcaldía; y, n n b. La Vicepresidencia del Concejo Municipal. n n
CAPITULO III
n n NIVEL ASESOR n n
Art. 4.- El nivel Asesor constituye la instancia de consulta, consejo y asesoramiento, en la toma de decisiones, su relación de autoridad es indirecta respecto a las unidades de línea u operativas, su función se canaliza a través del Alcalde, quien aprueba, modifica o desaprueba los planes, programas, proyectos, informes y en general los trabajos que presentan las dependencias que integran este nivel; está conformado por:
n n a. Dirección de Asesoría Jurídica: n n – Sub Procuraduría Síndica Municipal n