LIQUIDAR EL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL - Derecho Ecuador
3 minutos de lectura

LIQUIDAR EL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

Escuche el artículo

NOTARÍA OCTOGÉSIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO

EXTRACTO

Cúmplase poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí, DOCTOR JOSÉ ANTONIO CEDEÑO ARMAS, NOTARIO OCTOGÉSIMO PRIMERO DEL CANTÓN QUITO, con acción de personal número ocho dos ocho cinco- DNTH-dos mil quince-JT, del Consejo de la Judicatura, los señores JAIME DANILO BELTRAN GUTIERREZ y MARÍA DOLORES NARANJO ESPINEL, procedieron a LIQUIDAR EL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL la misma que fuera disuelta, mediante sentencia ejecutoriada celebrada en la UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, el 27 de junio del 2017, que se marginó en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación con el número de Registro M-060-000046-49, con fecha 08 de noviembre del 2017, se declaró disuelto el matrimonio de JAIME DANILO BELTRAN GUTIERREZ y MARÍA DOLORES NARANJO ESPINEL, por tanto se disolvió la sociedad conyugal que tenían formada entre sí.

Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública en el Art. 18 de la Ley Notarial vigente el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JAIME DANILO BELTRAN GUTIERREZ y MARÍA DOLORES NARANJO ESPINEL, otorgada mediante escritura pública otorgada el diez de marzo del año dos mil veintiuno ante mí, DOCTOR JOSÉ ANTONIO CEDEÑO ARMAS, NOTARIO OCTOGÉSIMO PRIMERO DEL CANTÓN QUITO, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación pueden presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término en las oficinas de la Notaría, ubicadas en La Avenida Antonio de Ulloa N31-87 y Pasaje San Gabriel, Edif. Mila, PB, de esta ciudad.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Quito, a diez de marzo del año dos mil veintiuno.

Hay sello y firma

001-003-147/ma

Más publicaciones

El delito de terrorismo en la legislación penal ecuatoriana ha experimentado una evaluación progresiva en el transcurso de los años, consolidándose como un tipo penal que en la actualidad abarca la mayor cantidad de circunstancias delictuosas a fin de sancionar actos criminales y erradicar, mediante la prevención general, supuestos cometimientos en un futuro.

El Dr. Mariño Bustamante analiza el Art. 162 COIP (secuestro extorsivo). Explica que la conjunción disyuntiva "u" ("...otra infracción u obtener dinero...") demuestra dogmáticamente que el delito tiene dos propósitos alternativos, no acumulativos.

Las medidas cautelares son una acción constitucional, que evitan la amenaza contra derechos constitucionales o derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.

10 minutos de lectura

Transparencia y publicidad de los procesos judiciales

12 minutos de lectura

Autores: Dr. Iván Garzón Villacrés Mg. e Iván Garzón Castro. La Corte Constitucional en sentencia 001-16-SEP-CC, al respecto ha recogido su criterio indicado en otros...

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.