Por: Fundación hacia la Seguridad – Imperio de la Ley

E STE TEMA FUE ANALIZADO en el programa Justicia para Todos que transmite TC. De acuerdo al presidente de la Fundación Hacia la Seguridad-Imperio de la Ley, Edgar Terán Terán, la nueva norma tiene enormes aspectos positivos pues en muchos sentidos viabiliza la justicia distributiva. Sin embargo, también se han cometido errores.

Lo positivo

Límite de remuneraciones
En el tema de las remuneraciones se limita el valor que recibían los funcionarios de entidades como Andinatel, Petroecuador, y otras instituciones autónomas. Estos recibían cualquier remuneración sobre 10.000 o 20.000 dólares sin dar razón a nadie, sin que se sepa los sueldos y sin que el Gobierno sea sensible al clamor ciudadano de conocer esos sueldos, explicó Terán.
Explicó que existe una discusión de quiénes están dentro de esta limitación que es esta ley. De acuerdo a Terán, están dentro de esta disciplina todos los empleados de las empresas estatales: los del Banco Central, los de las entidades autónomas, incluso quienes ejercen funciones de control constitucional como las Superintendencias.
Los únicos excluidos de esta disciplina y de la obligación de no ganar más que el presidente de la República, son los superintendentes, pero el resto del personal está sometido a esas limitaciones.

No habrá más puestos
En el artículo 63 de la ley se establece que si el ministro de Economía no certifica que hay vacantes, no se podrán crear nuevos puestos.

Unificación de salarios
En la ley se aprobó que se sumará todo lo que recibe el burócrata durante el año y se dividirá para 12. Esto controlará especialmente al burócrata dorado, que actualmente tiene una remuneración con 15 o 18 rubros distintos y dividir para 12. A parte de ese salario los burócratas no tienen derecho, sino, al décimo tercer sueldo, que es un sueldo al año y al décimo cuarto sueldo que es un salario mínimo unificado para cada uno de los trabajadores. Esto es bueno porque al fin se sabrá, sin engaños, cuánto gana cada cuál y se podrá saber a dónde va nuestro dinero.

Homologación
La homologación es importante porque se trata de aplicar el principio constitucional de que en el Estado, el que desempeña función similar al otro, debe tener una remuneración equitativa. Antes era injusto que una secretaria en Petroecuador gane 12 veces más que la del Ministerio de Salud. Esa homologación se va a hacer hasta 2005.

Indemnizaciones
En la ley se pone una indemnización generosa de 1.000 dólares por año de trabajo y límite máximo de 30.000 dólares. Además se indica que no se pagarán indemnizaciones si esto significara la alteración del equilibrio macroeconómico, es decir la programación del presupuesto. Esa limitación es positiva.
Lo negativo

No era proyecto económico urgente
El método de discusión y aprobación de la ley fue errado, pues la ley fue enviada como proyecto urgente. El concepto de urgencia económica significa que se trata de un hecho dramático que debe solucionarse a la mayor brevedad posible. En el caso de esta ley no reunía ese requisito.

Nepotismo
En el Art. 7 de la ley, se condena al nepotismo, pero ese artículo es una burla, porque se califica de nepotismo al acto ilegal de nombrar a un pariente próximo. Sigue abierta la posibilidad de nepotismo pues no se enfrenta el hecho de que cuatro familias dirijan tantas empresas estatales como sea
posible.

Regreso a la función pública
El Art. 15 permite que un ex funcionario público pueda volver a trabajar en la Función Pública, siempre que devuelva la indemnización recibida. Sin embargo, un problema adicional es el cálculo de esa indemnización pues se licuaría el valor al calcularlo con la moneda actual.

Sanciones
Hay una serie de sanciones disciplinarias para los servidores públicos que cometan faltas. Pero la redacción de ese artículo es jurídicamente tan mal hecha que difícilmente se podrá sancionar a un servidor que no cumple su deber.

Dedicatoria
El art. 134 dice que los jubilados y los retirados (los últimos son los de la Milicia y la Policía) pueden volver a trabajar en el Servicio Público, siempre y cuando vayan a puestos públicos en donde vayan a ganar menos de 500 dólares mensuales. Al jubilado hay que arreglarle su situación a través del IESS y la jubilación. Hacer que el IESS cumpla con las reglas de jubilación, pero no volverle al Servicio Público. Esta norma se emite con dedicatoria, por lo cual es injusta.

Derogatoria
El artículo 126 fue derogado. Ese artículo indicaba a que los miembros de vigilancia aduanera que hubieran sido destituidos o removido de sus funciones no podrán reingresar al servicio de vigilancia aduanera. Esta norma fue eliminada. Como parece ser un error evidente en la prisa por aprobar la ley habrá que corregirlo.