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Psicología del Delito

Dr. Fabián Mensías Pavón
PROFESOR DE PSICOLOGIA JURIDICA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR – UNIVERSIDAD SEK INTERNACIONAL – MIEMBRO DE LA SOCIEDAD IBEROAMAERICA DE PSICOLOGIA JURIDICA

P ARA EL JURISTA, EL DELITO ES TODO ACTO de carácter voluntario, que se aparta de las normas establecidas por la Legislación del Estado, contraviniéndola, y encuentra una calificación predeterminada en las leyes de carácter penal.
La psicología del delito concibe, desde un punto de vista esencialmente biológico, el denominado acto delictivo en una cadena de acciones personales. La actuación jurídica no representa más que un episodio no siempre significativo en la vida psíquica del sujeto.
No podemos juzgar un delito sin comprenderlo, ya que no sólo se necesita conocer los antecedentes de la situación, sino el valor de todos los factores determinantes de la reacción personal.

FACTORES QUE INFLUYEN EN LA REACCION PERSONAL

Los factores determinantes de la reacción de un sujeto, son:

1. Factores Hereditarios: Constitución corporal, Temperamento e Inteligencia.
Constitución Corporal.- Este factor es importante en la reacción personal, Así, la reacción de un hombre corpulento no es la misma que la de un hombre delgado. El factor corporal en el individuo determina un obscuro sentimiento de superioridad o inferioridad física frente a una situación determinada. Por analogía podemos recordar al conductor que conduciendo un camión, abusa de otro que conduce un carro pequeño, etc.

Temperamento.- Este elemento determina una propia tendencia de reacción frente a los estímulos ambientales. Por lo tanto, es fundamental el conocimiento de las distintas clases de temperamentos, si queremos enjuiciar debidamente todos los factores determinantes de una reacción personal. Así, la acción de un sujeto de temperamento asténico, será distinta de la de un sujeto de temperamento hipertiroideo: El primero debe ser más ofendido que el segundo para exhibir la misma reacción agresiva.
De acuerdo a este criterio, los que presentan mayores rasgos de peligrosidad son: los paranoides, esquizoides, esquizotípico, límite e histriónico.

Inteligencia.- El CI., es un factor importante en la reacción personal. Decimos que donde acaba la razón empieza la violencia. Los distintos tipos de delitos están relacionados con los distintos niveles intelectuales.

2. Factores Mixtos : Carácter, Hábitos y Constelación.

Carácter.- El medio ambiente y el medio sociofamiliar, modifican al individuo desde que nace. La ternura materna, seguridad del padre, amigos, escuela, viajes, medio político, cultural y religioso, modifican definitivamente el comportamiento heredado y van a repercutir en la reacción personal

El hábito.- Influye de modo decisivo en la determinación de la reacción actual. Si un sujeto experimenta satisfacción al agredir a su esposa, hijos, empleados no hay duda que se sentirá más inclinado a repetir esta agresión. Pero, si existe un estímulo inhibitorio (arresto) cuando comienza a tener este tipo de actitud, su conducta será diferente.

Constelación.- Es la acción o efecto de la vivencias o experiencias que influye en la reacción de un sujeto a la situación actual. Así, un sujeto que sale de un acto religioso no se halla en igual disposición para agredir que cuando sale de un partido de fútbol o boxeo. El empleado cuando quiere pedir un favor a su jefe, espera el momento más oportuno, tal vez cuando se encuentre menos estresado.

3. Factores Adquiridos:

Entre estos factores tenemos: Situación externa actual, Tipo medio de reacción social (colectiva) y Modo de percepción de la situación.

Situación externa actual.-

Esta presente la causa, el estímulo desencadenante de la reacción personal. Pensemos que un sujeto ha escupido a otro en la cara, después de insultarlo groseramente; ¿encontraremos justificada una respuesta del ofendido?. Lógicamente no desde el punto de vista legal, pero si desde el punto de vista humano.
Es importante el análisis de estos factores de la situación desencadenante del conflicto delictivo. Por lo regular tenemos una visión exacta de la conducta del protagonista de la situación, no así de la conducta de los demás personajes que intervienen en ella; equivocación injustificada porque desde el punto de vista psicológico, ambas tienen igual importancia.

Tipo medio de la reacción colectiva.-

Debemos partir del término medio de reacción de los individuos frente a una situación que crea la actuación ilegal. ¿Cuál es el tipo de reacción latente frente a dicha situación? Es una pregunta que debemos hacernos antes de agotar la lista de motivos de la actuación de su cliente. Ya que la conducta individual refleja en todo momento los vaivenes de la conducta social.
Cuántos maridos engañados han asesinado a la mujer por creer que era su deber hacerlo. Al ser preguntado: ¿Por qué creían esto? han manifestado; porque esto hace la gente para «lavar su honra».
Los medios de comunicación colectiva publican, con lujo de detalles el crimen pasional, pero no divulgan, los nombres de los sensatos sujetos que dan solución razonadamente a sus conflictos amorosos. Observamos como la presión moral negativa, ejercida sobre el marido engañado; el tipo medio de reacción colectiva y por la parcial deformación de la prensa, han encausado en el campo penal a miles de sujetos.
En nuestro patria, los medios de comunicación colectiva nos informan de robos, estafas, sobornos, etc., de elementos vinculados con el gobierno, de la función judicial y legislativa como una cosa muy normal. Este es el deseo de aprobación pública lo que, paradójicamente, hace actuar en forma anormal, en múltiples terrenos (político, religioso, comercial, familiar, etc,).

Percepción subjetiva de la situación.-

Este factor quizá es el más importante de todos. Es útil interrogarse: ¿cuáles han sido las impresiones, vivencias suscitadas en el protagonista por la situación delictiva? Por eje.: Un sujeto agresor es posible que haya atacado al rival estimando actuar en defensa propia, creyó ver que éste empezaba a sacar un revólver; quizá interpretó mal una de sus frases; a lo mejor se produce la agresión por un afán de publicidad o catatimia. Debemos investigar este punto detenidamente antes de enjuiciar definitivamente su acción.
Desde el punto de vista psicológico, se considera que la ejecución del delito representa una consecuencia absolutamente lógica y fatal del conflicto de las fuerzas y factores que lo determinaron. Los mismos mecanismos psicológicos intervienen en la ejecución de los actos legales y actos delictivos, pero no podemos comprender este carácter predeterminado de las acciones humanas, si no analizamos los factores determinantes.
Entender y explicar un delito equivale a encontrar el valor de las incógnitas responsables de la conducta personal frente a la situación delictiva. He aquí la tarea fundamental del jurista.
Hoy comprendemos lo complicado que es juzgar desde un punto de vista psicológico legal, la conducta humana.