La Carrera Judicial e independencia de la Función Judicial

Dr. Bayardo Moreno Piedrahita

A TRAVÉS DE LA HISTORIA , la Función Judicial, ha vivido bajo la tutela de las otras funciones del Estado, sin ninguna posibilidad de proclamar su independencia, por falta de un órgano estructural propio, digno y respetable.

Independencia Judicial

La falta de independencia de la Función Judicial es una verdad amarga y un axioma irrefutable. La justicia en la práctica es un servicio público muy costoso y el terreno propicio para innumerables corrupciones. La declaración constitucional que anuncia una justicia gratuita, es una farsa escandalosa que no convence y que mas bien ofende hasta a los necios, por su audacia. Es un engaño revestido de bondad.
Las reorganizaciones y reestructuraciones de la Función Judicial, no han sido más que máscaras repudiables, por medio de las que algunos políticos han negociado nombramientos de personas incondicionales a sus intereses, a costa de la ingenuidad del pueblo y del sacrificio de juristas respetables.

Influencia política

La Cúpula Judicial de la última reorganización, fue designada por el Congreso Nacional, en contubernio con el Ejecutivo, a través de los partidos políticos, compadrazgos, influencias, negociados y componendas, y no por la cultura jurídica y la experiencia.
Las Cortes Superiores, a su vez fueron nombradas, por el mismo camino, pero por la Corte Suprema de Justicia, en un ambiente de gran influencia política y el interés desmedido de ciertos grupos de presión, sin tomar en cuenta el interés colectivo, ni la capacidad de sus integrantes.
En igual forma, los juzgados de primera instancia de todas las áreas judiciales han seguido el mismo procedimiento, utilizado por lo más alto de la Administración de Justicia, sin respetar el concurso de merecimientos, la capacidad y la experiencia.
Los de abajo, los de piso en general, para lograr un nombramiento de secretario, auxiliar o conserje, en las tres instancias hacen lo mismo, aunque el proceso de nombramiento constituya un suplicio degradante y lastimero, en algunos casos.
En los cuatro estamentos de la Función Judicial, sí existen Jueces y Magistrados que constituyen honrosas excepciones que se han elevado a través de la carrera judicial, cuya presencia salva a la Administración de Justicia del desprestigio.
En la designación de Ministros, Jueces, Funcionarios, no se cumple con la carrera judicial y el mandato Constitucional es una simple aspiración inalcanzable.
Si se reconoce la carrera judicial con las regulaciones que determina la Ley, la resolución de reestructurar la Función Judicial dictada por el Congreso Nacional, es atentatoria al orden constituido, porque es una obligación de los titulares de las tres Funciones del Estado, respetar la Constitución.

Necesaria reestructuración

La resolución de reestructurar la Función Judicial debe ser revisada por el mismo Congreso Nacional y quedar sin efecto, o a su vez ser declarada inconstitucional por parte del Tribunal de Garantías Constitucionales, porque conlleva la dedicatoria y el interés personal de algunos legisladores y sobre todo el manoseo y la violación flagrante a la Constitución de la República.
Los jueces deshonestos deben ser removidos y los jueces honestos garantizados en sus cargos, por el camino de la Ley Orgánica de la Función Judicial, a fin de que se consagre la respetabilidad institucional y la credibilidad en la Administración de Justicia.
Ojalá alguna vez logremos que se imponga la independencia de la Función Judicial y se respete la carrera judicial como medio de elección de Magistrados, Jueces y Curiales, sin el tráfico de influencias de ninguna índole, que sirva para incentivar la cultura jurídica, el deseo de servicio a los demás, con la esperanza de llegar a la Cúpula Judicial, desde abajo, por méritos propios y la superación.

El Honor y la Independencia de la Función Judicial

Una de las grandes conquistas de la Revolución Francesa fue la sustitución del poder absoluto, por las tres funciones del Estado, con la constitucional distribución de responsabilidades específicas para cada una, pero en sentido vertical y no paralelo, a fin de evitar el predominio del poder político de una, sobre las otras.
En la vida republicana del Ecuador, las tres funciones del Estado han recibido duros golpes. El ejecutivo ha sido agobiado por dictaduras, recios embates de cuartelazos y las duras acometidas del desgobierno. El Legislativo, según la ocasión, se ha mantenido como simple observador, o dictador colectivo, con la intensión de usurpar el poder a las otras dos funciones, y el Judicial, sujeto a las tribulaciones políticas, pretendido por el Ejecutivo y el Legislativo, sin independencia moral, ni económico como ocurre en estos días.
En la práctica, los titulares de las tres Funciones del Estado, han sido propensos a salirse del cause de la ley. En menor escala, en la Función judicial, aunque no han faltado algunos que también han incurrido en esa tentación, por falta de personalidad o por ambición personal.

Estabilidad y credibilidad en la Adminsitración de Justicia

El afán del Legislativo y del Ejecutivo por gobernar a la función Judicial, no ha desaparecido jamás, El Plenario de las Comisiones del Congreso Nacional, el 18 de octubre de 1995 en forma sorpresiva e inesperada dictó una resolución encaminada a la reestructuración de las Cortes Superiores, Cortes Distritales y Juzgados de Primer Nivel, por intermedio de la Corte Suprema de Justicia, a pesar de que la Constitución de la República y la ley Orgánica de la Función Judicial, consagran la carrera judicial, como el medio eficaz para el nombramiento de Magistrados, Jueces y Curiales.
No es una novedad, la opinión pública, está de acuerdo que los Magistrados de Justicia deshonestos deben ser removidos y los Magistrados honestos garantizados en sus cargos, para asegurar la estabilidad y la credibilidad de la Administración de Justicia. El Art. 13 de la Ley Orgánica de la Función Judicial faculta, a la Corte Suprema de Justicia, crear, suspender, aumentar, etc., el número de las Cortes Superiores y Juzgados sin necesidad de ninguna organización escandalosa que conlleve fines políticos, para satisfacer compromisos electorales.
El honor y la independencia de la Función Judicial debe reivindicarse, a pesar del tempestuoso temporal de nuestro enconado ambiente político. La majestad de su imagen debe mantenerse al margen del escándalo y la corrupción, como ejemplo de respetabilidad y autonomía y como el único símbolo de la Democracia, el Derecho y la Justicia.

Mantener el honor y la independencia de la Función Judicial

Se debe extirpar a los malos elementos sin necesidad de órdenes foráneas a la propia facultad constitucional. Con ello se recupera también su honor y su independencia.
La Corte Suprema de Justicia, sin crear polémicas, ni enfrentamientos, debe sugerir al Congreso Nacional que deje sin efecto la resolución dictada para reorganizar de las Cortes Superiores, Distritales y Juzgados de primer nivel, porque no existe razón para que el Legislativo pretenda gobernar a la Administración de Justicia. Si el legislativo no acepta la negociación y la cordura para solucionar el problema, otro camino sería, solicitar al Tribunal de Garantías Constitucionales que declare la inconstitucionalidad de la resolución.
Para evitar el manoseo de la Función Judicial y para evitar que se consuma, la usurpación de la soberanía de esta Función del Estado, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, debería pronunciarse públicamente en contra de la reestructuración planteada por el Congreso Nacional.
La Corte Suprema de Justicia, no debe claudicar en el camino. La valentía del máximo personero de la actual cúpula judicial, no puede romperse. Su conducta en el juicio que se sustancia para sancionar a los responsables de los gastos reservados y la prevención al señor Presidente de la República, para que no se inmiscuya en la Administración de Justicia, ya ha merecido el aplauso de los ecuatorianos.